EDICTO

Ciudad: ORURO

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA TERCERO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


EDICTO PARA: JOSE MARCOS MENDEZ MENDEZ LA DRA. ELIZABETT VARGAS ZAMBRANA JUEZ DEL JUZGADO DE SENTENCIA PENAL N°3 DE LA CAPITAL ORURO BOLIVIA POR CUANTO LA LEY LE FACULTA.------------ Por el presente edicto de Ley se notifica al Señor.- JOSE MARCOS MENDEZ MENDEZ, Conforme al art. 165 del Código de Procedimiento Penal, dentro del proceso penal por el delito de ABUSO SEXUAL seguido por el Ministerio Público en contra de LIMBER ISAEL CONDORI HUACAÑA, a cuyo efecto se transcríbelos siguientes actuados de Ley. ACTA DE FECHA 29 DE ABRIL DE 2024.- MINISTERIO PÚBLICO C/ LIMBER ISAEL CONDORI HUACAÑA NUREJ: 401503022300502 DELITO: ABUSO SEXUAL AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL LA AUDIENCIA SE INSTALO, EL DIA 29 DE MARZO DE 2024 AÑOS, A HORAS 14:30 P.M. Por secretaria se informó que se han cumplido con todas las formalidades de ley; en sala se encuentran los presentes: La Jueza y Secretario de este Despacho Judicial, asimismo se encuentra la representante del Ministerio Público (Reynilda Callejas Silvestre) la parte imputada Limber Isael Condori Huacaña acompañado de defensa pública ( Dr.Fernando Claros) Y NO SE ENCUENTRA la parte presunta victima JUEZA: Se tiene presente, en mérito al informe emitido por Secretaria, tiene la palabra la Fiscal de materia a objeto de que continúe con su desfile probatorio FISCAL DE MATERIA: Se convoque al testigo Lic. Luis Bernardo Aguilar Huanca DECLARACIÓN DEL TESTIGO LUIS BERNARDO AGUILAR HUANCA La Jueza convoco al testigo LUIS BERNARDO AGUILAR HUANCA a quien la jueza ejercito las advertencias de Ley correspondiente y le advirtió sus derechos y garantías constitucionales, el testigo se identificó como: LUIS BERNARDO AGUILAR HUANCA con CI. 5769366, nacido en Oruro – Cercado - Oruro el 15 de enero de 1988 estado civil casado, de ocupación licenciado en psicología, con domicilio en la calle 6 de octubre entre Beni y teniente villa N° 4131 JUEZA: Se tiene presente ¿Usted conoce a las partes? ¿Es amigo íntimo o enemigo? TESTIGO: No JUEZA: Se tiene presente, su testigo señora Fiscal INTERROGATIVO REALIZADO POR LA FISCAL DE MATERIA FISCAL DE MATERIA: Gracias Magistrada, señor testigo le voy a realizar algunas preguntas, ¿en noviembre de la gestión 2023 donde se encontraba trabajando? TESTIGO: Primeramente buenos días a todos los presentes, en la gestión 2023 desde enero a diciembre cumplí funciones como psicólogo en la Dirección de Igualdad y Oportunidades dependiente del Gobierno Municipal de Oruro FISCAL DE MATERIA: Dentro de su unidad ¿Cuál era las funciones que realizaba usted? TESTIGO: En realidad son diferentes las funciones entre esas son realizar entrevistas psicológicas, evaluaciones psicológicas después algunos encomendados que nos emanan nuestros superiores FISCAL DE MATERIA: Licenciado en el transcurso de su trabajo usted ¿recuerda haber tomado la entrevista o atendido al señor Jose Marcos Mendez Mendez? TESTIGO: Bueno en realidad dentro de nuestras funciones es atender casos de turno, pero los casos de turno solo se atienden en los casos que están inmersos en un menor de edad, por la tipología de delitos sexuales y ese tipo de índoles, la atención de turno con la Defensoría de la Niñez y Adolescencia entramos en 24 horas pero solo para la atención a la población menores de edad tanto niños, niñas y adolescentes FISCAL DE MATERIA: Y en este caso usted ¿ha atendido el caso de Jose Marcos Mendez Mendez? TESTIGO: Evidentemente mi persona en horas de la madrugada recibí una llamada a cargo de Sargento donde en primera instancia indico que era menor de edad, luego volvió comunicarse y me dijo que era una persona mayor de edad que aparentemente tenia discapacidad, en ese entendido mi persona le indico al efectivo policial que nosotros como DIO no entramos en la atención ya que es una persona mayor de edad por mas discapacidad que tenga en ese entendido entonces me colgó el efectivo policial posterior recibí una llamada de mi director en ese entonces el doctor Adbel Choque que al igual me indicaba que había este caso y que yo tenía que realizar la entrevista psicológica, bueno vía llamada también se conectó el Fiscal de ese entonces un doctor no recuerdo el nombre