EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO DE PARTIDO TERCERO EN MATERIA TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA CAPITAL


E D I C T O ********************************************************************* LA DRA. LIZZETH ROSS ROCABADO JUEZA DE PARTIDO DE TRABAJO SEGURIDAD SOCIAL TERCERO DE LA CIUDAD DE LA PAZ, DENTRO DEL PROCESO COACTIVO SOCIAL SEGUIDO POR CAJA PETROLERA DE SALUD DEPARTAMENTAL LA PAZ CONTRA JUAN FRANCISCO ÁVILA VALENCIA DENTRO LA PRESENTE CAUSA SE TRANSCRIBE LOS SIGUIENTES ACTUADOS DE LEY PARA EFECTO DE SU CITACION Y LEGAL NOTIFICACIÓN A JUAN FRANCISCO ÁVILA VALENCIA, CUYO TENOR ES COMO A CONTINUACIÓN SIGUE. ------------------------------ ******************************************************************************** NOTA DE CARGO CURSANTE A FS. 10 DE OBRADOS ----------------------------- CAJA PETROLERA DE SALUD DEPARTAMENTAL DE LA PAZ CONTROL DE SEGURO --------------------------------------------------------------------------------------------EMITIDO POR LA UNIDAD DE COTIZACION DE LA PAZ ---------------------------NOTA DE CARGO N° 004054 -------------------------------------------------------------FOR CEN -002 ---- COTD-NC-107/2015 ---------------------------------------------------- N° NOTA ---- 7-DIC-15 ------------------------------------------------------------------------- FECHA ----260-1-1914 -------------------------------------------------------------------------- N° PATRONAL ---------------------------------------------------------------------------------- GIRADA CONTRA REPRESENTANTE LEGAL JUAN FRANCISCO AVILA VALENCIA CON C.I. 3334818 L.P.--------------------------------------------------------- DOMICILIO ACTUAL ZONA 4TO CENTENARIO AV. COSTANERA ----------TELEF. 2253041 --------------------------------------------------------------------------------- POR LOS SIGUIENTES CONCEPTOS ---------------------------------------------------- DETALLE ---- PARCIALES ---- TOTALES ---------------------------------------------- NOTA DE CARGO QUE SE GIRA EN CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 222 DEL CÓDIGO DE SEGURIDAD SOCIAL ART. 64 DEL D.L. 13214 Y D.S. 25714 NOTA DE AVISO COTD-NA-1399/2015 DE FECHA 16/09/2015 ------------------------------------------------------------------------------ APORTES DEVENGADOS JULIO/2015 LA PAZ ---- 250.96 ------------------------- RECARGOS DE LEY ---- 2.64 -------------------------------------------------------------- INTERESES S/G D.S. 25714 ---- 2.77 ------------------------------------------------------ MULTAS INTERESES ---- 7.53 ------------------------------------------------------------- GASTOS JUDICALES 3% ----------------------------------------------------------------- TOTAL Bs. 263.90 --------------------------------------------------------------------------- SON: DOSCIENTOS SESENTA Y TRES 90/100 BOLIVIANOS --------------------- FIRMA Y SELLA ---- DORIS ARISPE TARJURI ---- RESPONSABLE DE COTIZACION ----CAJA PETROLERA DE SALUD ---- DEPARTAMENTAL LA PAZ ---- FIRMA Y SELLA ---- LIC. WALDO FRANZ HERRERA TRIGO ---- JEFE DEPTAL ADMINISTRATIVO FINANCIERO A.I. C.P.S.