EDICTO

Ciudad: TARIJA

Juzgado: TRIBUNAL DE SENTENCIA TERCERO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


EDICTO Nurej:601102012301643 DELITO: HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMA EN ACCIDENTE DE TRANSITO QUERELLANTE: MINISTERIO PÙBLICO 1. VICTIMA: GABINO ELEUTERIO GUTIERREZ FLORES (+) y OTROS ACUSADO: PULCIANO ORTEGA SUBIA JUEZ: DRA. NATALY FLORES JIJENA JUEZ DE SENTENCIA PENAL SEXTO DEL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA CAPITAL OBJETO: NOTIFICAR A: MARCELA PATRICIA GUTIERREZ RUEDA (HIJA) (VICTIMA) NOTIFICACION : ACUSACION FISCAL DE FECHA 21 DE MAYO DE 2024 Y DECRETO DE FECHA 12 DE JULIO DE 2024 Y 05 DE JUNIO DE 2024 SEÑORA JUEZ DE INSTRUCCIÓN Y ANTICORRUPCION Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER TERCERO DE LA CAPITAL PRESENTA PLIEGO ACUSATORIO OTROSI.- CUD:601102012301643 EIVER GIOVANI FERNANDEZ CHOQUE, Fiscal de materia adscrito a la Fiscalia Especializada de delitos contra la vida e Integridad Personal, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, a denuncia DE OFICIO, en contra de PULCIANO ORTEGA SUBIA por la comisión del delito de HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMA EN ACCIDENTE DE TRANSITO previsto y sancionado por el Art.261Bis. del Codigo Penal, conforme prevee el Art. 323 del CPP en merito a los antecedentes cursante en el cuaderno de investigacion, formula como requerimiento conclusivo la solicitud de aplicación de salida alternativa de suspensión condicional del proceso en merito a los siguientes fundamentos: I.- DATOS GENERALES DEL IMPUTADO: El 14 de setiembre de 2023 a horas 21:00 a 22:00 p.m. el señor Pulciano Arteaga Subia (denunciado) de 42 años de edad, con licencia de conducir 7185257 categoria A, vehiculo motorizado, color planteado, marca toyata,tipo RUA con placa de control 2301 XBA, seencontrba en circulación por la carretera a la comunidad de Bella Vista y los Pinos, provincia cercado del departamento de Tarija, con sentido de orientación de noreste a sureste con dirección a la comunidad Los Pinos, antes de la conclusion del tratamiento dela capa asfáltica, por falta de precaucion y posible maniobra desprevenida por parte del ciclista hacia la plataforma de la via, PULCIONA ORTEGA SUBIA con la parte del parachoque frontal anterior y vértice lado izquierdo de su motorizado, atropello al señor GABINO ELEUTERIO GUTIERREZ FLORES (VICTIMA) de 62 años de edad, quien iba en bicicleta, marca super rider, color axul, tipo montañera, signado con el numero de adhesivo dnp21-s-21scep, sin PTA de servicio particular, quien circulaba por delante del vehiculo protagonista y en el mismo sentido de orientación , ambos con direecion a la comunidad Los Pinos, donde lamentablemente fue impactado y expulsado a distancia frontal la capa asfáltica, llegado a perder la vida de manera instantánea, donde se procedio con el levantamiento legal del cadáver, posterior traslado a la Morgue del Hospital San Juan de Dios, a objeto del reconocimiento legal del cadáver, bajo la presencia del señor fiscal de turno médico forense de la capital y los investigadores del caso. NOMBRE: PULVIANO ORTEGA SUBIA. II.- DATOS GENERALES DE LAS VÍCTIMA: 1.GABINO ELEUTERIO GUTIERREZ FLORES (+) 2. MARCELA PATRICIA GUTIERREZ RUEDA (HIJA) 3. HENRY HOYOS PONCE III.- RELACION CIRCUNSTANCIASSA DE LOS HECHOS: OFRECIMIENTO DE PRUEBA CON SEÑALAMIENTO GENERAL DE SU PERTINENCIA. DOCUMENTAL: MP1.- Informe de conocimiento con persona aprehendida, elaborada por el investigador asignado al caso Sgto. My. Felipe Vallejos Rengel de 15 de septiembre de 2023. MP2.