y claramente les indicó que mi persona no abordaría con el menor de edad en la entrevista puesto que él ya tendría una discapacidad y que todo lo que va a vertir en realidad no va a tener una categoría de un proceso abstracto a nivel consciente de la persona de todas maneras a insistencia de mi director quien al equipo de turno de ese entonces nos presionó para que vayamos a dependencias de la FELCV, ya en dependencias de la FELCV vino el mismo director Abdel Choque y ahí tomé contacto yo con la policía y con el efectivo policial quien puso en contexto de esta situación nuevamente les recalque que yo no voy a realizar ninguna entrevista psicológica porque ya presentaba un carnet de discapacidad, evidentemente ese carnet de discapacidad, cuando me dan a conocer a mí, cuando me lo muestran, lo que se referí ese carnet de discapacidad estaba tipificado como una discapacidad física y no intelectual entonces en ese entendido solicite que me puedan prestar un espacio para abordar con el joven durante ese abordaje ya se pudo determinar que no solo es una discapacidad física, que el joven en realidad tenia presente una discapacidad intelectual y en el informe que se ha emitido está claramente algunas preguntas que no se correlacionan de acuerdo a su edad cronológica si mal no me equivoco, el joven tenía 20 años de edad entonces no estaba en concordancia todo lo que él vertía con su edad cronológica eso da a entender que el muchacho en realidad presentaba una discapacidad intelectual en el transcurso cuando ingresó el muchacho a dependencias de la FELCV, también yo pude observar ahí también está plasmado en el informe ya que en realidad no sé si habrán cometido un error cuando han hecho la calificación de discapacidad pero el muchacho entró sin ninguna discapacidad en el ámbito físico de locomoción se trasladaba de punto A a punto B normalmente, también se levantaba de la silla normalmente y eso para mí, bueno, yo ya observé puede ser que ese carnet de discapacidad que me han presentado en realidad podría tener alguna equivocación porque el joven en realidad de la observación de una de las técnicas que nosotros utilizamos que es la observación a mi criterio, no presentaba ninguna discapacidad motora pero sí intelectual. FISCAL DE MATERIA: Licenciado usted se refiere que ha tenido una entrevista con el menor ¿Se acuerda qué preguntas le hizo y qué le respondió? TESTIGO: En realidad, no se realizó una entrevista para determinar lo vertido por la policía por qué el efectivo policía indicaba que el joven presuntamente era víctima de un tema de delito sexual no se ha realizado señora Magistrada el abordaje en ese sentido solo se ha realizado el abordaje para ya indagar su discapacidad intelectual entonces en esas preguntas todos los psicólogos siempre por protocolo tenemos que primero acreditar que estas personas a las cuales se va a entrevistar tienen que estar ubicados en tiempo, espacio y persona, el joven no se ubicaba en tiempo, espacio y persona, es más cuando se le pregunto ¿cuál es tu nombre? solo decía Méndez Méndez había varias confusiones en el ámbito justamente de conocimiento general de las preguntas realizadas ¿En qué país estamos? ¿En qué ciudad estamos? de acuerdo a la edad cronológica, él debería estar seguro en qué país estamos y en qué ciudad estamos, no logró responder esas consignas también no logro responder unas consignas de aritmética simple, como es el contar en retroceso de 10 al 1 y otras preguntas igual de aritmética simple como es la suma de algo bueno que para una persona para esa edad los resolvería sencillamente rápido como es el 1 más 1, tampoco lo ha podido resolver entonces todo eso da a entender que este muchacho sí presentaba el tema de discapacidad intelectual esas son las preguntas que nosotros bueno con esas preguntas nosotros ya determinamos que existe un grado de discapacidad intelectual FISCAL DE MATERIA: De acuerdo a lo que usted ha podido observar ¿Puede decir qué grado era su discapacidad, Licenciado? TESTIGO: Bueno, en realidad lo que yo sí puedo dar es un ámbito muy general como se le ha dado que presenta un grado de discapacidad, pero la misma DIO tiene un área que se llama de UMADIS, la Unidad Municipal de Atención a Personas con Discapacidad, entonces esto ya es un abordaje más amplio para determinar el