EDICTO
Ciudad: TARIJA
Juzgado: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER PRIMERO DE LA CAPITAL
EDICTO
JUEZ :MSc. Walter Chumacero S.
SECRETARIA : Dra. Suanny Carla Quilla Ruiz
JUZGADO : Instrucción Penal, Anticorrupción y Contra la Violencia
Hacia las Mujeres 1º de la Capital
DELITO : Robo Agravado
SIGUE : M/P Dr. Miguel Angel Tapia Paz
CONTRA : Luis Guillermo Fernandez Aparicio
CODIGO UNICO : 601103012400262
SE HACE SABER : LUIS GUILLERMO FERNANDEZ APARICIO
Auto Interlocutorio No. 126/2024
Tarija, 05 de junio de 2024.
ANTECEDENTES: Que, el personal de apoyo informa y documenta haberse realizado la publicación de edicto con el emplazamiento del imputado desde fecha 08 al 21 de mayo de 2024.-----------------------------
PARTE CONSIDERATIVA: Que, habiendo hasta el presente sobrepasado el plazo de diez días otorgado, no se tiene apersonamiento alguno del encausado, corresponde en consecuencia, continuar con la secuencia procesal establecida al efecto.---------------------------------------
PARTE RESOLUTIVA: En aplicación del art. 87-1) y 89 de la Ley 1970, se declara rebelde y contumaz al imputado Luis Guillermo Fernandez Aparicio, C.I:7217576, nacido el 22 de febrero de 1996, por el ilícito de Robo Agravado, descrito y sancionado en el art. 332.2) del C.P., a denuncia de Minet. V. Flores S. y se ordena:
- El arraigo del antes nombrado, para cuyo efecto por Secretaría se libre el correspondiente mandamiento.----------------------------------------------
- La publicación de los datos y señas personales del rebelde en medios de comunicación para su búsqueda y aprehensión.------------------------------
- La anotación preventiva de los bienes propios que pudiera registrar en Derechos Reales y Dirección Departamental de Tránsito.-------------------
- La aprehensión del investigado, debiendo para el efecto, librarse mandamiento de aprehensión.--------------------------------------------------
- La conservación por Secretaría de las actuaciones, instrumentos o de las piezas de convicción presentadas por las partes.------------------------------
- Se le designa como abogado defensor de Oficio al Dr. Ronald Arandia, a quien se notificará personalmente para su aceptación.-----------------------
- Se dispone asimismo que la notificación con la presente resolución sea mediante edicto a publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo Justicia, debiendo el personal de apoyo jurisdiccional de oficio informar respecto al cumplimiento de dicha formalidad, a los efectos de la continuidad de la secuencia procesal.----------------------------------------
De igual manera, por Secretaría, remítase copia legalizada de la presente resolución al Rejap para su registro una vez ejecutoriada la misma.- ANOTESE.------------------------------------------------------------------------
FIRMADO Y SELLADO DR. WALTER CHUMACERO SALAZAR JUEZ DE INSTRUCCIÓN PENAL PRIMERO DE LA CAPITAL, ANTE MÍ, DRA. SUANNY CARLA QUILLA RUÍZ SECRETARIA - ABOGADA DE JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL PRIMERO DE LA CAPITAL, QUE CERTIFICA.-
Tarija, 05 junio de 2024
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