EDICTO

Ciudad: EL ALTO

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES SEGUNDO DE EL ALTO


EDICTO La Dra. Narda Soria Galvarro Hinojosa, JUEZ DE SENTENCIA PENAL SEGUNDO DE LA CIUDAD DE EL ALTO – LA PAZ BOLIVIA------------------------ EL PRESENTE EDICTO HACE CONOCER LO DISPUESTO EN RELACIÓN A: XIMENA LOZANO APAZA (Victima).------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------PARA QUE ASUMA ACCION LEGAL CORRESPONDIENTE DENTRO EL PROCESO PENAL SEGUIDO POR MINISTERIO PUBLICO A INSTANCIAS DE OBED MENA CHUQUIMIA Y OTROS CONTRA JUAN BENITO CONDORI CHAMACA Y OTROS POR EL SUPUESTO DELITO DE ROBO AGRAVADO PREVISTO EN LA LEY SUSTANTIVA PENAL CUYO TENOR LITERALES COMO SIGUE.-------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& TRANSCRIPCION DE ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 26 DE JUNIO DE 2024-------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& https://ojpenallpz.webex.com/meet/ea-jspenal2 ....201502022100325 - MP – CONDORI BENITO-------JUZGADO DE SENTENCIA PENAL 2º DE LA CIUDAD DE EL ALTO LA PAZ – BOLIVIA ACTA DE AUDIENCIA DE JULIO –VIRTUAL-------------------En la ciudad de El Alto, a horas 10:30 del día 26 de junio de 2024, el Juzgado de Sentencia Penal Segundo de la ciudad de El Alto, conformad por la señora Juez Dra. Narda Soria Galvarro Hinojosa, se constituyó en Audiencia de Juicio Oral dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PÙBLICO contra CONDORI CHAMACA JUAN BENITO Y OTROS, por el supuesto delito de ROBO AGRAVADO delito previsto en el código penal. SEÑORA JUEZ: Se instala la presente audiencia, por secretaria infórmese sobre la legal notificación a las partes y si estas se encuentran presentes en sala. SECRETARIA: La palabra señora Juez, las partes no fueron legalmente notificadas por parte del Juzgado Primero de Sentencia Penal que estaba de turno; por lo que en cuanto a la presencia o vinculación de las partes a la Plataforma Virtual CISCO WEBEX, se tiene lo siguiente: No vinculado el REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO La parte querellante: Si vinculado OBED MENA CHUQUIMIA, si vinculado su abogado Dr. Gustavo Pérez, No vinculado XIMENA LOZANO APAZA y no vinculado su abogado No vinculada SULMA APAZA APAZA y no vinculados sus abogado La parte acusada: Si vinculado RENE SANDRO CALLISAYA GABRIEL, si vinculado su abogado Dr. Yuri Rada Jiménez, Si vinculado MARISOL CRENZA SUNTURA y si vinculada su abogado Dr. Klauss Ibañez Si vinculado JOSE VICTOR BONIFACIO y si vinculado su abogado Dr. Marco Antonio García Si vinculado JUAN BENITO CONDORI CHAMACA y si vinculado su abogado Dr. Marco Antonio García Si vinculada Abg Sepdep -----------------------------------------------------------------JUEZ: VISTOS El informe evacuado de la señora secretaria quien ha referido que el Sr. Obed Chuquimia esta presente junto con su abogado de confianza, en tanto los coquerellantes no se han apersonado a pesar de haber sido legalmente notificadas, asimismo, del informe complementario de la señora secretaria abogada se infiere que esos 2 personas los coacusados no han asistido a las últimas audiencias, sin embargo, no se puede tomar ninguna determinación en tanto y en cuanto no esté presente el señor Fiscal efectos de no vulnerar derechos y garantías lo que corresponde es suspender este acto de conformidad al artículo 335 numeral 1 del código de procedimiento penal con la modificación de la ley 1173, en ese contexto señores abogados vamos a señalar nuevo día y hora de audiencia ABOGADO DE LA PARTE ACUSADA: (DE RENE): Voy a solicitar la palabra siendo que su autoridad de manera clara en anterior audiencia ha solicitado que se presente por parte de la víctima el justificativo correspondiente al no haberse presentado en audiencia y voy a solicitar por Secretaría se informe si el mismo ha sido notificado y su autoridad debería pronunciarse respecto el abandono de querella que es lo que se quedara en anterior audiencia y por igualdad de partes, siendo que, el Ministerio Público no se ha presentado dentro de la presente