-LA PAZ ---- FIRMA Y SELLA ---- DRA. DINA SILVIA ZAPANA LAURA ---- ADMINISTRADORA DEPARTAMENTAL ---- C.P.S. – LA PAZ ------------------- NOTA DE CARGO CURSANTE A FS. 10 DE OBRADOS ---------------------------- CAJA PETROLERA DE SALUD DEPARTAMENTAL DE LA PAZ CONTROL DE SEGURO --------------------------------------------------------------------------------------------EMITIDO POR LA UNIDAD DE COTIZACION DE LA PAZ ---------------------------NOTA DE CARGO 003712 ---------------------------------------------------------------------FOR CEN -002 ---- COTD-NC-121/2015 ---------------------------------------------------- N° NOTA ---- 18-DIC-15 ------------------------------------------------------------------------- FECHA ----260-1-1914 -------------------------------------------------------------------------- N° PATRONAL ---------------------------------------------------------------------------------- GIRADA CONTRA REPRESENTANTE LEGAL JUAN FRANCISCO AVILA VALENCIA CON C.I. 3334818 L.P.------------ DOMICILIO ACTUAL ZONA 4TO CENTENARIO AV. COSTANERA ----------TELEF. 260-1-1914 -------------------------- POR LOS SIGUIENTES CONCEPTOS ---------------------------------------------------- DETALLE ---- PARCIALES ---- TOTALES ---------------------------------------------- NOTA DE CARGO QUE SE GIRA EN CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 222 DEL CÓDIGO DE SEGURIDAD SOCIAL ART. 64 DEL D.L. 13214 Y D.S. 25714 NOTA DE AVISO COTD-NA-1633/2015 DE FECHA 20/10/2015 ------------------------------------------------------------------------------ APORTES DEVENGADOS AGOSTO/2015 LA PAZ ---- 251.10 ------------------------ RECARGOS DE LEY ---- 2.87 -------------------------------------------------------------- INTERESES S/G D.S. 25714 ---- 2.80 ------------------------------------------------------ MULTAS INTERESES ---- 7.53 ------------------------------------------------------------- GASTOS JUDICALES 3% ----------------------------------------------------------------- TOTAL Bs. 264.30 --------------------------------------------------------------------------- SON: DOSCIENTOS SESENTA Y TRES 30/100 BOLIVIANOS --------------------- FIRMA Y SELLA ---- DORIS ARISPE TARJURI ---- RESPONSABLE DE COTIZACION ----CAJA PETROLERA DE SALUD ---- DEPARTAMENTAL LA PAZ ---- FIRMA Y SELLA ---- LIC. WALDO FRANZ HERRERA TRIGO ---- JEFE DEPTAL ADMINISTRATIVO FINANCIERO A.I. C.P.S.-LA PAZ ---- FIRMA Y SELLA ---- DRA. DINA SILVIA ZAPANA LAURA ---- ADMINISTRADORA DEPARTAMENTAL ---- C.P.S. – LA PAZ --------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL CURSANTE A FS. 11-11 VLTA. DE OBRADOS ----------------------- SEÑOR JUEZ DE TRABAJO Y SEGURlDAD SOCIAL DE TURNO DE LA PAZ APERSONANDOSE INTERPONE DEMANDA COACTIVA SOCIAL OTROSIES. - SU CONTENIDO. ---- CAJA PETROLERA DE SALUD DEPARTAMENTAL LA PAZ, representada legalmente por la Dra. ARMINDA TOHOLA BRAÑEZ, con CI. N° 3371980 LP, mayor de edad y hábil a los efectos legales, de profesión abogado, con domicilio legal en la calle Obispo Cárdenas N° 1415 de la ciudad de La Paz, ante su autoridad con el debido respeto me presento, expongo y pido. ---- Mediante Fotocopia Legalizada de Poder Nro. P-686/2015 de 24 de Septiembre de 2015 otorgado a mi favor por la Dra. DINA SILVIA ZAPANA LAURA EN CALIDAD DE ADMINISTRADORA DEPARTAMENTAL DE LA CAJA PETROLERA DE SALUD DE LA PAZ por lo que tengo a bien adjuntar el mismo, acreditando mi personería legal, solicitando se entienda conmigo ulteriores actuados dentro del presente proceso. ---- Señor Juez conforme a la Nota de Cargo girada por la Unidad de Cotizaciones de nuestra institución se establece que empresa JUAN FRANCISCO AVILA VALENCIA con Número Patronal 260-1-1914, adeuda a esta institución conforme: Nro –--Nro Nota –--- Nro Cite ---- Fecha ---- Periodo ---- Parcial ---- 