grado siempre, yo no podría decir en qué grado estaría pero sí lo que puedo determinar genéricamente que sí presenta grado de discapacidad intelectual FISCAL DE MATERIA: ninguna pregunta más Magistrada JUEZA: Se tiene presente, tiene la palabra el abogado de la parte imputada INTERROGATORIO REALIZADO POR EL ABOGADO DE LA PARTE IMPUTADA ABG. DE LA PARTE IMPUTADA: Muchas gracias señora Juez, muy buenas tardes señor testigo solamente algunas aclaraciones respecto a lo que nos acaba de manifestar, al momento que usted le ha realizado esa especie de valoración, vamos a llamarlo así ¿Con quién se encontró el joven en este caso? TESTIGO: Bueno, en realidad no estoy seguro pero lo que indicaba la policía es que él se presentó con su padre, eso es lo que sí indicó la policía ABG. DE LA PARTE IMPUTADA: Pero cuando usted lo ha conversado, ¿con quién estaba? TESTIGO: Estaba con un señor mayor, no tomé yo contacto directamente con el señor, no puedo contaminar la información, con el único que tomo contacto es con la policía y lo que él indicó es que estaba con el padre, pero sí el muchacho estaba con una persona. ABG. DE LA PARTE IMPUTADA: Entonces, solamente para ir en este caso puntualizando lo que nos ha señalado hace un momento, entonces usted en el contacto que ha tenido lo único que ha logrado en este caso más o menos es dar de cuenta ¿es que él presenta algún tipo de discapacidad intelectual? TESTIGO: Si señor abogado solo ha sido eso para determinar en realidad que sí evidentemente el joven sí presenta discapacidad intelectual ABG. DE LA PARTE IMPUTADA: Ninguna pregunta más señora Juez gracias JUEZA: Se tiene presente, es la primera vez que escucho que un licenciado en psicología no tome la entrevista de una presunta víctima con capacidades diferentes, es más he sido Jueza en el departamento de Cochabamba y los psicólogos vienen y presentan y hasta nos dan mecanismos de cómo los que tienen capacidades diferentes en lo que es intelectual, no mienten, hay varias cosas que nos dan los insumos me extraña que usted no haya podido tomar una entrevista a una presunta víctima estoy realmente extrañada y vamos a solicitar que por el Ministerio Público se pidan los protocolos que usan en la GAMO porque estamos hablando de una persona con discapacidad, en tales antecedentes su declaración ha concluido puede retirarse, tiene la palabra la Fiscal de materia FISCAL DE MATERIA: Se convoque a la Sargento Heydi Cecilia Sánchez Condori DECLARACIÓN DEL TESTIGO HEYDI CECILIA SANCHEZ CONDORI La Jueza convoco a la testigo HEYDI CECILIA SANCHEZ CONDORI a quien la jueza ejercito las advertencias de Ley correspondiente y le advirtió sus derechos y garantías constitucionales, el testigo se identificó como: HEYDI CECILIA SANCHEZ CONDORI con CI. 3550696, nacida en Oruro – Cercado - Oruro el 04 de enero de 1978 estado civil soltera, de ocupación policía , con domicilio en la urbanización la Aurora manzano Q casa N° 12 JUEZA: Se tiene presente ¿Usted conoce a las partes? ¿Es amiga íntima o enemigo? TESTIGO: Ninguno JUEZA: Se tiene presente, su testigo señora Fiscal INTERROGATIVO REALIZADO POR LA FISCAL DE MATERIA FISCAL DE MATERIA: Gracias Magistrada, Sargento ¿en noviembre del 2023 donde se encontraba trabajando usted? TESTIGO: Estaba destinado en la estación policial N°2, cumplía servicios en el módulo policial Cala Caja que pertenece a la estación policial N°2 FISCAL DE MATERIA: Y su unidad ¿cuál es el trabajo que realiza? TESTIGO: Patrullera de policía, es una oficina de conciliación el módulo policial de Cala Caja en el casco específicamente FISCAL DE MATERIA: ¿Usted en ese tiempo en algún momento ha atendido un caso en contra del señor Limber Isael Condori Huacaña? TESTIGO: Sí en fecha 12 de noviembre aproximadamente después de medianoche a la 1: 45, 1: 30 más o menos, realizamos patrullaje por el sector del casco, patrullaje preventivo cotidiano y nos encontrábamos en las puertas del local las Palmeras en el lugar vimos que dos personas de sexo masculino salían del local ambos estaban alterados especialmente uno que era mayorcito saca al otro señor, a este señor Limber lo arrincona hacia la pared y al percatarnos de esa situación me acerco, mi camarada y yo, me acerco y le pregunto qué es lo que ha sucedido para ese actuado para tomar esa actitud, el señor me dice “por favor