EDICTO

Ciudad: YACUIBA

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Y DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE YACUIBA


EDICTO N° 100/2024 POR EL PRESENTE EDICTO SE NOTIFICA AL ACUSADO CANDIDO VASQUEZ CON C.I. 5050327 DE NACIONALIDAD BOLIVIANO, DENTRO DEL PROCESO SEGUIDO POR EL DELITO DE VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA , CON LA ACUSACION FISCAL, RADICATORIA DE FECHA 08 DE MARZO DE 2024, ENSOBRAMIENTO DE FECHA 21 DE MARZO DE 2024 SENOR JUEZ DE INSTRUCCIÓN PENAL PRIMERO DE LA CIUDAD DE YACUIBA >Presenta Acusación. >Otrosi.- CASO:603102022201190int.170 BG SAMUEL FRANZ MAMANI ROMERO , Fiscal de materia en defensa de dey los intereses generales de la sociedad, con las ades que confiere la Constitución Penal, dentro del proceso penal, seguido en contra de CANDIDO VASQUEZ por la presentar Acusación conforme a lo establecido en el Art. 323 inc. 1) del C.P.P., en base a los siguientes argumentos de hecho y de derecho: l.- DATOS GENERALES DE LAS PARTES A) DATOS GENERALES DEL ACUSADO: Nombres y Apellidos CANDIDO VASQUEZ (rebelde) Lugar de Nacimiento Tarija-Gran Chaco. Fecha de Nacimiento 20/09/1980. Cédula de Identidad 5050327. Nacionalidad Boliviana. Estado Civil Soltero. Domicilio Real Barrio San Juan Calle 23 entre 15 y 16. Defensor do de oficio. uATOS GENERALES DE LA VICTIMA-DENUNCIANTE: Nombres y Apellidos ERLINDA ROSAURA GIRON LOPEZ Cédula de Identidad 5043594 Lugar de Nacimiento Tarija-Mendez-Pueblo Nuevo Fecha de Nac.miento 15/06/1983 Nacionalidad Boliviana. Domicilio Real Barrio San Juan Calle 24 S/N. NO de Celular 75182141 Abogado Abogado de Tumo del SLIM del G.A.M.Y. tc r en cuenta como parte interviniente también al SLIM de Yacuiba. ELACIÓN PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DEL HECHO INVESTIGADO e la revisión de los elementos cursantes en el cuaderno de investigación, se tiene que los hechos se hubieran suscitado de la siguiente manera: Como antecedente se tiene que la victima Sra. Rosaura Girón conoció al ahora imputado Sr. Cándido Vaques cuando ella tenia 19 años de edad, tuvieron una relación de comienzan a vivir juntos, donde al inicio de la convivencia todo era llevadero hasta que el amistades y se perdía varios días llegando a su casa sin dinero y agresivo comenzando puta, una perra"(sic). octubre de 2022 aproximadamente a horas 05:00 am cuando el imputado llego en estado de ebriedad a su domicilio y comenzó a insultar a la victima diciéndole que es "una puta. una perra"(sic), asf también le comenzó a reclamar porque por qué no tenia la sopa lista ,por Io cual sus hijos salen en defensa de su madre ,pero el imputado Cándido Vasquez comienza a agredir físicamente también a sus hijos, por lo cual la victima junto con sus hijos tuvieron que salir huyendo de su domicilio para que el imputado no les agreda físicamente, toda vez que cuando consume bebidas alcohólicas el imputado es muy agresivo y no se controla, por lo cual tanto la victima como sus hijos se encuentran traumatizados por estos hechos de violencia. Del Informe Psicológico realizado a la victima por el Pricóloga de SLIM la mina concluye que la victima presenta los siguientes síntomas: "EXISTE UNA AFECTACION EMOCIONALDANDO LUGAR A UN