1 ----4054 ----COTD-NC-107/2015 ---- 07-DIC-15 ---- JUL–15 ---- 263,90 ----2 ---- 3712 ---- COTD-NC-121/2015 ---- 18-DIC-15 ----AGO-15 ----264,30 ---- TOTAL ---- 528,02 ---- Haciendo un total de Bs. 528.02- (QUINIENTOS VEINTIOCHO 02/100 BOLIVIANOS), por concepto de Aportes Devengados por los periodos de Julio y Agosto de 2015, más intereses, multas, gastos judiciales y otros recargos que deberán ser actualizados al día del pago de la deuda. ---- Por lo expuesto, de conformidad al Art. 223 del Código de Seguridad social de 14 de diciembre de 1956 modificado por el Art. 32 del D.L. No. 10173 de 28 de Marzo de 1972 Art. 64 del D.L. 13214 y demás disposiciones legales conexas DEMANDO E INICIO PROCESO COACTIVO SOCIAL contra la empresa JUAN FRANCISCO AVILA VALENCIA representada legalmente por el Sr. Juan Francisco Avila Valencia con con Cl No. 3334818 LP. con domicilio en la avenida Costanera Zona 4to Centenario de esta Ciudad, solicitando a su autoridad se sirva dictar el correspondiente AUTO DE SOLVENDO disponiendo que la entidad coactivada dé y pague a la CAJA PETROLERA DE SALUD DEPARTAMENTAL LA PAZ la suma adeudada y sea dentro de tercer día de su legal citación y emplazamiento los aportes devengados, multas, intereses, gastos judiciales y otros que serán actualizados al día del pago de la deuda bajo apercibimiento de apremio y costas, de no cumplir lo señalado imprimir el trámite correspondiente hasta llegar al trance y remate de los bienes embargables que la empresa Coactivada pudiera tener para poder hacer efectivo el pago del monto adeudado. ---- OTROSI 1ro. - Adjunto en calidad de prueba Pre-constituida la Nota de Cargo COTD-NC107/2015 de 07/12/2015. Y COTD-NC-121/2015 de 18/12/2015. ---- OTROSI 2do.- En estricto cumplimiento del Art 32 inc. a) del D.L. N° 10173 y con la finalidad de garantizar el cumplimiento de la obligación demandada en calidad de medida precautoria de conformidad a lo previsto por el Art. 100, 101 ,252 del Código Procesal del Trabajo y Art. 169 del Código de Procedimiento Civil solicito a su autoridad ordenar: ---- 1) Se expida el correspondiente mandamiento de embargo preventivo sobre los bienes de la empresa coactivada hasta cubrir el monto total de lo adeudado. ---- 2) Se oficie a Derechos Reales de La Paz, Organismo Operativo de Transito de La Paz y/o Cooperativa de Teléfonos Automáticos La Paz COTEL a objeto que informen, sobre la existencia de bienes inmuebles, vehículos y/o líneas telefónicas registrados a nombre de la coactivada. ---- 3) Se oficie a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero — ASFI, a objeto de proceder a la Retención de Fondos de las cuentas que pudiera tener en el Sistema Bancario la empresa coactivada y sea hasta cubrir el monto adeudado. ---- OTROSI 3ro.- Señalo domicilio procesal en la calle Obispo Cárdenas No. 1415 de esta ciudad, Edif. Caja Petrolera de Salud Deptal La Paz, Piso 5, Of. 501. ---- Será Justicia... ---- La Paz, 31 de Diciembre de 2015. ------------------------------------------------------------------------- FIRMA Y SELLA ---DRA. ARMINDA TAHOLA BRAÑEZ ---- JEFA DEPARTAMENTAL ---- ASESORIA LEGAL C.P.S. LA PAZ a.i. ---- M.C.A. 004795 ---- Y APODERADA ---------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& RESOLUCION CURSANTE A FS. 13 DE OBRADOS --------------------------------- RESOLUCION Nro. 02/2016 ---- JUZGADO TERCERO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DENTRO DEL PROCESO COACTIVO SOCIAL