EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO DE PARTIDO SEGUNDO EN MATERIA TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA CAPITAL


E D I C T O: LA DOCTORA MERY DELMA TOLEDO MOLLINEDO, JUEZA DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º CAPITAL Y LA SUSCRITA SECRETARIA ABOGADA AMALIA CALLE HUAYNOCA HACE SABER: QUE POR EL PRESENTE EDICTO NOTIFICA A: “G. A. INTERPRICES DE RUBÉN GONZALES”; LO QUE SE TIENE ORDENADO DENTRO DEL PROCESO COACTIVO SOCIAL SEGUIDO POR FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES CONTRA “G. A. INTERPRICES DE RUBÉN GONZALES”; CUYO TENOR LITERAL ES COMO A CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBE. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& A LA RESOLUCION DE FS. 302 A 302 VUELTA DE OBRADOS. ----------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&RESOLUCIÓN N° 33/2024. PRONUNCIADA PROCESO DENTRO COACTIVO DEL SOCIAL SEGUIDO POR FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES EN CONTRA DE “G.A. ENTERPRICES DE RUBÉN GONZALES”. POR DEUDA A LA SEGURIDAD SOCIAL DE LARGO PLAZO. AUTO AMPLIATORIO. La Paz, 11 de enero de 2024. VISTOS. Conforme a los datos del proceso, en mérito a la competencia del Juzgado, la personería de las partes, la liquidez, plazo vencido, la parte demandante FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES representado legalmente por MARIO SAMUEL LOAYZA LLANOS Y MAYA PATRICIA ORTEGA SALINAS, por memorial de ampliación de Fs. 267 a 267 vuelta de obrados, adjunta Título Coactivo a la Seguridad Social de Largo Plazo: N° 1-02-2021-01977 de fecha 13 de julio de 2021 de fs. 265 de obrados por Bs. 766,48.-, refiere la parte demandante que se le han vencido nuevos plazos en el aporte a pagos de los meses correspondientes a: FEBRERO-2021 A MAYO-2021; por memorial de ampliación de fs. 273 a 273 vuelta de obrados, adjunta Titulo Coactivo a la Seguridad Social de Largo Plazo: N° 1-02-2021-02762 de fecha 11 de noviembre de 2021 de Fs. 271 de obrados por Bs. 766.80.-, refiere la parte demandante que se le han vencido nuevos plazos en el aporte a pagos de los meses correspondientes a: JUNIO-2021 A SEPTIEMBRE-2021; por memorial de ampliación de fs. 277 a 277 vuelta de obrados, adjunta Titulo Coactivo a la Seguridad Social de Largo Plazo; N° 1-02-2022-00367 de fecha 10 de marzo de 2022 de fs. 275 de obrados por Bs. 766,39.-, refiere la parte demandante que se le han vencido nuevos plazos en el aporte a pagos de los meses correspondientes a: OCTUBRE-2021 A ENERO-2022; HACIENDO UN TOTAL DE Bs. 2.299,67.- (DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE 67/100 BOLIVIANOS), por lo cual solicita la ampliación de la deuda dentro cie la presente demanda social señalando que “G.A. ENTERPRICES DE RUBÉN GONZALES”, con NIT N° 1017351027 representada legalmente por RUBÉN GONZALES ABREGO, se le han vencido nuevos periodos. CONSIDERANDO I: Que, del análisis de lo expuesto y la revisión de obrados se llega a establecer las siguientes conclusiones de orden legal. Que, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 116 de la actual Ley N° 065 (Ley de Pensiones) que a la letra establece: “El monto consignado en la Nota de débito, podrá actualizarse al vencimiento de nuevos periodos en mora en cualquier etapa del proceso, antes del Remate”, por lo que corresponde realizar la actualización de los nuevos periodos en mora. POR TANTO: La Suscrita Jueza de Partido del Trabajo y Seguridad Social Segundo de la Capital, sin ingresar en mayores consideraciones de orden legal con las facultades conferidas por ley, enmarcándose la solicitud de la parte demandante dentro de lo dispuesto por el Art. 116 de la actual Ley de Pensiones N° 055 y pormenorizado que fueron los Títulos Coactivos a la Seguridad Social de Largo Plazo, se CONMINA a “G.A. ENTERPRICES DE RUBEN GONZALES”, con NIT N° 1017351027 representada legalmente por RUBEN GONZALES ABREGO a cancelar la suma de Bs. 2.299,67.- (DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE 67/100 BOLIVIANOS), en consecuencia se concede un plazo de tres días partir de su legal notificación a efecto de que pague a la entidad demandante. Bajo apercibimiento en caso de Incumplimiento, de llevarse el proceso hasta el trance y remate de los bienes AL OTROSÍ 1RO.