EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO DE PARTIDO SEGUNDO EN MATERIA TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA CAPITAL


E D I C T O: LA DOCTORA MERY DELMA TOLEDO MOLLINEDO, JUEZA DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º CAPITAL Y LA SUSCRITA SECRETARIA ABOGADA AMALIA CALLE HUAYNOCA HACE SABER: QUE POR EL PRESENTE EDICTO NOTIFICA A: “ALBARRACIN ARCIENEGA MICHAEL ERICK”; LO QUE SE TIENE ORDENADO DENTRO DEL PROCESO COACTIVO SOCIAL SEGUIDO POR FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES CONTRA “ALBARRACIN ARCIENEGA MICHAEL ERICK”; CUYO TENOR LITERAL ES COMO A CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBE. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AL MEMORIAL DE FS. 284 A 284 VUELTA DE OBRADOS. ---------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& SEÑORA JUEZ SEGUNDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 201523116 SOLICITO REMISION DE FONDOS. OTROSIES. SU CONTENIDO. FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Representando Legalmente por Fernando Atillo Pacheco Miranda, dentro del proceso COACTIVO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, seguido en contra ALBARRACIN ARCIENEGA MICHAEL ERICK, por cobro de aportes devengados al Seguro Social Obligatorio presentándome respetuosamente ante las consideraciones de su Autoridad expongo y pido: Sra. juez, de la revisión de obrados se tiene que a fs. 67 de obrados cursa informe emitido por el Banco de Crédito de Bolivia BCP donde dicha entidad ha procedido con la retención de fondas de Bs. 2.051.29.- (Dos Mil Cincuenta y un 29/100 bolivianos), consiguientemente con el propósito de efectivizar el cobro de la misma, solicito a su autoridad se oficie ante la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) para que instruya al Crédito de Bolivia - BCP proceda a remitir los fondos del coactivada de 2.051,29.- (Dos Mil Cincuenta y un 29/100 bolivianos) y sea mediante certificado de depósito judicial, a tal efecto protesto cumplir con los recaudos de rigor. OTROSI.- Señora Juez, de acuerdo al informe adjuntado a fs. 69 y conforme a lo establecido en el artículo 325 del Código Procesal Civil, Bien Inmueble. Lote de Terreno registrado bajo la partida N° 01130470, N "D" 10. Urbanización "Mullacani" con una superficie de 347.0000 mts.2, de la ciudad de La Paz, registrada a nombre del coactivado, para tal efecto se expida el correspondiente Testimonio de ley. OTROSI TRO. Señora juez, me permito adjuntar informe Original de la Dirección Departamental de Transito Transporte y Seguridad Vial - DIVISION REGISTRO DE VEHICULOS, el cual señala que se ha procedido al registro de la Anotación Preventiva dispuesta por su Autoridad, solicitando se tenga presente y sea adjunto a la presente causa Efectos que en derecho pueda valer, hago conocer OTROSI 2DO.- Señora Juez a el patrocinio dentro del presente proceso de la Abogada Maribel Patricia Pinto Vargas con RPA 7116837MPPV, pidiendo a su autoridad tenga presente dicho aspecto para fines consiguientes de ley. OTROSI 3RO.- En virtud del Art. 129 de la Ley del Órgano Judicial, solicito se me franquee fotocopias simples de lo obradas en el presente proceso. OTROSI 4TO. Para fines de Notificación Digital señalamos nuevas vías de comunicación: de la abogada patrocinante Maribel Patricia Pinto Vargas, con celular 79138970, correo electrónico institucional: mpinto@afp-futuro.com: pidiendo a su autoridad se tengan por admitidos los datos proporcionados a tener presente por la Oficial de diligencias de su juzgado. OTROSI STO. Señalamos como nuevo domicilio procesal en la avenida 6 de agosto, edificio Centro Empresarial K2, No. 2624, de la Zona San Jorge de la ciudad de La Paz. La Paz, 04 de marzo de 2023. FIRMA Y SELLA: FERNANDO PACHECO MIRANDA. SUBGERENTE NACIONAL. FIRMA Y SELLA: MARIBEL PATRICIA PINTO VARGAS. ABOGADA. R.P.A. 7116837. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AL DECRETO DE FS. 285 DE OBRADOS. ------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& La Paz, 21 de marzo de 2024. En atención a lo solicitado y evidenciando la literal de fs. 67 de obrados: OFÍCIESE a la Autoridad del Sistema Financiero - ASFI, para que por su intermedio instruya a la siguiente entidad financiera: BANCO DE CRÉDITO DE BOLIVIA - BCP a la REMISIÓN del monto retenido de la cuenta bancaria N° 201-50160387-3-39 por la suma de Bs. 2.051.29.- (DOS MIL CINCUENTA Y UNO 29/100 BOLIVIANOS), cuenta perteneciente a "ALBARRACÍN ARCIENEGA MICHAEL ERICK CON C.I. Nº 03490024 LP., sea mediante Depósito Judicial a presentar en este Despacho Judicial, a favor de FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, sea con las formalidades de ley. AL OTROSÍ.- Aclare su petitorio. AL OTROSÍ TRO. Por adjunto, arrímese a sus antecedentes y sea a los efectos legales del caso. AL OTROSÍ 2DO.- Se tiene presente y por anunciado el copatrocinio legal de la Profesional Abogada MARIBEL PATRICIA PINTO VARGAS con quien se entenderá también ulteriores diligencias del proceso. AL OTROSÍ 3RO.- Franquéese lo solicitado. AL OTROSÍ 4TO Y STO. Por señalado el NUEVO domicilio procesal v procesal virtual. FIRMA Y SELLA: MERY DELMA TOLEDO MOLLINEDO, JUEZA DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º DE LA CAPITAL. LA PAZ – BOLIVIA. FIRMA Y SELLA: ANTE MI: AMALIA CALLE HUAYNOCA, SECRETARIA, JUZGADO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º DE LA CAPITAL, LA PAZ – BOLIVIA. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AL MEMORIAL DE FS. 298 A 298 VUELTA DE OBRADOS. ---------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& SEÑORA JUEZ SEGUNDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA PAZ APERSONAMIENTO SOLICITO EDICTO. Nurej: 201523116 OTROSÍ. SU CONTENIDO FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, empresa legalmente constituida, registrada dentro el Servicio Plurinacional de Registro de Comercio (SEPREC) y el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) bajo el NIT No. 1006803028, con domicilio ubicado en Plaza del Estudiante Edificio Inchauste Zelaya Nº 1940 PB de la Zona Central de esta ciudad, dentro del proceso COACTIVO DE LA SEGURIDAD SOCIAL seguido en contra de ALBARRACIN ARCIENEGA MICHAEL ERICK, iniciada con Nota de Debito No. 1-02-2015-01113, por cobro de Apartes devengados presentándome ante su autoridad con el debido respeto, expongo y pido: 1. APERSONAMIENTO. Conforme se desprende del Testimonio Poder Especial N° 3881/2023 suscrito en fecha 28 de septiembre de 2023, otorgado ante la Notaría de Fe Pública N° 71 del Distrito Judicial de La Paz a cargo de la Abogada Silvia Valeria Caro Claure y debidamente inscrito dentro el Servicio Plurinacional de Registro de Comercio (SEPREC) conforme el Código de Tramite 245411/2023 adherido al referido testimonio, se evidencia que el señor PETER REBRIN en sus condición de Gerente General de FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES confirió Poder especial, suficiente y bastante en favor de Katherine Stephanie Aliaga Linares con Cédula de Identidad No. 6747031 mayor de edad, hábil por derecho y de nacionalidad boliviana: de dicho instrumento público, se infiere que estas personas cuentan con los requisitos establecidos por el Código Procesal Civil en su artículo 35, parágrafo Il para la tramitación de procesos Ejecutivos Sociales y Coactivos de la Seguridad Social, de forma conjunta o indistinta, POR CUANTO Y SIN REVOCAR LA REPRESENTACION DE NUESTROS ANTERIORES MANDANTES pido se tenga por apersonados a los mismos en legal representación de la Futuro de Bolivia S.A. Administradora de Fondos de Pensiones, y se den a conocer ulteriores actuaciones del proceso. II. SOLICITO EDICTO Señora Juez emitido como se encuentra el Auto de Remisión de fondos cursante a fs. 285 de actuados; en el caso específico podemos establecer que la presente causa cuenta con el respectivo juramento de desconocimiento de domicilia conforme se desprende de fs. 192 de actuados, y SE VIENE NOTIFICANDO MEDIANTE EDICTOS; en tal sentido y con el único fin de dar prosecución a la presente causa de conformidad con el Art. 77 del Código Procesal del Trabajo que señala: "Cuando no se conozca el domicilio o el paradero del demandado. la notificación podrá practicarse mediante edicto publicado por una sola vez. en la prensa." pido su autoridad disponga que la notificación POR UNA SOLA VEZ con el Auto de Remisión de fondos cursante a fs. 285 de actuados así como demás actuados pertinentes se la realicen mediante edictos de ley a publicarse en el sistema HERMES conforme el instructivo I-LAPP-TSJ-CM No. 002/2020 de fecha 03 de Noviembre de 2020 emitido por el Tribunal Supremo de Justicia, sea con las formalidades de ley. OTROSI 1.