audiencia vamos a estar a lo que su autoridad disponga, gracias señora Juez JUEZ: Se pide a la señora abogada secretaria amplíe su informe respecto a la última audiencia celebrada en la que no están las co acusadas de los que la suscrita Juez habría indicado que se les iba a separar del proceso o se iba a declarar el abandono de la querella por parte de estas 2 personas SECRETARIA: En anterior audiencia se ha indicado que se notifique a la parte querellante a efectos de que puedan justificar su inasistencia JUEZ: Hace cuánto tiempo que los señores no asisten a esta audiencia SECRETARIA: Aproximadamente a las 4 audiencias JUEZ: Corresponde aclarar son acusadores particulares las señoras Jimena Loza Apaza, Zulma Apaza Apaza, asimismo, evidentemente la suscrita Juez habría determinado lo siguiente (procede a dar lectura al acta de fecha 6 de junio de 2024) Doctora quiero que me muestre dónde está la notificación cuando se ha remitido a la gestora y cuando se les ha notificado a estas señoras ABOGADO DE LA PARTE ACUSADA: (DE RENE): La palabra señora Juez el abandono de querella se ha dispuesto y tomando en cuenta que ninguna se ha presentado JUEZ: Pero hay un varón y hay dos que no han venido, hace que tiempo no han venido las víctimas revíselas a efectos de dar cumplimiento a lo que se ha determinado SECRETARIA: Informar que los querellantes Ximena Y Zulma Apaza no han asistido a las audiencias aproximadamente a 5 audiencias hasta el día de hoy, en cuanto al co querellante Obed Chuquimia ha asistido a algunas audiencias solamente la defensa del señor es el que generalmente no ha asistido a las audiencias convocadas en caso a Obed Chuqimia solo ha estado ausente a 2 audiencias, en cuanto a las co querellantes no han asistido alrededor de 5 audiencias desde el comienzo del juicio. ABOGADO DE LA PARTE ACUSADA: (DE MARISOL): Gracias Sra. Juez abogado de la Sra. Marisol Arispe con carácter previo en aplicación de la sentencia constitucional plurinacional 1881/2012 de 12 de octubre vamos a solicitar a vuestra autoridad de su digno despacho que amplíe sobre la información que ha dado de las notificaciones como bien lo manifestado en un momento su autoridad, siendo que, la Sra. secretaria no habría cumplido con las formalidades de ley a efectos de que se manifiesten las victima para que su autoridad pueda hacer aplicación del Art. 292 del Código de Procedimiento Penal así como lo ha dispuesto en una audiencia suspendía, en ese entendido, hay duda razonable porque si se ha determinado pero la Sra. secretaria habría manifestado que no se habría cumplido con la formalidades a las partes víctimas, en ese entendido voy a solicitar JUEZ: Perdón que lo interrumpa Dr. la Sra. abogada todavía no ha informado pero dijo que recién ayer la gestora habría notificado a estas señoras y ahora lo que quiero que la señora secretaria me demuestre si ha remitido las notificaciones para que la gestora puedan notificar a las dos querellantes que el día de hoy no están, por favor Dr. SECRETARIA: Informar que el día de ayer día 25 de junio se ha remitido las notificaciones a la gestora y el día de ayer se les ha notificado a las víctimas, por lo que el plazo para la justificación que tengan que presentar aun estaría vigente y tiene plazo aun para justificar JUEZ: Dra. Cuando se ha determinado que se tenga que notificar SECRETARIA. No se ha determinado una fecha exacta, era en cuanto se labre el acta JUEZ: El error a partido de aquí, lamentablemente el Sr. abogado debe saber que el problema en el que ha incurrido este juzgado y lamentablemente es de la señora secretaria abogada que no ha hecho y no remitido las notificaciones para que sean notificados estas personas ello tendría que haber sido emitido con mucha anticipación, toda vez que tenía que 72 horas para que justifiquen su inasistencia y ese 72 horas obviamente si se ha notificado ayer recién han tenido conocimiento, la 72 horas no estamos de las 24 horas señores abogados, por lo tanto lastimosamente voy a tener que pedir disculpas a los señores abogados