- Se tiene presente y téngase en calidad de prueba pre- constituida y sea con noticia de parte contraria. AL OTROSÍ 2DO. – Sobre las medidas precautorias se dispone: OFÍCIESE a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero – ASFI para que proceda a la RETENCIÓN de fondos de las cuentas que pudiera tener “G.A. ENTERPRICES DE RUBÉN GONZALES”, con NIT N° 1017351027, por la suma de Bs. 2.299.67.- (DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE 67/100 BOLIVIANOS). AL OTROSÍ 3RO.- Se tiene presente. AL OTROSÍ 4TO. – Franquéese lo solicitado. AL OTROSÍ STO. Por señalado el domicilio procesal virtual. “REGÍSTRESE Y NOTIFIQUESE”. FIRMA Y SELLA: MERY DELMA TOLEDO MOLLINEDO, JUEZA DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º DE LA CAPITAL. LA PAZ – BOLIVIA. FIRMA Y SELLA: ANTE MI: AMALIA CALLE HUAYNOCA, SECRETARIA, JUZGADO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º DE LA CAPITAL, LA PAZ – BOLIVIA. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AL MEMORIAL DE FS. 307 A 308 DE OBRADOS. ------------------------------------------------------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& SEÑORA JUEZ SEGUNDO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA PAZ 25700 201322592 APERSONAMIENTO SOLICITO EDICTO OTROSI SU CONTENIDO FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, empresa legalmente constituida, registrada dentro el Servicio Plurinacional de Registro de Comercio (SEPREC) y el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) bajo et NIT No. 1006803028, con domicilio ubicado en Plaza del Estudiante Edificio Inchauste RUBEN GONZALES, iniciada con Nota de Debito No. 1-02-2013-00473, por cobro de Aportes devengados presentándome ante su autoridad con el debido respeto, expongo y pido: Zelaya Nº 1940 PB de la Zona Central de esta ciudad: dentro del proceso COACTIVO DE LA SEGURIDAD SOCIAL seguido en contra de G.A. ENTERPRICES DE 1. APERSONAMIENTO. Conforme se desprende del Testimonio Poder Especial N° 3881/2023 (cursante en obrados) suscrito en fecha 28 de septiembre de 2023, otorgado ante la Notaría de Fe Pública Nº 71 del Distrito Judicial de La Paz, a cargo de la Abogada Silvia Valeria Caro Claure y debidamente inscrito dentro el Servicio Plurinacional de Registro de Comercio (SEPREC) conforme el Código de Tramite 245411/2023 adherido al referido testimonio, se evidencia que el señor PETER REBRIN en sus condición de Gerente General de FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES confirió Poder especial, suficiente y bastante en favor de Katherine Stephanie Aliaga Linares con Cédula de Identidad No. 6747031 mayor de edad, hábil por derecho y de nacionalidad boliviana; de dicho instrumento público, se infiere que estas personas cuentan con los requisitos establecidos por el Código Procesal Civil en su artículo 35, parágrafo II para la tramitación de procesos Ejecutivos Sociales y Coactivos de la Seguridad Social, de forma conjunta o indistinta, POR CUANTO Y SIN REVOCAR LA REPRESENTACION DE NUESTROS ANTERIORES MANDANTES pido se tenga por apersonados a los mismos en legal representación de la Futuro de Bolivia S.A. Administradora de Fondos de Pensiones, y se den a conocer ulteriores actuaciones del proceso. II. SOLICITO EDICTO. Señora Juez, emitido como se encuentra la Resolución Nº33/2024 de fecha 11 de enero de 2024 cursante a fs. 302-302 vlta., de actuados; en el caso específico podemos establecer que lo presente causa cuenta con el respectivo juramento de desconocimiento de domicilio conforme se desprende de fs. 79 de actuados, y SE VIENE NOTIFICANDO MEDIANTE EDICTOS; en tal sentido y con el único fin de dar prosecución a la presente causa de conformidad con el Art. 77 del Código Procesal del Trabajo que ”señala: “Cuando no se conozca el domicilio o el paradero del demandado, la notificación podrá practicarse mediante edicto publicado por una sola vez en la prensa.” Pido su autoridad disponga que la notificación POR UNA SOLA VEZ con el Resolución N°33/2024 de fecha 11 de enero de 2024 cursante a fs. 302 302 vla. De actuados así como demás actuados pertinentes se la realicen mediante edictos de ley a publicarse en el sistema HERMES conforme el Instructivo I-LAPP-TSJ-CM No. 002/2020 de fecha 03 de Noviembre de 2020 emitido por el Tribunal Supremo de Justicia, sea con las formalidades de ley. OTROSI.