EDICTO

Ciudad: EL ALTO

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO TERCERO EN MATERIA FAMILIAR DE EL ALTO


EDICTO JPF3 Nro.29/2024 LA DOCTORA IRENE ISABEL OBLITAS AGUIRRE, JUEZ PUBLICO DE FAMILIA TERCERO DE LA CIUDAD DE EL ALTO HACE SABER: QUE POR EL PRESENTE EDICTO SE CITA Y EMPLAZA A CANDELARIA PAUCARA A OBJETO DE QUE ASUMA DEFENSA POR SÍ O MEDIANTE APODERADO DENTRO DEL PROCESO SOBRE DIVORCIO, QUE LE SIGUE APOLINAR CALLISAYA TICONA TENOR LITERAL ES COMO SE TRANSCRIBE A CONTINUACION: ----------------------------------------------MEMORIAL CURSANTE A FOJAS 9 – 9 VLTA DE OBRADOS. – JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA DE TURNO DE LA CIUDAD DE EL ALTO.- INTERPONE DEMANDA DE DIVORCIO.- OTROSI. Su contenido. --- APOLINAR CALLISAYA TICONA con C.16102071 LP Boliviano mayor de edad hábil por ley, casado, empleado, con domicilio actual en la Calle 8 N° 39 Zona Santa Rosa de la Ciudad de El Alto. Ante las consideraciones de su Autoridad expongo y pido.--- Señora Juez: Conforme se acredita de la documentación adjunta en fecha 26 de diciembre del año 2009, contraje matrimonio civil con la señora CANDELARIA PAUCARA con el fin de consolidar un hogar estable llena de felicidad, a la fecha tenemos una hija menor de edad de nombre JHOSELIN NICKOL CALLISAYA PAUCARA pero lamentablemente, por la incompatibilidad de caracteres desde el año 2014 nos encontramos separados. Por lo brevemente expuesto señora Juez interpongo DEMANDIA DE DIVORCIO en merito a lo expuesto y sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho cumplidas sean todas las formalidades correspondientes, solicito a su Autoridad se sirva dictar la sentencia declarando disuelto el vínculo matrimonia, entre APOLINAR CALLIZAYA TICONA Y CANDELARIA PAUCARA todo conforme a lo dispuesto por los artículos Arts. 207 210 y 258 de la Ley 603 y en ejecución de sentencia disponer la cancelación de la partida de matrimonio, sea por ante el Tribunal Suprema Electoral del Servicio de Registro Cívico de La Paz.-- OTROSI 1. A los efectos del cumplimiento del Art. 259 Inc. C) y siguientes de la Ley 603, señalo las generales de la demandada.--- Nombre: CANDELARIA PAUCARA con C.I. 6746350 LP mayor de edad. Hábil por derecho, casada, de ocupación labores de casa, con domicilio en la Avenida Caquingora N° 1065 de la Zona Cosmos 79 U.V. De la Ciudad de El Alto.--- OTROSI 2. A los efectos del Articulo 212 271 de la Ley No 603, tengo a bien solicitar las medidas provisionales. La guarda y tenencia de mi hija JHOSELIN NICKOL CALLISAYA PAUCARA a favor de la progenitora CANDELARIA PAUCARA. --- 2. De la asistencia familiar a favor de mi hija JHOSELIN NICKOL CALLISAYA PAUCARA quien es menor de edad. Propongo la suma De Bs. 500 (QUINIENTOS BOLIVIANOS) de forma mensual para la menor de edad, toda vez que mi persona tiene otras obligaciones como ser deudas bancarias.--- 3. De los días de visita a mi hija solicito se disponga días de visita los días domingos de horas 09:00 am. A 16:00 pm.-- OTROSI 3.- Adjunta prueba literal pre constituida en: 1.- FOTOCOPIA SIMPLE DE CEDULA DE IDENTIDAD DE MI PERSONA 2-FOTOCOPIA SIMPLE DE LA CEDULA DE IDENTIDAD DE LA DEMANDADA 3- CERTIFICADO DE MATRIMONIO 5- CERTIFICADO DE NACIMIENTO DE MI HIJA MENOR DE EDAD.-- OTROSI 4.- La presente demanda se atiene al arancel mínimo regulado por el Ministerio de Justicia. OTROSI 5. A saber providencias, señalo domicilio procesal, ubicado en la Avenida Franco Valle N° 51 Galería Luna Of. 16, mezanine de la Zona 12 de Octubre de la Ciudad de El Alto, correo electrónico de mi abogado raulquiroga194@gmail.com.con el N° de Whatsapp 77749430. Ciudadanía Digital 4366838. POR UN JUSTICIA PRONTA Y OPORTUNA El Alto 20 de septiembre de 2023, Firma y Sella: Raul Quiroga. ABOGADO.