EDICTO

Ciudad: SUCRE

Juzgado: TRIBUNAL DE SENTENCIA SEGUNDO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


XSD TRIBUNAL DE SENTENCIA SEGUNDO EN LO PENAL DE LA CAPITAL SUCRE - BOLIVIA CU/NUREJ: 101102012300713 PARTES: MINISTERIO PUBLICO Y OTRO C/ BRIAN ALEXANDER DIAZ ROJAS NUMERO EDICTO: 51/2024 JUZGADO: TRIBUNAL DE SENTENCIA SEGUNDO EN LO PENAL DE LA CAPITAL FECHA DE EDICTO: 09/06/2024 EDICTO Nº 051/2024 POR EL PRESENTE EDICTO SE NOTIFICA AL ACUSADO BRIAN ALEXANDER DIAZ ROJAS, DENTRO DEL PROCESO SEGUIDO POR EL MINISTERIO PUBLICO Y OTRO CONTRA BRIAN ALEXANDER DIAZ ROJAS por la presunta comisión del delito VIOLACION I.N.N.A, proceso penal signado al CU 101102012300713, con la actuación procesal dictada cuyo tenor y contenido literal es el siguiente: ---------------------------------------- Sucre, Junio 4 de 2024 VISTOS: El Ministerio Público en su acusación alega que : En la madrugada del día 08 de marzo de 2023 en el domicilio ubicado en la Av. Jaime Mendoza NO 1195 de la ciudad de Sucre, el señor que responde al nombre de Bryan Diaz agredió de forma sexual a la menor de iniciales M.V.A.T. de 7 años de edad en circunstancias en que los padres de la menor se encontraban en la sala de su casa conjuntamente sus amigos entre ellos el Sr. Bryan Díaz compartiendo bebidas alcohólicas y boleando, momento en el cual el agresor aprovecha para subir a la habitación de la menor quien se encontraba descansando y le baja su buzo hasta la parte de la rodilla, propinándole golpes en sus partes íntimas, en forma de manasos de manera repetitiva, para posteriormente introducir su dedo en el ano de la menor víctima posterior a ello procede a abandonar la habitación, momento en el cual a consecuencia de la agresión la menor comienza a sentir dolores y por los gritos sus padres se percatan de los dolores que sentía motivo por el cual deciden llevarla a emergencias pediátricas del Hospital Santa Bárbara, quienes hacen conocer de lo sucedido a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia. Consiguientemente en base a lo descrito en la acusación fiscal y los elementos de prueba acumulados por el Ministerio Público, se dicta AUTO DE APERTURA DE JUICIO en contra de BRIAN ALEXANDER DIAZ ROJAS, con cédula de identidad 103442287 y demás generales conocidas desconocidas, a quien se le acusa la presunta comisión del delito Violación de Infante, Niña, Niño o Adolescente, previsto en el Art. 308 Bis del Código Penal en grado de autor. En aplicación del art. 343 del CPP, se señala audiencia de juicio oral a celebrarse el día 1 de julio de 2024 a Hrs. 8:00 a.m. a celebrarse en el Salón de debates de este Tribunal, debiendo al efecto por secretaría librarse las órdenes y mandamientos de comparendos para asegurar la presencia de los testigos de cargo y descargo, peritos, etc. etc. debiendo el Sr. Secretario dar cumplimiento a lo establecido en el art. 343 párrafo segundo del Código de Procedimiento Penal. En sujeción al art. 342 párrafo IV) del CPP, la presente resolución no es recurrible. Notifíquese a las partes en sus domicilios señalados, en forma personal, cedularia o mediante edictos y lo por los medios electrónicos autorizados por Ley. ---Fdo.- Dr. Esteban Monzón Miranda---Dr. Héctor Andia Colque---Dra. Fabiola Claros Flores---Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Nº 2 en lo Penal de la Capital---Ante mí: Lic. Ernesto Cuellar Machaca---Secretario-Abogado.---EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE, CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.------ ****************************************************************************************** Lic. Ernesto Cuellar Machaca SECRETARIO TRIBUNAL DE SENTENCIA Nº 2 EN LO PENAL DE LA CAPITAL


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