EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO DE PARTIDO NOVENO EN MATERIA TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA CAPITAL


EDICTO-CITACION.------------------------------------------------------------------ CITE: 11/2024.------------------------------------------------------------------ LA DRA. JEANETH CHOQUE GARCIA, JUEZ DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL NOVENO-LA PAZ - BOLIVIA. -------------------------- HACE SABER POR EL PRESENTE EDICTO SE CITA A: TECNOLOGIAS E INSTRUMENTOS PROFES PARA SEGURIDAD SRL DENTRO DEL PROCESO EJECUTIVO DE LA SEGURIDAD SOCIAL SEGUIDO POR PROVIVIENDA ENTIDAD RECAUDADORA Y ADMINISTRADORA DE APORTES S.A. CONTRA TECNOLOGIAS E INSTRUMENTOS PROFES PARA SEGURIDAD SRL SOBRE EJECUTIVO SOCIAL.------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& NOTA DE DEBITO CURSANTE A FOJAS ONCE DE OBRADOS.------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& TITULO EJECUTIVO.---------------------------------------------------------- NOTA DE DEBITO.---------------------- N° 3305977.---------------------- Girada a: TECNOLOGIAS E INSTRUMENTOS PROFES PARA SEGURIDAD SRL --- Identificación: NIT 186518028--------------------------------- Domicilio: CALLE ASPIAZU 859 ZONA SOPOCACHI ALTO------------------------------ Departamento: LA PAZ--------------------------------- Provincia: MURILLO------------------------------------ Localidad: LA PAZ--------------------------------- Por Deuda(s) Al Régimen de vivienda, intereses, gastos administrativos y judiciales correspondientes al (los) Periodo (s). ------ OCT-2017 NOV-2017--------------------------------- CONCEPTOS ------------------------ IMPORTE ADEUDADO (Bs)------------------ APORTES--------------------------------- Aporte Patronal para la vivienda (2%) 437,04---------------------------------- Aporte Laboral al FCIV (1%)--------------------------------- INTERESES---------------------------------- Interés por mora (*)---------------------------7,52-------------------------------- Interes incremental (*)----- -1,50------------------------------ GASTOS JUDICIALES Y ADMINISTRATIVOS---------------------------------- (3% s/g art. 3 del D.S.26131)------------------------13,12-------------------------- TOTALES.... 459,18--------------------------------- (*)Estos importes son sujetos de actualización a la fecha de pago efectivo de la deuda.- --------------------------------- Son: CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE 18/100 BOLIVIANOS.----------- FIRMA Y SELLA: ALEX ROGER ZUNIGA MIRANDA-APODERADO PROVIVIENDA- LA PAZ 5 DE MARZO DEL 2018. --------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL DE FECHA VEINTINUEVE DE MARZO DE DOS MIL DIECIOCHO AÑOS CURSANTE A FOJAS TRECE A CATORCE VUELTA DE OBRADOS. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& SEÑOR JUEZ DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA CAPITAL. --------------------------------- L- II.- Demanda Proceso Ejecutivo Social------------------------------------ APERSON???????.- --------------------------------- Otrosíes. --- --------------------------------- PROVIVIENDA ENTIDAD RECAUDADORA Y ADMINISTRADORA DE APORTES S.A. (PROVIVIENDA S.A.), representada legalmente por ALEX ROGER ZUNIGA MIRANDA, con Cl 2671890 LP. Apoderado de la Sociedad Anónima, vecino de esta ciudad y hábil por ley, ante su digna Autoridad con las debidas consideraciones de respeto expongo y solicito: --------------------------------- 1.- APERSONAMIENTO. --------------------------------- Por el Poder Notarial Nº 658/2014 de 18 de junio de 2014, otorgado ante la NOTARIA DE FE PÚBLICA 97 DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA CRUZ, el mismo que tiene carácter de Poder Especial, amplio y suficiente, me apersono ante su autoridad en representación de la sociedad denominada PROVIVIENDA ENTIDAD RECAUDADORA Y ADMINISTRADORA DE APORTES S.A. (PROVIVIENDA S.A.), con las facultades que se detallan en el mencionado testimonio, pidiendo aceptarlo teniéndome por apersonado, disponiendo se me hagan conocer las providencias y ulteriores diligencias del proceso.----------- II.- ACCIÓN EJECUTIVA.