SEGUIDO POR CAJA PETROLERA DE SALUD DEPARTAMENTAL LA PAZ CONTRA JUAN FRANCISCO AVILA VALENCIA ---- AUTO DE SOLVENDO ---- A, 12 de Enero de 2016 ---- En merito a la fotocopia legalizada de la RESOLUCION SUPREMA No. 10164 de fecha 11 de Julio de 2013 y RESOLUCION SUPREMA No. 10405 de fecha 19 de julio de 2013, de Fs. l a 2 se tiene por apersonado a ARMINDA TOHOLA BRAÑEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL DE LA CAJA PETROLERA DE SALUD DEPARTAMENTAL LA PAZ., debiendo entenderse con el mismo ulteriores diligencias del proceso. ---- VISTOS: La competencia del juzgado, la personería de las partes, el plazo vencido, la exigibilidad, la liquidez, la fuerza coactiva de la NOTA DE CARGO Nro. 004054 de fecha 07 de Diciembre de 2015 cursante a Fs. 9 de obrados, y lo dispuesto por el Art. 32 de D. L. 10173 de 28 de marzo de 1972 y demás disposiciones concordantes en la materia cítese al Sra. JUAN FRANCISCO AVILA VALENCIA, en calidad de representante legal de JUAN FRANCISCO AVILA VALENCIA, para que al tercer día de su legal notificación con el presente auto de solvendo, pague a la LA CAJA PETROLERA DE SALUD DEPARTAMENTAL LA PAZ., suma de Bs. 263.90 (DOSCIENTOS SESENTA Y TRES 90/100 BOLIVIANOS), por concepto de aportes devengados, intereses, multas y gastos judiciales, bajo alternativa de ley. ---- AL OTROSI 1ro. - Se tiene por adjuntado ---- AL OTROSI 2do.- 1) en su oportunidad, 2) y 3) a objeto que informen ofíciese a los fines solicitados. ---- AL OTROSI 3ro. - Por señalado. ---- “TOMESE RAZON Y REGISTRESE” ----------------------------------------------------------------------------------- FIRMA Y SELLA LEIDA B. SANABRIA SORIA ---- JUEZ 6to DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL ---- LA PAZ – BOLIVIA ---- EN SUPLRNCIA LEGAL ----ANTE MI: ---- MODESTO LUQUE MAMANI ---- SECRETARIO – ABOGADO – JUZGADO 3RO DE TRBAJO Y SEGURIDAD SOCIAL ---- LA PAZ – BOLIVIA --- PRESENTA RESOLUCION SE REGISTRO EN LIBRO DE TOMS DE RAZON ---- LA PAZ 12 DE 01 DE 2016 ----------------------------------------------------------------- FIRMA Y SELLA ANTE MI: ---- MODESTO LUQUE MAMANI ---- SECRETARIO – ABOGADO – JUZGADO 3RO DE TRBAJO Y SEGURIDAD SOCIAL ---- LA PAZ – BOLIVIA ----------------------------------------------------------------------------------------- COTD-NC-19/2014 ---- SEÑORA JUEZ TERCERO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL ---- SOLICITA COMPLEMENTACION Y ENMIENDA DE LA RESOLUCION QUE INDICA ---- OTROSI. - SEÑALA DOMICILIO DE LA EMPRESA COACTIVADA. ---- CAJA PETROLERA DE SALUD DEPARTAMENTAL LA PAZ, representada legalmente por Emilio Tancara Mamani, dentro del proceso COACTIVO SOCIAL seguido contra JUAN FRANCISCO AVILA VALENCIA ante su autoridad con respeto expongo y pido: ---- Señora Juez, subsanando lo observado por su autoridad, amparado en la previsión contenida en el Art. 226 del Código Procesal Civil con respeto solicito la complementación y enmienda de la Resolución N° 02/2016 toda vez que se ha consignado como suma demandada Bs. 263,90 cuando el monto total es de Bs. 528,02 por los periodos julio y agosto de 2015. Otrosí. - Asimismo a fin de evitar futuras nulidades del proceso me permito señalar con precisión el domicilio del coactivado Av. Costanera N° 202, zona 4to. Centenario Cruce Villa Armonía, camino Alto Obrajes solicitando se tenga presente por la Srta. Oficial de diligencias. ---- Será Justicia ---- La Paz, 14 de septiembre de 2016 ----------------------- FIRMA Y SELLA ---- EMILIO TANCARA M. ---- DEPTAL ASESORIA LEGAL A.I. ---- C.P.S. DEPTAL LA PAZ ---- A. 006552 NIT: 2340065015 ------------------- AUTO CURSANTE A FS. 24 DE OBRADOS ---------------------------------------------- JDO 3RO. DE T. Y S.S. ---- AUTO NRO. 374/2016 ---- C.P.S. C/ AVILA ---- La Paz, 22 de septiembre de 2016 ---- VISTOS.