EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: TRIBUNAL DE SENTENCIA PRIMERO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


MP/AUZA COSSIO El Suscrito secretario Abogado; Eduardo Luis Romero Marquez mediante Orden Judicial de los Jueces del Tribunal de Sentencia Penal, anticorrupción y ,CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES 1° CAPITAL; Dr. Rolando Mayta Chui,Dra. Elena Gemio Limachi y Dra. R. Virginia Uriarte Vila. Mediante el presente Edicto, Cita notifica y emplaza a: ANYERBERT YONNEDER RAMOS Y EDUARDO ANDRES LLAMOZA BUYON .SE LES NOTIFICA CON LOS SIGUIENTES ACTOS PROCESALES: Auto de apertura de fecha 10 de julio de 2024 &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& Resolución 45/2024 Dictada dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PUBLICO y parte denunciante contra YONNEDER ANYERBERT RAMOS MOSALVE, EDUARDO ANDRES LLAMOZA BUYON Y EMILY ARACELY AUZA COSSIO por la supuesta comisión del delito de HOMICIDIO. AUTO DE APERTURA DE JUICIO La Paz, 10 de julio 2024 VISTOS Y CONSIDERANDO: La acusación fiscal presentada por el Ministerio Publico BO ANDRES LICASA ANYERBERT YONNEDER RAMOS MOSALVE EDUARDO ANDRES LLAMOZA BUYON por la supuesta comisión del delito de HOMICIDIO Y EMILY ARACELY AUZA COSSIO por HOMICIDIO en grado de COMPLICIDAD Que, radicada la causa que fue y cumplidas las formalidades de Ley, se corrió en traslado la acusación fiscal y particular, el ofrecimiento de prueba de cargo, conforme prevé el Art. 163 del Código de Procedimiento Penal, a los acusados ANYERBERT YONNEDER RAMOS MOSALVE, EDUARDO ANDRES LLAMOZA BUYON por la supuesta comisión del delito de HOMICIDIO Y EMILY ARACELY AUZA COSSIO por HOMICIDIO en grado de COMPLICIDAD y luego de su legai notificación, los acusados presentan sus pruebas de descargo, en el tiempo establecido por el Art. 340 núm. III. POR TANTO: En base a la acusación fiscal y particular, habiéndose cumplido con lo establecido en los Arts. 340 y 342 del Código de Procedimiento Penal, se dispone la APERTURA DE JUICIO ORAL en contra de ANYERBERT YONNEDER RAMOS MOSALVE, EDUARDO ANDRES LLAMOZA BUYON por la supuesta comisión del delito de HOMICIDIO Y EMILY ARACELY AUZA COSSIO por HOMICIDIO en grado de COMPLICIDAD, previsto y sancionado por el Art. 251 del Código Penal. En consecuencia, de conformidad a la Ley 586 (Ley de Descongestionamiento y Efectivizacion), se señala AUDIENCIA VIRTUAL DE JUICIO ORAL, PUBLICO Y CONTRADICTORIO para el día MIERCOLES 07 DE AGOSTO DE 2024 A HORAS 09:00 a.m. Debiendo por Secretaria y Gestora Pública notificar a las partes y proporcionar el LINK correspondiente para que se conecte el fiscal asignado al caso y las partes. Notifiquese Registrése Firma y sella Rolando Mayta Chui JUEZ PRESIDENTE TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL ANTICORRUPCION,CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES 1° CAPITAL Firma y sella Elena Julia Gemio Limachi Juez de sentencia penal anticorrupción contra la violencia hacia las mujeres 1° capital Tribunal departamental de justicia Firma y sella Reina virginia uriarte Vila Tribunal departamental de justicia Tribunal de sentencia penal anticorrupción contra la violencia hacia las mujeres 1° capital La paz Bolivia Firma y sella Eduardo luis romero marquez Secretario abogado Tribunal de sentencia penal anticorrupción y contra la violencia hacia las mujeres 1° capital La paz Bolivia &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& El presente edicto es librado a los once días del mes de julio de dos mil veinticuatro años


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