EDICTO

Ciudad: EL ALTO

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEXTO EN MATERIA PENAL DE EL ALTO


EDICTO JUDICIAL JUZGADO DE SENTENCIA SEXTO EN MATERIA PENAL DE EL ALTO EL DOCTOR JOSE MIGUEL ORTUÑO VALENCIA JUEZ SEXTO DE SENTENCIA EN LO PENAL DE LA CIUDAD DE EL ALTO - TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA. Hace saber: Mediante el presente edicto, cita, notifica y emplaza a MAMANI MAMANI IGNACIO para que se apersone por sí o por apoderado dentro del proceso penal seguido por: MINISTERIO PUBLICO contra: MAMANI MAMANI IGNACIO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA, cuyo tenor literal es como a continuación se transcribe. -----------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA PAZ…JUZGADO SEXTO DE SENTENCIA EN LO PENAL DE LA CIUDAD DE EL ALTO – LA PAZ.RESOLUCIÓN Nro. 244/2024….NUREJ:201502022002514 AUTO DE APERTURA DE JUICIO…El Alto, 10 de julio de 2024 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL CASO, DE LAS PARTES PROCESALES ABOGADOS Y DOMICILIOS PROCESALES...MINISTERIO PUBLICO: Abog. SHIRLEY PAMELA PAZ MARQUEZ, FISCAL DE MATERIA ASIGNADA AL CASO A LA FISCALÍA ESPECIALIZADA EN DELITOS PATRIMONIALES CIUDAD DE EL ALTO…Domicilio Procesal: Ubicado en la Fiscalía Especializada en delitos Patrimoniales de la ciudad de el alto. Edif. Illimani Piso3, of 1 Av/Raúl Salmon Nª 130Z/12 de octubre Celular; no consigna...Correo Electrónico. No consigna. QUERELLANTE: LOYOLA MAMANCUSI CONDORI: CI. 6194673 L.P.: Calle Vilahota, N° 3084. Z. de Collpani : Dr. Víctor Suma Quispe : Edif, ESPAÑA N° 111, Planta baja Of. N° 12, Ubicado en la Av.Franco Valle y Calle 12 de la Zona 12 de Octubre : 75283930 : victorsuma67@gmail.com acusado: Cedula de Identidad : CI. 6032063 LP. Domicilio Real: Av. Cochabamba Nº 7 de la Zona San Luis Tasa de la ciudad de El Alto Celular: IGNACIO MAMANI MAMANI: NO CONSIGNA ABOGADO DEFENSOR Domicilio Procesal: Dr. Carlos Fernando Machaca Típula: Calle Jorge Carrasco N.º 114, Galería M y M Of. 7 Planta Baja.: 68159675.Correo Electrónico: NO CONSIGNA DELITO: VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA… VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, el representante del MINISTERIO PÚBLICO en representación de la sociedad, emite Resolución de Acusación Fiscal en contra de Ignacio Mamani Mamani, por el supuesto delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA estipulado en el Art. 272 del Código Penal y señalando en lo fundamental lo siguiente: En fecha 24 de julio de 2020 A HRS. 11:00am LOYOLA MAMANCUSI CONDORI se encontraba por la calle 6 de la zona Collpani de la ciudad de El Alto.--LOYOLA MAMANCUSI CONDORI observo que en la puerta de la Empresa SAITE S.R.L. se encontraba estacionado el camión marca Volvo, tipo FH 13, color blanco, con placa de control 4036-PBP, vehículo con el cual trabaja su concubino…LOYOLA MAMANCUSI CONDORI observo que al interior de la cabina se encontraban su concubino de nombre IGNACIO MAMANI MAMANI en compañía de una persona de sexo femenino, ambos consumiendo bebidas alcohólicas, motivo por el cual LOYOLA MAMANCUSI CONDORI, se aproximó y decepcionada le reclamo el porqué del engaño y traición…IGNACIO MAMANI MAMANI ante el reclamo efectuado LOYOLA MAMANCUSI CONDORI respondió muy furioso, indicando”…se acabó”, descendió del vehículo y le sujeto del cuello a LOYOLA MAMANCUSI CONDORI causándole lesiones…CONSIDERANDO: Que de conformidad al Art. 342 del Código de Procedimiento Penal el juicio debe abrirse sobre la base de la acusación fiscal o la del querellante, en consecuencia, existiendo Acusación Particular en el caso de autos, corresponde dictar auto de apertura de juicio sobre la base de los hechos contenidos en las mismas…POR TANTO: El Juez Sexto de Sentencia de la ciudad de El Alto de La Paz, ordena la APERTURA DE JUICIO ORAL contra: “IGNACIO MAMANI MAMANI”. C.I. 6032063… Por el delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA, previsto y sancionado por el Art. 203 del Código Penal…Para substanciar el Juicio Oral, en aplicación del Art. 343 del Código de Procedimiento Penal, se señala audiencia pública PRESENCIAL para el día: JUEVES 8 DE AGOSTO DE 2024 A HORAS 09:00 AM…Notifíquese a las partes con la presente resolución conforme a ley. Debiéndose NOTIFICAR a las partes y emitirse los mandamientos de comparendos para los testigos y peritos si los hubiere y hacer presente en dicha audiencia, a este efecto las partes deberán coordinar con secretaria la elaboración de dichos comparendos y otras medidas necesarias para su organización de conformidad a lo previsto en el art. 343 segundo párrafo del CPP, sea con las formalidades de ley…Asimismo, se CONMINA expresamente a las partes a hacer presente sus pruebas tanto de cargo y descargo a efectos de su producción, de lo contrario se darán por AGOTADAS, debiendo las partes tramitar sus mandamientos de comparendo o cualquier otra diligencia si es que así lo requieran…De la misma forma se advierte de que en caso de que el acusado no concurra a dicho acto con su abogado particular (de confianza), el mismo será asistido por un abogado de oficio, a quien de igual forma se le conmina a estar presente en dicha audiencia señalada, a dicho efecto por secretaria NOTIFIQUESE A DEFENSOR DE OFICIO y en caso inasistencia del representante del Ministerio Publico, se OFICIARA a la fiscalía departamental de La Paz…Finalmente, se deja constancia que por disposición expresa del Art. 343 parágrafo IV concordante con el Art. 123 del C.P.P., el presente Auto no es recurrible de apelación….TÓMESE RAZÓN, COMUNÍQUESE Y REGÍSTRESE……………………………………………………………………………………………………………………................................................................. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA PAZ - EL ALTO A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS POR ORDEN DEL SEÑOR JUEZ SEXTO DE SENTENCIA EN LO PENAL – DE LA CIUDAD DE EL ALTO--------------FIRMADO: SECRETARIA – ABOGADO- JUZGADO SEXTO DE SENTENCIA PENAL DE LA CIUDAD DE EL ALTO--------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


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