- ANTECEDENTES,- A partir del mes de diciembre de 1998, fecha de inicio para la recaudación de Aportes del Régimen de Vivienda correspondientes al periodo de noviembre de 1998, PROVIVIENDA S.A. se encuentra facultada para iniciar el cobro judicial de los aportes en mora a través del Proceso Ejecutivo Social, A la fecha dicha facultad está legalmente respaldada por el Decreto Supremo Nº 25958 de 21 de octubre de 2000 y demás disposiciones legales complementarias. En este sentido el Decreto Supremo mencionado en su artículo 4 establece que: "la recaudación y transferencia de los aportes patronales de vivienda a cargo de la Entidad Recaudadora y Administradora de Aportes ERA, (PROVIVIENDA S.A.) se sujetará a la normativa y controles de acuerdo al presente Decreto Supremo"; estableciendo el articulo 9 en sus numerales 2 y 3 como obligación legal de la ERA cobrar los Aportes al Régimen de Vivienda, así como los intereses y multas que no hubieran sido pagados por el empleador a PROVIVIENDA ENTIDAD RECAUDADORA Y ADMINISTRADORA DE APORTES S.A. (PROVIVIENDA S.A.) sin otorgar condonación alguna.. El artículo 13 del citado Decreto Supremo establece el Proceso Ejecutivo Social, indicando que: "si el empleador no cumple con os plazos establecidos para el pago del aporte patronal obligatorio, más intereses y recargos, la ERA procederá a la ejecución social de cobro ante los Jueces de Trabajo y Seguridad Social, en conformidad a las disposiciones vigentes para el SSO.---------------------------- La ERA deberá iniciar la acción ejecutiva social transcurridos sesenta (60) días calendario computables a partir de la fecha en la que el empleador haya incurrido en mora'. Este plazo fue modificado a 120 dias calendario por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 26131 de 30 de marzo de 2001, disponiendo a la vez en su artículo 4 la aplicación supletoria para el régimen de Vivienda de los artículos 1, 2 y 3 del citado Decreto Supremo. -Cabe aclarar que si bien el Decreto Supremo N 25958 de fecha 21 de octubre de 2000, suprime el aporte laboral del 1% y obliga a su devolución a los trabajadores, esta normativa no prohíbe expresamente a la ERA el iniciar el cobro judicial mediante el Proceso Ejecutivo Social sobre los aportes devengados al Régimen de Vivienda (que fueron generados antes de la promulgación de este Decreto). Al presente el Decreto Supremo Nº 25958 de 21 de Octubre de 2000 en Su calidad de norma específica no ha sido derogado ni abrogado por ninguna disposición legal expresa, en consecuencia encuentra plenamente vigente.------------------------------------ Finalmente, y desde el año 1999, los Aportes al Régimen de Vivienda se vienen pagando en el mismo formulario en el que se pagan las contribuciones para el Seguro Social Obligatorio, actual Sistema Integral de Pensiones, administrado por ambas AFP'S constituidas en nuestro país, por lo que la presente demanda emerge de información reportada por ambas administradoras.--- ------------------- A la fecha, el empleador TECNOLOGIAS E INSTRUMENTOS PROFES.PARA SEGURIDAD SRL, con NIT: 186518028, ha incumplido el pago de sus obligaciones, al no pagar los Aportes al Régimen de Vivienda recaudado por PROVIVIENDA ENTIDAD RECAUDADORA Y ADMINISTRADORA DE APORTES S.A. (PROVIVIENDA S.A.) más intereses y multas. Correspondientes al (los) periodo(s) de: ---------------------------------------------- OCT-2017. NOV-2017 conceptos adeudados a la Entidad que represento, ascendiendo sus obligaciones actuales pendientes de pago a un total de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 18/100 BOLIVIANOS (Bs. 459.18); tal como indica la Nota de Débito N° 3305977.--------------------------- III.- DOCUMENTO EN EJECUCIÓN. - En mérito a lo expuesto y teniendo la Nota de Débito N° 3305977 de fecha 07 de Marzo de 2018, suficiente fuerza ejecutiva, suma líquida y exigible y ser de plazo vencido, de conformidad a lo establecido por el último párrafo del Artículo 13 del Decreto Supremo 25958 que a la letra manifiesta:" Constituye Titulo Ejecutivo, la Nota de Descargo de Débito del Empleador elaborado por la ERA" y los Artículos 486 y 487 numeral 3 del Código de Procedimiento Civil, acreditándose la personería de las partes y la competencia del Juzgador, solicito se dicte el correspondiente AUTO INTIMATORIO DE PAGO para que el empleador PAGUE a la ADMINISTRADORA DE APORTES, la suma adeudada, intereses, costas y costos; haciendo la protesta legal de reconocer justos y legítimos pagos si los hubiere. ----------------------------------------- IV.