—Firma: Apolinar Callisaya Ticona. ------------------------------- AUTO CURSANTE A FOJAS 10 DE OBRADOS. - &&&&& JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA TERCERO.- El Alto, 25 de septiembre de 2023. --- VISTOS: De conformidad con el Art. 266 del Código de las Familias y del Proceso Familiar SE ADMITE la demanda de DIVORCIO en cuanto hubiere lugar en derecho y se corre TRASLADO & CANDELARIA PAUCARA para que previa su citación y emplazamiento personal conteste a la demanda dentro del plazo de 5 días siguientes a su citación.-- Como primera medida Provisional se ratifica la separación de los cónyuges.- Notifiques a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de la Ciudad de El Alto.--- AL OTROSI 1.- Téngase presente por la oficial de diligencias del juzgado el domicilio señalado, a efectos de su citación.-- AL OTROSI 2. Sobre las medidas provisionales, en conocimiento con noticia contraria.-- AL OTROSI 3. Téngase por ofrecida las pruebas literales que refiere, sea con noticia contraria.-- AL OTROSI 4. Se tendrá presente.-- AL OTROSI 5. Por señalado el domicilio procesal debiendo la parte tomar en cuenta que las notificaciones se practicaran en secretaria de juzgado tal cual señala el Art. 314 parágrafo I de la Ley 603.-- Téngase presente por el oficial de diligencias del juzgado, para efectos de comunicación WhatsApp 77749430.- FIRMA Y SELLA: DRA. Irene Isabel Oblitas Aguirre. - Juez Público de Familia Tercero. - TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA - EL ALTO - LA PAZ – BOLIVIA. - Firmado ante mi: Abog. Roxana Siñani Kantuta. - SECRETARIA –------------------------------- INFORME POR LA OFICIAL DE DILIGENCIAS CURSANTE A FOJAS 11 DE OBRADOS. - &&&&& INFORME.- A: Dra. Irene Isabel Oblitas Aguirre. JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA TERCERO EL ALTO. De: Lourdes Sandra Alberto Copeticon. OFICIAL DE DILIGENCIA DEL JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA 3.- Proceso: EXTRAORDINARIO seguido por APOLINAR CALLISAYA TICONA, contra CANDELARIA PAUCARA, sobre DIVORCIO.-- Nurej: 204113420.-- Fecha: 18 de octubre de 2023.-- Dentro del PROCESO EXTRAORDINARIO seguido por APOLINAR CALLISAYA TICONA, contra CANDELARIA PAUCARA, sobre DIVORCIO, la suscrite oficial de diligencias del Juzgado Público de Familia 30 de E. Alto, conforme procedimiento Y cumplimiento de sus especificas funciones tiene a informar lo siguiente:-- A fin de dar cumplimiento con la citación con el auto de Fs. 10, en feche 18 de octubre de 2023, a horas de la mañana, me constituí al domicilio de la señora: CANDELARIA PAUCARA, con domicilio señalados en Es. 9 de obrados.--- CANDELARIA PAUCARA, con domicilio: la Av. Caquingora. N 1065, zona Cosmos 79 U.V., de esta ciudad, a indicación de la parte demandante me constituí a dicho domicilio a efectos de realizar la citación, una vez constituida en proporcionada por la parte actora, la ubicación se procedió a indagar en el vecindario los vecinos informan no conocer al Sr. CANDELARIA PAUCARA, en el recorrido de toda de la avenida se encuentra los números: 1005, 1015, 1164, 3225, 4025, ACC, y muchas no son visibles, siendo que los mismos no van en forme correlativa, no teniendo más referencia de la ubicación, no se pudo encontrar el domicilio con la numeración 1065.-- Motivo por el cual no se pudo lograr la citación el dia 18 de octubre del 2023.-- Es cuanto informo, a los fines consiguientes de Ley. Firma Y sella: Lourdes Sandra Alberto Copeticon. OFICIAL DE DILIGENCIA DEL JUZGADO PÚBLICO DE PAMILIA 3. -----------------------------DECRETO CURSANTE A FOJAS 11 VUELTA DE OBRADOS. ---- 204113420 JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA TERCERO.- El Alto, 19 octubre de 2023.