EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PENAL Y VIOLENCIA CONTRA LA MUJER PRIMERO DE LA CAPITAL


EDICTO EL DR. JAVIER PABLO MAMANI ZARATE-------------- JUEZ DEL JUZGADO DE SENTENCIA PENAL Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER PRIMERO DE LA CIUDAD DE LA PAZ. --------------------------------------------CUD: 20181138-------------------------------------------------- A NOMBRE DE LA LEY. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------HACER SABER que en el proceso penal que sigue el MINISTERIO PÚBLICO en contra MARCELO BARRADAS ESCOBAR por la comisión del delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA se notifica con el presente Edicto al siguiente sujeto procesal: GABRIELA LIMACHI PARADA con CI. 6902047 LP. (VICTIMA). Con lo que se transcribe a continuación refiere:------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& SE TRANSCRIBE DECRETO DE FECHA TREINTA Y UNO DE MARZO DE DOS MIL VEINTITRES------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& La Paz, a 27 de mayo de 2024 ---- VISTOS: Se tiene por purgado la rebeldía, y por apersonado a MARCELO BARRADAS ESCOBAR, en consecuencia se deja sin efecto el mandamiento de aprehensión y arraigo dispuesto mediante Resolución Nro. 331/2023, ordenándose la restitución del mandamiento extendido y ofíciese el desarraigo si se hubiera ejecutado el arraigo, manteniéndose las demás medidas dispuestas. --- Al otrosí. por adjuntado. ---- Al otrosí 2. Extíendase. ---- Al otrosí 2. Por señalado. -----Estando a derecho el imputado, se señala audiencia de juicio oral para el día 14 de junio de 2024 a horas 16:00 p.m. audiencia a desarrollarse en las mismas características dispuestas en el auto de apertura, debiendo las partes agotar todas sus pretensiones y pruebas hasta su conclusión. ----------FIRMA Y SELLA: MSC. DAEN. JAVIER PABLO MAMANI ZARATE --- JUEZ ---JUZGADO DE SENTENCIA PENAL Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER 1º ---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA---LA PAZ- BOLIVIA---FIRMA Y SELLA: Ante mí: JUDITH ROSALIA MAMANI PINTO --- SECRETARIA – ABOGADA --- JUZGADO DE SENTENCIA PENAL Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER 1º --- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA LA PAZ – BOLIVIA -------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& El presente edicto es librado en la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de junio de dos mil veinticuatro años. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


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