-DERECHOS.- Los derechos que asisten a la ENTIDAD RECAUDADORA Y ADMINISTRADORA DE APORTES para iniciar la presente ACCION EJECUTIVA SOCIAL, se fundan en lo establecido en los numerales 2 y 3 del Artículo 9 y Artículo 13 del Decreto Supremo N° 25958 de 21 de Octubre de 2000, respaldados por el Artículo 45 parágrafo primero y segundo de la Constitución Política del Estado, concordante con el Articulo 48 parágrafo primero y cuarto de la misma Norma Suprema concordantes con los preceptos legales que establecen los Artículos 486, 487 y 491 del Código de Procedimiento Civil. --------------------- OTROSÍ PRIMERO.- (PRUEBA PRECONSTITUIDA).- De conformidad a lo establecido en el Artículo 330 del Código de Procedimiento o Civil, pido se tenga en calidad de prueba literal la Nota de Debito N°3305977 de fecha 07 de Marzo de 2018, por la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTAY NUEVE CON 18/100 BOLIVIANOS (Bs. 459.18); adjunta a la presente demanda, que demuestra la existencia de deuda liquida, exigible y de plazo vencido. -------------------------- OTROSI SEGUNDO.- (MEDIDAS PRECAUTORIAS).- De acuerdo al Artículo 29 de la Ley 1760 de 28 de febrero de 1997, que a la letra dice: "el embargo y cualquier otra medida precautoria se ejecutaran antes de la citación con la demanda al ejecutado " y tomándose en cuenta, que presente Proceso Ejecutivo Social se sustancia conforme a las previsiones del Código de Procedimiento Civil, tengo a bien solicitar: --------------------------------------- 1- SE LIBRE MANDAMIENTO DE EMBARGO, En aplicación del Articulo 491 parágrafo II., del Código de Procedimiento Civil contra los bienes que se reconozcan ser de propiedad del empleador demandado.------------------------- 2.- RETENCIÓN Y REMISIÓN DE FONDOS, Se oficie a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, conforme a las disposiciones de Ley 393 (Ley de Servicios Financieros) y el art. 1358 del Código de Comercio, para que informe sobre la existencia de cuentas corrientes y/o depósitos a plazo fijo del empleador demandado, y proceda a la retención y remisión al Juzgado de los dineros en moneda nacional, extranjera o UFV que pudiera tener el empleador ejecutado, hasta el monto demandado.------------------------------------------------ 3.- ORDENAR SE OFICIE.- A la oficina de Derechos Reales y Organismo Operativo de Transito con la finalidad de que se informe sobre los bienes inmuebles y vehículos que estuvieren registrados a nombre del empleador TECNOLOGIAS E INSTRUMENTOS PROFES, PARA SEGURIDAD SRL Con NIT: 186518028, para lo cual se proveerá los recaudos de ley. --------------------------- 4.- ORDENAR SE OFICIE.- A la Cooperativa de Teléfonos para que nos certifique las líneas telefónicas registradas a nombre de la empresa demandada, con la finalidad de pro ceder a la ANOTACIÓN PREVENTIVA Y POSTERIOR REMATE de las mismas o en su defecto nos informe si NO CORRESPONDE LA ANOTACIÓN PREVENTIVA de acuerdo a la Ley General de Cooperativas No. 356 y el Reglamento Decreto Supremo No. 1995 de 13 de mayo de 2014 en su Artículo 24 NUM. 4 establece que "LOS CERTIFICADOS DE APORTACIÓN NO PUEDEN SER GRAVADOS POR LAS ASOCIADAS O ASOCIADOS YSON INEMBARGABLES POR TERCEROS".--------------------------------------------------- OTROSÍ TERCERO.- Para los fines del Artículo 327 numeral 4 del Código de Procedimiento Civil, el empleador TECNOLOGIAS E INSTRUMENTOS PROFES. PARA SEGURIDAD SRL, está representado legalmente por PAOLA ALEJANDRA AILLON FERNANDEZ. Con documento Cl 6186143, con domicilio ubicado en la CALLE ASPIAZU 859 ZONA SOPOCACHI ALTO, para lo cual protesto conducir al Oficial de Diligencias del Juzgado para su respectiva citación y notificación. ---- OTROSI CUARTO.- Se acepte la personería de ALEX ROGER ZUNIGA MIRANDA en mérito al testimonio Nº 658/2014 de 18 de junio de 2014 del Poder Especial y suficiente, que debidamente notariado se adjunta al presente memorial de demanda. ------------------------------------------------- OTROSI QUINTO.- Solicito se conmine al empleador a presentar las respectivas planillas de todos los periodos adeudados que se incluyen en la Nota de Débito de Débito Nº 3305977, dentro del tercer día de su legal notificación, haciendo la protesta legal de reconocer justos y legítimos pagos si los hubiere. OTROSI SEXTO.