-- Del informe emitido por la Srta. Oficial de Diligencias del Juzgado en conocimiento de la parte interesada. .- FIRMA Y SELLA: DRA. Irene Isabel Oblitas Aguirre. - Juez Público de Familia Tercero. - TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA - EL ALTO - LA PAZ – BOLIVIA. - Firmado ante mi: Abog. Roxana Siñani Kantuta. - SECRETARIA –---------------------------------------------------MEMORIAL CURSANTE A FOJAS 12 DE OBRADOS. - &&&&& JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 3 DE LA CIUDAD DE EL ALTO.- Nurej: 204113420.- SOLICITA OFICIO..- OTROSI. Su contenido APOLINAR CALLISAYA TICONA con C.1.6102071 L.P. boliviano, mayor de edad, hábil por ley, de mis generalidades conocidas por su Autoridad, dentro el proceso de DIVORCIO caratulado CALLISAYA/ PAUCARA. Ante las consideraciones de su Autoridad expongo y pido:-- Señora Juez: En conocimiento de la Representación emitida por la oficial de Diligencias, de fecha 19 de octubre de 2023. Cursante a Fs. (11) en la que la Oficial de diligencia en fecha 18 de septiembre de 2023 se constituye al domicilio, la Avenida Caquingora N° 1065 de la Zona Cosmos 79 U.V. de la Ciudad de B Alto, con la finalidad de practicar la Citación con la demanda a CANDELARIA PAUCARA demandada. Lamentablemente no se practicó la diligencia, por que no Se encontró el domicilio Por lo Expuesto con la única finalidad de cumplir la diligencia para que la demandada tenga conocimiento de la demanda de divorcio que se tramita. Solicito a su Autoridad se oficie a las siguientes Instituciones Públicas: 1.- Solicito se oficie al Servicio General de Identificación Personal SEGIP, para que nos franquee un informe detallado sobre el último domicilio real señalado por CANDELARIA PAUCARA con C.1. 6746350 L.P.-- 2.- Solicito se oficie al Servicio de Registro Cívico SERECI para que nos franquee un Informe detallado de la Base de Datos del Padrón Electoral Biométrico, sobre el ultimo domicilio real señalado por CANDELARIA PAUCARA con C.l. 6746350 L.P. Petición que la realizo al amparo del Art. 24 de la Constitución Política del Estado y sea con las formalidades de ley.-- OTROSI 5.- A saber providencias, señala domicilio procesal, ubicado en la Avenida Franco Valle N° 51 Galería Luna Of. 16. Mezanine de la Zona 12 de Octubre de la Ciudad de El Alta, correo electrónico de mi abogado raulquiroga194@gmail.com.con el N° de Whatsapp 77749430. Ciudadania Digital 4366838. POR UN JUSTICIA PRONTA Y OPORTUNA El Alto 20 de octubre de 2023.- Firma y Sella: Raul Quiroga. ABOGADO.—Firma: Apolinar Callisaya Ticona. -----DECRETO CURSANTE A FOJAS 12 VUELTA DE OBRADOS. -204113420.- JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA TERCERO.- El Alto, 26 de octubre de 2023.- En atención a lo solicitado y conforme a los datos del proceso, OFICIESE ante el Servicio de Registro Cívico SERECI y Servicio General de Identificación Personal SEGIP a objeto de que informen y/o certifiquen el ultimo domicilio de la demandada CANDELARIA PAUCARA con C.I. 6746350 L.P.-- AL OTROSI 5.- Por señalado, sin embargo, se debe tener presente que todas las notificaciones se practican en Secretaria del Juzgado, excepto aquellas que la autoridad judicial disponga fundadamente se practiquen en domicilio procesal fuera de estrados, en cumplimiento del Art. 314 del Código de las Familias y del Proceso Familiar.-- Téngase presente por la Srta. Oficial de Diligencias del Juzgado los medios digitales señalados. FIRMA Y SELLA: DRA. Irene Isabel Oblitas Aguirre. - Juez Público de Familia Tercero. - TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA - EL ALTO - LA PAZ – BOLIVIA. - Firmado ante mi: Abog. Roxana Siñani Kantuta. - SECRETARIA –---MEMORIAL CURSANTE A FOJAS 22 DE OBRADOS. - &&&&& JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 3 DE LA CIUDAD DE EL ALTO Nurej:204113420.