- Señora Juez a efectos que en derecho pueda valer y de conformidad a lo establecido por el Art. 31. Il de la Ley del ejercicio de la abogacia - Ley 387, hago conocer nuevo patrocinio dentro del presente proceso de los Abogados Wilson Ivan Blanco Cabezas con Mat. RPA 4882616WIBC y Katherine Stephanie Aliaga Linares con Mat. RPA 6747031KSAL, pidiendo a su autoridad tenga presente dicho aspecto y autorice a los mismos para fines consiguientes de ley. OTROSI 2.- Toda vez que los abogados que patrocinan el presente proceso son funcionarios de FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, se eximen de cobro de honorarios profesionales: pidiendo a su autoridad se tenga presente dicho aspecto. OTROSI 3. En aplicación de lo previsto por el Art. 129 de la Ley del Órgano Judicial No. 025, solicito a su autoridad disponga que por el personal de secretaria de juzgado se nos extienda fotocopias simples de todo lo obrado, sea con la inserción del presente escrito y su providencia, con las formalidades de rigor. OTROSI 4.- Señalo domicilio procesal en la Avenida 6 de Agosto Nro. 2624 Edif.: Centro Empresarial K2 de la Zona Sopocachi de esta ciudad. OTROSI 5 (MEDIOS DIGITALES). Para fines de NOTIFICACIÓN DIGITAL señalamos las vías de comunicación del abogado patrocinarte: W. Ivan Blanco Cabezas como correo electrónico institucional: y número de Celular 75276306; pidiendo a su autoridad se tengan por admitidos los datos proporcionados a tener presente por la Oficial de diligencias de su juzgado. La Paz, 16 de mayo de 2023. FIRMA Y SELLA: KHATERINE STEPHANIE ALIAGA LINARES. ABOGADA. R.P.A. 6747031. FIRMA Y SELLA: W. IVAN BLANCO CABEZAS. ABOGADO. R.P.A. 4882616. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AL DECRETO DE FS. 299 DE OBRADOS. ------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& La Paz, 24 de mayo de 2024. AL PUNTO I.- En merito a las fotocopias legalizadas del Testimonio de Poder Nº 3881/2023 de fecha 28 de septiembre de 2023, otorgado por ante la Notaria de Fe Pública Nº 071 de esta ciudad, téngase por apersonado ER KATHERINE STEPHANIE ALIAGA LINARES en representación legal de PETER REBRIN EN CALIDAD DE GERENTE GENERAL DE LA SOCIEDAD FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, con quien se entenderá ulteriores diligencias del proceso y bajo los términos de dicho instrumento legal. AL PUNTO II.- En atención a lo solicitado; Por Secretaria de Juzgado notifíquese mediante EDICTO y por medio del sistema HERMES con las piezas procesales que refiere, siempre y cuando corresponda, previa coordinación de partes. AL OTROSÍ 1.- Se tiene presente y por anunciado el nuevo patrocinio legal de los Profesionales Abogados WILSON IVÁN BLANCO CABEZAS Y KATHERINE STEPHANIE ALIAGA LINARES, con quien se entenderá también ulteriores diligencias del proceso. AL OTROSÍ 2.- Se tiene presente. AL OTROSÍ 3.- Franquéese lo solicitado. AL OTROSÍ 4 y 5.- Por señalado el domicilio procesal y procesal virtual, FIRMA Y SELLA: MERY DELMA TOLEDO MOLLINEDO, JUEZA DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º DE LA CAPITAL. LA PAZ – BOLIVIA. FIRMA Y SELLA: ANTE MI: AMALIA CALLE HUAYNOCA, SECRETARIA, JUZGADO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º DE LA CAPITAL, LA PAZ – BOLIVIA. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA PAZ, EL DÍA SEIS DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS. ----------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


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