EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER CUARTO DE LA CAPITAL


E D I C T O NOTIFICACION MEDIANTE EDICTO JUDICIAL ART. 165 C.P.P. – LEY N° 1173 HACE SABER A: MEY CAMILA QUISPE QUISPE CON C.I. 8801493 QUE SE NOTIFICA CON EL INICIO DE INVESTIGACIONES, EL MEMORIAL DE FECHA 20 DE MAYO DE 2024 Y SU DECRETO DE FECHA 21 DE MAYO DE 2024, COMO A CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBE: QUE DENTRO DEL PROCESO PENAL SEGUIDO POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN CONTRA DE MEY CAMILA QUISPE QUISPE, POR EL SUPUESTO DELITO DE ESTAFA con CUD. 201103042401234; SE HA DISPUESTO LO QUE A CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBE. ------------------- INICIO DE INVESTIGACIONES DE FECHA 04 DE ABRIL DE 2024--------------- SEÑOR JUEZ JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL CAUTELAR 4 DE LA CIUDAD DE LA PAZ. ---------------------------------------------------------------------------- I. INFORMA INICIO DE INVESTIGACION----------------------------------------------OTROSI SEÑALADO DOMICILIO-------------------------------------------------------- ABOGADO, CARLOS RENAN CORTEZ CALLIZAYA: Fiscal de materia adscrito a la unidad de análisis criminal de conformidad a las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica del Ministerio Publico y el código de procedimiento penal, ante las consideraciones de conforme establece el con respeto expongo y pido:------- Conforme establece el Código De Procedimiento Penal, respecto al control jurisdiccional que vuestra autoridad debe ejercer durante la fase investigación, y en cumplimiento a las numerosas sentencias constitucionales emitidas por el tribunal constitucional el suscrito Fiscal de Materia INFORMA a su autoridad que en base a los artículos 21,279,289,293,297, de la Ley Nº1970 y 12 y 40 de la Ley Orgánica del Ministerio Publico Ley 260, el inicio de la investigación preliminar siguiente:----------------------------------------------------------------------- CASO:201103042401234-----------------------------------------------------------------DENUNCIANTE Y VICTIMA (S): KARIM JENNIFER IPORRE AVILES----------DENUNCIADO (S): MEY CAMILA QUISPE QUISPE-------------------------------DELITO (S): ESTAFA, ART.335 DEL CP--------------------------------------------INVESTIGADOR: POR ASIGNAR ----------------------------------------------------OTROSI.- SEÑALO DOMICILIO, EN LA CALLE POTOSI NO 944 PISO 1 DE LA CIUDAD DE LA PAZ------------------------------------------------------------------------LA PAZ 04 DE ABRIL DE 2024------------------------------------------------------FIRMA: ABOGADO CARLOS RENAN CORTEZ CALLIZAYA FISCAL DE MATERIA ADSCRITO A LA UNIDAD DE ANALISIS CRIMINAL----------------------------------- MEMORIAL DE FECHA 20/05//2024.--------------------------------------------- SEÑOR JUEZ DE INSTRUCCIÓN PENAL ANTICORRUPCION Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS LA PAZ MUJERES 4° DE LA CIUDAD DE LA PAZ ------------------------------CUD: 201103042401234---------------------------------------------------------------------------SOLICITA NOTIFICACION MEDIANTE EDICTO OTROSIES. SU CONTENIDO.------------ ABOG. ISRAEL ANGEL ZAPANA MENDOZA Fiscal de Materia asignado a la Fiscalía Especializada en delitos Patrimoniales de la Fiscal Departamental de La Paz, dentro del caso seguido por el Ministerio Pública a instancias de KARIM JENNIFER IPORRE AVILES contra MEY CAMILA QUISPE QUISPE, por el presunto delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el Art. 335 del Código Penal, presentándome con el debida respeto, conforme a los datos del cuaderno se solicita practique notificación por edicto a la denunciada de acuerdo a los alcances del Art. 165 del Código de Procedimiento Penal en base a los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:----------------------- ANTECEDENTES DEL HECHO INVESTIGADO: ------------------------------------------------ La denunciante refiere que en fecha 3 de abril de 2024 a horas 11:36 am. Le escribieron del celular de su colega Fredy Arnulfo Rodríguez Villareal indicándole que le podría vender dólares, ante la necesidad que la denunciante tuvo accedió a comprar estos dólares realizando 4 transferencias interbancarias haciendo la suma total de Bs. 35.550 a la cuenta No. 20151478647314 a nombre de MEY CAMILA QUISPE QUISPE, después le volvieron a pedir más dinero lo cual le pareció extraño a la denunciante por lo que procedió a llamar a su colega Fredy Rodríguez quien le confirmo que le habrían hackeado su cuenta de WhatsApp, estableciéndose así que la ahora denunciada Mey Camila Quispe Quispe se habría beneficiado indebidamente en detrimento del patrimonio de la víctima denunciante. ----------------------------------------------------------- De acuerdo al cuaderno de investigaciones se tiene la emisión de Orden de Citación de fecha 08 de abril de 2024 y mediante Informe del asignado al Caso Sgto, My. Teofilo Poma Calltzaya de fecha de fecha 09 de mayo de 2024, se ha informado que sobre el domicilio de la denunciada Mey Camila Quispe Quispe no se cuenta con domicilios con numeraciones específicas para que el mismo pueda notificar de forma personal o mediante cedulón en sus domicilios reales a la denunciada, siendo que de la información recibida por SEGIP señala que la denunciada tiene domicilio registrado en Carreras Pampa Sipe Sipe, Localidad: Sipe Sipe, Provincia: Quillacollo, Departamento Cochabamba y de la información de la Certificación de SERECI se indica que la denunciada tendria su domicilio electoral en Matenda Proja Av. A. Patiño, Localidad de Vinto del Departamento de Cochabamba; por lo que, se establece que la denunciada no tiene un domicilio conocido y por tanto se desconoce el paradero de la misma, razón por la cual, el Investigador asignado al caso sugiere que la DENUNCIADA MEY CAMILA