- SOLICITA SE PRACTIQUE LA CITACIÓN A LA DEMANDADA.-- OTROSI. Su contenido. APOLINAR CALLISAYA TICONA con C.1.6102071 L.P., boliviano, mayor de edad, hábil por ley, de mas generalidades conocidas por su Autoridad, dentro el proceso de DIVORCIO caratulado CALLISAYA/ PAUCARA. Ante las consideraciones de su Autoridad expongo y pido.-- Señora Juez: Conforme cursa el REGISTRO CIVICO LA PAZ (SERECI) Informe emitido por el SERVICIO DE cursante a Fs. (20), en el cual se evidencia de que la demandada CANDELARIA PAUCARA, señala su fimo domicilio real actual en la Calle 102 N°766 de la Zona Villa Bolívar “D” de la Ciudad de El Alto. Por lo expuesto Solicito se practique la citación con la demanda, en el Ultimo domicilio real de la demandada CANDELARIA PAUCARA con C.I. 6746350, con domicilio real actual en la Calle 102 N°766 de la Zona Villa Bolívar “D” de la Ciudad de El Alto Petición que la realizo al Amparo del Art. 24 de la Constitución Política del Estado y sea con las formalidades de ley. OTROSI 1.- A saber providencias, señalo domicilio procesal, ubicado en la Avenida Franco Valle N°51 Galeria Luna Of 16, mezanine de la Zona 12 de octubre de la Ciudad de el Alto, correo electrónico de Zona abogado raulauroga194@gmail.com.con el N° de Whatsapp 77749430. Ciudadanía Digital 4366838 POR UN JUSTICIA PRONTA Y OPORTUNA El Alto 4 de enero de 2024.-- Firma y Sella: Raul Quiroga. ABOGADO.—Firma: Apolinar Callisaya Ticona. ----- DECRETO CURSANTE A FOJAS 22 VUELTA DE OBRADOS. &&& 204113420.- JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA TERCERO.- El Alto, 05 de enero de 2024.- Por la Srta. Oficial de Diligencias del Juzgado notifíquese a la demandada Candelaria Paucara en el domicilio de certificado por el Servicio de Registro General de Identificación Personal SEGIP cursante a fs. 17 de obrados y Servicio de Registro Cívico cursante a fs.20 de obrados. --- AL OTROSI 1.- Por señalado, sin embargo, se debe tener presente que todas las notificaciones se practican en Secretaria del Juzgado, excepto aquellas que la autoridad judicial disponga fundadamente se practiquen en domicilio procesal fuera de estrados, en cumplimiento del Art. 314 del Código de las Familias y del Proceso Familiar.-- Téngase presente por la Srta. Oficial de Diligencias del Juzgado los medios digitales señalados.-- FIRMA Y SELLA: DRA. Irene Isabel Oblitas Aguirre. - Juez Público de Familia Tercero. - TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA - EL ALTO - LA PAZ – BOLIVIA. - Firmado ante mi: Abog. Roxana Siñani Kantuta. - SECRETARIA –--- INFORME POR LA OFICIAL DE DILIGENCIAS CURSANTE A FOJAS 25 DE OBRADOS.- &&&&& INFORME.- A:Dra. Irene Isabel Oblitas Aguirre.-- JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA TERCERO EL ALTO. De: Lourdes Sandra Alberto Copeticon.-- OFICIAL DE DILIGENCIA DEL JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA 3.- Proceso: EXTRAORDINARIO seguido por APOLINAR CASLLISAYA TICONA contra CANDELARIA PAUCARA sobre DIVORCIO.- Nurej: 204113420.-- Fecha: 04 de marzo de 2024.-- DENTRO DEL PROCESO EXTRAORDINARIO SEGUIDO APOLINAR CASLLISAYA TICONA contra CANDELARIA PAUCARA RODIE DIVORCIO, la suscrita oficial de diligencias del Juzgado Público de Familia 3 de El Alto, conforme a procedimiento y cumplimiento de sus especificas funciones tiene informar lo siguiente: Dando cumplimiento con el decreto de fecha 28 de febrero de 2024 de Es. 23 Vlta. De obrados, tengo bien a informa a su digna autoridad que por la carga procesal en el juzgado no pude presentar el presente informe.