arresten a este hombre porque le ha violado a mi hijo” entonces al oír este suceso procedemos a indagar un poco más el señor el papá de la víctima se llama creo José Luis Méndez me dice que este señor Limber habría agredido sexualmente a su hijo en el transcurso del día 11 o sea el día anterior de noviembre que habría agredido sexualmente, como estábamos en vía pública a ambos los conducimos a dependencias de nuestro módulo donde vuelve a reiterar, nos vuelve a repetir, el padre de la víctima indicando que este señor o este joven habría agredido sexualmente habría abordado a su hijo en el sector del campero eso es lo que le habría indicado a su hijo que lo habría llevado a un alojamiento donde habría sido su hijo víctima de agresión sexual, en ese sentido como indagamos preguntamos al señor Limber si algo de lo que el señor mencionaba era verdad él dijo que sí estaba con el hijo con la víctima que lo habría encontrado no recuerdo si fue en el mercado campero o en el Bolívar dijo pero y que lo habría que estaba él en pésimas condiciones que lo habría ayudado que lo habría cambiado de ropa y que lo habría llevado y habrían amanecido supuestamente bebiendo en un lenocinio al escuchar esas dos versiones le indicamos tratándose de una agresión sexual evidentemente entonces le llamamos a la unidad correspondiente a la FELCV y también le pedimos al padre de familia que conduzca a su hijo a nuestras dependencias creo que vivía cerca en el barrio Los Pinos cerca del casco entonces nos demoró mucho en traerlo pregunto al menor y me percató de que el menor tenía problemas como el papá había indicado que era una persona con capacidades diferentes me mostró su carnet que evidentemente era así entonces hable con el menor en presencia obviamente de su papá y me cuenta la misma versión que le contó al papá que habría sido abordado en el mercado campero que lo habría llevado a un alojamiento lo habría cambiado de ropa, le habría comprado ropa, y lo habría llevado a un alojamiento y donde habría sido abusado sexualmente, él desde un inicio lo reconoce al señor identifica que habría sido abusado sexualmente remitimos el caso a la FELCV y se hizo cargo el sargento Ledezma FISCAL DE MATERIA: Usted dice yo me he percatado que tenía cierto grado de discapacidad ¿Cuál es el grado de discapacidad que usted ha podido notar en ese momento cuando le ha hecho alguna pregunta a la víctima? TESTIGO: No podría determinar el grado de discapacidad, pero sí me he percatado de que no se ubicaba bien en tiempo y espacio no se acordaba bien el tema de la hora, específicamente la hora pero sí recordaba que había salido de la escuela, que estaba rumbo a su casa estaba por tomar una movilidad para ir a su casa y ahí se había encontrado con el señor y se lo ha llevado FISCAL DE MATERIA: Ninguna pregunta más Magistrada JUEZA: Se tiene presente tiene la palabra el abogado de la parte imputada INTERROGATORIO REALIZADO POR EL ABOGADO DE LA PARTE IMPUTADA ABG. DE LA PARTE IMPUTADA: Muchas gracias señora Juez, señor testigo algunas aclaraciones acerca de lo que nos acaba de decir, vamos a ir al principio cuando usted indica que ha tomado contacto con estos dos señores ¿en qué lugar ha sido puede precisar por favor? TESTIGO: Ya he indicado en las puertas del local Las Palmeras de un lenocinio ABG. DE LA PARTE IMPUTADA: ¿Ellos estaban afuera o adentro? TESTIGO: Han salido, nosotros estábamos afuera justo estábamos de pasada y al pasar ellos estaban fuera, ellos han salido del local no estaban adentro estaban afuera han salido del local y ahí es donde hemos intervenido. ABG. DE LA PARTE IMPUTADA: ¿Estaban solo los dos? TESTIGO: Solo los dos ABG. DE LA PARTE IMPUTADA: Usted ha relatado que habían conversado y todo quiero por favor que nos aclare esto, y con las disculpas también al Tribunal a lo largo de su declaración usted en reiteradas oportunidades ha hablado de un término abuso luego ha dicho violación de manera indistinta para usted ¿qué es un abuso sexual? TESTIGO: Hablamos en esos términos porque no soy un médico forense, yo no podría determinar realmente no podría calificar yo el delito, primero hablamos de violación porque fue el padre quien dijo lo ha violado a mi hijo y posteriormente cuando hablamos con el menor, el menor también dijo que bueno con las disculpas que el señor lo