- En atención al memorial que antecede: de la revisión de los datos del proceso se evidencia que en el Auto de Solvendo de fs. 13 se omitió el pronunciamiento a la Nota de cargo No. 003712 y erróneamente se consignó un monto distinto al demandado: consiguientemente se enmienda y complementa la Resolución Nro. 02/2016 Auto de Solvendo de fecha 12 de enero de 2016, cursante a fs. 13 de obrados, siendo lo correcto: ---- 1. La competencia del Juzgado, la personería de las partes, la liquidez, la exigibilidad y fuerza coactiva de ra Nota de cargo NO 004054 de fecha 07 de diciembre de 2015 cursante a fs. 9 de obrados por fa suma de Bs. 263,90 (DOSCIENTOS SESENTA Y TRES 90/100 BOLMANOS), por concepto de aportes devengados, más intereses multas y gastos judiciales; asimismo observada la liquidez, la exigibilidad y fuerza coactiva de la Nota de cargo N° 003712 de fecha 18 de diciembre de 2015 cursante a fs. 10 de obrados por la suma de Bs. 264,30 (DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO 30/100 BOLIVIANOS), por concepto de aportes devengados, más intereses multas y gastos judiciales, conforme lo dispuesto por el Art. 32 del DL. N° 10173 de 28 de marzo de 1972 y demás disposiciones legales aplicables a la materia, cítese a JUAN FRANCISCO AVILA con C.I. N° 3334818 LP., para que dentro del tercer día de y pague el monto total de Bs. 528,20 (QUINIENTOS VEINTIOCHO 20/100 BOLIVIANOS). ---- Quedando en lo demás firme y subsistente ta Resolución Nro. 02/2016 Auto de Solvendo, con las formalidades de ley. AL OTROSI. - Téngase presente el domicilio de la parte coactivada, debiendo tenerse presente por la Oficial de Diligencias a efectos de futuras notificaciones. ----REGÍSTRESE. ------------------------------------------------------------------------------------- FIRMA Y SELLA ---- ABGDA. LIZZETH ROSS ROCABADO ---- JUEZA DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 3º CAPITAL ---- LA PAZ - BOLIVIA ---- FIRMA Y SELLA ANTE MI: ---- MODESTO LUQUE MAMANI ---- SECRETARIO – ABOGADO – JUZGADO 3RO DE TRBAJO Y SEGURIDAD SOCIAL ---- LA PAZ – BOLIVIA -------------------------------------------------------------- MEMORIAL CURSANTE A FS. 56 DE OBRADOS ------------------------------------- COTD ---- SEÑORA JUEZ TERCERO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL ---- NUREJ N° 201600265 ---- Solicita citación por edicto ---- CAJA PETROLERA DE SALUD DEPARTAMENTAL LA PAZ, representada legalmente por Yola E. Méndez Sossa, dentro del Proceso Coactivo Social seguido contra Juan Francisco Ávila Valencia ante su autoridad con respeto pido: ---- Señora Juez, conforme se desprende del informe emitido por la Srta. Oficial de Diligencias respecto a la notificación a la parte coactivada, se tiene que no pudo ser efectuada debido a que no encontró la numeración del domicilio señalado, por otra parte este ente gestor desconoce el actual domicilio de Juan Francisco Ávila Valencia, en ese sentido a fin de continuar el desarrollo del proceso con todo respeto solicito ordene notificación mediante edicto, para cuyo efecto su autoridad se servirá señalar día y hora de audiencia