EDICTO

Ciudad: EL ALTO

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO SÉPTIMO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE EL ALTO


EDICTO LA DOCTORA KENNIA NINOSKA GUTIERREZ ANDALUZ, JUEZ PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL SEPTIMO CIVIL DE LA CIUDAD DE EL ALTO.----NOTIFICA POR EL PRESENTE EDICTO SE CITA LLAMA Y EMPLAZA A LOS POSIBLES HEREDEROS RUDOLF BADNER FREY, DENTRO DEL PROCESO CIVIL ORDINARIO SEGUIDO POR JUAN MAMANI LLAURA Y OTRO CONTRA FROILAN CRUZ HUALLPA Y OTROS SOBRE USUCAPION CUYO TENOR LITERAL ES COMO A CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBE.--------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL CURSANTE A FOJAS 445 a 446 DE OBRADOS.----SEÑOR JUEZ PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL N° 7 DE LA CIUDAD DE ELALTO.----NUREJ: 204011701.----APERSONAMIENTO Y SOLICITA CESACION DE REBELDIA. OTRAS PETICIONES. – SU CONTENIDO.--ABRAHAM SALOMON BADNER SAPIRSTEIN, mayor de edad, hábil por derecho, con Cédula de Identidad N° 247161 L.P., en calidad de LEGITIMO HEREDERO del Sr. Rudolf Badner Frey con cédula de identidad No. 133389 L.P., en mérito al Testimonio de Declaratoria de Herederos No. 3017/2017 de fecha 24 de octubre de 2017, ante su autoridad me apersono, señalo y pido:----Mediante Acta de Audiencia Preliminar de fecha 12 de enero de 2024, su autoridad dispuso integrar a quien en vida fue mi padre el Sr, RUDOLF BADNER FREY, en calidad de Litisconsorcio necesario, dentro del proceso de usucapión decenal llevado a cabo por los Sres. Juan Mamani Laura y Dionicio Mamani Laura contra Froilan Cruz Huallpa y otros. Bajo lo expuesto tengo a bien apersonarme dentro de dicho proceso: ----I. OBJETO. -----Mediante Providencia de fecha 12 de abril de 2024, notificada por cédula en fecha 25 de abril de 2024, su probidad declara en rebeldía a mi finado padre, dentro del referido proceso, conforme lo prevé el Art. 364 del Código Procesal Civil, solicito la cesación de la rebeldía.-----II. ANTECEDENTES Y DESARROLLO. - 1. Asimismo, conforme a lo dispuesto por los Arts. 95 y 120 de la Lay 439 Código Procesal Civil, me apersono como heredero del Sr. Rudolf Badner Frey, debiendo revocarse la rebeldía del mismo, toda vez que como puede evidenciar en el Testimonio de Declaratoria de Herederos adjunto al presente memorial el mismo falleció 11 de abril de 2017, razón por la cual, las notificaciones efectuadas en el domicilio ubicado en la Av. Sánchez Lima No. 2027 de la zona de Sopocachi del Municipio de La Paz, fueron recientemente de mi conocimiento, toda vez que si bien soy heredero del Sr. Rudolf Badner Frey, la ubicación de mi domicilio se encuentra en la Av. 20 de Octubre No. 2005 de la zona de Sopocachi del Municipio de La Paz, es decir un domicilio distinto al domicilio de la notificación, consecuentemente, se procedió con notificar con los actuados procesales mencionados con anterioridad, en el domicilio de una persona fallecida, esto debido a que para proceder con la notificación de los actuados observados, su autoridad se respaldó en base al conocimiento de la información emitida por el Servicio General de Identificación Personal (SEGIP), sin embargo, la parte demandante, no adjunto al proceso, (o por lo menos no se encuentra dentro de la documentación que se encuentra adjunta a la notificación de fecha 6 de marzo de 2023), información alguna emitida por parte del Servicio de Registro Cívico (SERECI), entidad dentro de la cual lógicamente se hubiese podido evidenciar que se encuentra registrada la defunción del Sr. Rudolf Badner Frey, información que no fue de su conocimiento, encontrándome de esa manera impedido de responder de forma oportuna a la notificación practicada por cédula en fecha 6 de marzo de 2023.---- 2. Como su autoridad podrá evidenciar de la revisión del Testimonio de Declaratoria de Herederos adjunto al presente memorial, se constituye también como heredero del Sr. Rudolf Badner Frey, mi hermano el Sr. Samuel Ariel Badner Sapirstein, con Cédula de Identidad No. 305454 L.P., mismo que a la fecha radica en el país de Chile con domicilio ubicado en Martin de Zamora 5857 Depto 1101, Santiago de Chile, conforme acredita la copia de documento adjunto al presente memorial, por lo tanto, en apego a lo estipulado en el Art, 31, par. I y II, Art. 48 y Art. 49 de la Ley 439 Código Procesal Civil, con la finalidad de evitar la nulidad de posteriores actos y/o actuaciones, conforme a derecho se debe emplazar al coheredero señalado, sea bajo impulso procesal de la parte demandante y con las formalidades de ley.