EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER SEGUNDO ZONA SUR


EL DR. SANTOS IVAN AYALA CHOQUE, JUEZ DE INSTRUCCIÓN PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES SEGUNDO DE LA ZONA SUR DE LA CIUDAD DE LA PAZ. ----------------------------------------------A NOMBRE DE LA LEY. ------------------------------------------------------------------HACE CONOCER A: CARLA VANESSA BARRIOS ARIAS con C.I.: 5634889.- Que, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico a instancias de JULIO GUIDO IRAHOLA PORTILLO Y OTROS en contra de CARLA VANESSA BARRIOS ARIAS y OTROS por la presunta comisión del delito de ESTAFA con CODIGO UNICO: 201102032300816 , se ha dispuesto lo que a continuación se transcribe.-------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& TRANSCRIPCIÓN DE IMPUTACION FORMAL N° 50/2023 DE FECHA 09 DE NOVIEMBRE DEL 2023----------------- JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES 2º - ZONA SUR DE LA CIUDAD DE LA PAZ - IMPUTACION FORMAL N° 50/2023 DE FECHA 09 DE NOVIEMBRE DEL 2023---------------------------------------------------------------------------- CUD: 201102032300816.- IMPUTACION FORMAL N° 50/2023: Fiscalía Especializada en Delitos Patrimoniales, en defensa de la legalidad y los intereses de la sociedad, ejerciendo la acción penal pública conforme previene el Art. 225 de la Constitución Política del Estado. Art. 70 Código de Procedimiento Penal y Arts. 3, 8, 12, 40 núm. 22 de Ley No 260, dentro del proceso penal, que sigue el Ministerio Público a instancias de JULIO GUIDO IRAHOLA PORTILLO Y OTROS contra CARLA VANESSA BARRIOS ARIAS Y OTROS por la presunta comisión del delito de ESTAFA previsto en el artículo 335 del Código penal; ante su autoridad con el debido respeto emito el requerimiento fiscal de Imputación Formal:--------------------------------------------------------------------------------------- DATOS DE LOS DENUNCIANTES Y/O VICTIMAS:--------------------------- JULIO GUIDO IRAHOLA PORTILLO con CI. 2360445 LP.. nacido el 19 de vero de 1959 de nacionalidad boliviana, estado civil casado, ocupación Arquitecto, con Domicilio real calle 3 N° 289 Zona Villa Bolívar "A" - El Alto. Celular 77228842. -------------------------------------------------------------------------- ISRAEL DAVID IRAHOLA SALINAS con CI. 4365016 LP. nacido el 21 de diciembre de 1982. de nacionalidad boliviana, estado civil casado, ocupación Arquitecto, con Domicilio real calle 3 N° 289 Zona Villa Bolívar A"-E Alto. Celular 73068162.----------------------------------------------------------------------------------- YANETH CHÁVEZ PACHECO con CI. 4915302 LP., nacido el 18 de junio de 1980 de nacionalidad boliviana, estado civil casado, ocupación Abogada. con Domicilio real calle 3 N° 289 Zona Villa Bolívar "A" - El Alto. Celular 73065161. DATOS DE LOS DENUNCIADOS-------------------------------------------- CARLOS BARRIOS BARRIOS con CI 1422922 Ch. nacido el 25 el de marzo de 1961 en Camargo de nacionalidad boliviana, estado civil soltero, ocupación rentista, domicilio real calle cobija N° 537 Camargo - Zona Norte, con celular 73357171 y domicilio procesal Calle Yanacocha. Edif. Casanova, P-6 Of. 605, Bufete del Abog. Édgar Manolo Rojas Paz con Cel. 65670401.-------------------- ALEJANDRO ESTRADA LOZA con CI 6132716 QR.. nacido el 24 de diciembre de 1986 en La Paz de nacionalidad boliviana, estado civil soltero, ocupación estudiante, domicilio real Av. Chacaltaya N° 248 Zona Norte, con celular 70129294 y domicilio procesal Zona Central. Esq. Av. Mariscal Santa Cruz, Edif. Casanova Piso 6, Of 605. Bufete del Abg. Melissa Karen Arteaga Chura con Cel. 68256124. --------------------- JULIA SOLEDAD AYALA VALDEZ con CI 4844234 QR.. nacida el 10 de agosto de 1978 en La Paz de nacionalidad boliviana, estado civil soltero. ocupación Estudiante, domicilio real Calle 4 N° 10 Zona Bella Vista. Con celular 79535031 y domicilio procesal zona central, Esq. Av. Mariscal Santa Cruz, edif. Casanova, Piso 6 Of. 605. Bufete de Abg. Melissa Karen Arteaga Chura con Cel. 68256124.