EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO DE PARTIDO SEGUNDO EN MATERIA TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA CAPITAL


E D I C T O: LA DOCTORA MERY DELMA TOLEDO MOLLINEDO, JUEZA DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º CAPITAL Y LA SUSCRITA SECRETARIA ABOGADA AMALIA CALLE HUAYNOCA HACE SABER: QUE POR EL PRESENTE EDICTO NOTIFICA A: “OCCIDENTALTEX S.R.L.”; LO QUE SE TIENE ORDENADO DENTRO DEL PROCESO COACTIVO SOCIAL SEGUIDO POR FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES CONTRA “OCCIDENTALTEX S.R.L.”; CUYO TENOR LITERAL ES COMO A CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBE. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AL MEMORIAL DE FS. 185 A 185 VUELTA DE OBRADOS. ----------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& SEÑORA JUEZ SEGUNDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 20241 201142319 SOLICITA REMISIÓN DE FONDOS OTROSI. SU CONTENIDO FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES representada legalmente por FERNANDO ATILIO PACHECO MIRANDA, dentro del proceso COACTIVO DE LA SEGURIDAD SOCIAL que sigue en contra de OCCIDENTALTEX S.R.L. ante sus autoridades con todo respeto expongo y pido: Señora Juez, siendo que a fs. 178 de obrados únicamente se pronunció a la retención del Banco Unión y no así a las otras retenciones de fondo, así mismo es importante señalar que la presente causa tiene varias notas de débito mismas que cuentan con su respectiva resolución con montos totales importantes en ese sentido y con el único afán de recuperar la mora y en conocimiento del informe emitido por el BANCO MERCANTIL SANTA CRUZ fs. 40, BANCO PRODEM fs. 43 tengo a bien solicitar a su autoridad se oficie ante la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), a objeto de que dicha institución instruya al BANCO MERCANTIL SANTA CRUZ proceda con la remisión de fondos por el monto retenido de Bs.-166,17 (CIENTO SESENTA Y SEIS 17/100 BOLIVIANOS) Y BANCO PRODEM proceda con la remisión de fondos por el monto retenido de $us.- 0.68 (CERO 68/100 DOLARES AMERICANOS) DEBIENDO SER AL TIPO DE CAMBIO EN MONEDA NACIONAL mediante certificado de depósito judicial. Protestando cumplir por nuestra parte con las formalidades de rigor. OTROSI. Los abogados que suscriben anuncian copatrocinio, pudiendo firmar en forma conjunta o indistintamente, solicitando a su autoridad que dicho extremo se tenga presente a los efectos legales. OTROSI. Señora Juez, a efectos de proseguir actuaciones judiciales y siendo que nuestro ente fiscalizador APS nos solicitó oficios actualizados en razón a que la parte coactivada podría haber adquirido bienes a lo largo de este tiempo, así mismo considerando la data de tiempo de los informes de bienes cursante en obrados y con el único propósito de tener información actualizada, solicito se extienda NUEVAMENTE oficios a las siguientes instituciones: y Seguridad Vial de La Paz Derechos Reales El Alto y Derechos Reales La Paz, para que nos informe sobre los bienes que pudiera tener la empresa Coactivada OCCIDENTALTEX SRL. NIT N° 159112027 protestando B nuestra parte cumplir con los recaudos de rigor. OTROSI IRO.- Señora Juez a efectos que en derecho pueda valer, hago conocer el Co-patrocinio dentro del presente proceso de la Abogada Señora Juez a efectos que en derecho pueda valer, hago conocer el Co- patrocinio dentro del presente proceso de la Abogada Maribel Patricia Pinto Vargas con RPA 7116837MPPV, pidiendo a su autoridad tenga presente dicho aspecto y autorice el mismo para fines consiguientes de ley. OTROSI 2DO.- En virtud del Art. 129 de la Ley del Órgano Judicial, solicito se me franquee fotocopias simples de lo obrados en el presente proceso. OTROSI 2RO. Por exigencia de plataforma de atención señalo nuevamente las siguientes vías de comunicación: mpinto@afp-futuro.com N° de Cel. 79138970. OTROSI STO… Señalamos como nuevo domicilio procesal la Plaza del Estudiante Edificio Inchauste Zelaya No 1940 PB. La Paz, 16 de octubre de 2023. FIRMA Y SELLA: FERNANDO PACHECO MIRANDA. SUBGERENTE NACIONAL. FIRMA Y SELLA: MARIBEL PATRICIA PINTO VARGAS. ABOGADA. R.P.A. 7116837. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AL DECRETO DE FS. 186 DE OBRADOS. ------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& La Paz, 18 de octubre de 2023. En atención a lo solicitado y las literales de Fs. 40 y 43 de obrados: OFÍCIESE a la Autoridad del Sistema Financiero – ASFI, para que por su intermedio instruya a las siguientes entidades financieras: 1.