- Honorarios profesionales, de acuerdo al Arancel Mínimo del ilustre Colegio de Abogados.------------------------------------ OTROSI SEPTIMO.- DOMICILIO.- Para estar a derecho y conocer ulteriores providencias, señalo como domicilio legal la CALLE FERNANDO NICOLE GUACHALLA, ESOUINA SANCHEZ LIMA, EDIFIO N° 2186.-------------------- Será Justicia.--------------------------------------------------------- LA PAZ, 08 de Marzo de 2018.---------------------------------------- FIRMA Y SELLA: ALEX ROGER ZUÑIGA MIRANDA APODERADO---- FIRMA Y SELLA: MIGUEL LORA GUZMAN ABOGADO-MAT RPA N° 5694094- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& DECRETO CURSANTE A FOJAS QUINCE VUELTA DE OBRADOS. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& La Paz, 2 de abril de 2018 ----------------------------------------------------- Cúmplase a cabalidad con el Art. 110 inc) 4 del Código de Procedimiento Civil.--- FIRMA Y SELLA: MARIA T. CACERES SORIA JUEZ 4TO DE TRABAJO Y S.S. ---La Paz Bolivia.--------------------------------------- FIRMA Y SELLA: ANTE MI: BELTRAN CESPEDES- JUZGADO 4TO DE TRABAJO Y S.S. --SECRETARIO ABOGADO... ---LA PAZ- BOLIVIA. ---- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL DE FECHA TREINTA DE ENERO DE DOS MIL DIECINUEVE CURSANTE A FOJAS VEINTITRES DE OBRADOS.----------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& SENOR JUEZ CUARTO DE PARTIDO DE TRABAJO, SEGURIDAD SOCIAL, DE LA CAPITAL. CUMPLE LO ORDENADO.----------------------------------------------- LANUS: 20182493---------------------------------------------------------- ALEX ROGER ZUNIGA MIRANDA, en representación legal de "PROVIVIENDA ENTIDAD RECAUDADORAY ADMINISTRADORA DE APORTES S.A. (PROVIVIENDA S.A.) dentro del Proceso ejecutivo social seguido en contra de la empresa TECNOLOGIAS E INSTRUMENTOS PROFES.PARA SEGURIDAD SRIL, con ND. 3305977 ante Ud. respetuosamente expongo pido: - Señor juez, teniendo conocimiento de la providencia dictada por su autoridad de fecha 22 de noviembre de 2018 vuelta de obrados, tengo a bien adjuntar al presente memorial el Formulario con calidad de declaración jurada, el mismo solicito sea arrimado a los antecedentes del proceso. Asimismo, tengo a bien aclarar a su autoridad el domicilio de la empresa demandada está ubicado en la Calle Aspiazu N° 859, entre Calle Bella Vista y Benavente, Zona Sopocachi de la ciudad de La Paz: por lo que adjunto el respectivo croquis de ubicación y asimismo protesto de mi parte conducir al oficial de diligencias a la dirección señalada a los efectos de la citación correspondiente. Habiendo cumplido con lo ordenado por su autoridad, solicito muy respetuosamente imprima el trámite correspondiente para que la institución demandada PAGUE a esta Administradora la suma adeudada en la nota de débito objeto de la presente demanda ejecutiva social. ------------------- Otrosí 1°. - Solicito a su probidad que por secretaria me otorgue fotocopias simples del presente memorial y su respectiva providencia.---------------------- Otrosí 2º.-Adjunto copia simpe del Formulario de Inscripción del Empleador. Otrosí 3º.- Adjunto el respectivo croquis de ubicación.------------------------------ La Paz 15 de Enero de 2019.-------------------------------------------- FIRMA Y SELLA: ALEX ROGER ZUÑIGA MIRANDA- APODERADO-- FIRMA Y SELLA: MIGUEL LORA GUZMAN------ ABOGADO.------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& RESOLUCION N° 29/2019 AUTO INTIMATORIO- ------------------------------ CURSANTE A FOJAS VEINTICUATRO DE OBRADOS.----------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& La Paz, 31 de agosto de 2019------------------------------------------------------ JUZGADO CUARTO DE TRABAJO Y S.S. PRONUNCIADA DENTRO EL PROCESO EJECUTIVO SOCIAL POR PROVIVIENDA ENTIDAD RECAUDADORA Y ADMINISTRATOS DE APORTES S.A. (PROVIVIENDA S.A.) CONTRA TECNOLOGIAS S.R.L., POR CONCEPTO DE DEUDA AL REGIMEN DE VIVIENDA AUTO INTIMATORIO.-------------------------------------------- - VISTOS: En mérito a la fotocopia legalizada del Testimonio de Poder No. 658/2014 de fecha 18 de Junio de 2014, téngase e por apersonado a ALEX ROGER ZUNIGA Y MIRANDA en representación de PROVIVIENDA ENTIDAD RECAUDADORA ADMINISTRADORA DE APORTES S.A. (PROVIMIENDA S.A.) debiendo entenderse con el posteriores diligencias del proceso.