-------------------- CLAUDIO LIMBER TRUJILLO RIVERA CO CI 10357527 QR nació el 20 de marzo de 1995 en Chuquisaca de nacionalidad boliviana, estado civil soltero, ocupación estudiante, domicilio real Departamento de Chuquisaca. Prov. Camargo zona Santo Domingo sobre la ruta nacional de Potosí – Tarija S/N .. con celular 74504514 y domicilio procesal Zona Central. Esq. Av. Mariscal Santa Cruz, Edif. Casanova Piso 6, Of 605. Bufete del Abg. Melissa Karen Arteaga Chura con Cel. 68256124. -------------------------------------------- CARLA VANESSA BARRIOS ARIAS Con CI 5634889 QR.. nacida noviembre de 1982 de nacionalidad boliviana, estado civil concubina, ocupación Fundación, domicilio real comunidad Coimapa y domicilio procesal Calle Virgilio Lema Esq. Sucre (SEPDEP) Abg. Defensa Pública Laura M. Ayala con Cel. 67395557. VISTOS Y CONSIDERANDO:------------------------------------------------ Las investigaciones preliminares, demás evidencia y:------------------------------ CONSIDERANDO------------------------------------------------------------ Que DAVID ISRAEL IRAHOLA SALINAS en calidad den denunciante se refiere que junto a su esposa la señora YANETH CHAVEZ PACHECO son propietarios de una empresa constructora de nombre "ARQUITECTURA DISEÑO Y CONSTRUCCION IRCHA S.R.L y es así que en fecha 5 de octubre de 2021. los mismos toman contacto con el señor Rolando Tito Choque Rengel, el cual les dice que buscaba una empresa constructora ya que su tío el diputado JOSE RENGEL TERRAZAS se encontraba gestionando proyectos de obras para una fundación denominada “NUEVO AMANECER PARA LOS CINTIS", la cual estaba adjudicando obras haciendo creer que este tenía convenios con distintos municipios; es así que fueron derivados con los señores CARLA VANESA BARRIOS ARIAS, ALEJANDRO ESTRADA LOZA JUAN ANTONIO CONTRERAS (supuestos representantes de la fundación) y en fecho 07 de octubre de 2021 se reúnen en OFICINAS DE LA FUNDACION NUEVO AMANECER PARA LOS CINTIS ubicadas en la zona de Alto Obrajes av. René Camacho Lara esq. Calle Yucumo N° 18, donde los mismos emplearon invitaciones directas, para contratos de obra, y protocolizaciones, de los contratos utilizando certificaciones, supuestos convenios entre otros para sonsacar dineros en dicha reunión llegan al acuerdo que los propietarios de la constructora iban a ser adjudicados con dos proyectos que eran la construcción de dos unidades educativas en el municipio de Achacachi, para cual los constructores deben entregar el 6% del total de cada obra a la señora CARLA VANESSA BARRIOS ARIAS teniendo que entregar primero el 3% como anticipo para que dicha ciudadana les entregue la invitación directa y no así por licitación. Es así que los denunciantes empiezan a realizar los depósitos como adelanto del monto acordado y dichos depósitos se van realizando a distintos números de cuentas que la señora CARLA BARRIOS les proporciono. mismas cuentas que pertenecerían a los ciudadanos CARLOS BARRIOS BARRIOS, JUAN CARLOS BARRIOS BARRIOS ARIAS, CLAUDIO LIMBERT TRUJILLO RIVERA, JULIA SOLEDAD AYALA VALDEZ, CLAUDIO BLADIMIR ORTIZ RIVERO, (mismos que serían familiares de dicha ciudadana) haciendo un total de Bs. 537.000.00 (QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL BOLIVIANOS 00/100) yo llevándose a cabo parte del acuerdo, en fecha 11 de ubre de 2021, suscriben un contrato de obra entre señora Calta Vanessa Barrios como representante de Fundación Nuevo Amanecer para los Cintis y la SOCIEDAD ARQUITECTURA DISEÑO Y CONSTRUCCION IRCHA S.R.L. para la consunción de o infraestructura de la U.E. JANCOMAYA de municipio de Achacachi. Así mismo en fecha 18 de octubre de 2021 suscriben un segundo contrato de obra para construcción de lo infraestructura de la U.E. PONGONHUYO del Municipio de Achacachi.------------- Que, en fecha 26 de octubre de 2022 después de haber obtenido el dinero y la confianza de los denunciantes la señora Carla Barrios desaparece, y para dicha se habría programado la INSPECCION previa de las obras prometidas, a la que no se presentaron Carla Barrios Arias, Alejandro Estrada Loza y Juan Antonio Contreras como representantes de la fundación los Cintis: entonces para el mes de diciembre de 2021, se debían iniciar con las obras en el municipio de Achacachi para lo cual la señora Carla Barrios continuaba desaparecida es entonces que los denunciados ya empezaron a desconfiar y mediante publicaciones en redes sociales se percatan de varias denuncias en contra de la misma por el delito de estafa, es entonces que los denunciantes se constituyen a la ciudad de Tarija para encontrar a la sindicada.