EDICTO

Ciudad: SUCRE

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES PRIMERO


JUZGADO DE SENTENCIA Nº 1 EN LO PENAL DE LA CAPITAL SUCRE-BOLIVIA Edicto Nº 357/2024 EL DOCTOR LUIS BENJAMIN ROJAS LATORRE JUEZ DE SENTENCIA Nº 1 EN LO PENAL DE LA CAPITAL Sucre – Bolivia MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO HACE SABER: A LA ACUSADA CINTHIA ELIZABETH DAVILA LEYTON que dentro del proceso penal que sigue EL MINISTERIO PUBLICO a denuncia de RUTH CRISTINA LOPEZ DAVALOS en contra CINTHIA ELIZABETH DAVILA LEYTON por la comisión del delito de ESTAFA previsto y sancionado por el Código Penal, signado con NUREJ: 107102032100025 en aplicación del Art.165 del C.P.P, se ha dispuesto que se notifique con ACTA Y AUTO DE FECHA DE 22 DE JULIO DE 2024. a cuyo fin adjunto la siguiente pieza procesal cuyo contenido y tenor es el siguiente -------------------------------------------------------------------------------- ACTA Y AUTO DE FECHA DE 22 DE JULIO DE 2024. JUZGADO DE SENTENCIA Nº 1 EN LO PENAL Sucre – Bolivia ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO NUREJ 107102032100025 JUEZ Dr. Luis Benjamín Rojas Latorre SECRETARIA-ABOGADA Lic. María Silvana Gorena Camacho ACUSACION FISCAL DANIEL CRUZ MONTIEL ACUSACION PARTICULAR RUTH CRISTINA LOPEZ DAVALOS ABOGADO WALTER MANCILLA ACUSADO CINTHIA ELIZABETH DAVILA LEYTON ABOGADO PILAR VISCARRA FECHA DE AUDIENCIA Sucre, 22 de julio de 2024 HORA DE INICIO Hrs. 15:20 OBJETO continuación de juicio oral (presencial) En la ciudad de Sucre, Capital del Estado Plurinacional de Bolivia, a horas quince con veinte minutos del día veintidós de julio del dos mil veinticuatro, el señor Juez de Sentencia N° 1 en lo Penal de la Capital, Dr. Luis Benjamín Rojas Latorre y la suscrita secretaria legal Lic. María Silvana Gorena Camacho, quedó instalada la presente audiencia de continuación de juicio oral dentro del proceso penal que sigue EL MINISTERIO PUBLICO A DENUNCIA DE RUTH CRISTINA LOPEZ en contra de CINTHIA ELIZABETH DAVILA LEYTON, por la presunta comisión del delito de ESTAFA, por secretaría pido informar si las partes están legalmente notificadas y si acudieron a esta audiencia. SECRETARIA: Con la palabra señor Juez, informarle que las partes fueron legalmente notificadas, presente el MP, presente la parte acusadora particular asistida de su abogado; ausente la acusada ausente su abogada. FISCAL: No habiendo comparecido nadie a justificar su inasistencia y habiendo sido legalmente notificada solicitamos se disponga la declaratoria de rebeldía de la acusada con las emergencias que establecen el art. 87 y 89 del C.P.P. JUEZ: Se tiene presente, ¿el abogado de la parte acusadora particular? AP: De igual forma señor juez. JUEZ: Se tiene presente, en merito a lo solicitado por la autoridad fiscal y la parte acusadora particular se pasa a dictar la siguiente resolución: A, 22 de julio de 2024 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, revisados los antecedentes de esta causa se advierte que ya en fecha 24 de noviembre de 2022 la encausada fue declarada rebelde y contumaz, esta resolución fue ratificada en fecha 8 de enero de 2024 ante también la falta de justificativo inadecuado de una inasistencia a audiencia en la que incurrió la encausada en ese merito corresponde nuevamente ratificar esta resolución de 24 de noviembre de 2022 procediendo del mismo modo en que se hizo en la resolución de 8 de enero de 2024 con todos los efectos que devienen de la declaratoria de rebeldía de un encausado y designando como abogado defensor de oficio de la encausada al señor Benito Herrera Flores para que la represente y asista con todos los poderes facultades y recursos que la ley confiere. Regístrese. - FISCAL: Solicitaría que se libren los mandamientos correspondientes además de que el mandamiento de aprehensión se libre en triple ejemplar a objeto de que la parte acusadora particular pueda coadyuvar. JUEZ: En merito a lo solicitado por la autoridad fiscal la emisión del mandamiento de aprehensión que ya forma parte de la resolución que se ha ratificado se expida en triple ejemplar. No habiendo nada más que tratar se da por concluido este acto. Con lo que concluyó la presente audiencia, firmando en constancia el señor Juez y la suscrita Secretaria, que certifican. FDO. JUEZ LUIS BENJAMÍN ROJAS LATORRE……………………..……... FDO. SECRETARIA - ABOGADA – MARIA S. GORENA CAMACHO…...… EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE, CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA A LOS 23 DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO…………………………………………………………………………… D. S. O.


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