EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO VIGÉSIMO QUINTO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL


EDICTO EL DOCTOR RAÚL ALEJANDRO GUTIÉRREZ QUISBERT JUEZ PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 25º MEDIANTE LA PRESENTE HACE SABER: QUE POR EL PRESENTE EDICTO SE NOTIFICA A: JAIME ASTORGA ENRIQUEZ Y LUISA MENDIZABAL DE ASTORGA DENTRO DEL PROCESO EJECUTIVO SEGUIDO POR: JAIME ASTORGA ENRIQUEZ Y LUISA MENDIZABAL DE ASTORGA REPRESENTADOS LEGALMENTE POR CECILIA NOGALES ARSTOGA, CONTRA: LUCIO ARANCIBIA RÍOS (fallecido) SOBRE: COBRO DE DÓLARES AMERICANOS. ----------------------------- ?????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????MEMORIAL CURSANTE A Fs. 474 DE OBRADOS ---------- JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL No 25 DE LA CIUDAD DE LA PAZ. ------ NUREJ: 204072196 ---- EJECUTORIA DE RESOLUCIÓN 140/2024. ------- OTROSIES.- SU CONTENIDO. ------ FLORINDA GUZMAN CASTRO, de generales conocidas en el PROCESO CIVIL EJECUTIVO, caratulado JAIME ASTORGA ENRIQUEZ Y LUISA MENDIZABAL DE ASTORGA / contra LUCIO ARANCIBIA RIOS, ante las consideraciones de su autoridad expongo y pido: -------- Señor Juez, las partes han sido legalmente comunicados con la Resolución No 140/2024 de 2 de mayo de 2024 que declaro probada la prescripción extintiva liberatoria sobreviniente de la obligación, a la fecha a vencido el plazo para realizar observaciones a la citada resolución. ------- POR LO EXPUESTO SOLICITO LA EJECUTORIA DE LA RESOLUCIÓN No 140/2024 de fecha 2 de mayo de 2024. ---- OTROSI 1.- Con causa en el proceso de autos, promovido por los demandantes, en fecha 11 de julio de 2003, en la matricula No 2014010035899 ahora de mi copropiedad se inscribió anotación preventiva por la suma de 5400.00 $us por JUICIO EJECUTIVO A NOMBRE DE ASTORGA ENRIQUE JAIME Y ASTORGA MENDIZABAL LUISA DE. ------- Con los efectos legales de la prescripción extintiva liberatoria sobreviniente de la obligación operada, corresponde el levantamiento de la referida anotación preventiva. -------- CON LO EXPUESTO SOLICITO ORDENE EL LEVANTAMIENTO DE LA ANOTACIÓN PREVENTIVA POR JUICIO EJECUTIVO POR LA SUMA DE 5400.00 $us, TRAMITE 88102, INSCRITO EN FECHA 11 DE JULIO DE 2003 A NOMBRE DE ASTORGA ENRIQUEZ JAIME Y ASTORGA MENDIZABAL LUISA DE, INSCRITO CON ESCRITURA JUDICIAL No 315 de 28 de mayo de 2003, JUEZ GERMAN OBLITAS ZEBALLOS JUEZ 10MO. INSTRUCCIÓN CIVIL; QUE RECAE SOBRE LA MATRICULA No 2014010035899, ASIENTO No 1, A ESTE EFECTO SE ME EXTIENDA EL TESTIMONIO DE LEY PARA DERECHOS REALES DE EL ALTO. ------- OTROSÍ 2.- Adjunta en calidad de prueba MATRICULA DE FOLIO REAL No 2.01.4.01.0035899 E INFORMACIÓN RAPIDA de la misma matricula correspondiente al LOTE DE TERRENO CON UBICACIÓN No 211, VILLA MARISCAL SUCRE, MILLUNI BAJO, estableciéndose en el Asiento No B) el gravamen generado en el presente proceso, se tenga en calidad de prueba para la petición de levantamiento de gravamen. ------- OTROSÍ 3.