QUISPE QUISPE con C.L 8801493 sea notificada mediante Edictos a fin de que la misma asuma conocimiento del presente caso y comparezca ante la Autoridad Fiscal para asumir su defensa y prestar su declaración informativa. ------------------------------------- Señor Juez, por todo lo expuesto y conforme a lo previsto por el Artículo 165. (Notificación por Edictos). Cuando la persona que deba ser notificada no tenga domicilio conocido o se ignore su paradero, será notificada mediante edicto, el cual contendrá: --1. Los nombres y apellidos completos del notificado; ------------------------------------------ 2. El nombre de la autoridad que notifica, sede y la Identificación del proceso; ---------- 3. La resolución notificada y la advertencia correspondiente; -------------------------------- 4. El lugar y fecha en que se expide; y, 5. La firma de la secretaria o el secretario.------- Los edictos serán publicados, sin ningún costo para las partes, a través del sistema informático de gestión de causas, en el portal electrónico de notificaciones del Tribunal Supremo de Justicia y del Ministerio Público, en cuyo caso se mantendrán de manera permanente hasta que el interesado solicite su baja. ------------------------------------------ En el edicto se emplazará al imputado para que comparezca a asumir su defensa, dentro del plazo de diez (10) días computables a partir de la publicación en el portal electrónico de notificaciones, con la advertencia de ser declarado rebelde. En todos los casos deberá quedar constancia en el proceso de la difusión ------------------------------------------------- En este sentido, el suscrito representante del Ministerio Público solicita a su Autoridad la notificación mediante Edicto de MEY CAMILA QUISPE OLISPE con C.L. 8801 493 a efectos de que la nombrada en el presente caso con CUD 201103042401234 asuma defensa precautelando sus derechos y garantias constitucionales y al mismo tiempo dar celeridad al presente caso de acuerdo a los plazos que la ley establece, a fin de que comparezca al despacho del suscrito fiscal de Materia ubicado en la calle Potosi No. 944 Edificio de la Fiscalia Departamental de La Paz, tercer piso acompañado de su abogado defensor en el plazo de diez dias computables a partir de su publicación del presente requerimiento en el portal electrónico de notificaciones del Tribunal Supremo de Justicia, bajo alternativa que sea declarado rebelde por su Autoridad, conforme previene el Art. 165 del Código de Procedimiento Penal modificado por la Ley 1173 a cuyo efecto se emita Resolución Fundamentada de Edicto para su correspondiente. Publicación. -- OTROSI. A tal efecto adjunto copia de SERECI, SEGIP, Informe del Investigador asignado al caso, y el edicto publicado en el Portal Electrónico de Notificaciones del OTROSÍ 2.- Señalo domicilio ubicado en la calle Potosi N?944, piso 3 Fiscalia Especializada en Delitos Patrimoniales de la Fiscalia Departamental de La Paz; Celular: 72506311, Ciudadanía Digital: 6765535. ------------------------------------------------------- La Paz, 17 de mayo de 2024. ---------------------------------------------------------------------- FIRMA Y SELLA: ABG. ISRAEL ÁNGEL ZAPANA MENDOZA. -------------------------------- FISCAL DE MATERIA - FISCALIA DEPARTAMENTAL DE LA PAZ ------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& DECRETO DE FECHA 21 DE MAYO DE 2024.-------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& CUD: CUD: 201103042401234 -------------------------------------------------------------------La Paz 21 de mayo 2024. En atención al Requerimiento que antecede, habiéndose adjuntado certificación de SEGIP y el informe del investigador asignado al presente caso, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 165 del Código de Procedimiento Penal, modificado por el Art. 9 de la Ley 1173, notifíquese mediante EDICTO JUDICIAL a la parte DENUNCIADA: MEY CAMILA QUISPE QUISPE con C.I. 8801493, sea con el Inicio de Investigaciones, con el presente memorial y su respectivo decreto, así como demás actuados pertinentes, A EFECTOS DE QUE PRESTE SU DECLARACIÓN INFORMATIVA, debiendo comparecer ante el Despacho Fiscal ubicado en la calle Potosí No. 944 Edificio de la Fiscalía Departamental de La Paz, tercer piso, acompañado de su abogado de confianza y asuma defensa dentro de la presente causa, debiendo el mismo presentarse ante el Fiscal Asignado al presente caso, conforme a las previsiones del Art. 92 y Sgtes., del Código de Procedimiento Penal, debiendo presentarse en el plazo de DIEZ (10) DÍAS ante el Ministerio Público, con la advertencia de ser Declarado rebelde en caso de inasistencia. ----- A tal efecto por el Secretario Abogado de este Despacho Judicial, publíquese el EDICTO JUDICIAL en la Página Web del Órgano Judicial, conforme al Instructivo TDJ-SJ-OF. N° 20/2019 de fecha 04 de septiembre de 2019, emitida por Presidencia. ---------------- AL OTROSÍ.- Por adjuntado. ---------------------------------------------------------------- AL OTROSÍ 2.- Por señalado. ---------------------------------------------------------------- FIRMA Y SELLA: Dra. Ximena palacios Fernández.------------------------------------- JUEZ DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL ANTICORRUPCION Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES 4 ------------------------------------------ FIRMA Y SELLA: Dr. JHONI RONALD POMA INTIMAYTA – SECRETARIO DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL ANTICORRUPCION Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES 4 ------------------------------------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& El presente Edicto de Ley es librado en la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de junio de dos mil veinticuatro años (05/06/2024).


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