----3. Toda vez que, la citación realizada al Sr. Rudolf Badner Frey dentro del proceso de usucapión llevado a cabo por la parte demandante, se debe al registro de una Anotación Preventiva al terreno con folio real con matrícula computarizada No. 2013010023564 efectuada por mi fallecido padre, por concepto de proceso penal, no se tiene mayor conocimiento de los antecedentes de dicha anotación, ante dicha incertidumbre, me encuentro imposibilitado de manifestar mi afirmación o negación con respecto a la pretensión de la parte demandante, más aún cuando puede verse afectado y/o comprometido algún derecho que hubiese sido obtenido tanto a mi favor como a favor de mi hermano en calidad de coherederos del Sr. Rudolf Badner Frey, por lo que a efectos de asumir dicho conocimiento y proceder conforme a derecho corresponda, es de suma necesidad que por medio de los buenos oficios de su autoridad se proceda con diligenciar a las Oficinas de Derechos Reales de El Alto para que emita un informe y otorgue copias simples respecto al trámite de Anotación preventiva registrada en fecha 4 de junio de 2007 al folio Real con matrícula computarizada No. 2010310023564.----III. PETITORIO. -----Bajo todo lo expuesto solicito a su autoridad que: 1. Revoque la rebeldía dispuesta en contra de Rudolf Badner Frey, teniéndome por apersonado al proceso de Usucapión instaurado por los Sres. Juan Mamani Laura y Dionicio Mamani Laura contra Froilan Cruz Huallpa y otros.-----2. Se dicte resolución expresa ordenando la Cesación de la Rebeldía en contra de Rudolf Badner Frey y los efectos que acarrea la misma.--- 3. Instruya que se notifique legalmente al Sr. Samuel Arie Badner Sapirstein, con la finalidad de que el mismo asuma conocimiento del mencionado proceso de usucapión, en calidad de Litisconsorcio Necesario, con la finalidad de evitar la nulidad de posteriores actos sea con las formalidades de ley y a instancia de la parte demandante.-----OTROSÍ. - Solicito emita Oficio dirigido a las Oficinas de Derechos Reales de El Alto para que dicha entidad, informe y otorgue copias simples respecto al trámite de Anotación preventiva registrada por el Sr. Rudolf Badner Frey en fecha 4 de junio de 2007 al folio Real con matrícula computarizada No. 2010310023564.---MASOTROSÍ. - Señalo domicilio ubicado en la Av. Montes N° 660, piso 1, oficina 2, lado hotel avenida de la ciudad de La Paz, numero de WhatsApp 69779937, correo electrónico arstrelli@gmail.com y Ciudadanía Digital 6146208.-----El Alto, 09 de mayo de 2024.----FIRMA Y SELLA: Arturo M. Strelli Reynozo – ABOGADO RPA 6146208AMSR.------FIRMA: ABRAHAM SALOMON BANER SAPIRSTEIN C.I. 247161 L.P.----- AUTO CURSANTE A FOJAS 447 DE OBRADOS.------El Alto, 14 de mayo de 2024.-----Téngase por apersonado a ABRAHAM SALOMON BADNER SAPIRSTEIN en calidad de heredero de RUDOLF BADNER FREY.-----VISTOS. Que al tenerse recién conocimiento del fallecimiento de RUDOLF BADNER FREY por este despacho judicial, no ha lugar a lo solicitado por memorial que antecede y habiendo fallecido RUDOLF BADNER FREY, en cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 31 parag. IV del Código Procesal Civil, se suspende la tramitación de la presente causa por el plazo de 40 días y conforme a lo dispuesto en su parag. V del artículo 31 se notifique a los posibles herederos de RUDOLF BADNER FREY con las actuaciones procesales pertinentes, sea mediante edictos de ley a objeto de que se apersonen dentro del presente proceso en el plazo de 30 días, sea con las formalidades de ley.----Se oficie a la Oficina de Derechos Reales de La Paz a efectos de que remitan la documentación con la cual se registró el gravamen de Anotación Preventiva Juicio Penal a favor de BADNER FREY RUDOLF registrado en fecha 04 de junio de 2007 bajo la Matrícula Nro. 2013010023564, asimismo se emita Informe pormenorizado sobre el señalado gravamen.----Copias legalizadas e Informe que deberán ser arrimados por la parte demandante hasta antes del señalamiento de Audiencia Preliminar.----AL OTROSI. A lo principal.---AL MAS OTROSI. - Al no haberse señalado domicilio procesal conforme lo establecido por el art. 72 parag. IV del Código Procesal Civil, se tiene por señalado como domicilio procesal la Secretaria de Juzgado.-----Por señalado el correo electrónico y numero de WhatsApp.----- FIRMA Y SELLA: DRA. KENNIA N. GUTIÉRREZ ANADALUZ --- JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL SÉPTIMO --- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA EL ALTO LA PAZ – BOLIVIA.--- Y FIRMA Y SELLA: --- DR. CARLOS BRITO GUTIERREZ AYESTA - SECRETARIO - ABOGADA JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL SEPTIMO DE LA CIUDAD DE EL ALTO.------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS. JRMJ


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