EDICTO

Ciudad: SANTA CRUZ DE LA SIERRA

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES DÉCIMO OCTAVO DISTRITO MUNICIPAL N°7 (VILLA 1° DE MAYO)


PARA: EL IMPUTADO CALEB COLUMBA VACA EL PRESENTE EDICTO DE PRENSA ES MANDADO A LIBRAR POR EL JUEZ DE SENTENCIA PENAL 18° DE LA CAPITAL DR. ERNESTO GUARDIA ESCOBAR, DENTRO DEL PROCESO PENAL CON IANUS 701102082201784 Exp. 01/23, QUE SIGUE EL MINISTERIO PUBLICO REPRESENTADO POR LA DRA. NORMA JUDITH ACHACAYO BALTAZAR EN CONTRA DEL IMPUTADO: CALEB COLUMBA VACA, POR LA PRESUNTA COMISION DEL DELITO DE VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA SE HA DECLARADO REBELDE AL MENCIONADO ACUSADO Y AL RESPECTO EL TENOR ES EL SIGUIENTE. ----------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ACTA APERTURA DE JUICIO ORAL.- (REBELDE).- En Santa Cruz de la Sierra a horas 09:00 a.m. del día Miércoles 24 de Julio del 2.024 se reunió el Juzgado de Sentencia Penal, Anticorrupción y contra la Violencia Hacia las Mujeres 18° de la Capital, el Señor Juez Dr. Ernesto Guardia Escobar y el Secretario Lic. Abog. Gonzalo Lopez Mendoza, en cumplimiento al Auto de fecha 25 de Junio del 2.024, a fs.77, con la finalidad de llevar a cabo la Audiencia de Apertura de Juicio Oral, dentro del proceso penal Signado con Numero Exp. 01/24, Nurej: 701102082201784 que sigue MINISTERIO PUBLICO representado por la Dra. NORMA JUDITH ACHACAYO BALTAZAR a denuncia de FERNANDA ROJAS AREQUIPA (VICTIMA) Y JACQUELINE FABY AREQUIPA IGNACIO (MADRE) en contra del imputado CALEB COLUMBA VACA por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA previsto y sancionado en el Art. 272 bis del Código Penal.- JUEZ: Por secretaria sírvase informar sobre la presencia de las partes y si las mismas se encuentran legalmente notificadas para el presente acto.- SECRETARIO: Se informa a su autoridad que las partes se encuentran legalmente notificadas, encontrándose presente en Sala, el MINISTERIO PUBLICO representada por la Dra. NORMA JUDITH ACHACAYO BALTAZAR, el SLIM representado por la Dra. CERA LUCIA VARGAS MELGAR hacer conocer asimismo que no se encuentra presente en sala la Victima/Denunciante FERNANDA ROJAS AREQUIPA (VICTIMA) Y JACQUELINE FABY AREQUIPA IGNACIO (MADRE), informar a su autoridad que no se encuentra el Acusado/Querellado CALEB COLUMBA VACA y de la misma manera no se encuentra su Abogado defensor, es todo cuanto informo a su autoridad para fines consiguientes.- JUEZ: En merito a lo informado por el Sr. Secretario y no siendo causal de nulidad y de suspensión de la presente audiencia por inasistencia del imputado se declara instalada la misma y continuando con el desarrollo de la misma tiene la palabra la Sra. Fiscal.- MINISTERIO PUBLICO DRA. NORMA JUDITH ACHACAYO BALTAZAR Y DIJO: Toda vez que ha sido legalmente notificado al acusado dentro del presente proceso penal por el delito de Violencia Familiar o Domestica y toda vez que no se ha presentado en la audiencia de juicio oral de conformidad en el artículo 87 y el 89 numeral primero del código de procedimiento penal, solicita a su autoridad se sirva declarar rebelde, se libre el mandamiento de aprehensión y de arraigo, así como también la anotación de sus bienes que puedan estar registrado a su nombre.- JUEZ: Tiene la palabra el SLIM.- EL SLIM REPRESENTADO POR LA DRA. CERA LUCIA VARGAS MELGAR Y DIJO: Gracias señor juez, Toda vez que el acusado ha sido legalmente notificado para el presente juicio oral y no se hizo presente de la misma manera solicitamos de conformidad al Art. 87 y 89 se lo declare rebelde al acusado.- JUEZ: En merito a lo informado por el Sr. Secretario y a lo solicitado por la señora fiscal, el SLIM y de la revisión de los antecedentes se puede evidenciar que el imputado CALEB COLUMBA VACA no se hizo presente para la celebración del presente juicio oral no obstante su legal notificación y: CONSIDERANDO: Que, se tiene señalado audiencia DE APERTURA DE JUICIO ORAL contra CALEB COLUMBA VACA para el día de hoy miércoles 24 de Julio del 2.024 se tiene que el imputado CALEB COLUMBA VACA se encuentra legalmente notificado con el señalamiento de audiencia misma que el imputado no se hizo presente en la audiencia.- POR TANTO: El suscrito Juez del Juzgado de Sentencia Penal 18 de la Capital, en virtud a la jurisdicción y competencia que por ley ejerce, en cumplimento del art. 87 numeral 1) y 89 del Código de Procedimiento Penal que establece “El imputado será declarado rebelde cuando: No comparezca sin causa justificada a una citación como es el presente hecho”, por lo que se declara REBELDE al imputado CALEB COLUMBA VACA, disponiéndose las siguientes medidas jurisdiccionales; que por secretaria se debe de librar lo siguiente: 1. Mandamiento de Aprehensión Correspondiente en contra del imputado CALEB COLUMBA VACA.- 2. Las publicaciones de sus datos y señas personales por hacerse por un medio de comunicación nacional.- 3. Anotación Preventiva sobre los Bienes que se reconozcan ser de propiedad del imputado CALEB COLUMBA VACA, haciéndose efectivo por las oficinas de DD.RR.- 4. Los correspondientes Mandamientos de Arraigo dirigida a la Dirección Departamental de Migración en contra del imputado CALEB COLUMBA VACA, a cuyo efecto debe oficiarse. - 5. Se les designa como Abogado defensor de oficio a la Dra. Patricia Arancibia Lara, a quien se lo debe notificar de manera personal. - Y conforme lo establece el Art. 90 del mismo cuerpo ritual de la materia, se suspende el presente juicio oral. - Con lo que termino el presente acto, firmando en constancia el Señor Juez conjuntamente con el Secretario quien certifica.- Fdo.- Dr. Ernesto Guardia Escobar Juez del Juzgado de Sentencia Penal 18°. - Fdo.- Lic. Gonzalo Lopez Mendoza Secretario del Juzgado de Sentencia Penal. - El presente Edicto de prensa es elaborado a los 24 días del mes de Julio del año 2024 Santa Cruz - Bolivia. ------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


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