------------------------------------------------------------- Que, una vez en la ciudad de Tarija en oficinas de la fundación nuevo amanecer para los Cintis. Carla Barrios se compromete a hacer la devolución del dinero a la propietaria de la constructora IRCHA SRL solicitando determinado plazo y firmando ante notario de fe público un documento de reconocimiento de deuda y dando como supuesta garantía un bien inmueble, estipulando que en fecha 30 de julio de 2022 la Sra. Barrios haría la devolución del dinero. Empero el acuerdo fue incumplido, dando excusas, posponiendo plazos y es mes de diciembre de 2022 que ante notario de Fe Pública nuevamente la señora Corla Barrios como compromiso de pago firmo una minuta de compra venta con pacto de rescate de un bien inmueble, y es entonces que la señora Barrios una vez más engaña a los esposos Irahola, ya que dicho bien inmueble no pertenecería a la sindicada. A partir de ese entonces la señora Barrios desaparece nuevamente argumentando que tiene un viaje de emergencias, y para lo posterior el abogado de la misma se comunicaría con los denunciantes para realizar la devolución del dinero, caso que nunca sucedió, por el contrario, los denunciantes se enteran que CARLA BARRIOS guardaba detención preventiva en la cárcel de Morros Blancos de la ciudad de Tarija, por otro ilícito similar. ----------------------- EVIDENCIAS COLECTADAS PRELIMINARES------------------------------- Dentro las investigaciones preliminares cursan los siguientes elementos de convicción:------------------------- • Testimonio No 422/2021 Testimonio de la Escrituran Pública del contrato de obra N° O/FNAC/095/2021, de fecha 11 de octubre de 2021. • Contrato de Obra N° O/FNAC/096/2021, de fecho 11 de octubre 2021. • Contrato de Obra N° O/FNAC/095/2021, de fecho 11 de octubre 2021. • Detalle del movimiento del Banco Unión S.A. por el monto de Bs. 50.000.00. (CINCUENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) de fecha 07 de octubre de 2021. ------------------------------------------------------------------ • Detalle del movimiento del Banco Unión S.A. por el monto de Bs. 20,000,00 (VEINTE MIL 00/100 BOLIVIANOS) de fecha 08 de octubre de 2021.--------------------------------------------------------------------------------- • Detalle del movimiento del Banco Unión S.A. por el monto de Bs 50.000. (CINCUENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) de fecha 11 de octubre de 2021. • Detalle del movimiento del Banco Unión S A. por el monto del Bs 10.000.0 (DIEZ MIL 00/100 BOLIVIANOS) de fecha 11 de octubre de 2021 • Detalle del movimiento del Banco Unión S.A. por el monto de Bs. 35,000.00 (TREINTA Y CINCO MIL 00/100 BOLIVIANOS) de fecha 27 de octubre de 2021.------------------------------------------------------------- • Detalle del movimiento del Banco Unión S.A. por el monto de Bs. 17.000.00 (DIECISIETE MIL 00/100 BOLIVIANOS) de fecha 28 de octubre de 2021.------------------------------------------------------------------------- • Boleta de depósito del Banco Unión S.A. por el monto de Bs. 50,000.00 (CINCUENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) de fecha 17 de octubre de 2021, • Boleta de depósito del Banco Unión S.A. por el monto de Bs. 25,000.00 (VEINTICINCO MIL 00/100 BOLIVIANOS) de fecha 12 de octubre de 2021 Boleta de depósito del Banco Unión S.A. por el monto de Bs. Bs 25.000. • Boleto de depósito del Banco Unión S.A. por el monto de Bs. Bs. 20.000.00 (VEINTE MIL 00/100 BOLIVIANOS) de fecha 19 de octubre de 2021. • Boleta de depósito del Banco Unión S.A. por el monto de Bs. Bs 80.000.00 (OCHENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) de fecha 19 de octubre de 2021 • Detalle de transferencia electrónica del Banco Fie S.A. por el monto de Bs. 25.000.00 (VEINTICINCO MIL 00/100 BOLIVIANOS). ---------------- • Recibo por la suma de Bs. 60.000.00 (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) de fecha 27 de febrero de 2022.