EDICTO

Ciudad: SUCRE

Juzgado: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER CUARTO DE LA CAPITAL


JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER Nº 4 SUCRE - BOLIVIA EDICTO Nº 55/2024 DR. LÁZARO ROCHA TAMARES, JUEZ DE INSTRUCCIÓN PENAL ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER Nº 4, SUCRE - BOLIVIA. ------------------------- POR EL PRESENTE EDICTO, SE HACE CONOCER A JULIO CESAR SUAREZ ALGARAAZ, dentro del proceso penal, con CÓDIGO ÚNICO: 101102012401960, CINº 516/2024, seguido por el Ministerio Público A denuncia de DIEGO LOAYZA ORTEGA contra JULIO CESAR SUAREZ ALGARAAZ y RODRIGO RENGEL VELASCO, por la presunta comisión del delito de ”ESTAFA“ previsto y sancionado por el Art. 335, del Código Penal; se ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante edictos, en un medio de comunicación nacional a: JULIO CESAR SUAREZ ALGARAAZ, CON INICIO DE INVESTIGACIÓN DE FECHA 27 DE MAYO DE 2024, Y DECRETO DE FECHA 28 DE MAYO DE 2024, para su conocimiento y asumir defensa ante este despacho jurisdiccional, para los efectos que por Ley y en derecho les corresponda....------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ &-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&-&- . Matricul SEÑOR JUEZ DE INSTRUCCIÓN PENAL, ANTICORRUPCION Y VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DE LA CAPITAL DEL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE CHUQUISACA CU: 101102012401960 I. INFORMA: INICIO DE INVESTIGACIÓN PRELIMINAR La suscrita FISCAL DE MATERIA DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS DE LA FISCALÍA DEPARTAMENTAL DE CHUQUISACA, en representación del del Ministerio Público tal cual lo dispone el Art. 225 de la actual Constitución Política del Estado, en estricta observancia del "Principio de Obligatoriedad" razonado por el Art. 8 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, en cumplimiento de lo dispuesto por los Arts. 16, 289 y 298 del Código de Procedimiento Penal (CPP), apersonándose ante su autoridad con la debida consideración fundamentan y exponen: I. INFORMA INICIO DE INVESTIGACIÓN En atención a la denuncia verbal presentada, se tiene dispuesto que el mismo pase a conocimiento del Fiscal de Materia de la Fiscalía Departamental de Chuquisaca; consecuentemente se da inicio a la Investigación Preliminar dentro de la averiguación penal cuyos datos se transcriben a continuación: DENUNCIANTES: DIEGO LOAYZA ORTEGA DENUNCIADOS: JULIO CESAR SUAREZ ALGARAAZ Y RODRIGO RENGEL VELASCO por la presunta comisión del delito de ESTAFA previsto y sancionado por el Art. 335 del Código Penal. Informo a su probidad el cumplimiento del referido actuado procesal, a efectos de ejercer el Control Jurisdiccional que prevén los Arts. 54 núm. 1), 133, 134 y 135 del Adjetivo Penal. Construir un Sistema Penal más justo, pero fundamentalmente más humano... OTROSÍ 1°.- (DOMICILIO) Señalo domicilio del Ministerio Público, en estricto cumplimiento a lo previsto por el Art. 162 del CPP, calle Kilómetro 7 N° 282, zona Parque Bolívar. OTROSÍ 2o.- (DOMICILIO PARTES) Domicilio de las partes, con la finalidad de dar cumplimiento al Art. 314 del CPP modificado por la Ley N° 1173, informo a su autoridad que los mismos registran en antecedentes del sistema JL con interoperabilidad con el Órgano Judicial. Sucre, 27 de mayo de 2024 ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Sucre, 28 de mayo de 2024 El inicio de investigación signado con número de CÓDIGO ÚNICO 101102012401960, presentado por el MINISTERIO PÚBLICO a denuncia de DIEGO LOAYZA ORTEGA en contra de JULIO CESAR SUAREZ ALGARAAZ y RODRIGO RENGEL VELASCO por la presunta comisión del delito de ESTAFA. SE TIENE PRESENTE A EFECTOS DEL CONTROL JURISDICCIONAL DE LA INVESTIGACIÓN, como lo establecen los artículos 54 numeral 1 y 279 del Código de Procedimiento Penal. De los antecedentes del caso, el señor Fiscal, como director funcional de la investigación, recibidas las actuaciones policiales, deberá presentar la imputación formal, siempre y cuando existan suficientes indicios sobre el hecho y la participación del o los Autores; o pronunciarse en otra de las formas previstas por el Art. 301 del Código de Procedimiento Penal. Sea bajo su entera responsabilidad, conforme previene el Art. 135 del Código de Procedimiento Penal. De la misma forma se conmina al Ministerio Público indicar domicilio preciso de las partes adjuntando croquis si fuera necesario, a efectos de dar cumplimiento a los deberes previstos en el Art. 327 núm. 2) del CPP. Sin perjuicio del deber del Ministerio Público de cumplir desde el primer momento con la obligación de promover de oficio la conciliación y otras salidas alternativas, dejando constancia de la promoción, conforme establece el parg. III del Art. 326 del CPP. Modificado por Ley 1173 Al Otrosí 1.- Se tiene presente Al Otrosí 2.- Señalado. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- FIRMA Y SELLO. Dr. Lázaro Rocha Tamares, Juez de Instrucción Penal, Anticorrupción Y Contra La Violencia Hacia Las Mujeres Nº 4 de la Capital - Sucre – Bolivia.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ANTE MÍ: FIRMA Y SELLO. Licenciada Paola Lizbeth Ríos Rodas, Secretaria – Abogada del Juzgado de Instrucción Penal, Anticorrupción Y Contra La Violencia Hacia Las Mujeres Nº 4 de la Capital - Sucre – Bolivia. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- El presente edicto es librado, en la ciudad de Sucre, Capital del Estado Plurinacional de Bolivia, a los VENTITRES días del mes de JULIO de DOS MIL VEINTICUATRO --------------------------------------------------------------------------------------


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