------------------ En mérito a memoriales de fs, 13-14 de obrados, con nota de Debito N° 33059/7 de 07/03/2018 plantea la demanda conforme lo dispuesto por los numerales 2 y 3 del Art. 9 del D.S. No. 25958 ? D.S. 25715. mencionando que se iniciara el cobro ejecutivo social cuando no se hubiera cancelado al régimen de vivienda los aporte, multas e intereses determinados en el Art. 5 del D.S. 25958, con la relación a los Arts, 486, 487, 491,493 del Código de Procedimiento Civil en Ultra Actividad conforme la Circular Nº 02/2016 emitida por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia con referencia a los procesos contenciosos y Contencioso-administrativos dispuso que su tramitación se mantiene conforme el Código de procedimiento Civil en tanto sea regulada por Ley Especial. Asimismo, el Auto de Vista N° 244/2016 de 28/09/2016 y Autos Supremos N 86/14 de fecha 01/07/2014 y N° 63/2015 de fecha 07/07/2015 en los Cuales se moduló aplicar el Código de Procedimiento Civil, bajo el criterio de la ultra actividad de la norma en su mérito: se INTIMA a: TECNOLOGIAS E INSTRUMENTOS PROFES. PARA SEGURIDAD S.R.L., representada legalmente por PAOLA ALEJANDRA AILLON FERNANDEZ, para que al tercero día de su legal citación pague la suma de Bs. 459,18 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE 18/100 BOLIVIANOS) favor de la sociedad PROVIVIENDA ENTIDAD RECAUDADORA Y ADMINISTRADORA DE APORTES S.A. (PROVIVIENDA S.A) por concepto de Régimen de vivienda intereses, gastos administrativos y judiciales, bajo apercibimiento de costos procesales en caso de incumplimiento. -------------------------------------------- PROVIDENCIANDO A LOS OTROSÍES MEMORIAL DE FS. 13-14 DE OBRADOS SE DISPONE:---------------------------------------------------- AL OTROSI PRIMERO. - Por adjuntado.-------------------------------------- AL OTROSI SEGUNDO.- Medidas Precautoria.----------------------------------------- AL 1) y 2). - En su oportunidad.--------------------------------------------- AL 3. 4.- Ofíciese a los fines impetrados.----------------------------------------- AL OTROSI TERCERO.- Se tiene presente y estese a lo principal.-------------------- AL OTROSI CUARTO.- A lo principal. --------------------------------- AL OTROSI QUINTO.- En conocimiento de parte adversa.------------------------- AL OTROSI SEXTO.- Téngase presente.-------------------------------------------- AL OTROSI SEPTIMO. Por señalado el domicilio procesal.--------------------------- "TOMESE RAZONY REGISTRESE"----------------------------------- FIRMA Y SELLA: MARIA T. CACERES SORIA----- JUEZ 4TO DE TRABAJO Y S.S. La Paz Bolivia.------------------------------------------ FIRMA Y SELLA: ANTE MI: BELTRAN CESPEDES SECRETARIO ABOGADO-----JUZGADO 4TO DE TRABAJO Y S.S. LA PAZ-BOLIVIA. ---------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& INFORME CURSANTE A FOJAS VEINTICINCO DE OBRADOS ---------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&LA SUSCRITA OFICIAL DE DILIGENCIAS DEL JUZGADO (CUARTO DE Y SEGURIDAD SOCIAL SEGUIDO POR PROVIVIENDA ENTIDAD RECAUDADORA Y ADMINISTRADORA DE E APORTES S.A. CONTRA TECNOLOGIAS E INSTRUMENTOS PROFES, PARA SEGURIDAD S.R.L. ---------------------------- INFORMA.------------------------------------------------ En fecha 28 de marzo de 2019 me dirigí a notificar a la parte ejecutada representada legalmente por Paola Alejandra Aillon Fernanda en su domicilio real ubicado en la calle Aspiazu N° 859 Zona Sopocachi, señalado en obrados. Que habiendo buscado el domicilio señalado, se evidencio que la empresa ya no funciona en el lugar asimismo los vecinos me informan no conocer ni a la empresa tampoco al representante legal. Motivo por el cual no se pudo dejar la notificación. Es cuanto tengo a bien informar a su autoridad en honor a la verdad y para fines consiguientes de ley. FIRMA Y SELLA: JOAQUINA CANAVIRI BLANCO OFICIAL DE DILIGENCIAS JUZGADO CUARTO DE LA PAZ.------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& DECRETO DE FECHA VEINTINUEVE DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE CURSANTE A FOJAS VEINTICINCO VUELTA DE OBRADOS.