---------------------------------------------- • Boletas de depósitos del Banco Unión S.A. por los montos sumados de Bs. 150,000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS). • Testimonio No. 432/2021 Testimonio de la Escritura Pública del contrato para la supervisión técnica de la Obra N° SO/FNAC/0101/2021, de fecha 18 octubre de 2021.------------------------------------------------------- • Testimonio No. 431/2021 Testimonio de la Escritura Pública del contrato para la supervisión técnica de la OBRA N° SO/FNAC/0100/2021, de fecha 18 de octubre de 2021.--------------------------------------------------- • Comprobantes de depósitos.--------------------------------------------------- • Impresiones de las conversaciones mediante la plataforma de WhatsApp. • Informe del investigador asignado al caso de fecha 12 de junio de 2023. • Oficio emitido por el Gobierno Autónomo Municipal de Achacachi de fecha 26 de junio de 2023. -------- • Oficio Emitido por el Banco Unión S.A. de fecha 20 de junio de 2023. • Oficio Emitido por el Servicio de Registro Cívico de fecha 07 de julio de 2023.--------------------------------- • Acta de Declaración Informativa de Julio Guido Irahola Portillo de fecha 28 de mayo de 2023. ------------ • Acta de Declaración Informativa de Israel David Irahola Salinas de fecha 28 de mayo de 2023.------------ • Acta de Declaración Informativa de Yaneth Chávez Pacheco de fecha 28 de mayo de 2023.----------------- • Acta de Declaración Informativa de Roxana Condori Topoco de fecha 22 de junio de 2023.----------------- • Acta de Declaración Informativa de Ángela Patricia Bueno Quisbert de fecha 22 de junio de 2023-------- • Acta de Declaración informativa de Verónica Constanza Iñiquez Salinas de fecha 22 de junio de 2023.- • Acta de Declaración Informativa de David juvenal Irahola Portillo de fecha 22 de junio de 2023.---------- • Acto des Declaración informativa de Margoth Carola Tarifa Rodríguez de fecha 22 de junio de 2023.--- • Fotocopias Legalizadas de Proceso con CUD: 601103012201864. • Acta de Declaración informativa de Constancio Gutiérrez Catacora de fecha 03 de agosto de 2023.------ • Certificado de Antecedentes Penales de Claudio Limber Trujillo Rivera. • Certificado de Antecedentes Penales de Carla Vanessa Barrios Arias. RESPECTO AL DERECHO MATERIAL DE DEFENSA--------------------- Que, de la declaración informativa del imputado CARLOS BARRIOS BARRIOS, se tiene que el mismo refiere: "...Hoy me entero en libro de investigaciones que hicieron este depósito en fecha 11 de noviembre de 2021, por parte de arquitectura diseño y construcción Ircha S.R.L. dinero que yo nunca tome ni me quede, sino que mi hija Carla Vanessa Barrios Arias hizo depositara a mi cuenta No 10000009864550 y lo saco con mi tarjeta por la confianza de padre a hija, pero no toque jamás ese dinero y tampoco conozco a la empresa que hizo el deposito ni jamás tuve ninguna relación de ninguna naturaleza con esta empresa…”-------------------------------------------------------------------------------- Que, de la declaración informativa del imputado ALEJANDRO ESTRADA LOZA, se tiene que el mismo se refiere: "... Vanessa me habló por teléfono en octubre de 2021 y me pidió que le pase un número de cuenta del Banco Unión, le pase la cuenta N° 10000041779064 que corresponde a mi esposa Julia Soledad Ayala Valdez había depositado la suma de Bs 20.000, en fecha 08 de octubre de 2021, dinero que se entregó en efectivo a la señora Carla Vanessa...”----------------- Que, de la declaración informativa de la imputada JULIA SOLEDAD AYALA VALDEZ se tiene que misma se refiere “… Mi esposo Alejandro Estrada Loza, le congelaron su cuenta y el me pidió el favor de que abra una cuenta en el Banco Unión, cuyo titular solo era yo. por la confianza y el amor que le tengo, mi esposo es quien manejaba la cuenta, la tarjeta lo tenía el, mi esposo me dijo que habían depositado en la cuenta cierto monto y me pidió que lo retire los Bs. 20,000 y se lo entregué a Alejandro.