EDICTO

Ciudad: ENTRE RÍOS

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL E INSTRUCCIÓN PENAL DE ENTRE RÍOS


EDICTO N° 35/2024 EL DR CRISTIAN ARANCIBIA QUISPE------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ JUEZ DEL JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL E INSTRUCCIÓN PENAL 1° DE ENTRE RIOS---------------------------------------------- Por el presente EDICTO a nombre de la ley, dentro del proceso de USUCAPION DECENAL que sigue VALERIO FERNANDEZ ALTAMIRANO en contra de PRESUNTOS PROPIETARIOS Y GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE ENTRE RIOS, tiene objeto hacer saber a: PRESUNTO PROPIETARIOS, con LA PARTE RESOLUTIVA DEL ACTA DE AUDIENCIA SUSPENDIDA DE FECHA 03 DE JUNIO DE 2024 JUEZ. - Se instala la presente AUDIENCIA PRELIMINAR dentro del proceso de USUCAPION que sigue el Sr. VALERIO FERNANDEZ ALTAMIRANO en contra de PRESUNTOS PROPIETARIOS y el GOBIERNO AUTOMO MUNICIPAL DE ENTRE RIOS a este efecto por secretaria sírvase informar si se cumplieron con las diligencias de rigor que se han cumplido previo a la presente audiencia y la presencia de las partes en la señalada audiencia presencial. SECRETARIA. - Con la palabra señora juez informar a su autoridad que para la presente audiencia no se encuentran debidamente notificadas todas las partes, encontrándose presentes en sala únicamente el demandante Sr. VALERIO FERNANDEZ ALTAMIRANO con su abogado el Dr. Renan Ávila, el Sr. William Rivera Benavidez con su abogado el Sr. Alberto Padilla, Ausente: el demandado Teodoro Suruguay en representación del GOBIERNO AUTOMO MUNICIPAL DE ENTRE RIOS, los colindantes el Sr Juan de la Cruz Fernández y el Sr. Carlos Figueroa, asimismo informar a su autoridad que cursa representación realizada por la Srta., oficial de diligencias en cuanto a la notificación a los colindantes el Sr Juan de la Cruz Fernández y el Sr. Carlos Figueroa, quienes no fueron notificados para la presente audiencia, no habiendo la parte demandante coordinado con la Srta. oficial de diligencias para la notificación de los mismos, es cuanto informo a su autoridad. JUEZ. - Se tiene presente lo informado por la secretaria de este despacho, estando ausente el demandado Gobierno Autónomo municipal de Entre Ríos habiendo sido notificado, no cursa notificaciones a los colindantes, previo a continuar con el desarrollo de la audiencia, tiene la palabra la parte demandante CON LA PALABRA EL ABOGADO DE LA PARTE DEMANDANTE DR RENAN AVILA, - Gracias Señor Juez, habiéndose notificado a las partes, no habiendo óbice para desarrollar la presente audiencia, como parte demandante nos vamos a ratificar en el tenor integro de la demanda JUEZ. – se evidencia la falta de notificación de los colindantes CON LA PALABRA EL ABOGADO DE LA PARTE DEMANDANTE DR RENAN AVILA, - Señor Juez, hemos quedado una fecha con la oficial de diligencias, no entiendo el motivo JUEZ. – El informe de representación de la oficial de diligencias indica que se ha coordinado una fecha, pero no se ha efectivizado la notificación. CON LA PALABRA EL ABOGADO DE LA PARTE DEMANDANTE DR RENAN AVILA, - No habiendo la notificación Sr. Juez, vamos a estar a lo que su autoridad disponga, sin embargo, tengo conocimiento que el demandante habría ido a notificar con la oficial de diligencias JUEZ. – a efectos de no vulnerar ningún derecho y continuar el proceso, por secretaria realice un informe complementario SECRETARIA. - Con la palabra señora juez informar a su autoridad que cursa representación de la Srta. oficial de diligencias en relación a la notificación a los colindantes con resolución de fecha 24 de mayo del año en curso, siendo esta el señalamiento de la presente audiencia, habiendo la misma dado fecha para realizar la notificación programada para el día 28 de mayo del año sin embargo el demandante no se hizo presente en secretaria para coadyubar con la notificación a la misma en relación a los colindantes. CON LA PALABRA EL ABOGADO DE LA PARTE DEMANDANTE DR RENAN AVILA, - No habiendo la notificación Sr. Juez, vamos a solicitar a su autoridad pueda señalar nueva fecha de audiencia JUEZ. – Se tiene presente lo manifestado por el abogado del demandante, por lo que ante la falta de notificación a los colindantes y a efectos de no vulnerar derechos de ninguna de las partes, vamos a diferir la presente audiencia preliminar dentro del proceso de usucapión tomando en cuenta la agenda de audiencias que se tiene en el juzgado para el día martes 25 de junio de 2024 a hrs. 15:00 p.m., quedan notificados todos los presentes en audiencia, notifíquese a los ausentes conforme a procedimiento Regístrese. - No habiendo nada más que tratar se suspende el presente acto procesal mismo que concluye a hrs 15:15 p.m. del día 03 de junio del año en curso Firmando en constancia de lo actuado el Sr. Juez y la secretaria en que certifica y el compareciente. Fdo. y Sdo. Dr. Cristian Arancibia Quispe.- Juez del Juzgado Público Civil y Comercial e Instrucción Penal 1° de Entre Ríos. Ante mi Fdo. Dra. Mayra S. Aranibar H. Secretaria del Juzgado Público Civil y Comercial e Instrucción Penal 1° de Entre Ríos.----------------------------------- Entre Ríos, 03 de junio de 2024. MAYRA S. ARANIBAR H. SECRETARIA DEL JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL E INSTRUCCIÓN PENAL 1° DE ENTRE RÍOS


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