EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO DE PARTIDO SEGUNDO EN MATERIA TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA CAPITAL


E D I C T O: LA DOCTORA MERY DELMA TOLEDO MOLLINEDO, JUEZA DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º CAPITAL Y LA SUSCRITA SECRETARIA ABOGADA AMALIA CALLE HUAYNOCA HACE SABER: QUE POR EL PRESENTE EDICTO NOTIFICA A: “FELIX JOLGUERA”; LO QUE SE TIENE ORDENADO DENTRO DEL PROCESO COACTIVO SOCIAL SEGUIDO POR FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES CONTRA “FELIX JOLGUERA”; CUYO TENOR LITERAL ES COMO A CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBE. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& A LA RESOLUCION DE FS. 199 A 199 VUELTA DE OBRADOS. ---------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& RESOLUCIÓN Nº 341/2023. JUZGADO DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL SEGUNDO DE LA CAPITAL PRONUNCIADA DENTRO DEL PROCESO COACTIVO SOCIAL SEGUIDO POR FUTURO BOLIVIA DE S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES EN CONTRA DE "FELIX JOLGUERA", POR DEUDA A LA SEGURIDAD PLAZO. SOCIAL DE LARGO AUTO AMPLIATORIO. La Paz, 08 de agosto de 2023. VISTOS.- Conforme a los datos del proceso, en mérito a la competencia del Juzgado, la personería de las partes, la liquidez, plazo vencido, la parte demandante FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES representado legalmente por FERNANDO A. PACHECO MIRANDA, por memorial de ampliación de fs. 187 a 187 vuelta de obrados, adjunta Titulo Coactivo a la Seguridad Social de Largo Plazo; N° 1-02-2023- 00218 de fecha 10 de febrero de 2023 de fs. 185 por Bs. 3.852.78.-, refiere la parte demandante que se le han vencido nuevos plazos en el aporte a pagos de los meses correspondientes a: SEPTIEMBRE-2022 A NOVIEMBRE- 2022: haciendo un total de Bs. 3.852,78.- (TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS 78/100 BOLIVIANOS), por lo cual solicita la ampliación de la deuda dentro de la presente demanda social señalando que "FELIX JOLGUERA", con NIT N° 6025071013 representada legalmente por FELIX JOLGUERA, se le han vencido nuevos periodos. CONSIDERANDO I: Que, del análisis de lo expuesto y la revisión de obrados se llega a establecer las siguientes conclusiones de orden legal. Que, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 116 de la actual Ley Nº 065 (Ley de Pensiones) que a la letra establece: "El monto consignado en la Nota de débito, podrá actualizarse al vencimiento de nuevos periodos en mora en cualquier etapa del proceso, antes del Remate", por lo que corresponde realizar la actualización de los nuevos periodos en mora. POR TANTO: La Suscrita Jueza de Partido del Trabajo y Seguridad Social Segundo de la Capital, sin ingresar en mayores consideraciones de orden legal, con las facultades conferidas por ley, enmarcándose la solicitud de la parte demandante dentro de lo dispuesto por el Art. 116 de la actual Ley de Pensiones N° 055 y pormenorizado que fue el Título Coactivo a la Seguridad Social de Largo Plazo, CONMINA "FELIX JOLGUERA", con NIT N° 6025071013 representada legalmente por FELIX JOLGUERA, a cancelar la suma de Bs. 3.852,78.- (TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS 78/100 BOLIVIANOS), en consecuencia se concede un plazo de tres dias partir de su legal notificación a efecto de que pague a la entidad demandante, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de llevarse el proceso hasta el trance y remate de los bienes. AL OTROSÍ 1RO.- Se tiene presente y téngase en calidad de prueba pre- constituida y sea con noticia de parte contraria. AL OTROSÍ 2DO.- Sobre las medidas precautorias se dispone: a) OFÍCIESE a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI para que proceda a la RETENCIÓN de fondos de las cuentas que pudiera tener la empresa "FELIX JOLGUERA", con NIT N° 6025071013 por la suma de Bs. 3.852,78.- (TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS 78/100 BOLIVIANOS). AL OTROSÍ 3RO.- Se tiene presente. AL OTROSÍ 4TO Franquéese lo solicitado. AL OTROSÍ 5TO.- Por señalado el domicilio procesal virtual, debiéndose tener presente por la Oficial de Diligencias a efecto de futuras notificaciones. "REGÍSTRESE Y NOTIFIQUESE". FIRMA Y SELLA: MERY DELMA TOLEDO MOLLINEDO, JUEZA DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º DE LA CAPITAL. LA PAZ – BOLIVIA. FIRMA Y SELLA: ANTE MI: AMALIA CALLE HUAYNOCA, SECRETARIA, JUZGADO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º DE LA CAPITAL, LA PAZ – BOLIVIA. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AL MEMORIAL DE FS. 202 A 202 VUELTA DE OBRADOS. ---------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& SEÑORA JUEZ SEGUNDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 201229107 SOLICITO EDICTOS CON RESOLUCION QUE SEÑALA. OTROSIES. SU CONTENIDO. FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Representando Legalmente por Fernando Afilio Pacheco Miranda, dentro del proceso COACTIVO DE LA SEGURIDAD SOCIAL seguido contra FELIX JOLGUERA, por cobro de aportes devengados al Seguro Social Obligatorio presentándome respetuosamente ante las consideraciones de su Autoridad expongo y pido: Señora Juez, en estricto cumplimiento a lo dispuesto por ley, solicito a su digna autoridad se disponga la notificación mediante EDICTOS a la parte coactivada con la Resolución N° 341/2023 de fecha 08 de agosto de 2023 cursante a fs. 199- 200 de obrados y demás actuados pertinentes, y sea con los recaudos de ley. OTROSI. Señora Juez, encontrándose la presente causa en ejecución de y siendo que de manera certera dicto Resolución N° 341/2023, solicito se nos entregue el oficio de retención de fondos ante la ASFI ordenado, por el monto total de Bs. 3.852.78.- Tres mil ochocientos cincuenta y dos 78/100 Bolivianos, protestando cumplir con los recaudos de rigor. OTROSI TRO.- Señora juez en conocimiento de la última Resolución emitida y para evitar futuras observaciones NOS DAMOS EXPRESAMENTE POR NOTIFICADOS con: Resolución N° 341/2023 de fecha 08 de agosto de 2023 cursante a fs. 199-200 de obrados, solicitando se tenga presente lo señalado. OTROSI 2DO.- Señora Juez a efectos que en derecho pueda valer, hago conocer el patrocinio dentro del presente proceso de la Abogada Maribel Patricia Pinto Vargas con RPA 7116837MPPV, pidiendo a su autoridad tenga presente dicho aspecto para fines consiguientes de ley. OTROSI 3RO. Toda vez que el abogado que suscribe el presente proceso es funcionario de FUTURO DE BOLIVIA S.A. A.F.P., se eximen de cobro de honorarios profesionales. OTROSI 4TO.- En virtud del Art. 129 de la Ley del Órgano Judicial, solicito se me franquee fotocopias simples de lo obrados en el presente proceso. OTROSI 6TO. Para fines de Notificación Digital señalamos nuevas vías de comunicación: de la abogada patrocinante Maribel Patricia Pinto Vargas, con celular 79138970, correo electrónico institucional: mpinto@afp-futuro.com: pidiendo a su autoridad se tengan por admitidos los datos proporcionados a tener presente por la Oficial de diligencias de su juzgado. OTROSI 7MO.- Señalamos como nuevo domicilio procesal en la avenida 6 de agosto, edificio Centro Empresarial K2, No. 2624, de la Zona San Jorge de la ciudad de La Paz. LEG.L La Paz, 01 de marzo de 2024. FIRMA Y SELLA: FERNANDO PACHECO MIRANDA. SUBGERENTE NACIONAL. FIRMA Y SELLA: MARIBEL PATRICIA PINTO VARGAS. ABOGADA. R.P.A. 7116837. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AL DECRETO DE FS. 203 DE OBRADOS. ------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& La Paz, 07 de marzo de 2024. En atención a lo solicitado: Por Secretaria de Juzgado notifíquese mediante EDICTO con las piezas procesales que refiere, siempre y cuando corresponda, previa coordinación de partes. AL OTROSÍ.- El impetrante coordine de manera directa con Secretaria de Juzgado. AL OTROSÍ TRO.- Se tiene presente la notificación expresa realizada por la parte demandante con el actuado que refiere, sea a los efectos legales del caso. AL OTROSÍ 2DO.- Se tiene presente y por anunciado el copatrocinio legal de la Profesional Abogada MARIBEL PATRICIA PINTO VARGAS con quien se entenderá también ulteriores diligencias del proceso. AL OTROSÍ 3RO.- Se tiene presente. AL OTROSÍ 4TO.- Franquéese la solicitado. AL OTROSÍ 5TO Y 6TO. Por señalado el domicilio procesal virtual y por señalado el NUEVO domicilio procesal. FIRMA Y SELLA: MERY DELMA TOLEDO MOLLINEDO, JUEZA DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º DE LA CAPITAL. LA PAZ – BOLIVIA. FIRMA Y SELLA: ANTE MI: AMALIA CALLE HUAYNOCA, SECRETARIA, JUZGADO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º DE LA CAPITAL, LA PAZ – BOLIVIA. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA PAZ, EL DÍA SEIS DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS. ----------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


Volver |  Reporte