---------------------- Que, de la declaración informativa del imputado CLAUDIO LIMBER TRUJILLO RIBERO, se tiene que el mismo refiere: "...La cuenta del banco Unión lo he abierto por el año 2016. en ese tiempo lo manejaba yo hasta 2017. después no lo manejaba yo porque no hacia movimientos bancarios en esa cuenta, después lo preste la cuenta a la señora Carla Vanessa Barrios quien es como mi madre porque me ha criado...” --- Que de la declaración informativa del imputado CARLA VANESSA BARRIOS ARIAS la cual se encuentra acompañada del abogado de Defensa Pública (SEPDEP), la cual se acoge al derecho constitucional de guardar silencio. FUNDAMENTOS DE LA IMPUTACIÓN---------------------------------- Que, de las diligencias preliminares se tiene que en fecha 05 mayo de 2023 JULIO GUIDO IRAHOLA PORTILLO, ISRAEL DAVID IRAHOLA SALINAS Y JANETH CHAVEZ PACHECO presentan la denuncia en contra de CARLA VANESSA BARRIOS Y OTROS señalando que en fecho a 05 de octubres 2021 tomaron contacto con el señor Rolando Tito Choque Rengel el cual les refiere que buscaba una empresa constructora para los proyectos de obras de una fundación denominada "NUEVO AMANECER PARA LOS CINTIS" para lo cual los constructores deberían entregar el 6% del total de cada obra a la señora VANESSA BARRIOS ARIAS, teniendo que entregar primero el 3% como anticipo para que dicha ciudadana les entregue la invitación directa y no así por licitación. Es así que los denunciantes empiezan a realizar los depósitos como adelanto de monto acordado, y dichos depósitos se van realizando a distintos números de cuentas que la señora CARLA BARRIOS les proporciono mismas cuentas que pertenecían a los ciudadanos CARLOS BARRIOS BARRIOS, JUAN CARLOS BARIOS ARIAS, CLAUDIO LIMBERT TRUJILLO RIVERA, JULIA SOLEDAD AYALA VALDEZ, BLADIMIR ORTIZ RIVERO. (mismos que serían familiares de dicha ciudadana haciendo un total de Bs. 537.000.00 (QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL BOLIVIANC 00/100) ya llevándose acabo parte del acuerdo, en fecha 11 de octubre de suscriben contrato de obra entre la señora Carla Vanessa Barrios como representante de la Fundación Nuevo Amanecer para los Cintis y la SOCIEDAD ARQUITECTURA DISEÑO Y CONSTRUCCION IRCHA S.R.L. para la construcción de la infraestructura de la U.E. JANCOMAYA del municipio de Achacachi. Asimismo, en fecha 18 de octubre de 2021suscriben un segundo contrato de obra para la construcción de la infraestructura de la U.E. PONGONHUYO del municipio de Achacachi.------- Que, el Testimonio N° 422/2021 de fecha 11 de octubre de 2021. de Escritura Pública del contrato de Obra N° O/FNAC/095/2021 para la construcción proyecto “Construcción infraestructura U.E. JANCOMAYA Primaria" se tiene que se suscribe un contrato entre la fundación Nuevo Amanecer para los CINTIS la cual es representada legalmente por Carla Vanessa Barrios Arias en calidad de contratante y lo Sociedad Que, del Testimonio N 430/2021 de fecha 18 de octubre de 2021. De escritura Pública del contrato de Obra Nº O/FNAC/096/2021 para la construcción proyecto Construcción Infraestructura U.E. PONGONHUYO" se tiene que se suscribe contrato entre la fundación Nuevo Amanecer paro los "CINTIS la cual es representada legalmente por Carla Vanessa Barrios Arias en calidad de contratante y la Sociedad Arquitectura y Diseño y Construcción "IRCHA” S.R.L en calidad de contratista.--------------------------------------- Que, de la descripción del movimiento emitida por Banco Unión se tiene que en fecha 08 de octubre de 2021 se realiza una trasferencia de ARQUITECTURA DISEÑO CONSTRUCCION IRCHA S.R.L. mediante transferencia la cuenta de JULIA SOLEDAD AYALA VALDEZ por la suma de 8s 20.000.00 (VEINTE MIL 00/100 BOLVIANOS).------------------------------------------------------------------- Que, de la descripción del movimiento emitida por el Banco Unión se tiene que en fecha 11 de octubre de 2021 se realiza Una trasferencia de ARQUITECTURA DISEÑO Y CONSTRUCCION IRCHA S.R.L. mediante transferencia a la cuenta de CARLOS BARRIOS BARRIOS por la suma de Bs. 10.000.00 (DIEZ MIL 00/100 BOLIVIANOS).--------------------------------------------------------------------------- Que, del recibo N° 220054 se tiene que en fecha 27 de febrero de 2022. Israel Irahola Salinas entrega la suma de Bs. 60,000.00 (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) a la Sra. Carla Vanessa Barrios Arias.