-- A fin de dar cumplimento con la citación con el auto de fs. 10, en fecha 31 de enero de 2024, a horas de la mañana, me constituí al domicilio de la señora: CANDELARIA PAUCARA, con domicilio señalado por el SEGIP en fs. 17 Y SERECI EN FS. 20 de obrados.-- CANDELARIA PAUCARA, con domicilio de SEGIP ubicada en la Av. Madrid, N-3, Zona San Pedro El Alto, a indicación de la parte demandante y acompañado por Sr. Apolinar Callisaya nos constituimos a la zona San Pedro El Alto donde los vecinos informan que no existe ni conocen la Av. Madrid en la zona, se verifico en la aplicación Google Maps. Tampoco se pudo encontrar dicha avenida, asimismo nos dirigimos a la dirección de SERECI ubicado en la calle 102. N° 766, zona Villa dolores “D” una vez en el lugar se procedió indagar en el vecindario donde los vecinos informan no conocer a La Sra. CANDELARIA PAUCARA, se busco le numeración no se pudo encontrar siendo que las numeraciones no son correlativas y muchos no son visibles.-- Motivo por el cual no se pudo lograr la citación el día 31 de enero del 2024.- Es cuanto informo, a los fines consiguientes de Ley.- Firma Y sella: Lourdes Sandra Alberto Copeticon. OFICIAL DE DILIGENCIA DEL JUZGADO PÚBLICO DE PAMILIA 3. -------DECRETO CURSANTE A FOJAS 26 DE OBRADOS. ---- 204113420 JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA TERCERO.- El Alto, 05 de marzo de 202e.-- Del informe emitido por la Srta. Oficial de Diligencias del Juzgado en conocimiento de la parte interesada. .- FIRMA Y SELLA: DRA. Irene Isabel Oblitas Aguirre. - Juez Público de Familia Tercero. - TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA - EL ALTO - LA PAZ – BOLIVIA. - Firmado ante mi: Abog. Roxana Siñani Kantuta. - SECRETARIA –-----------------------------------------------------------MEMORIAL CURSANTE A FOJAS 27 DE OBRADOS. - &&&&& JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 3 DE LA CIUDAD DE EL ALTO.- Nurej: 204113420.- SOLICITA NOTIFICACIÓN POR EDICTO.-- OTROSI. Su contenido.-- APOLINAR CALLISAYA TICONA con C.1.6102071 L.P., boliviano, mayor de edad, hábil por ley, de mas generalidades conocidas por su Autoridad, dentro el proceso de DIVORCIO caratulado CALLISAYA/ PAUCARA. Ante las consideraciones de su Autoridad expongo y pido.-- Señora Juez: Por el informe emitida por la Oficial de Diligencias Lourdes Sandra Alberto Copeticona, de fecha 4 de marzo de 2024. cursante a Fs. (25), se evidencia que la oficial de diligencias y mi persona nos constituimos al domicilio Real según informe de SEGIP domicilio señalado en la Avenida Madrid Nº 3, de la Zana San Pedro de la Ciudad de El Alfo, con la finalidad de citar a la demandada CANDELARIA PAUCARA y asimismo nos constituimos al domicilio Real de la demandada, según informe de SERECI, domicilio ubicado en la Calle 102 N° 766, de la Zona Villa Bolívar “D” de la Ciudad de El Alto, ambos domicilios no fueron ubicados, por la oficial de diligencias, a la fecha desconozco el domicilio real de la demandada. Por todo lo Expuesto Solicito se notifique por edicto con la demanda de divorcio a la demandada CANDELARIA PAUCARA con C.I. 6746350L.P. petición que la realizo al Amparo del Art. 308 de la Ley 603 y sea con las formalidades de ley. OTROSI 1- A saber providencias, señalo domicilio procesal ubicado en la Avenida Franco Valle N°51 Galería Luna Of. 16, mezanine de la Zona 12 de Octubre de la Ciudad de El Alto, correo electrónico de mi abogado raulquiroga194@gmail.com.con el Nº de Whatsapp 17749430. Ciudadania Digital 4366838.- POR UN JUSTICIA PRONTA Y OPORTUNA El Alto 14 de marzo de 2024. Firma y Sella: Raul Quiroga. ABOGADO.—Firma: Apolinar Callisaya Ticona. ----- DECRETO CURSANTE A FOJAS 28 VUELTA DE OBRADOS. &&& 204113420 885/2023.- JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA TERCERO.- El Alto, 18 de marzo de 2024.