- Informe de intervención policial o accion directa de 14 de septiembre de 2023. MP3.-Acta de levantamiento legal de cadáver de 14 de septiembre de 2023 mas acta de reconocimiento legal de cadáver , mas requerimiento fiscal de 15 de septiembre de 2023. MP4.- Informe preliminar de 15 de septiembre de 2023. TESTIFICAL: MP-T1.- MARCELA PATRICIA GUTIERREZ RUEDA. MP-T2.- SGTO. MY. FELIPE VALLEJOS RENGEL. MP-T3.- SGTO.1° IVER RAMIREZ CONDORI. PETITORIO: Por todo lo precedente referido y conforme a todos los elementos recolectados durante la etapa preparatoria conforme previene el Art. 277 del CPP, el Ministerio Público llega a la conclusión que el acusado es responsable del delito de homicidio y lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito, toda vez que su conducta se adecuan a los elementos objetivos como subjetivos del tipo penal, por ello el Ministerio Público ACUSA FORMALMENTE a PULCIANO ORTEGA SUBIA por ser autor de la comisión del delito sancionado por el Art. 261 del CP, se proceda a su radicatoria y apertura del juicio oral y público , previo señalamiento de día y hora de audiencia para tal efecto, de conformidad a lo establecido en el Art. 340 y sgte. De la ley 1970 y sustanciado el mismo en aplicación del Art. 365 del CPP se dicte sentencia condenatoria de acuerdo a procedimiento. Tarija, 21 de mayo de 2024. FDO. Y SELLADO FISCAL DE MATERIA III ABG. EIVER GIOVANNI FERNANDEZ CHOQUE. ########################################################### Tarija, 12 de julio de 2024 En atención a lo solicitado por la autoridad fiscal, en el sentido de que se proceda a la legal notificación de MARCELA PATRICIA GUTIERREZ RUEDA, como hija de la víctima que en vida fue GABINO ELEUTERIO GUTIERREZ FLORES (+), mediante edictos por desconocer su paradero y domicilio real actual, de revisados los antecedentes que cursan en obrados se constata la representación realizada por la oficina gestora dando cuenta de que no se pudo dar con el domicilio y paradero de la mencionada, así como de acuerdo a los datos obtenidos por el SEGIP presentados por el Ministerio Público, el domicilio es el mismo que ya fue representado; en tal sentido al amparo de lo establecido en el Art. 165 del Código de Procedimiento Penal se ordena la legal notificación de MARCELA PATRICIA GUTIERREZ RUEDA, como hija de la víctima que en vida fue GABINO ELEUTERIO GUTIERREZ FLORES (+), mediante edictos a efectos de que la misma este a derecho en su condición de VÍCTIMA dentro del presente proceso penal que sigue el Ministerio Público contra PULCIANO ORTEG SUBIA por el delito de HOMCIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTDE TRANSITO. Las publicaciones de edicto serán realizadas conforme lo dispone la Ley 1173 en su cláusula décima novena, mediante el sistema HERMES . ###################################################################### Tarija, 05 de junio de 2024 Conforme lo establecido en el art. 340 del Código de Procedimiento Penal, notifíquese a los familiares de la víctima (+), para que en el plazo de 10 días que corren a partir de su legal notificación presente la acusación particular, adhesión a la misma y/o ofrezca pruebas de cargo. Al otrosí 1º.-Por señalado. Con lo que termino el acto firmando en constancia de obrado la Sra. Jueza y la suscrita secretaria abogada del juzgado de ejecución penal de la capital que certifica. ES CUANTO SE HACE SABER A LAS VICTIMA PARA FINES CONSIGUIENTES DE LEY. Abog. Daniela Torrez Arrollano SECRETARIA DE JUZGADO DE SENTENCIA PENAL SEXTO TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA TARIJA- BOLIVIA


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