------------- Que, en fecho 23 de agosto de 2021 se hace invitación contratación directa supervisión proyecto de construcción Infraestructura U.E. ANCOAMAYA PRIMARIA MUNICIPIO ACHACACHI LA PAZ el cual es emitido por la fundación "NUEVO AMANECER PARA LOS CINTIS" representando legalmente por Carla Vanessa Barrios Arias.---------------------------------------------------------------- Que, de la boleta de depósito de fecha 28 de enero de 2021. se tiene que se realiza el depósito bancario por JULIO GUIDO IRAHOLA PORTILLO a favor de CLAUDIO UMBER TRUJILLO RIVERA por la suma de Bs. 10.000.00 (DIEZ MIL 00/100 BOLIVIANOS.------------------------------------------------------------------- Que, del Testimonio N° 432/2021 de fecha 18 de octubre de 2021, de Escritura Pública del contrato de Obra N° SO/FNAC/0101/2021 para la construcción proyecto "Construcción Infraestructura U.E. JANCOMAYA Primaria" se tiene que se suscribe un contrato entre la fundación Nuevo Amanecer para los "CINTS" la cual es representada legalmente por Carla Vanessa Barrios Arias en calidad de Contratante y Julio Guido Irahola Portillo en calidad de Supervisor. ---------- Que, del Testimonio N° 431/2021 de fecha 18 de octubre de 2021, Púbico del contrato de Obra N° SO/FNAC/0100/2021 paro la construcción Proyecto “Construcción Infraestructura U.E. PONGONHUYO" se tiene que se suscribe un contrato entre la fundación Nuevo Amanecer para los "CINIIS" la cual es representada legalmente por Carla Vanessa Barrios Arias en calidad de contratante y Julio Guido Irahola Portillo en calidad de Supervisor.------------- Que, se tiene el documento Privado de Préstamo den Dinero suscrito entre Julio Guido Irahola Portillo e Israel David Irahola Salinas en Calidad de ACREEDORES y Carla Vanessa Barrios Arias en calidad de DEUDORA. en el cual se tiene que se reconoce como deuda la suma de B. 574.00.00 (QUINTENTOS SETENTA Y CUANTRO MIL 00/100 BOLIVIANOS).------------------------------------------------- Que, se tiene en copias legaliza das el proceso N° 101102012100083 QUE SIQUE EL MINISTERIO PUCBLICO EN CONTRA DE CARLA VANESSA BARRIOS ARIAS Y OTROS por el delito de ESTAFA AGRAVADA, por un hecho similar al presente. Que, de oficio emitido en fecha 26 de junio de 2023. por Gobierno Autónomo Municipal de Achacachi. Se tiene que NUEVO AMANECER PARA LOS CINTIS no tiene ningún proyecto en ejecución.--------------------------- Que, del oficio emitido por el Banco Unión S.A, de fecha 20 de junio de cual se detalla los montos trasferidos a la cuenta bancaria de Carias Barrios Barrios en diferentes montos económicos realizados por la SOCIEDAD ARQUITECTURA DISEÑO Y CONSTRUCCION IRCHA S.R.L.---------------------------------------- Que, de la Declaración informativa de Israel David Irahola Salinas se tiene que “… los funcionaros de dicha fundación de nombres abg. Alejandro Estrada Loza, Ing. Juan Antonio Contreras, y Arq. Bejarano y familiares arriba nombrados, tenían conocimiento de la estafa que sufrimos donde mi persona realizo depósitos de dinero a los señores Claudio Bladimir Ortiz Romero, Juan Carlos Barrios Arias, Julia Soledad Ayala Valdez, Carlos Barrios Barrios un total de 357.000 Bolivianos…”------------------------------------------------- Que, de la Declaración informativa de Yaneth Chávez Pacheco se tiene referencia que estoy siendo perjudicada en cuanto a mi patrimonio que entregue al Sr. Claudio Limbert Trujillo Rivera y Claudio Bladimir Ortiz Romero, la suma 50.00 bolivianos realizando depósitos a las cuentas personales de estas dos personas sin embargo este depósito lo realice a solicitud de la Sra. Carla Vanessa Barrios Arias…”---- Que, de las fotocopias legalizadas del caso 601103012201864 se tiene denuncia realizada ante el Ministerio Público en contra de Carla Vanessa Barrios Arias por a delito de Estafa Agravada y Falsificación de Sellos, Papel Sellado y Timbres mismo que radica en la ciudad de Tarija.------------------------------------------ Que, del oficio emitido por el Registro Judicial de Antecedentes Penales de CARLA VANESSA BARRIOS ARIAS, se tiene registros de Declaratorias de Rebeldía así como la Sentencia Condenatoria de fecha 22 de mayo de 2023 Dictada por el Juzgado Publico Mixto Civil y Comercial de familia de Sentencia Penal 1ro. del Departamento de Chuquisaca por el Delito de Estafa.