- BANCO MERCANTIL SANTA CRUZ, a la REMISIÓN del monto retenido de la cuenta bancaria Nº 4010680421 por la suma de Bs. 166.17.- (CIENTO SESENTA Y SEIS 17/100 BOLIVIANOS): 2. BANCO PRODEM – FONDO FINANCIERO PRIVADO S.A., a la REMISIÓN del monto retenido de la cuenta bancaria N° 120-2-2-03286-9 por la suma de ????. 0.68.- (CERO 68/100 DOLARES AMERICANOS): cuentas pertenecientes “OCCIDENTALTEX S.R.L.” CON NIT N° 159112027 sea mediante Depósito Judicial a presentar en este Despacho Judicial, a favor de FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, sea con las formalidades de ley. AL OTROSÍ. Se tiene presente. AL OTROSÍ. OFÍCIESE a los fines impetrados. AL OTROSÍ TRO. Se tiene presente y por anunciado el copatrocinio legal de la Profesional Abogada MARIBEL PATRICIA PINTO VARGAS con quien se entenderá también ulteriores diligencias del proceso. Franquéese lo solicitado. AL OTROSÍ 2DO.- Franquéese lo solicitado. AL OTROSÍ 2RO y 5TO. Por señalado el NUEVO domicilio procesal y procesal virtual. FIRMA Y SELLA: MERY DELMA TOLEDO MOLLINEDO, JUEZA DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º DE LA CAPITAL. LA PAZ – BOLIVIA. FIRMA Y SELLA: ANTE MI: AMALIA CALLE HUAYNOCA, SECRETARIA, JUZGADO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º DE LA CAPITAL, LA PAZ – BOLIVIA. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AL MEMORIAL DE FS. 199 A 200 DE OBRADOS. ------------------------------------------------------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& SENORA JUEZ SEGUNDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA PAZ Nure: 201142319 APERSONAMIENTO SOLICITA EDICTOS. OTROSÍ. SU CONTENIDO FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, empresa legalmente constituida, registrada dentro el Servicio Plurinacional de Registro de Comercio (SEPREC) y el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) bajo el NIT No. 1006803028, con domicilio ubicado en Plaza del Estudiante Edificio Inchauste Zelaya Nº 1940 PB de la Zona Central de esta ciudad: dentro del proceso COACTIVO DE LA SEGURIDAD SOCIAL seguido en contra de OCCIDENTALTEX S.R.L., iniciada con Nota de Debito No. 1-02- 2011-00336 por cobro de Aportes devengados presentándome ante su autoridad con el debido respeto, expongo y pido: 1. APERSONAMIENTO. Conforme se desprende del Testimonio Poder Especial N° 3881/2023 Suscrito en fecha 28 de septiembre de 2023, otorgado ante la Notaría de Fe Pública Nº 71 del Distrito Judicial de La Paz, a cargo de la Abogada Silvia Valeria Caro Claure y debidamente inscrito dentro el Servicio Plurinacional de Registro de Comercio (SEPREC) conforme el Código de Tramite 245411/2023 adherido al referido testimonio, se evidencia que el Señor PETER REBRIN en sus condición de Gerente General de FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES confirió Poder Especial, suficiente y bastante en favor de Katherine Stephanie Aliaga Linares con Cédula de Identidad No. 6747031 mayor de edad, hábil por Derecho y de nacionalidad boliviana; de dicho instrumento público, se Infiere que estas personas cuentan con los requisitos establecidos por el Código Procesal Civil en su artículo 35, parágrafo II para la tramitación de Procesos Ejecutivos Sociales y Coactivos de la Seguridad Social, de forma Conjunta o indistinta, POR CUANTO Y SIN REVOCAR LA REPRESENTACION DE NUESTROS ANTERIORES MANDANTES pido se tenga por apersonados a los Mismos en legal representación de la Futuro de Bolivia S.A. Administradora de Fondos de Pensiones, y se den a conocer ulteriores actuaciones del proceso. II. SOLICITO EDICTO Señora Juez emitida como se encuentra la Providencia que ordena la Remisión de fondos, de fecha 18 de octubre de 2023 cursante a fs. 186 actuados: en el caso específico podemos establecer que lo presente causa cuenta con el respectivo juramento de desconocimiento de domicilio conforme se desprende de fs. 139 de actuados, y. SE VIENE NOTIFICANDO MEDIANTE EDICTOS; en tal sentido y con el único fin de dar prosecución a la presente causa de conformidad con el Art. 77 del Código Procesal del Trabajo que señala: “Cuando no se conozca el domicilio o el paradero del demandado, la notificación podrá practicarse mediante edicto publicado por una sola vez en la prensa.” Pido su autoridad disponga que la notificación POR UNA SOLA VEZ con la Providencia que ordena la Remisión de Fondos, de fecha 18 de octubre de 2023 cursante a fs. 186 actuados así como demás actuados pertinentes se la realicen mediante edictos de ley a publicarse en el sistema HERMES conforme el Instructivo I-LAPP-TSJ-CM No. 002/2020 de fecha 03 de Noviembre de 2020 emitido por el Tribunal Supremo de Justicia, sea con las formalidades de ley. OTROSI. Señora Juez, de la revisión de la presente causa se tiene que su probidad emitió la Resolución Ampliatoria N° 44/2018 de fecha 23 de marzo de 2018, en la misma se ordenó la retención de fondos por un monto total de Bs. 60.930.87.