- Correo electrónico ahuaycho@icloud.com WHATSAPP: 72569032 ------- Sera justicia. ------ La Paz, 25 de junio de 2024 ---------------------------------FIRMA Y SELLA: Dr. Juan A. Huaycho Quispe ABOGADO MCA 006871 - RPA 4287409 JAHQ NIT 4287409012---- FIRMA: ILEGIBLE. ----------------------------------------------------------------------?????????????????????????????????????????????????????????????????????????? PROVIDENCIA A FS. 475 --------------------------------------------------------- ASTORGA C/ ARANCIBIA NUREJ 204072196 -------- La Paz, 26 de junio de 2024. ------- VISTOS: habiendo sido las partes notificadas con la Resolución Nº 140/2024 de fecha 02 de mayo de 2024 años cursante a fojas 460-462 de obrados, notificado a las partes mediante formularios de notificación de fs. 463 y edictos judiciales de fs. 467-470 de obrados, y habiendo vencido superabundantemente el plazo previsto por ley para la interposición de cualquier recurso en contra de la mencionada Resolución que le franquea la ley a las partes se declara la EJECUTORIA de la misma. Sea con las formalidades de ley. --------- AL OTROSI 1º.- Asimismo en merito a los antecedentes del proceso, de acuerdo al contenido del informe y folio real aparejados al memorial que antecede por la oficina de Derechos Reales se dispone el levantamiento o cancelación de la anotación preventiva del asiento B-1 del inmueble matricula Nro. 2014010035899 siempre y cuando dicha medida haya sido ordenada por el Juzgado Décimo de Instrucción Civil Comercial de la Capital, a favor de la parte demandante, producto del trámite del presente proceso, debiendo quedar firmes y subsistentes las restantes restricciones o gravámenes que pudiesen existir, a cuyo efecto expídase las correspondientes ejecutoriales de ley con las formalidades de rigor. ------AL OTROSI 2º.- Por adjuntado. ------- AL OTROSI 3º.- Téngase presente por la Oficial de Diligencias de este Despacho Judicial, el correo electrónico y numero de celular insertos en el escrito que antecede, sea a electrónicas. efectos de futuras notificaciones Dr. Raúl Juez Público Civil Comas no DEPARTAMENTALOS JUSTIC procesales. --------------------FIRMA Y SELLA: Dr. Raúl Alejandro Gutiérrez Quisbert----Juez Público Civil y Comercial 25º----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----LA PAZ – BOLIVIA ---- FIRMA Y SELLA: ANTE MI:---- Dr. Diego Bacillo Zapana Ríos----SECRETARIO – ABOGADO----JUZGADO PUBLICO CIVIL COMERCIAL 25º----LA PAZ - BOLIVIA ------------------------ ?????????????????????????????????????????????????????????????????????????? MEMORIAL CURSANTE A Fs. 478 DE OBRADOS ------------------------------------------------- JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL NO 25 DE LA CIUDAD DE LA PAZ -------- NUREJ: 204072196 ------ SOLICITA COMUNICACIÓN ------- PROCESAL MEDIANTE EDICTOS --------- OTROSIES.- SU CONTENIDO. ------- FLORINDA GUZMAN CASTRO, de generales conocidas en el PROCESO CIVIL EJECUTIVO, caratulado JAIME ASTORGA ENRIQUEZ Y LUISA MENDIZABAL DE ASTORGA / contra LUCIO ARANCIBIA RIOS, ante las consideraciones de su autoridad expongo y pido: -------- Señor Juez, mediante auto de fecha 26 de junio de 2024 fue ejecutoriado la Resolución Nº 140/2024 de 02 de mayo de 2024, asimismo ordenó el levantamiento de la Anotación Preventiva del Asiento B-1 del inmueble de la matricula No 2014010035899. -------- Con expuesto, conforme a los obrados en el cuaderno procesal, AMPARADO EN EL ARTICULO 78 PARÁGRAFO II DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL, SOLICITO QUE LOS DEMANDANTES JAIME ASTORGA ENRIQUEZ con CI.450099, Y LUISA MENDIZABAL SANJINES con Cl.125647, SEAN NOTIFICADOS CON EL AUTO DE FECHA 26 DE JUNIO DE 2024 DE FS. 475 MEDIANTE EDICTOS -------- OTROSÍ. Correo electrónico ahuaycho@icloud.com WHATSAPP: ------ 72569032 ------- Sera justicia ------- La Paz, 5 de julio de 2024. -------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Dr. Juan A. Huaycho Quispe ABOGADO MCA 006871 - RPA 4287409 JAHQ NIT 4287409012---- FIRMA: ILEGIBLE ---------------------------------------------------------??????????????????????????????????????????????????????????????????????????PROVIDENCIA a fs. 479. -----------------------------------------------------------------ASTORGA C/ ARANCIBIA NUREJ 204072196. --------- La Paz, 08 de julio de 2024. -------- VISTOS. - En mérito a lo peticionado en el memorial que antecede. asimismo, de conformidad a lo señalado en el parágrafo II del Art. 78 del Código Procesal Civil, notifíquese mediante EDICTOS a JAIME ASTORGA ENRIQUEZ Y LUISA MENDIZABAL SANJINES, sea, en un órgano de prensa de Circulación Nacional en observancia de lo establecido en el parágrafo II del artículo referido en lineas anteriores. Sea con los recaudos de rigor. ------- AL OTROSI. - Téngase presente por la Oficial de Diligencias de este Despacho Judicial, el correo electrónico y números de celular insertos en el escrito que antecede, sea a efectos electrónicas. de futuras notificaciones procesales. ------------------------------------FIRMA Y SELLA: Dr. Raúl Alejandro Gutiérrez Quisbert----Juez Público Civil y Comercial 25º----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----LA PAZ – BOLIVIA ---- FIRMA Y SELLA: ANTE MI:---- Dr. Diego Bacillo Zapana Ríos----SECRETARIO – ABOGADO----JUZGADO PUBLICO CIVIL COMERCIAL 25º----LA PAZ - BOLIVIA --------------------- ??????????????????????????????????????????????????????????????????????????MEMORIAL CURSANTE A Fs. 481 DE OBRADOS -----------------------------------------JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL No 25 DE LA CIUDAD DE LA PAZ NUREJ: 204072196 POR MOTIVOS QUE EXPLICA SOLICITA NOTIFICACIÓN MEDIANTE SISTEMA HERMES ACTUADOS PROCESALES QUE INDICA. ------- OTROSIES. SU CONTENIDO. ------- FLORINDA GUZMAN CASTRO, de generales conocidas en el PROCESO CIVIL EJECUTIVO, caratulado JAIME ASTORGA ENRIQUEZ Y LUISA MENDIZABAL DE ASTORGA/contra LUCIO ARANCIBIA RIOS, ante las consideraciones de su autoridad expongo y pido: ------- Señor Juez, en el Auto de fecha 08 de julio de 2024 de fs. 479 dispone notificar con el Auto de fecha 26 de junio de 2024 de fs. 474 mediante edictos a JAIME ASTORGA ENRIQUEZ Y LUISA MENDIZABAL SANJINEZ en un órgano de prensa de Circulación Nacional. --------- Sin embargo, lo solicitado por mi persona en el memorial de fecha 5 de julio de 2024 de fs. 478, y el Auto de fecha 26 de junio de 2024 de fs. 475 es posible de ser notificado a los demandantes mediante EL SISTEMA HERMES como expresión del principio de economía procesal y servicio de la justicia al público litigante. --------- CON ESTE MOTIVO, CONSIDERANDO QUE LA PUBLICACIÓN EN UN MEDIO DE CIRCULACIÓN NACIONAL ES ONEROSO, IMPETRO