EDICTO

Ciudad: TRINIDAD

Juzgado: AREA DE SERVICIOS JUDICIALES


ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Distrito Judicial del Beni Juzgado de Sentencia Penal 2do de la Capital E D I C T O – J U D I C I A L EL DR. GUILLERMO MANSILLA MENDOZA - JUEZ DE SENTENCIA PENAL Nº 2 DE LA CAPITAL………………………………………………………………………… P O R -E L- P R E S E N T E- E D I C T O: Hace conocer que dentro del proceso penal que sigue EL MINISTERERIO PUBLICO Y / YESSENIA YABANDIRI AMAPORIBA contra ALDRIN GIL NAZARO, por la presunto comisión del delito de LESIONES GRAVES Y LEVES, NUREJ: 801102012301346......................................................... Se han realizado los siguientes actuados los cuales se transcriben y se publican en el sistema HERMES para conocimiento al ACUSADO ALDRIN GIL NAZARO ……………………………………………………………….. TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA BENI - JUZGADO DE SENTENCIA 2………………………………………………………………. PROCEDIMIENTO: LESIONES GRAVES Y LEVES (MENORES) EXPEDIENTE: 801102012301346………………………………………… ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL (REBELDE)…………………… En TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA BENI - JUZGADO DE SENTENCIA 2. En fecha 31-05-2024 a Hrs. 09:15…………………………… Ante su autoridad, MANSILLA MENDOZA GUILLERMO, con mi asistencia Como Secretario/a Judicial, comparecen: …………………………………………. JUEZ: DR. MANSILLA MENDOZA GUILLERMO…………………………………… SECRETARIA: DRA. MARCELA ROCA MALALA…………………………….. FISCAL: DRA. OLGA LIDIA JULIO………………………….. Los comparecientes lo hacen al objeto de celebrar la Audiencia de JUICIO ORAL que viene convocada para el día de hoy……………………………… En primer lugar, su autoridad declara instalada la audiencia previo informe de Secretaría manifestando que el cuaderno se encuentra corriente estando presentes las partes………………………………………………………………… Abierto el acto por el juez se concede la palabra a la defensa para que fundamente su solicitud……………………………………………………………. En ejercicio de su autoridad se consulta a las partes y se acuerda que se proceda a accionar los mecanismos de grabación de la imagen y el sonido, y en concreto, los sistemas de grabación digital, del que dispone este Órgano Jurisdiccional……………………………………………………………….. Acto seguido se concede la palabra a las partes……………………………….. INCIDENCIAS……………………………………………………….. SECRETARIO.- Buenos días para todos, Buenos días Doctor estamos grabando la presente Audiencia informar a su autoridad que todas las partes han sido legalmente notificadas estando presente en Audiencia a la representante del Ministerio Público la Doctora Olga Lidia Julio Córdova, no está presente en audiencia la señora Yessenia Yabandiri Amaporiba, tampoco está presente el acusado a Aldrin Gil Nazaro, eso sería todo……………….. JUEZ MANSILLA MENDOZA GUILLERMO.- Buenos días a los sujetos procesales, estando notificado el acusado Aldrin Gil Nazaro y no está presente tiene la palabra la representante el Ministerio Publico…………………. FISCAL DRA. OLGA LIDIA JULIO.- Muy buenos días a todos los presentes notificado que ha sido el acusado y sin embargo no ha comparecido a la audiencia voy a solicitar de acuerdo al Artículo 87 con relación al Artículo 89 del Código de Procedimiento Penal se pueda declarar Rebelde…………….. JUEZ MANSILLA MENDOZA GUILLERMO. - Vamos a dictar la resolución correspondiente.-………………………………………………….. Posteriormente el Juez dicta la presente resolución.-……………………….. NUREJ: 801102012301346………………………………………………. DELITO: LESIONES GRAVES Y LEVES…………………………………. DENUNCIANTE: MP/ YESSENIA YABANDIRI AMAPORIBA…………………. ACUSADO: ALDRIN GIL NAZARO………….. AUTO INTERLOCUTORIO N° 63 /2024…………………………….. SANTISIMA TRINIDAD 31 DE MAYO DEL 2024…………………………….. VISTOS.- Señala que ha sido la presente audiencia del juicio oral que sigue el Ministerio Público y Yesenia Yabandiri Amaporiba en contra de Aldrin Gil Nazaro por el delito de Lesiones graves y leves, la audiencia del juicio oral fue notificada al Señor Aldrin Gil Názaro y el mismo no se ha hecho presente. POR LO TANTO.- De conformidad al Artículo 87 y 89 de la Norma Adjetiva Penal se declara Rebelde al mismo y en consecuencia emita sea el correspondiente Mandamiento de Aprehensión en su contra para su cumplimiento en todo el territorio nacional; así mismo se le asigna defensor de Oficio el Dr. Napoleón Ojopi quien debe ser notificado para que lo asistan al acusado, notifíquese de Ejecución Penal y al encargado de Rejap a los fines consientes de Ley con la presente Resolución y notifíquese mediante dicha Plataforma Virtual Hermes con la presente Resolución………………… Conforme el Artículo 91 parte pertinente no señalamos el juicio oral hasta que el acusado sea puesto a disposición de suscrito juzgador. REGÍSTRESE………………………………………………………………. No habiendo más que tratar entonces damos por concluido el presente Acto. LA AUDIENCIA FINALIZO EN FECHA 31-05-2024 a HRS. 09:25 Con lo cual, se da por terminada la presente, firmando en constancia el juez y el secretario que suscriben. El presente Edicto es librado y publicado en el sistema HERMES en la ciudad de la Santísima Trinidad Capital del Departamento del Beni, a los 04 días del mes de Junio del Dos Mil Veinticuatro años………………………………………………………………………………….


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