- sobre las cuentas de la empresa OCCIDENTALTEX S.R.L. con NIT 159112027. Por lo que habiendo sido la misma notificada tal cual se puede verificar publicaciones de periódico a fs. 174-177 de obrados, por lo que solicito se nos pueda entregar el oficio de retención ordenado, protestando cumplir con los recaudos de rigor. OTROSI 1.- Señora Juez a efectos que en derecho pueda valer y de conformidad a lo establecido por el Art. 31. Il de la Ley del ejercicio de la abogacía – Ley 387, hago conocer nuevo patrocinio dentro del presente proceso de los Abogados Wilson Ivan Blanco Cabezas con Mat. RPA4882616WIBC y Katherine Stephanie Aliaga Linares con Mat. RPA 6747031KSAL. Pidiendo a su autoridad tenga presente dicho aspecto y autorice a los mismos para fines consiguientes de ley OTROSI 2.- Toda vez que los abogados que patrocinan el presente proceso son funcionarios de FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, se eximen de cobro de honorarios profesionales: pidiendo a su autoridad se tenga presente dicho aspecto. OTROSI 3.- En aplicación de lo previsto por el Art. 129 de la Ley del Órgano Judicial No. 025, solicito a su autoridad disponga que por el personal de secretaria de juzgado se nos extienda fotocopias simples de todo lo obrado, sea con la inserción del presente escrito y su providencia, con las formalidades de rigor. OTROSI 4.- Señalo domicilio procesal en la Avenida 6 de Agosto Nro. 2624 Edif.: Centro Empresarial K2 de la Zona Sopocachi de esta ciudad. OTROSI 5 (MEDIOS DIGITALES). Para fines de NOTIFICACIÓN DIGITAL Señalamos las vías de comunicación del abogado patrocinarte: W. Ivan Blanco Cabezas como correo electrónico institucional: y número de Celular 75276306; pidiendo a su autoridad se tengan por admitidos los datos proporcionados a tener presente por la Oficial de diligencias de su juzgado. LF.G.L La Paz, 20 de mayo de 2023. FIRMA Y SELLA: KHATERINE STEPHANIE ALIAGA LINARES. ABOGADA. R.P.A. 6747031. FIRMA Y SELLA: W. IVAN BLANCO CABEZAS. ABOGADO. R.P.A. 4882616. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AL DECRETO DE FS. 200 VUELTA DE OBRADOS. ------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& La Paz, 24 de mayo de 2024, AL PUNTO L- En merito a las fotocopias legalizadas del Testimonio de Poder At 3881/2023 de techa 28 de septiembre de 2023, otorgado por ante Notaria de Fe Pública de esta ciudad, téngase par apersonado ante la KATHERINE STEPHANIE ALIAGANUNARES, en representación legal de PETER REBRIN EN CALIDAD DE GERENTE GENERAL DE LA SOCIEDAD FUTUROETER BOLIVIA SA. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, con quien se entenderá ulteriores diligencias del proceso y bajo los términos de dicho instrumento legal AL PUNTO II. En atención a lo solicitado: Por Secretaria de Juzgado notifíquese mediante EDICTO y por medio del sistema HERMES con las piezas procesales que refiere, siempre y cuando corresponda, previa coordinación de partes. AL OTROSÍ.- El impetrante coordine de manera directa con Secretaria de Juzgado AL OTROSÍ 1.- Se tiene presente y por anunciado el nuevo patrocinio legal de los Profesionales Abogados WILSON IVÁN BLANCO CABEZAS Y KATHERINE STEPHANIE ALIAGA LINARES, con quien se entenderá también ulteriores diligencias del proceso. AL OTROSÍ 2.- Se tiene presente. AL OTROSÍ 3.- Franquéese lo solicitado. AL OTROSI 4 y 5.- Por señalado el domicilio procesal y procesal virtual. FIRMA Y SELLA: MERY DELMA TOLEDO MOLLINEDO, JUEZA DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º DE LA CAPITAL. LA PAZ – BOLIVIA. FIRMA Y SELLA: ANTE MI: AMALIA CALLE HUAYNOCA, SECRETARIA, JUZGADO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º DE LA CAPITAL, LA PAZ – BOLIVIA. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA PAZ, EL DÍA SEIS DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS. ----------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


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