habría metido a la cama y que habría introducido su pene en su ano es lo que me ha contado el menor ABG. DE LA PARTE IMPUTADA: finalmente cuándo usted después de atender toda esta situación, atenderá este caso ¿ha realizado algún seguimiento, ha tenido alguna noticia después de eso? TESTIGO: No, porque como corresponde hemos remitido el caso a la instancia correspondiente y se ha hecho cargo la FELCV y obviamente todo el equipo que corresponde, psicólogo, médico forense y demás, para que pueda determinar el hecho ABG. DE LA PARTE IMPUTADA: Una pregunta más, nos acaba de decir también al concluir su atestación que no se ubicaba en tiempo ni espacio ¿Qué quiere decir esto? TESTIGO: Que el joven no me dijo la hora exacta, tampoco dijo la fecha o sea no se acordaba qué día era ni qué fecha, no supo decir qué día ni qué fecha era y tampoco supo la hora solamente me dijo que era la hora de salida del colegio no supo especificar la hora, ni el día, ni la fecha, pero sí digamos dijo anoche, eso sí dijo anoche pero no dijo la hora, él no sabía qué día era ni qué fecha ABG. DE LA PARTE IMPUTADA: Ninguna pregunta más señora Juez JUEZA: Se tiene presente. Su declaración ha concluido puedo retirarse FISCAL DE MATERIA: Se convoque al testigo Alver Milton Ledezma Maldonado DECLARACIÓN DEL TESTIGO ALVER MILTON LEDEZMA MALDONADO La Jueza convoco al testigo ALVER MILTON LEDEZMA MALDONADO a quien la jueza ejercito las advertencias de Ley correspondiente y le advirtió sus derechos y garantías constitucionales, el testigo se identificó como: ALVER MILTON LEDEZMA MALDONADO con CI. 4079643, nacido en Oruro – Cercado - Oruro el 27 de Julio de 1981 estado civil casado, de ocupación funcionario policial, con domicilio en la calle Av. 6 de agosto N° 540 y 12 de Octubre. JUEZA: Se tiene presente ¿Usted conoce a las partes? ¿Es amiga íntima o enemigo? TESTIGO: Ninguno JUEZA: ¿Tiene algún interés propio en el presente caso? TESTIGO: Ninguno señora Juez JUEZA: Se tiene presente, su testigo señora Fiscal INTERROGATIVO REALIZADO POR LA FISCAL DE MATERIA FISCAL DE MATERIA: Gracias Magistrada, Sargento ¿en noviembre del 2023 donde se encontraba trabajando usted? TESTIGO: Mi persona estaba destinada en la dirección de la FELCV en la división menores.FISCAL DE MATERIA: Sargento ¿usted atendió un caso donde la víctima era José Marcos Mendez Mendez? TESTIGO: Si, justamente mi persona se encontró en fecha 11 de noviembre me encontraba de turno en la división menores y a horas aproximadamente 1:45 de la madrugada, al llamado de la central de radio y patrulla nos hemos constituido al módulo policial Cala Caja a verificar un hecho de posible abuso sexual, en el lugar hemos tomado contacto con personal que se encontraba de servicio del módulo Cala Caja los mismos nos han referido que al realizar un patrullaje ahí en el sector de los lenocinios del casco, habían intervenido en una discusión sobre dos personas de sexo masculino ambos mayores se habían aproximado para evitar que exista algún otro tipo de inconveniente, y uno de los señores que es el señor José Luis Méndez Matías y le había indicado al sargento Heydi Sánchez que ese señor estaba en la tarde de ese día del sábado estaba en la tarde conjuntamente con su hijo que se encuentra con discapacidad que es el señor José Marcos Mendez Mendez y que posiblemente habría pasado algo con él y que había solicitado su arresto y traslado a sus dependencias policiales es por eso que nos habían convocado a personal de menores para verificar el hecho. FISCAL DE MATERIA: Una vez que usted ha verificado el hecho, ¿Con quién se queda el caso? TESTIGO: Bueno, una vez tomado contacto con las partes, en ese momento primeramente tomamos contacto con el sargento Heydi Sánchez quien se encontró un cargo del módulo policial la misma nos refirió lo acontecido anteriormente ahí también tomamos contacto con el señor José Luis Mendez Matías, que se identificó como padre de familia de la víctima en este caso una persona de sexo masculino con discapacidad, de 20 años, de nombre José Marcos Méndez Mendez ahí mismo la Sargento nos ha comunicado que el supuesto agresor se encontraba en celdas verificamos que sí se encontró en celdas pedimos su identificación se llamaba Isael Condori Huacaña tomados todos los antecedentes mi persona como estaba a cargo de la división