EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO DE EJECUCIÓN CUARTO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


EL JUZGADO DE EJECUCION PENAL CUARTO DE LA CIUDAD DE LA PAZ – BOLIVIA, - HACE SABER QUE POR EL PRESENTE EDICTO JUDICIAL SE CITA, EMPLAZA Y NOTIFICA AL CIUDADANO JESUS ENRIQUE PARRA PARRA, dentro del proceso penal seguido a instancias del MINISTERIO PUBLICO en su contra. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA DE JURAMENTO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN SUSPENSON CONDICIONAL DE LA PENA ----------------------------------------------------------------------------------------------- NUREJ.: 201102012002868 ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- En la ciudad de La Paz, a Hrs. 09:00 a.m. del día martes 04 de junio de 2024, el Juzgado 4to. de Ejecución Penal constituido por el Dr. Juan Carlos Pérez Ramírez Juez Cuarto de Ejecución Penal y la Secretaria - Abogada Zuleika Abelina Altamirano Torres, se constituyeron en Audiencia Presencial, de Juramento para el cumplimiento de las condiciones impuestas en la Suspensión Condicional de la Pena del ciudadano JESUS ENRIQUE PARRA PARRA dentro del proceso penal en Ejecución de Sentencia seguido por el Ministerio Público en su contra por el tipo penal de ROBO Y LESIONES LEVES, cuyo tenor literal es como sigue a continuación. --------------------------------------------------------------------------------------- SEÑOR JUEZ: Se instala la presente audiencia de toma de juramento de condiciones dentro de la Suspensión Condicional de la Pena del ciudadano JESUS ENRIQUE PARRA PARRA por secretaría, sírvase informar si se ha dado cumplimiento con las notificaciones y si las partes se encuentran presentes en sala. ------------------------------------------------- SECRETARIA: La palabra señor Juez, de la revisión de obrados se tiene que se ha cumplido con las notificaciones, habiéndose notificado al Ministerio Público, a la parte víctima y a la parte beneficiada en domicilio procesal, siendo que no se conoce el domicilio real, no se encuentra ninguna de las partes en sala de Audiencia, es cuanto tengo a bien informar a su Autoridad. ------------------- SEÑOR JUEZ: Téngase presente lo informado por secretaría. De la revisión de obrados se desprende que el ciudadano JESUS ENRIQUE PARRA PARRA, es de nacionalidad Venezolana y por informe emitido por el Juzgado de origen se ignora el domicilio real, más aun considerando que a momento de haber conseguido la Suspensión Condicional de la Pena no se ha procedido a la verificación del mismo, es en ese entendido y a fin de no vulnerar los derechos que le asisten a beneficiado y cumpliendo lo dispuesto por la normativa legal vigente, se dispone señalar audiencia presencial para la recepción de juramento del ciudadano Jesús Enrique Parra Parra para el día jueves 13 de junio de 2024 a Hrs 10:00, misma que se llevará a cabo en el Jugado de Ejecución Penal Cuarto, ubicado en la Casa Colón (calle Colón entre Ballivián e Indaburo) debiendo notificarse mediante edicto el mismo que deberá ser publicado por una sola vez bajo advertencia de que, en caso de inasistencia al llamado de la suscrita Autoridad, se remitirán antecedentes ante el Juzgado de Origen a los efectos del Art. 367 del Código Penal. ------------------------------------------------------------ Habiendo concluido la audiencia a Hrs. 09:05 ---------------------------------------------------------------------------------- FIRMA Y SELLA: Dr. Juan Carlos Pérez Ramírez - JUEZ DE EJECUCIÓN PENAL 4° CAPITAL - TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA - LA PAZ - BOLIVIA. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- FIRMA Y SELLA: ANTE MI: Zuleika Abelina Altamirano Torres - SECRETARIA-ABOGADA --JUZGADO 4to. DE EJECUCIÓN PENAL - La Paz Bolivia. ----- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


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