----------------------------- Que, delito de Estafa sanciona la conducta del sujeto el que con la intención de obtener para sí o un tercero un beneficio económico indebido, mediante engaños o artificios provoque o fortalezca error en otro que motive la realización de un acto de disposición patrimonial en perjuicio del sujeto en error o de un tercero...... lo que presumiblemente ocurre en el presente caso cuando CARLA VANESSA BARRIOS ARIAS, CARLOS BARRIOS BARRIOS, ALEJANDRO ESTRADA LOZA, JULIA SOLEDAD AYALA VALDEZ, CLAUDIO LIMBER TRUJILLO RIVERA utilizando proyectos para la construcción de dos unidades educativas en la Localidad de Achacachi, proyectos que no existían, logran inducir en error a los señores JULIO GUIDO IRAHOLA PORTILLO, ISRAEL DAVID IRAHOLA SALINAS Y YANETH CHAVEZ PACHECO a que dispongan su patrimonio y se adjudiquen los contratos de construcción de dos unidades educativas, adjudicaciones que no existían, beneficiándose indebidamente del patrimonio de los Irahola.--------------------- En relación con la calificación del delito atribuido, cabe dejar expresa constancia que la misma es de carácter provisional y puede variar en el curso de los 45 días que el juez pueda otorgar o de acuerdo a los nuevos datos que emerjan, y que ha sido establecido en uso pleno de las facultades del Ministerio Público, extremo que ha sido entendido por la jurisprudencia constitucional establecida en la sentencia constitucional 044 /2007-R antes mencionado, la misma que sobre el tema ha afirmado que “…la calificación provisional del delito constituye una atribución privativa del Fiscal de Materia Adjunto, puesto que será él quien en definitiva deberá comprobar en la etapa preparatoria la comisión de un delito, no constituyendo el recurso de habeas corpus una instancia en la que pueda considerarse y modificarse aspectos referidos a la calificación provisional del delito (...)”-------------------------------------------- PARTE RESOLUTIVA------------------------------------------------------ POR TANTO---------------------------------------------------------------- La Fiscal de Materia y Representante del Ministerio Público que suscribe en uso de sus legítimas atribuciones y en aplicación del Art. 302 del Código de Procedimiento Penal. así como los Arts. 14.1.2.3 y Art. 40 de la LOMP luego de haber realizado un estudio de las actuaciones e investigaciones prácticas concluye que existen suficientes elementos de convicción sobre la probabilidad de autoría o participación en la conducta del imputado, por lo que conforme a las nomas citadas resuelve: IMPUTAR FORMALMENTE A:---------------------------------------------- • CARLA VANESSA BARRIOS ARIAS ------------------------- • CARLOS BARRIOS BARRIOS --------------------------------- • ALEJANDRO ESTRADA LOZA------------------------------------ • JULIA SOLEDAD AYALA VALDEZ ------------------------------ • CLAUDIO LIMBER TRUJILLO RIVERA------------------------- Por existir suficientes elementos de convicción que es con probabilidad autores o participes del delito de ESTAFA Art. 335 del Código Penal:--------------------- Otrosi 1- De conformidad con el Art. 98 del CPP modificado por Ley N°1173 adjunto las declaraciones informativas de los imputados---------------------------- La Paz, 08 de noviembre de 2023---------------------------------------------------- REGÍSTRESE Y TÓMESE RAZÓN. – --------FIRMA Y SELLA: ----- DRA. Y. TANIA ALFARO CASTELLON ----FISCAL DE MATERIA DISTRITO LA PAZ--------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& TRANSCRIPCIÓN DEL DECRETO DE FECHA 10 DE NOVIEMBRE DEL 2023------------------------------------------------ 201102032300816.----------------------------------------------------------- La Paz, 10 de noviembre de 2023-------------- Téngase presente la Resolución de Imputación Formal de fecha 08 de noviembre del 2023 presentada por el Ministerio Publico en contra de CARLA VANESSA BARRIOS ARIAS, CARLOS BARRIOS BARRIOS, ALEJANDRO ESTRADA LOZA, JULIA SOLEDAD AYALA VALDEZ, CLAUDIO LIMBER TRUJILLO RIVERA por la presunta comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado por el Art. 335 del Código Penal, por consiguiente y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 163 del C.P.P. y la Sentencia Constitucional Nº 1036/2002 – R por el Auxiliar de este despacho procédase a generar la notificación a los imputados y por la Oficina Gestora de Procesos notifíquese de forma personal con la Imputación Formal a los imputados en su domicilio real bajo responsabilidad en caso de incumplimiento, y a efectos de que asuma defensa y se realice el computo de la Etapa Preparatoria, así como a interponer Excepciones e Incidentes en el plazo de diez (10) días conforme lo previsto en el Art. 308 y Art. 314 del C.P.P. modificado por la Ley 1173.