---------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& El informe que antecede a conocimiento de la parte interesada. Así mismo se exhorta a las partes procesales cumplir con los principios de celeridad y oportunidad en estricto cumplimiento acatamiento al proceso sumarísimo, deslindando responsabilidades civiles, penales y administrativas Contra este juzgado y personal, sea con las formalidades de ley.------------------------ FIRMA Y SELLA: MARIA T. CACERES SORIA-----JUEZ CUARTO DE TRABAJO DE S.S. La Paz – Bolivia---------------------------------------------- FIRMA Y SELLA: CARLA LORENA CRUZ ARZALA-----SECRETARIA CUARTO DE TRABAJO DE LA PAZ.----------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& INFORME CURSANTE A FOJAS VEINTISIETE DE OBRADOS.--------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& LA SUSCRITA OFICIAL DE DILIGENCIAS DEL JUZGADO (CUARTO DE Y SEGURIDAD SOCIAL SEGUIDO POR PROVIVIENDA ENTIDAD RECAUDADORA Y ADMINISTRADORA DE E APORTES S.A. CONTRA TECNOLOGIAS E INSTRUMENTOS PROFES, PARA SEGURIDAD S.R.L.--------------------------- INFORMA.------------------------------------------------------------------ Que en fecha 26 de junio de 2019 me dirigí a notificar a la parte ejecutada representada legalmente por Paola Alejandra Aillon Fernández, en su domicilio ubicado en la calle Víctor Sanjinés Nº 658 zona Sopocachi, señalado en obrados. Que, habiendo buscado el domicilio señalado, se evidencio que en la dirección señalada no existe el numero indicado asimismo se preguntó a vecinos del cual me informan no conocer a la empresa como tampoco al representante legal. Motivo por el cual no se pudo dejar la notificación.--------------------- Es cuanto tengo a bien informar a su autoridad en honor a la verdad y para fines consiguientes de ley.-------------------------------------------------------- La Paz, 27 de junio de 2019.--------------------------------- FIRMA Y SELLA: JOAQUINA CANAVIRI BLANCO-----------------OFICIAL DE DILIGENCIAS JUZGADO CUARTO DE S.S. ---La Paz Bolivia.------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& DECRETO DE FECHA VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECINUEVE CURSANTE A FOJAS VEINTISIETE VUELTA DE OBRADOS.------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& El informe que antecede a conocimiento de la parte interesada. Así mismo se exhorta a las partes procesales cumplir con los principios de celeridad y oportunidad en estricto cumplimiento acatamiento al proceso sumarísimo, deslindando responsabilidades civiles, penales y administrativas Contra este juzgado y personal, sea con las formalidades de ley. ---------------------------- FIRMA Y SELLA: MARIA T. CACERES SORIA----JUEZ CUARTO DE TRABAJO DE S.S. --- La Paz - Bolivia. -------------------------------------------- FIRMA Y SELLA: CARLA LORENA CRUZ ARZALA-SECRETARIA CUARTO DE TRABAJO DE S.S.----------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& OFICIO CURSANTE A FOJAS TREINTA Y SIETE VUELTA DE OBRADOS &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ?f. ? 127/2020-J4TSS.----------------------------------------------- La Paz, febrero 13 de 2020.-------------------------------------------------------- Señora.--------------------------------------------------------------- Dra. Jeaneth Choque García.------------------------------------------------ JUEZ DE PARTIDO DE TRABAJO y S.S 9º DE LA CAPITAL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICA DE LA PAZ.-------------------------------------- Presente.---------------------------------------------------- Ref.: REMISION PROCESO ORIGINAL.----------------------------------------- Sra. Juez:------------------------------------------------------------- En cumplimiento al decreto de 29/01/2020 emitido por la Comisión de Redistribución de causas del Tribunal Departamental de Justicia, al Juzgado 9º de Trabajo y S.S. de reciente creación y el decreto de 10/02/2020 expedido por éste Juzgado 4º de Trabajo y S.S., remítase el presente proceso PROVIVIENDA Contra TECNOLOGIAS INSTRUMENTOS PROFES. PARA SEGURIDAD S.R.L... en treinta y seis (36) fojas útiles.-------------------------------------- Atentamente.---------------------------------------------------- FIRMA Y SELLA: MARIA T. CACERES SORIA JUEZ 4TO DE TRABAJO Y S.S. ---La Paz Bolivia.-------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& DECRETO DE FECHA VEINTIOCHO DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTE AÑOS CURSANTE A FOJAS TREINTA Y SIETE VUELTA DE OBRADOS.