EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO DE PARTIDO SEGUNDO EN MATERIA TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA CAPITAL


E D I C T O: LA DOCTORA MERY DELMA TOLEDO MOLLINEDO, JUEZA DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º CAPITAL Y LA SUSCRITA SECRETARIA ABOGADA AMALIA CALLE HUAYNOCA HACE SABER: QUE POR EL PRESENTE EDICTO NOTIFICA A: “VANKER S.A.”; LO QUE SE TIENE ORDENADO DENTRO DEL PROCESO COACTIVO SOCIAL SEGUIDO POR FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES CONTRA “VANKER S.A.”; CUYO TENOR LITERAL ES COMO A CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBE. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AL MEMORIAL DE FS. 333 A 333 VUELTA DE OBRADOS. ------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& SEÑORA JUEZ SEGUNDO DE PARTIDO TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA CIUDAD DE LA PAZ 14797 201611078 ADJUNTA EDICTO OTROSI-EJECUTORIA OTROSÍ 1- SU CONTENIDO. FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, empresa legalmente constituida, registrada dentro el Servicio Plurinacional de Registro de Comercio (SEPREC) y el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) bajo el NIT N° 1006803028, con domicilio ubicado en la Plaza del Estudiante Edificio Inchauste Zelaya N 1940 PB de la Zona Central de esta ciudad, dentro del proceso COACTIVO DE LA SEGURIDAD SOCIAL seguido en contra VANKER SA, iniciada con Nota de Débito N 1-02-2016-01168, por cobro de Recargos devengados al Sistema Integral de Pensiones-SIP presentándome ante su autoridad con el debido respeto, expongo y pido: Señora Juez, mediante el presente memorial adjunto la publicación de edicto que pone en conocimiento de la parte demandada la Resolución (Auto Ampliatorio) N° 308/2013 de 13 De julio de 2023, publicación realizada en fecha: 28 de Noviembre de 2023; en tal sentido pido a su autoridad que el mismo se adjunte a sus antecedentes y como consecuencia de ello se tenga por acreditada la notificación realizad para fines consiguientes de ley de conformidad a lo determinado por el Art. 77 del CPT que señala: “Cuando no se conozca el domicilio o el paradero del demandado, la notificación podrá practicarse mediante edicto publicado por una sola vez en la prensa. El notificado en esta forma tendrá el término de 10 días para contestar a la demanda, término que se computará desde lo fecha de la publicación. En los lugares donde no haya prensa, el edicto será leído en una emisora radial por tres veces en sus comunicados”. OTROSI.- Señora Juez, de la revisión de antecedentes dentro el presente proceso se tiene que su autoridad emite la Resolución (Auto Ampliatorio) N° 308/2013 de 13 de julio de 2023, de fs. 205 de actuados, acto legalmente citado y emplazado a la parte demandada conforme a la publicación de edicto adjunta al presente memorial; misma que no fue objeto de impugnación por parte del demandado; en tal sentido y dándonos por expresamente notificado con la referida resolución v renunciado como parte coactivante al derecho a la apelación que pueda enervar la decisión emitida por su autoridad, en aplicación del Art. 228 Núm. 2 del Código Procesal Civil pedimos a su autoridad dicte la ejecutoria de la Resolución (Auto Ampliatorio) Nº 308/2013 de 13 de julio de 2023, de fs. 205 de actuados, sea previa las formalidades de ley. OTROSI 1- Para fines de NOTIFICACIÓN DIGITAL señalamos las siguientes vías de comunicación: del abogado patrocinarte Ronald Alejandro Gonzales Calla con correo electrónico institucional: agonzalesaafp-futuro.com y número de Celular 71569253, ? Milena Paola Calderón Escalante Calderón a afp-futuro.com con número de Cedular 79150570; pidiendo a su autoridad se tengan por admitidos los datos proporcionados a tener presente por la Oficial de diligencias de su juzgado. La Paz, enero de 2024. FIRMA Y SELLA: KHATERINE STEPHANIE ALIAGA LINARES. ABOGADA. FIRMA Y SELLA: MILENA PAOLA CALDERON ESCALANTE. ABOGADA. R.P.A. 4807663. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AL AUTO DE FS. 334 DE OBRADOS. ------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&La Paz, 16 de enero de 2024. Por adjunto, arrímese a sus antecedentes y sea a los efectos legales del caso. VISTOS. AL OTROSÍ IRO. Se tiene presente la notificación expresa realizada por la parte demandante con el actuado que refiere, sea a los efectos legales del caso. Siendo el estado de la causa, habiéndose sido legalmente notificadas las partes con la Resolución Nº 308/2023 de fecha 13 de julio de 2023 cursante a fs. 205 a 205 vuelta de obrados, sin que interpongan recurso alguno contra el mismo, dentro del plazo establecido por ley, se declara su EJECUTORIA, sea con las formalidades de ley. AL OTROSÍ 1.