MODIFIQUE EL REFERIDO AUTO DE FECHA el Auto de fecha 08 de julio de 2024, DE LA NOTIFICACIÓN MEDIANTE UN ORGANO DE PRENSA DE CIRCULACIÓN NACIONAL POR NOTIFICACIÓN MEDIANTE SISTEMA HERMES E IMPETRO QUE: LOS DEMANDANTES JAIME ASTORGA ENRIQUEZ con Cl.450099, Y LUISA MENDIZABAL SANJINES con Cl.125647, SEAN NOTIFICADOS CON EL MEMORIAL de fecha 5 de julio de 2024 de fs. 478, y el Auto de fecha 26 de junio de 2024 de fs. 475, MEDIANTE EDICTOS POR EL SISTEMA HERMES Y POR SECRETARIA DE SU DESPACHO. -------- Y sea con las formalidades de ley. ------- OTROSÍ. Correo electrónico ahuaycho@icloud.com WHATSAPP: ------- 72569032. ------ Sera justicia. ----- La Paz, 11 de julio de 2024. --FIRMA Y SELLA: Dr. Juan A. Huaycho Quispe ABOGADO MCA 006871 - RPA 4287409 JAHQ NIT 4287409012---- FIRMA: ILEGIBLE ----------------------------------------??????????????????????????????????????????????????????????????????????????PROVIDENCIA A FS. 482 ----------------------------------------------------------ASTORGA C/ ARANCIBIA NUREJ 204072196. ----------- La Paz, 12 de julio de 2024. ------- En atención a lo solicitado por secretaria de Juzgado habiéndose determinado la notificación mediante edictos conforme se tiene de fs. 479 de obrados, se dispone que por secretaria de Juzgado publíquese los edictos ordenados a fs. 479 de obrados mediante el Sistema Hermes del Órgano Judicial sea previas las formalidades de ley. ------- AL OTROSI Téngase presente por la Oficial de Diligencias de este Despacho Judicial, el correo electrónico y numero de celular insertos en el escrito que antecede, sea a efectos de futuras notificaciones procesales electrónicas. --------- Astorga c/ Arancibia NUREJ 204072196. ------- La Paz, 24 de mayo de 2024. --------- En atención a lo solicitado por secretaria de Juzgado procédase a la publicación de los edictos solicitados mediante el Sistema HERMES de Órgano Judicial sea previas las formalidades de ley. -------- Al Otrosí. - Téngase presente por la Oficial de Diligencias de este Despacho Judicial, el correo electrónico y numero de celular insertos en el escrito que antecede, sea a efectos de futuras notificaciones procesales electrónicas. -FIRMA Y SELLA: Dr. Raúl Alejandro Gutiérrez Quisbert----Juez Público Civil y Comercial 25º----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----LA PAZ – BOLIVIA ---- FIRMA Y SELLA: ANTE MI:---- Dr. Diego Bacillo Zapana Ríos----SECRETARIO – ABOGADO----JUZGADO PUBLICO CIVIL COMERCIAL 25º----LA PAZ – BOLIVIA.-------------------------------- ??????????????????????????????????????????????????????????????????????????EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA PAZ A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS, POR ORDEN DEL SR. JUEZ DEL JUZGADO PUBLICO CIVIL COMERCIAL 25º DE LA CAPITAL DR. RAUL ALEJANDRO GUTIERREZ QUISBERT-----FIRMADO POR EL DR. DIEGO BACILLO ZAPANA RIOS----SECRETARIO – ABOGADO----JUZGADO PUBLICO CIVIL COMERCIAL 25º----LA PAZ - BOLIVIA, TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA, LA PAZ – BOLIVIA------------------------------------------------------??????????????????????????????????????????????????????????????????????????


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