y no voy a dar aplicación al Art. 292 porque el error ha partido de este juzgado y el señor abogado de la parte acusada tiene que recurrir a la autoridad por el incumplimiento de deberes en este juzgado lamentablemente ha incurrido la señora secretaria abogada así como la señora auxiliar lo siento pero y yo me excluyo de participar en ello porque no se ha participado en esas notificaciones y el 6 de junio era la audiencia, por lo tanto no se va a llevar adelante la emisión de un auto, toda vez que, la culpa la tiene el juzgado de sentencia, bien aclaradas ABOGADO DE LA PARTE ACUSADA: (DE RENE): Sra., Juez siendo que se ha notificado a todas las partes en la presente audiencia en aplicación al Art. 292 del Código de Procedimiento Penal voy a solicitar el abandono de querella de las dos víctimas, toda vez que, esta no es la primer audiencia a la que no se presenta JUEZ: Dr. lo siento y le estoy explicando recién esa determinación se ha tomado el 6 de junio si lo hubiera hecho con anticipación Dr. tal vez hubiera sido factible declarar el abandono de querella pero lastimosamente habido negligencia e incumplimiento en este juzgado y ha sido atribuible a la señora secretaria, no puedo vulnerar sus garantías y derecho pero se ordena a la señora secretaria que en actas se reitere que la próxima audiencia a señalar que va ser en el tiempo más corto posible de acuerdo al libro de audiencias que tengo. En todo caso tendría que darse cumplimiento a la notificación que ya se ha realizado el día de ayer y esperar el vencimiento de plazo que la suscrita Juez ha determinado que son 72 horas, si se da cuenta Dr. ayer recién se les ha notificado a las señoras, por lo tanto no se ha cumplido las 72 horas al no cumplirse las 72 horas, la suscrita Juez va dar aplicación al Art.- 292 Dr. ABOGADO DE LA PARTE ACUSADA: (DE RENE): gracias Sra. Juez JUEZ: Bien Dr. de todas maneras vamos a señalar nuevo día y hora de audiencia, toda vez que, esta uno de los acusadores Obed Mena Chuquimia tome en cuenta este extremo señor abogado y de No presentarse el justificativo al que se ha hecho referencia en la audiencia del 6 de junio, entonces se va dar cumplimiento a lo determinado por mi persona ABOGADO DE SEPDEP (DE VICTOR) Sra.- Magistrada de lo manifestado por su autoridad que tienen que presentar las acusadas, esperando la el pronunciamiento de su autoridad conforme el artículo 292 solicitamos que por su digno despacho se conmine a la secretaria que cumple con sus obligaciones, siendo que, este causando perjuicio dentro de este proceso así también se remite al Consejo de la magistratura para que la próxima audiencia cumpla con las notificaciones de JUEZ: Se tiene presente Sra. Abogada, se señale audiencia para el día jueves 4 de julio de 2024 a horas 12:00 (virtual) señalamiento con el que quedan citadas, notificadas y emplazadas las partes en audiencia como también debe oficiarse el señor coordinador de la fiscalía de la ciudad de El Alto a efectos de que su autoridad tome conocimiento de que el señor fiscal no se ha presentado el día de hoy y tampoco ha presentado justificativo alguno ABOGADO DE LA PARTE ACUSADA: (DE RENE): La palabra señora Juez, con el debido respeto de solicitar se tome la audiencia el suscrito tiene audiencia JUEZ: Se señala audiencia para el día Viernes 5 de julio de 2024 a horas 12:00 (virtual) quedan citadas, notificadas y emplazadas las partes en audiencia. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& FIRMA Y SELLA: Dra. Narda Soria Galvarro H... JUEZ SEGUNDO DE PARTIDO Y SENTENCIA.--- EL ALTO - LA PAZ - BOLIVIA.--- FIRMA Y SELLA ABG. ANAHI LIZETT CORONEL CLAURE- SECRETARIA ABOGADA.- Juzgado de Sentencia Penal 2do.- El Alto.--------TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA ---ELALTO–LA PAZ–BOLIVIA.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& El presente edicto es librado en la ciudad de El Alto a los 01 día del mes de julio de 2024.----------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


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