- Señora Juez, adjuntamos mediante el presente memorial el Oficio librado por su autoridad bajo el Cite No. 581/2024 dirigidos al AUTORIDAD DE SUPERVISION DEL SISTEMA FINANCIERO- ASFI; Recepcionado en fecha 30 de abril de 2024, en tal sentido a los fines del requerimiento de nuestro Regulador la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS y encontrándonos en proceso Fiscalización para el traspaso de expedientes para que estos continúen su tramitación con la Gestora Publica de la Seguridad Social de Largo Plazo de conformidad al Anexo X de la Resolución Administrativa APS/DJ/DP/No.040/2022 de fecha 13 de Enero enmendado por la Resolución Administrativa APS/DJ/DP/No.160/2022 de fecha 14 de Febrero, Modificada por la Resolución Administrativa APS/DJ/DP/No.615/2022 de fecha 11 de Mayo y Confirmada Totalmente por la Resolución Ministerial Jerárquica MEFP/VPSF/URJ-SIREFI No. 063/2022 de 21 de Octubre pedimos a su autoridad se tenga por adjunta dicha gestión a la espera de la respuesta de la institución a la que se ofició y sea con formalidades de rigor. OTROSI 1.- Señora Juez a efectos que en derecho pueda valer y de conformidad a lo establecido por el Art. 31. Il de la Ley del ejercicio de la abogacía – Ley 387 hago conocer nuevo patrocinio dentro del presente proceso de los Abogados Wilson Ivan Blanco Cabezas con Mat. RPA 4882616WIBC y Katherine Stephanie Aliaga Linares con Mat. RPA 6747031KSAL, pidiendo a su autoridad tenga presente dicho aspecto y autorice a los mismos para fines consiguientes de ley. OTROSI 2.- Toda vez que los abogados que patrocinan el presente proceso son funcionarios de FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DEPENSIONES, se eximen de cobro de honorarios profesionales: pidiendo a su autoridad se tenga presente dicho aspecto, OTROSI 3.- En aplicación de lo previsto por el Art. 129 de la Ley del Órgano Judicial No. 025, solicito a su autoridad disponga que por el personal de secretaria de juzgado se nos extienda fotocopias simples de todo lo obrado, sea con la inserción Del presente escrito y su providencia, con las formalidades de rigor. OTROSI 4.- Señalo domicilio procesal en la Avenida 6 de Agosto Nro. 2624 Edif.: Centro Empresarial K2 de la Zona Sopocachi de esta ciudad. OTROSI 5 (MEDIOS DIGITALES).- Para fines de NOTIFICACIÓN DIGITAL señalamos las vías de comunicación del abogado patrocinarte: W. Ivan Blanco Cabezas como correo electrónico institucional y número de Celular 75276306; pidiendo a su autoridad se tengan por admitidos los datos proporcionados a tener presente por la Oficial de diligencias de su juzgado. La Paz, 21 de mayo de 2024. FIRMA Y SELLA: KHATERINE STEPHANIE ALIAGA LINARES. ABOGADA. R.P.A. 6747031. FIRMA Y SELLA: W. IVAN BLANCO CABEZAS. ABOGADO. R.P.A. 4882616. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AL DECRETO DE FS. 309 DE OBRADOS. ------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& La Paz, 28 de mayo de 2024. AL PUNTO 1.- En merito a las fotocopias legalizadas del Testimonia de Poder de 3881/2023 de fecha 28 de septiembre de 2023 cursante a fs. 288 a 297 de obrados, otorgado por ante la Notaria de Fe Pública Nº 071 de esta ciudad, téngase por apersonado a: KATHERINE STEPHANIE ALIAGA LINARES, en representación legal de PETER REBRIN EN CALIDAD DE GERENTE GENERAL DE LA SOCIEDAD FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, con quien se entenderá ulteriores diligencias del proceso y bajo los términos de dicho instrumento legal. AL PUNTO II.- En atención a lo solicitado: Por Secretaria de Juzgado notifíquese mediante EDICTO y por medio del sistema HERMES con las piezas procesales que refiere, siempre y cuando corresponda, previa coordinación de partes. AL OTROSÍ. Se tiene presente, arrímese a sus antecedentes y sea a los efectos legales del caso. AL OTROSÍ 1.- Se tiene presente y por anunciado el nuevo patrocinio legal de los Profesionales Abogados WILSON IVÁN BLANCO CABEZAS Y KATHERINE STEPHANIE ALIAGA LINARES, con quien se entenderá también ulteriores diligencias del proceso. AL OTROSÍ 2.- Se tiene presente. AL OTROSÍ 3.- Franquéese lo solicitado. AL OTROSÍ 4 y 5.- Por señalado el domicilio procesal y procesal virtual. FIRMA Y SELLA: MERY DELMA TOLEDO MOLLINEDO, JUEZA DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º DE LA CAPITAL. LA PAZ – BOLIVIA. FIRMA Y SELLA: ANTE MI: AMALIA CALLE HUAYNOCA, SECRETARIA, JUZGADO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º DE LA CAPITAL, LA PAZ – BOLIVIA. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA PAZ, EL DÍA SEIS DE JUNI DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS. ----------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


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