-------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& Radíquese la presente causa y sea con noticia de partes.------------------ FIRMA Y SELLA: JEANETH CHOQUE GARCIA JUEZ DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 9º TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA.------- FIRMA Y SELLA: ANTE MI: JIMMY TORRICO-SECRETARIO ABOGADO--- JUZGADO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 9º DE LA CAPITAL. LA PAZ-BOLIVIA.------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& INFORME CURSANTE A FOJAS SESENTA Y SEIS DE OBRADOS.---------------- A: JUEZ DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL NOVENO DE LA CAPITAL DEL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE LA PAZ - BOLIVIA DE: VLADIMIR ERWIN COPA QUISPE.- OFICIAL DE DILIGENCIAS DEL JUZGADO NOVENO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA CAPITAL DEL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA PAZ-BOLIVIA.----------- REF: SU CONTENIDO.----------------------------------------- FECHA: LA PAZ, DIECIOCHO DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIUN AÑOS.------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& Señora Juez:-------------------------------------------------------------- Mediante la presente y para fines consiguientes de ley me permito informar a Su autoridad que dentro del proceso seguido por: PROVIVIENDA S.A. Contra TECNOLOGIAS E INSTRUMENTOS PROFES PARA SEGURIDAD SRL. ------------ En fecha 12 de agosto de 2021 me constituí en el pasaje 743 N° 100, edificio sin nombre, piso 3, zona/barrio: Sopocachi bajo, calle aspiazu entre Abdón Saavedra de la ciudad de La Paz, con la finalidad de citar y emplazar de forma personal a: TECNOLOGIAS E INSTRUMENTOS PROFES PARA SEGURIDAD SRL., representada legalmente por Paola Alejandra Aillon Fernández con los actuados correspondientes para su legal citación, sin embargo, al haberme constituido en la dirección y tocar la puerta del edificio, una persona de Sexo masculino que no quiso identificarse me indica no vez que en el piso 3 conocer a la representante legal, ni mucho menos la empresa precisando a su ve viria otra familia de tal las formalidades de ley.-------------------------------------- Es cuanto tengo a bien informar a su Autoridad, para fines consiguientes de ley. FIRMA Y SELLA: VLADIMIR ERWIN COPA QUISPE----Oficial de Diligencias- JUZGADO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 9 LA PAZ----------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL DE FECHA TREINTA DE NOVIE VEINTIDOS AÑOS MIL CURSANTE A FOJAS NOVENTA Y DOS DE OBRADOS.------------------------------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& SEÑOR JUEZ DE NOVENO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA CAPITAL.-------------------------- ADJUNTO CERTIFICACION DE SEPREC Y SOLICITO.------------------------- IANUS.-201824993.------------------------------------------------- MARIA CARMELA VELASCO S SEJAS, APO PODERADA de la sociedad a anónima PROVIVIENDA SCAUDADORA Y ADMINISTRADORA DE APOR ENTIDAD RECA ORTES S.A B.A. (PROVIVIENDA SAJ vecino de esta ciudad hábil por ley, dentro del Proceso Ejecutivo Social, iniciado en contra del empleador TECNOLOGIAS E INSTRUMENTOS PROFES. PARA SEGURIDAD SRL, con NIT 186518028, Nota de Debito N° 3305977 a su Autoridad con las debidas consideraciones de respeto digo y pido:------------------------------------------------------------ Señor Juez, toda vez que en obrados cursan los Informes de Desconocimiento del Oficial de diligencias de fechas 28/05/2019, 27/06/2019 v 25/01 /2022 y estando cursante en obrados las certificaciones del SIN de fecha 06/01/2020, SERECI de fecha 25/11/2019, SEGIP de fecha 18/04/2019 y SEPREC de fecha 19/09/2022 que tengo a bien adjuntar al presente memorial; sin embargo, no se ha podido hacer efectiva la citación correspondiente, ya que mismas que no señalan nuevos datos del empleador. En este sentido, y no teniendo conocimiento del domicilio actual del empleador demandado, y conforme a la emergencia sanitaria debido a la pandemia de COVID-19 que circula nivel mundial y a las circulares vigentes sobre materia sanitaria en el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz me permito SOLICITAR que ORDENE QUE LA CITACION MEDIANTE EDICTOS, SE LA REALICE MEDIANTE EL SISTEMA HERMES, al amparo del Art.78 del Código Procesal Civil. -------------------------- OTROSI.