EDICTO

Ciudad: BERMEJO

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES Y JUEZ TÉCNICO DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES TERCERO BERMEJO


EDICTO (Art. 165 C.P.P. ) NOTIFICACION A JOSE LINDOLFO FLORES (ACUSADO). JUEZ: Dr. JOHN JAVIER MONTALVO FLORES. --------------------------------------------------------------------------------------------------- SECRETARIA-ABOGADA. - MARIELA ELIZABETH TOLABA CRUZ------------------------------------------------------------------------- JUZGADO: JUZGADO DE SENTENCIA PENAL 1°DE BERMEJO Capital de la Segunda Sección de la Provincia Arce del Departamento de Tarija. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- PROCESO:. LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO DELITO:. LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO OBJETO: Para que tome conocimiento de la declaratoria de rebeldía dictada en su contra en el AUTO DE REBELDIA OBRADOS.-------------------------------------------------------------------------------------------------------- AUTO INTERLOCUTORIO N° 099/2024 (REBELDIA) Bermejo, 04 de junio de 2024 VISTOS.- Los antecedentes procesales de la causa penal que sigue el MINISTERIO PUBLICO contra JOSE LINDOLFO LORES, por la presunta comisión del delito de lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito, caso caratulado en este Juzgado como N° 085/2021, el informe de la Sra. secretaria, que antecede, la normativa aplicable al caso concreto y; CONSIDERANDO I Dentro de la presenta causa penal, en audiencia de fecha 11 de abril de 2024, ante la inconcurrencia del acusado, bajo el principio de favorabilidad y a petición de su abogado defensor, se otorgó el plazo de 48 horas para que comparezca y justifique en forma objetiva el motivo de su incomparecencia. Del informe de la Sra. Secretaria, que antecede, se tiene que el plazo otorgado a la acusada se encuentra vencido. CONSIDERANDO II Para la resolución de este tipo de incidentes procesales, la propia norma procesal penal establece sanciones a las partes por la inconcurrencia a determinados actos debidamente convocados por la autoridad jurisdiccional y uno de ellos es cuando el acusado no comparece sin causa justificada a una citación legal, tal como establece el Art. 87 núm. 1) del CPP. En la presente causa, del informe de la Señora Secretaria y de la revisión del cuaderno de autos se tiene evidencia fehaciente que la acusada no ha asistido a la audiencia de fecha 11 de abril de 2024 hrs 09:00 y habiéndose otorgado el plazo de 48 horas, no obstante a su legal notificación, no ha comparecido y menos ha justificado el motivo de su incomparecencia, por lo que corresponde aplicar lo dispuesto en el art. 89 del CP. POR TANTO: En merito a los fundamentos y motivos expuestos se RESUELVE: 1.- Declarar REBELDE a JOSE LINDOLFO LORES con C.I. N° 13041207, nacido el 11 de marzo de 2002, con domicilio en el Barrio San Antonio Av. Bolívar Frente al taller Flores, en consecuencia se dispone: a) Librar mandamiento de arraigo a nivel nacional en contra del acusado para su registro en la Dirección General de Migraciones, diligencia que estará a cargo del acusador público. b).- Expedir mandamiento de aprehensión y conducción encomendando su cumplimiento a la Policía Boliviana únicamente para hacer comparecer al acusado a este juzgado. C).- Publicar la presente resolución, mediante edictos a través de la página web del Tribunal Supremo de Justicia, haciendo constar los datos personales del acusado. 2.- Por secretaria consérvese las actuaciones e instrumentos procesales de convicción presentados por las partes. 3.- En merito a lo establecido por el art. 90 del CPP, se declara la suspensión de la presente causa, hasta que el ausente concurra o sea puesto a disposición de este juzgado. 4.- De acuerdo a lo establecido en el art. 440 del CPP, remítase fotocopia legalizada de la presente resolución al registro judicial de Antecedentes Penales. Notifíquese y regístrese. FIRMADO Y SELLADO DR. JOHN JAVIER MONTALVO FLORES JUEZ DEL JUZGADO DE SENTENCIA PENAL 1° DE BERMEJO.-FIRMADO Y SELLADO DRA. MARIELA ELIZABETH TOLABA CRUZ SECRETARIA DEL JUZGADO DE SENTENCIA PENAL 1° DE BERMEJO.------------------------------------------------ Bermejo, 08 de julio de 2024


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