menor, si atendemos el tipo de casos me hice cargo ya de inmediato y trasladamos ambas partes o dependencias de la FELCV para proceder con la apertura de un caso FISCAL DE MATERIA: ¿Es decir que usted era el investigador de ese caso? TESTIGO: Si FISCAL DE MATERIA: como investigador Sargento ¿tomó la entrevista de algún testigo en este caso? TESTIGO: Sí, la entrevista del papá, el mismo nos ha referido de que su hijo tiene discapacidad. y que asiste a la unidad educativa Marcos Beltrán Ávila que es una unidad educativa de apoyo a personas con discapacidad de que él asiste de 14: 30 a 17: 00 todos los día pero que su hijo va esporádicamente, ese día en fecha 10 de noviembre su hijo no había regresado a su casa después de asistir a la unidad educativa, es por eso que se había inquietado un poco ya llegando a horas de la noche se ha constituido a diferentes lugares para buscarlo a su hijo preocupado el señor nos refiere que se había ido por sector del casco, sector del centro de la plaza principal, calles Bolívar, imediaciones, y sin lograr encontrar a su hijo había retornado ya casi a las 4 de la mañana por el sector del casco, es ahí donde había preguntado se refiere a sus caseritas que venden comida en el sector preguntándoles si lo han visto o no a su hijo como ya eran altas horas de la madrugada entonces se había retirado a descansar a su domicilio y al día siguiente nuevamente menciona al señor José Luis Mendez de que a las 10 : 00 aproximadamente de la mañana había salido nuevamente a buscarlo a su hijo de la misma manera por los mismos sectores del casco, el centro de la ciudad, a la unidad educativa Marcos Beltrán Ávila, donde no había no estaba su hijo no lo encontraba y a las 16 : 00 aproximadamente por el sector de las calles Bolívar y Brasil lo vio a su hijo en compañía del señor Condori Huacaña se aproxima y directamente le reclama ¿Por qué estás tú con mi hijo? ¿Qué ha pasado? Y el señor Condori Huacaña le había mencionado que yo lo encontré en las inmediatas del mercado Kantuta, que estaba tendido en el piso y posterior yo lo he levantado, nos hemos ido, él estaba todo sucio lo he lavado, lo he comprado ropa y es por eso que estamos por este sector el señor José Luis Méndez Matías le había pedido que le acompañara a la FELCV para verificar si habría pasado algo con su hijo es ahí cuando se estaban constituyendo el señor Condori Huacaña, se pierde de vista del señor José Luis Méndez y se queda impotente nuevamente se retiraran a su domicilio, lo lleva y en el trayecto del uso de un minibus por las calles Tomás Barron y la calle 10 es donde se pone nervioso su hijo en este caso la víctima, el señor José Marcos Méndez Méndez, y le señala un alojamiento y le dice que ahí me ha metido el señor Condori Huacaña, que ahí me ha metido y se ha puesto nervioso es lo que se refiere entonces le dice tranquilamente pensando que no había pasado nada yo voy a averiguar después se retiraran a su casa, perdón antes de todo esto le dice ¿dónde está tu ropa? porque estaba con otra vestimenta se refiere que estaba con una chamarra café se refiere que estaba con otra camisa, un jean y unos tenis blancos y José Marcos le indica que está tras el coliseo del Palacio de los Deportes se constituye al sector y es ahí donde también se encuentran su mochila y sus pertenencias de la víctima posterior abordan el minibús como refiere y es donde en las calles Tomás Barron, calle 10, donde le manifiesta el alojamiento Juan de la Cruz había ingresado todo nervioso la víctima y posterior les refiere yo voy averiguar en el transcurso de la noche ya en más confianza se refiere la víctima de que había sufrido abusos o toques impúdicos y de que la había penetrado con su pene primeramente le había tocado la parte de su estómago en el interior del alojamiento, ambos habían dormido en una misma cama, le había tocado primeramente la parte de su estómago posterior le había bajado su pantalón y le había penetrado con el pene en la parte anal su papá le pregunta ¿por qué no has gritado, por qué no has dicho nada? si he gritado y nadie hacía caso es lo que manifiesta, es por eso que el señor se constituye posteriormente en horas altas de la noche en fecha 11 siendo las 01: 00 de la madrugada en este caso ya sería fecha 12 de noviembre y lo encuentra en el sector del casco al señor