para prestar el correspondiente juramento de ley. ---- Será Justicia ---- La Paz, 24 de noviembre de 2023 ---- WhatsApp: 71584382 ---- Correo: yolamendezsossa@hotmail.com ------------ FIRMA Y SELLA ---- DRA. YOLA MENDEZ SOSSA ---- ASESORA LEGAL ---- ABOGADO UMSA ---- C.P.S. DEPARTAMENTAL LA PAZ ---- R.P.A. N° 1809567 YEMS ----------------------------------------------------------------------------------------------- DECRETO CURSANTE A FS. 57 DE OBRADOS --------------------------------------- La Paz, 30 de noviembre de 2023 ---- Mediante el sistema HERMES elabórese por Secretaría el edicto solicitado con todas las piezas pertinentes, sea previo juramento de desconocimiento de domicilio, para lo cual el impetrante deberá apersonarse a este Despacho Judicial cualquier día hábil. ---------------------------------------------------------- FIRMA Y SELLA ---- ABGDA. LIZZETH ROSS ROCABADO ---- JUEZA DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 3º CAPITAL ---- LA PAZ - BOLIVIA ---- FIRMA Y SELLA ---- ANTE MI ---- NADIR PEREZ OROZCO ---- SECRETARIA ABOGADA DEL JUZGADO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 3º ---- LA PAZ – BOLIVIA ---------------------------------------- MEMORIAL CURSANTE A FS. 60 DE OBRADOS ------------------------------------- COTD–NC-19/2014 ---- SEÑORA JUEZ TERCERO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL ---- NUREJ NO 201600265 ---- Solicita emisión de edicto para el fin que indica. ---- CAJA PETROLERA DE SALUD DEPARTAMENTAL LA PAZ, representada legalmente por Yola E. Méndez Sossa, dentro del Proceso Coactivo Social seguido contra Juan Francisco Ávila Valencia ante su autoridad con respeto pido: ---- Señora Juez, conforme cursa en antecedentes del proceso se ha prestado el juramento de ley correspondiente, por lo que con la finalidad de continuar la tramitación del presente proceso con todo respeto solicito a su autoridad ordene la emisión del edicto sea a efectos de notificar la demanda y auto de solvendo al coactivado Juan Francisco Ávila Valencia. ---- Será Justicia ---- La Paz, 18 de marzo de 2024 ---- WhatsApp: 71584382 ---- Correo: yolamendez903@gmail.com --------------------------- FIRMA Y SELLA ---- DRA. YOLA MENDEZ SOSSA ---- ASESORA LEGAL ---- ABOGADO UMSA ---- C.P.S. DEPARTAMENTL LA PAZ ---- R.P.A. N° 1809567 YEMS ----------------------------------------------------------------------------------------------- DECRETO CURSANTE A FS. 61 DE OBRADOS --------------------------------------- La Paz, 21 de Marzo de 2024 ---- Mediante el sistema HERMES elabórese por Secretaria el edicto solicitado con todas las piezas pertinentes. ----------------------------- FIRMA Y SELLA ---- ABGDA. LIZZETH ROSS ROCABADO ---- JUEZA DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 3º CAPITAL ---- LA PAZ - BOLIVIA ---- FIRMA Y SELLA ---- ANTE MI ---- NADIR PEREZ OROZCO ---- SECRETARIA ABOGADA DEL JUZGADO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 3º ---- LA PAZ – BOLIVIA ---------------------------------------- ***************************************************************** EL PRESENTE EDICTO, ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA PAZ A LOS CINCO DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL CUATRO AÑOS POR ORDEN DE LA SRA. JUEZ DE PARTIDO DE TRABAJO DE SEGURIDAD SOCIAL TERCERO DE LA CIUDAD DE LA PAZ. ------------------------------------- *******************************************************


Volver |  Reporte