- Por señalado el domicilio procesal virtual. FIRMA Y SELLA: MERY DELMA TOLEDO MOLLINEDO, JUEZA DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º DE LA CAPITAL. LA PAZ – BOLIVIA. FIRMA Y SELLA: ANTE MI: NADIR PEREZ OROZCO, SECRETARIA, JUZGADO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 3º DE LA CAPITAL, LA PAZ – BOLIVIA. (EN SUPLENCIA LEGAL). &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AL MEMORIAL DE FOJAS 336 A 336 VUELTA DE OBRADOS. ----------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& SEÑORA JUEZ SEGUNDO DE PARTIDO DET TRABAJO LA PAZ Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA PAZ. SOLICITA EDICTOS OTROSIES SU CONTENIDO. FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, empresa legalmente constituida, registrada dentro el Servicio Plurinacional de Registro de Comercio (SEPREC) y el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) bajo el Nit No. 1006803028, con domicilio ubicado en Plaza del Estudiante Edificio Inchauste Zelaya N° 1940 PB de la Zona Central de esta ciudad: dentro del proceso COACTIVO DE LA SEGURIDAD SOCIAL seguido en contra de VANKER S.A. Iniciada con Nota de Debito No. 1-02-2016-01168 por cobro de aportes devengados al Sistema Integral de Pensiones-SIP Presentándome respeto, expongo y pido: ante su autoridad con el debido Señora Juez, emitido como se encuentra el Auto de ejecutoria de Resoluciones ampliatorias de deuda de lecha 16 de enero de 2024 cursante a fs.334 de actuados; en el caso específico podemos establecer que la presente causa cuenta con el respectivo juramento de desconocimiento de domicilio conforme se desprende de fs. 114 de actuados, y SE VIENE NOTIFICANDO MEDIANTE EDICTOS; en tal sentido y con el único fin de dar prosecución a la presente causa de conformidad con el Art. 77 del Código Procesal del Trabajo que señala: “Cuando no se conozca el domicilio o el paradero del demandado, la notificación podrá practicarse mediante edicto publicado por una sola vez en la prensa.” Pido su autoridad disponga que la notificación POR UNA SOLA VEZ con el Auto de ejecutoria de la Resoluciones ampliatoria de deuda de fecha 16 de enero de 2024 cursante a fs.334-334 vla. De actuados así como demás actuados pertinentes se la realicen mediante edictos de ley a publicarse en el sistema HERMES conforme el Instructivo I-LAPP-TSJ-CM No. 002/2020 de fecha 03 de Noviembre de 2020 emitido por el Tribunal Supremo de Justicia, sea con las formalidades de ley. OTROSI 1.- Señora Juez, a efectos que en derecho pueda valer, hago conocer el co-patrocinio dentro del presente proceso de los Abogados Wilson Iván Blanco Cabezas con Mat. RPA 4882616WIBC y (Milena Paola Calderon Escalante con Mat RPA 4807663MPCE), pidiendo a su autoridad tenga presente dicho aspecto y autorice a los mismos para fines consiguientes de ley. OTROSI 2.- Toda vez que los abogados que patrocinan el presente proceso son funcionarios de FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DEPENSIONES, se eximen de cobro de honorarios profesionales: pidiendo a su autoridad se tenga presente dicho aspecto. OTROSI 3.- En aplicación de lo previsto por el Art. 129 de la Ley del Organo Judicial No. 025, solicito a su autoridad disponga que por el personal de secretaria de juzgado se nos extienda fotocopias simples de todo lo obrado, sea con la inserción del presente escrito y su providencia, con las formalidades de rigor. OTROSI 4. Señalo domicilio procesal en la Avenida 6 de Agosto Nro. 2624 Edif.: Centro Empresarial K2 de la Zona Sopocachi de esta ciudad. OTROSI 5 (MEDIOS DIGITALES). Para fines de NOTIFICACIÓN DIGITAL señalamos las vías de comunicación del abogado patrocinarte: W. Ivan Blanco Cabezas como correo electrónico institucional: wblanco@afp-futuro.com y número de Celular 75276306: pidiendo a su autoridad se tengan por admitidos los datos proporcionados a tener presente por la Oficial de diligencias de su juzgado. LEGI La Paz, 09 de abril de 2024. FIRMA Y SELLA: KHATERINE STEPHANIE ALIAGA LINARES. ABOGADA. FIRMA Y SELLA: MILENA PAOLA CALDERON ESCALANTE. ABOGADA. R.P.A. 4807663. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AL DECRETO DE FS. 337 DE OBRADOS. ------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&La Paz, 29 de abril de 2024. En atención a lo solicitado y siendo que las resoluciones ampliatorias ?a fueron notificadas por edictos quedando pendiente la notificación con el Auto de Ejecutoria de Fs. 334 de obrados, por Secretaria de Juzgado notifíquese mediante EDICTO y por medio del sistema HERMES con Fs. 334 de obrados, el memorial que antecede y el presente decreto, previa coordinación de partes. AL OTROSÍ 1.- Se tiene presente y por anunciado el copatrocinio legal de los Profesionales Abogados WILSON IVÁN BLANCO CABEZAS Y MILENA PAOLA CALDERÓN ESCALANTE, con quien se entenderá también ulteriores diligencias del proceso. AL OTROSÍ 2.- Se tiene presente. AL OTROSÍ 3.- Franquéese lo solicitado. AL OTROSÍ 4 y 5.- Por señalado el domicilio procesal y procesal virtual. FIRMA Y SELLA: MERY DELMA TOLEDO MOLLINEDO, JUEZA DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º DE LA CAPITAL. LA PAZ – BOLIVIA. FIRMA Y SELLA: ANTE MI: AMALIA CALLE HUAYNOCA, SECRETARIA, JUZGADO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2º DE LA CAPITAL, LA PAZ – BOLIVIA. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA PAZ, EL DÍA SEIS DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS. ----------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


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