------- Asimismo, se CONMINA a la Representante del Ministerio Publico a que en el plazo 72 horas de su legal notificación emita alguno de los requerimientos establecidos en el Art. 301 parágrafo I numerales 1) y 3) de la Ley N° 586, con relación a los ciudadanos CLAUDIO BLADIMIR ORTIZ ROMERO, JOSÉ RANGEL TERRAZAS, JUAN ANTONIO CONTRERAS, JUAN CARLOS BARRIOS ARIAS, ROLANDO TITO CHOQUE RENGEL, ya que de la revisión del cuaderno de control jurisdiccional se evidencia que no existe requerimiento alguno en contra de los ciudadanos anteriormente mencionados.------------------------------------------- AL OTROSI 1.- Por adjuntado, arrímese a sus antecedentes. --------------------- REGÍSTRESE Y TÓMESE RAZÓN. – --------FIRMA Y SELLA: ----- M.Sc. DAEN. SANTOS IVAN AYALA CHOQUE ----JUEZ SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES DE LA ZONA SUR-------TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA PAZ- BOLIVIA---------------------------------FIRMA Y SELLA: ---SECRETARIO ABOGADO--- JOSE VLADIMIR GARCIA MAMANI - JUZGADO SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL-----ZONA SUR----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA LA PAZ BOLIVIA-------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& TRANSCRIPCIÓN DEL DECRETO DE FECHA 27 DE JUNIO DEL 2024---- 201102032300816.----------------------------------------------------- La Paz, 27 de junio de 2024----------------------------------------------------- En atención a los datos del proceso y en atención a las certificaciones del SERECI y SEGIP, siendo que el domicilio de la parte imputada CARLOS BARRIOS BARRIOS, CARLA VANESSA BARRIOS ARIAS Y CLAUDIO LIMBER TRUJILLO RIVERA son datos genéricos es decir que no tengan domicilio conocido o se ignora su paradero, ya que no cuentan con número de puerta solo indica Zona y Calle, habiéndose agotado extremos para realizar la notificación a estas personas por parte de este despacho judicial, por lo que se ignora en absoluto su paradero y domicilio conocido a efectos de que el mismo sea notificado con la imputación formal. Ante estos extremos el suscrito Juez de Instrucción en lo Penal 2, Anticorrupción y Violencia hacia las mujeres de la Zona Sur de la Ciudad de La Paz DISPONE CONFORME EL ART. 165 DEL C.P.P., MODIFICADO POR LA LEY 1173 QUE SE LE NOTIFIQUE A LOS CIUDADANOS CARLOS BARRIOS BARRIOS, CARLA VANESSA BARRIOS ARIAS Y CLAUDIO LIMBER TRUJILLO RIVERA MEDIANTE EDICTOS JUDICIALES CON LA IMPUTACION FORMAL SEA A TRAVES DEL SISTEMA INFORMÀTICO DE GESTIÒN DE CAUSAS EN EL PORTAL ELECTRÒNICO DE NOTIFICACIONES DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA. Los mismos deberán comparecer a asumir defensa, dentro de (10) diez días computables a partir de la publicación en el portal electrónico de notificaciones, con la advertencia de ser declararos rebeldes. ------ REGÍSTRESE Y TÓMESE RAZÓN. – --------FIRMA Y SELLA: ----- M.Sc. DAEN. SANTOS IVAN AYALA CHOQUE ----JUEZ SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES DE LA ZONA SUR-------TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA PAZ- BOLIVIA---------------------------------FIRMA Y SELLA: ---SECRETARIO ABOGADO--- YAMIL REYNALDO CONDORI HUALLPA-JUZGADO SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES------ZONA SUR----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA LA PAZ BOLIVIA-----------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&El presente Edicto es librado en la Zona Sur de la ciudad de La Paz, Provincia Murillo del departamento de La Paz a los veinticuatro días del mes de julio del año 2024.-------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


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