Condori Huacaña y le reclamá de qué ha pasado con mi hijo, qué le has hecho, porque todos esos asuntos la se genera una discusión es donde interviene el personal del módulo de Cala Caja y es donde tenemos conocimiento a llamadas de patrullas y nos hacemos carga del presente caso, señora Fiscal FISCAL DE MATERIA: Usted habló de un alojamiento. ¿Usted se trasladó al alojamiento? TESTIGO: Sí, nos hemos incorporado al alojamiento realizando los actuados que corresponden al protocolo policial que tenemos, se ha procedido el registro del lugar del hecho, una vez abriendo el caso tomando contacto con el Ministerio Público y procediendo con los actuados correspondientes que tenemos en protocolos policiales. FISCAL DE MATERIA: ¿Ha tomado entrevista a la encargada del alojamiento Sargento? TESTIGO: En el momento no, verbalmente le preguntamos de que, si él estaba de turno, nos dijo que no, que estaba otra persona pero sin embargo él se ha identificado ser dueño del ambiente nos ha proporcionado algunos datos e indicado que no habrían ingresado ambas persona como se refería la víctima simplemente eso FISCAL DE MATERIA: ¿Qué otro acto de investigación más realizado delante del presente caso, sargento? TESTIGO: bueno en primera instancia, para este tipo de trato con personas con discapacidad, lo que nosotros hacemos es convocar a las instancias que corresponden en este caso personal de la DIO que tienen su unidad de UMADIS quienes se hacen cargo de este tipo de personas del trato de este tipo de personas para que tengamos un poco más específica la versión que nos está dando también se ha tomado contacto con el Ministerio Público, ahí es donde hemos tenido un poco de percances personal de UMADIS no nos hacía caso a las llamadas que nosotros realizábamos más claro no hemos tenido la intervención por personal de UMADIS simplemente por el psicólogo que estaba de turno, que nos referían que no les correspondía el caso y que simplemente ellos se hacen cargo del trato de personas menores y este caso no les correspondía a ellos pero sí le ha hecho la valoración psicológica, indicando en sus conclusiones de que la persona, la víctima no se encuentra lúcida en tiempo ni espacio posteriormente se ha procedido con el registro del lugar del hecho, la entrevista del testigo que es su padre y la valoración psicológica, se ha procedido con el informe correspondiente al Ministerio Público se han presentado los requerimientos para sacar extractos de las grabaciones de las cámaras, tanto del alojamiento Juan de la Cruz, como también se ha pedido extractos de videos del mercado Miraflores, porque en la entrevista que daba la víctima decía que de ese sector habían que comprar la ropa que estaba vestida, no se ha podido hacer más accionados, puesto que no contestaba el padre de la víctima el número telefónico que nos ha proporcionado como referencia FISCAL DE MATERIA: ¿Han obtenido los videos de grabación Sargento? TESTIGO: Ambas partes nos han indicado que ya no tienen las grabaciones porque ya han pasado más de 15 días. FISCAL DE MATERIA: Ninguna pregunta más señora Juez JUEZA: Se tiene presente, tiene la palabra el abogado de la parte imputada. INTERROGATORIO REALIZADO POR EL ABOGADO DE LA PARTE IMPUTADA ABG. DE LA PARTE IMPUTADA: Muchas gracias señor Reynoso. Buenas tardes, señor testigo dentro de lo que nos acaba de manifestar el supuesto hecho que se hubiera realizado en contra de la víctima, y quiero que nos precisa esto, ¿dónde hubiera sucedido? TESTIGO: Según refiere a la víctima se habría suscitado en el interior del alojamiento Juan de la Cruz ABG. DE LA PARTE IMPUTADA: ¿Dónde está ubicado, señor? TESTIGO: Ubicado en la avenida Tomás Barron calle 10, exactamente. ABG. DE LA PARTE IMPUTADA: En reiteradas oportunidades se ha referido que la víctima tendría algún grado de discapacidad que incluso ustedes han llamado a UMADIS para que puedan atenderlo ¿Usted con qué documental acredita a estos extremos, que en este caso la víctima sea discapacitada? TESTIGO: En el momento su padre nos ha presentado el carnet que tienen por discapacidad y ahí hemos verificado que tenía discapacidad grave.ABG. DE LA PARTE IMPUTADA: Ya, vamos a hacer un poco más de énfasis ahí. ¿Ha leído usted todo el contenido del carnet? TESTIGO: Sí, se identificaba el nombre Juan Marcos Mendez Mendez y