- A efecto de conocer resoluciones conforme al Instructivo 22/2020 que emite la Presidencia del Tribunal de Justicia de La Paz, señalo Abogada Noelia Heredia Badani número Teléfono 76083666 y correo electrónico nheredia @prevision.com.bo.------------------------------------------------------ Será Justicia.------------------------------------------------------------------- La Paz, 28 de Noviembre del 2022.---------------------------------- FIRMA Y SELLA: MARIA MARCELA VELASCO-REPRESENTANTE LEGAL.-------- FIRMA Y SELLA: MIGUEL E LORA GUZMAN - ABOGADO-MAT RPA Nº 5694094.- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& DECRETO DE FECHA DOS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS AÑOS CURSANTE A FOJAS NOVENTA Y TRES DE OBRADOS.--------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& Téngase presente lo manifestado el escrito que antecede y considerando los datos del proceso por Secretaria de juzgado expídase el correspondiente edicto de ley, previo juramento de desconocimiento, a citar a la parte demandada TECNOLOGIAS E INSTRUMENTOS PROFES PARA SEGURIDAD S.R.L, con NIT 186518028, con la demanda, Auto intimatorio y demás piezas pertinentes, debiendo publicarse el mismo en un medio de prensa de circulación Nacional Autorizado y conforme a procedimiento.------------------------------------ Asimismo, en aplicación a lo dispuesto por el Art. 124 III) de la Ley 12760, por secretaria de juzgado tómese JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO de la parte demandada TECNOLOGIAS E INSTRUMENTOS PROFES PARA SEGURIDAD SR.L., sea cualquier día de la semana a partir de horas de la tarde.------------------------------------------------------------- AL OTROSI. - Téngase presente por la Oficial de Diligencias de Juzgado el número de contacto y correo electrónico señalados, previa constatación de su validación en el Sistema Hermes. ------------------------------ FIRMA Y SELLA: Dr. PATRICIA AGUILAR AGUILAR--- JUEZ PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 21º, EN SUPLENCIA La Paz- Bolivia. LEGAL-------------------- FIRMA Y SELLA: ANTE MI: E. ALEX BALLON YUJRASECRETARIO-ABOGADO--- --JUZGADO 9no DE TRABAJO Y S.S. LA PAZ- BOLIVIA.-------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ACTA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO CURSANTE A FOJAS CIENTO TRECE DE OBRADOS. ----------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& En la ciudad de La Paz a horas 14:33, del día miércoles 29 de marzo de 2023, el suscrito secretario abogado del Juzgado de Partido de Trabajo y Seguridad Social 9º de la capital, conforme a lo establecido en el art. 94 núm. 10 de la ley 065, procede a tomar juramento en cumplimiento a lo dispuesto a fs. 93, dentro el proceso de SOCIAL seguido por PROVIVIENDA ENTIDAD RECAUDADORA Y ADMINISTRADORA DE APORTES S.A." (PROVIVIENDA S.A.), contra TECNOLOGIAS E INSTRUMENTOS PROFES PARA SEGURIDAD S.R.L.----------- Acto seguido se hizo presente el Sr. ALEX ROGER ZUNIGA MIRANDA representante de PROVIVIENDA, con C.I. 2671890 LP., mayor de edad, hábil por derecho, domiciliado en la calle 3 Edif. Titanium 1 N° 420, Zona Obrajes, quien previo juramento de ley prestado en legal forma dijo: "JURO DESCONOCER EL ACTUAL DOMICILIO DE LA PARTE DEMANDADA TECNOLOGIAS E INSTRUMENTOS PROFES PARA SEGURIDAD S.R.L., PARA SU LEGAL CITACION CON LA DEMANDA, AUTO INTIMATORIO Y DE MAS PIEZAS PERTINENTES".---- Concluido el acto, leída que fue el acta, se ratificó en su tenor, firmando de la presente, conjuntamente con el suscrito secretario abogado, por ante mi de lo que certifico. ---------------------------------- FIRMA Y SELLA: ALEX ROGER ZUNIGA MIRANDAGERENTE REGIONAL- BBVA PREVISION AFP S.A.------------------------------------ FIRMA Y SELLA: ANTE MI: E. ALEX BALLON YUJRA-SECRETARIO ABOGADO--- JUZGADO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 9ª DE LA CAPITAL LA PAZ-BOLIVIA.------------------------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE AVISO DE CITACIÓN Y NOTIFICACIÓN ES LIBRADO EN LA CIUDAD A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS.------------------------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


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