EDICTO

Ciudad: VILLA TUNARI

Juzgado: TRIBUNAL DE SENTENCIA PRIMERO EN MATERIA PENAL DE VILLA TUNARI


ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA ÓRGANO JUDICIAL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL N° 1 DE VILLA TUNARI E D I C T O Para: JUAN MELGAR MALDONADO MSC. WILBER MARCIAL CRUZ ARANCIBIA – PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA N° 1 DE VILLA TUNARI. Por el presente edicto pone en conocimiento y notifica a JUAN MELGAR MALDONADO con AUTO DE FECHA 01 DE MARZO DE 2007, MEMORIAL DE FECHA 28 DE SEPTIEMBRE DE 2022 Y PROVEIDO DE FECHA 29 DE SEPTIEMBRE DE 2022. Dentro el proceso penal que sigue el Ministerio Publico Contra JUAN MELGAR MALDONADO, por el delito previsto y sancionado por el Art. 55 de la Ley 1008, a cuyo fin se transcribe los siguientes actuados: AUTO DE FECHA 01 DE MARZO DEL 2007.- Villa Tunari, 01 de Marzo de 2007.- VISTOS.- Que el objeto de la presente audiencia ha sido para celebrar el juicio oral en contra del Sr. Juan Melgar Maldonado quien fue debidamente notificado con el auto de apertura de juicio en fecha 26.01.07 conforme consta del acta de representación escrita por la asistente fiscal de SS.CC. y no existiendo ningún justificativo para su inasistencia, de acuerdo con lo requerido por el Ministerio Publico el Tribunal resuelve declarar la rebeldía del imputado JUAN MELGAR MALDONADO de acuerdo al Art. 87 inc. 1 del Código de Procedimiento Penal, al mismo tiempo se dispone que por secretaria se extienda el correspondiente mandamiento de aprehensión vía despacho instruido para toda la república habilitando su ejecución a cualquier funcionario público hábil no impedido de toda la república, además de acuerdo al Art. 89 del mismo cuerpo legal citado se dispone así mismo el arraigo de aquel la publicación de sus datos y señas personales para su correspondiente búsqueda y aprehensión, de existir fianza la ejecución de aquella al tiempo que se dispone la conservación de las actuaciones de los instrumentos o piezas de convicción, designándosele como defensor de oficio al Dr. Víctor Hugo Villa Vargas a quien debe notificársele con la presente resolución, debiéndose pasar antecedentes al consejo de la judicatura.-Notifique funcionario. Fdo. Dr. Rubén G. Coca M..- Presidente del Tribunal de Sentencia Penal Nº 1 de Villa Tunari. Fdo. J. Gonzalo Daza.- Secretario - Abogada.- Tribunal de Sentencia Penal Nº. 1 Villa Tunari.- doy fe.----------------- MEMORIAL DE FECHA 28 DE SEPTIEMBRE DE 2022.- SEÑOR PRESIDENTE DE SENTENCIA PENAL 1 DE VILLA TUNARI.- SOLICITA NOTIFICACION POR EDICTO.- OTROSI. - FABIO VELASCO ROJAS, Fiscal asignado a la división especializada en delitos de Narcotráfico y Medio Ambiente de Cochabamba con las facultades otorgadas por la Constitución Política del Estado, ley 260, ley 1970, y las normas vigentes en representación del estado y la sociedad, bajo la dirección funcional del caso seguido por el Ministerio Publico DE OFICIO contra JUAN MELGAR MALDONADO por la comisión de delito de Transporte de sustancias controladas, previsto y sancionado en el art. 55 de la ley 1008, ante Ud. con respecto expongo y pido: De la nota adjunta señor juez se tiene que se envió para publicaciones el edicto emitido por su autoridad, sin embargo, no se logró la publicación por renovaciones de contratos y al haber fenecido los convenios con medios escritos para realizar publicaciones a través de portal de edictos conforme las modificaciones de la ley 1173 de fecha 03 de mayo de 2019 conforme se tiene las modificaciones de la ley por lo que no ha podido notificar en un medio escrito.- Señor juez a fin de dar continuidad al presente caso y a mérito de la representación solicito a su autoridad ordene la notificación por edicto por portal electrónico de notificaciones conforme el art. 165 del C.P.P. y sea a través del sistema HERMES a la brevedad posible.- OTROSI. Notificaciones sean por medios digitales conforme lo establecido en la ley 1173.- Chimore, 28 de septiembre de 2022.- Fdo. María I. Claros Alarcon.- FISCAL DE MATERIA.- Fiscalía Departamental de Cochabamba.----------------------------------------------- PROVEIDO DE FECHA 29 DE SEPTIEMBRE DE 2022.- En consideración al memorial que antecede - Habiendo realizado un informe la Rep. del Ministerio Publico y no habiéndose publicado el Edicto correspondiente se dispone que por secretaria de este despacho judicial sea publicado el edicto referido a traves del sistema HERMES con la declaratoria de rebeldía dentro la presente causa- Notifique funcionario.- Fdo. MSc. Wilber Marcial Cruz Arancibia Presidente Tribunal de Sentencia Penal N°1 de Villa Tunari.- Neysa M Carrillo Bellido, secretaria-abogada tribunal de sentencia No 1 de villa Tunari.------------------------ NOTA.- DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 165 DEL CPP. EL PRESENTE EDICTO DEBERÁ SER PUBLICADO A TRAVÉS DEL SISTEMA DE NOTIFICACIONES ELECTRONICAS JUDICIALES DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA. Villa Tunari, 04 de Junio de 2024.


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