tenía las referencias donde tenía la discapacidad grave ABG. DE LA PARTE IMPUTADA: discapacidad, porque generalmente indica discapacidad mental, motora, ahí por favor ¿cómo qué decía el carnet? TESTIGO: Bueno, no me acuerdo muy bien los detalles, pero sí era grave, discapacidad grave. ABG. DE LA PARTE IMPUTADA: Después de estos actos, ¿usted no ha pedido algún informe UMADIS para ver si está registrado ahí la víctima? TESTIGO: Se han hecho las solicitudes correspondientes para que el personal de UMADIS posteriormente le hagan las valoraciones, como también personal del Ministerio Público, la psicóloga. Es ahí donde hemos tenido también respuesta de parte de la psicóloga del Ministerio Público, de que cuando ella hace las intervenciones, primeramente tiene que haber un caso apertura do y sin embargo, antes de que se habrá el caso, se va a hacer personal de UMADIS ABG. DE LA PARTE IMPUTADA: ¿usted ha podido indagar acerca del núcleo familiar de la víctima? ¿Con quién vivía? TESTIGO: No sé simplemente una versión del señor Juan Luis Méndez Matías, padre de la víctima nos indica que es una persona que tiene cuatro hijos, si no me equivoco, y dos hijos con discapacidad los ya son mayores de edad y que su esposa, que es una pareja que se habían separado. ABG. DE LA PARTE IMPUTADA:¿Los hijos varones o mujeres? TESTIGO: Los que tienen discapacidad, los hijos varones si no me equivoco, tiene una hija más ABG. DE LA PARTE IMPUTADA: ninguna pregunta más señora magistrada JUEZA : Se tiene presente tiene, ¿Dónde está el lugar? ¿Qué hubiera pasado de hecho? Pongo a vista la Prueba MP2 TESTIGO: Sí, señora juez. JUEZA: ¿Dónde ha determinado la víctima que hubiera pasado el hecho? TESTIGO: Exactamente, ese es el lugar. JUEZA: ¿Es un informe concluyente que se ha realizado? ¿Su firma? TESTIGO: Sí, señora juez JUEZA: ¿Usted, como el investigador en el presente caso, se ha podido determinar genéticamente que ha existido antígeno prostático?, ¿En qué lugar de la víctima se ha encontrado el antígeno prostático específico? TESTIGO :Sí, en la valoración del médico forense, señora juez, la forense mencionó que no hay lesiones corporales, tampoco genitales, pero sí se ha tomado muestras del calzoncillo de la víctima, que era de color plomo, y se ha tomado hisopados de la parte anal es de ahí cuando salen los resultados de biología, donde especifica que en la muestra, que es el calzoncillo, se han encontrado restos de espermas, y en los hisopados se ha encontrado antígeno prostático JUEZA :¿Y de los espermáticos, hay que decir que se ha realizado algún tipo de trabajo de ADN para comparar con el del imputado? TESTIGO: Por el factor tiempo, señora juez, no se ha realizado, pero sí se tenía programado. JUEZA: ¿Se tiene presente, ¿Las muestras están en el IDF? TESTIGO: si JUEZA :Su declaración ha concluido, puede retirarse tiene la palabra, señora fiscal FISCAL DE MATERIA: Es importante que el médico forense pueda venir a declarar ante esa autoridad, magistrada sin embargo, el médico se encuentra con baja médica, ese extremo voy a solicitar de pueda reprogramar la presente audiencia JUEZA :Se tiene presente el médico forense que tiene la baja médica vamos a programar la audiencia para fecha, 15 DE MAYO A HORAS 14:30 el presente señalamiento se encuentra fuera de plazos procesal, se ante la imposibilidad de llevarlo entre los mismos, por la sobrecarga laboral que cuenta el Juzgado de Sentencia penal 3 en tales antecedentes, se suspende el plazo conforme prevé el artículo 130 en su parte infine del Código de Procedimiento Penal , toda vez ya que el tribunal, a partir del miércoles, va a estar en el departamento de Santa Cruz, llevando un juicio oral en dicho distrito Judicial y la sobrecarga laboral, aclarando a la señora fiscal de materia, si para esa fecha la médica forense no estuviese, vamos a dar por agotada su prueba no habiendo nada más que tratar la audiencia ha concluido CON LO QUE CONCLUYO EL PRESENTE ACTUADO FIRMANDO EN CONSTANCIA LA JUEZA Y EL SUSCRITO SECRETARIO DE ESTE DESPACHO JUDICIAL Firmando en constancia Jueza y Secretario del Juzgado de Sentencia Penal N°3. EL PRESENTE EDICTO DE LEY ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICUATRO. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------


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