- De la revisión del informe emitido por la Oficial de Diligencias del Juzgado cursante a fs. 25 de obrados, se evidencia que la demandada fue buscada en los domicilios certificados por el Servicio de Registro Cívico SERECI y Servicio General de Identificación SEGIP, empero, la misma no fue habida; por lo que, la misma no fue citada ni emplazada en forma personal ni mediante cedula. -- Que, el Código de las Familias y del Proceso Familiar en su Art. 308 parágrafo I señala de forma textual “La citación con la demanda procede por el desconocimiento del domicilio del demandado expresado en la demanda con calidad de declaración jurada”; además, en su parágrafo II prevé “También procederá el edicto cuando el demandado no pueda ser citado de forma personal o mediante cedula a solicitud expresa de la parte demandante, previa representación del oficial de diligencias”. --- En ese contexto, en previsión del Art. 308 parágrafos II y III del Código de las Familias y del Proceso Familiar, se dispone la citación y emplazamiento de la demandada CANDELARIA PAUCARA como se tiene dispuesto en el auto de fs. 10 de obrados, mediante edictos con las piezas procesales pertinentes, sea previo juramento de desconocimiento de domicilio conforme prevé el Art. 310 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, sea con las formalidades de ley. -- AL OTROSI 1.- Por señalado. Sin embargo, debe tener presente que todas las notificaciones se practican en Secretaria del Juzgado, excepto aquellas que la autoridad judicial disponga fundadamente se practiquen en domicilio procesal fuera de estrados, en cumplimiento del Art. 314 del Código de las Familias y del Proceso Familiar. Téngase presente por la Srta. Oficial de Diligencias del Juzgado los medios digitales señalados.-- FIRMA Y SELLA: DRA. Irene Isabel Oblitas Aguirre. - Juez Público de Familia Tercero. - TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA - EL ALTO - LA PAZ – BOLIVIA. - Firmado ante mi: Abog. Roxana Siñani Kantuta. - SECRETARIA –-------------------------------------------- ACTA DE JURAMENTO CURSANTE A FOJAS 33 DE OBRADOS. - &&&&& ACTA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO.- ACTA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO.- En la ciudad de El Alto a horas 15:38 del día jueves dieciséis de mayo de dos mil veinticuatro años, el personal del Juzgado Tercero Publico de Familia Tercero de la ciudad de El Alto nos constituimos en audiencia de juramento de desconocimiento de domicilio, dentro del proceso de ASISTENCIA FAMILIAR seguido por CANDELARIA PAUCARA en contra de APOLINAR CALLISAYA TICONA.-- Acto seguido en cumplimiento a lo dispuesto en la providencia de fs.28 de obrados, se tomó juramento de rigor al señor APOLINAR CALLISAYA TICONA, mayor de edad, hábil por ley, con C.I. 6102071 L.P., con domicilio en la Calle B, No. 39, Zona Santa Rosa. Quien manifestó: “JURO POR DIOS Y LAS LEYES DESCONOCER EL DOMICILIO ACTUAL Y EL PARADERO DE LA DEMANDADA CANDELARIA PAUCARA”. Con lo que termino el presente acto, firmado en constancia conjuntamente con la Sra. Juez, ante mi, de lo que certifico:- Firma: Apolinar Callisaya Ticona. C.I. 6102071 .- FIRMA Y SELLA: DRA. Irene Isabel Oblitas Aguirre. - Juez Publico de Familia Tercero. - TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA - EL ALTO - LA PAZ – BOLIVIA. - Firmado ante mi: Abog. Roxana Siñani Kantuta. - SECRETARIA – ABOGADA. - JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA 3º.- El Alto – La Paz-Bolivia.------------------------------------------------------------------El presente edicto es librado el día viernes siete de junio del año dos mil veinticuatro. --------------------------------------------------------


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