ESTADO DE ANSIEDAD Y DEPRESION, EVIDENCIANDO CONSINTOMATOLOGIA: SENTIMIENTO DE TRISTEZA, DIFICULTAD PARA CONCILIAR ELSUENO,PERDIDA DE APETITO,AGITACION, ESTADO EMOCIONAL INESTALLE, PERDIDADE INTERES EN EL TRABAJO,INSEGURIDAD, SENTIMIENTO DE MIEDO,SENSACION DELLANTO,ESTADO DE ANIMO BAJO,PROBLEMASPARA CONCENTRARSE,INTRANQUILIDAD (sic). Fecha de Impresión: 06/04/2024 18:37:30 Página 1 de 3 Sistema Hermes - Notificación Electróntca Art. 272 Bis del Código Penal. V.. OFRECIMIENTO DE PRUEBA demostrara la participación del acusado en la comisión do los hechos delictivos investigados, conformo a la fundamontación inmersa en la presento acusación: A) PRUEBA DOCUMENTAL: MP 1.- Denuncia Formal presentada por la Sra. Erlinda Rosaura Girón López, derecha 03/10/2022. MP 2.•lnforme preliminar realizado por el Investigaclor asignado al caso do fecha27110/2022' MP 3.-Acta de seguimiento de Victima en situación do violencia do fecha21/10/2022. MP 4.-lnforme Social, elaborado por la trabajadora social del SLIM Lic. Paola Elizabeth Taboada, do fecha 28110/2022. MP 5..lnforme Psicológico, elaborado pot la Psicologla del SLIM Lic. Luis totrez Núñez de techa 2811012022 MP 6.-Certificado de Registro domiciliario electoral del acusado C{ndido Vásquez, emitido por el SERECI • Yacuiba MP 7.•lmpresión de la tarjeta prontuario SEGIP del acusado Cándido Vásquez. MP 8.-Certificado de descendencia del acusado Cándido Vásquez, emitido por el SERECl•Yacuiba. MP 9.•Oficio emitido por SETAR- Sistema Yacuiba de fecha 31/05/2023, la cual refiere quo Cándido Vásquez Si es usuario registrando a su nombre 1 medidor. MP 10.•Certificado emitido por el responsable dé Plataforma de Atención al Publico de la casa de justicia de Yacuiba de fecha 12/06/2023, sobre los procesos judiciales que registra Cándido Vásquez. MP 11 .-lnforme de seguimiento a las medidas de protección de fecha 14/08/2023claborado pot la Lic. Yanitza Moron Fernández. 4MP 12.-lnforre de verificación de las medidas de protección de fecha 15/II/2023elaboradO pot el asignado al caso Sgto. 2do. Alberto Tarifa Soruco. MP 13.-OficiO de fecha 16/06/2023 emitido por la ANH, adjuntado el detalle deconsumo "carguio" de combustible registrado a nombre de CándidoVásquez jMinencia.- La prueba documental es pertinente ya que está destinada a demostrar la B) PRUEBA TESTIFICAL: Edinda Rosaura Girón López (victima), mayor de edad, con C.I. 5043594,Calle 24 S/n Barrio San Juan. 2.- Lic. Paola Elizabeth Taboada Calero, trabajadora social del SLIM,condomicilio laboral en oficinas del SLIM de la Ciudad de Yacuiba. 3.- Lic. Jose Luis Torrez Nuñez, psicólogo del SLIM, con domicilio laboral enoficinas del SLIM de la ciudad de Yacuiba 4.- Sgto. 2do. Mario Victor Vargas Subía„ mayor de edad, funcionario policial, con clomicilio laboral ubicado en Oficinas de la FELCV de la ciudad de Yacuiba. 5.- Sgto. 2do. Alberto Tarifa Soruco, mayor de edad, funcionario policial, con domicilio laboral ubicado en oficinas de la FELCV de la ciudad de Yacuiba. pertinencia. - La pertinencia de la prueba testifical ofrecida radica en que está destinada a demostrar la existencia del hecho delictivo y la responsabilidad penal del acusado, ya que dichos ciudadanos tienen conocimiento del hecho delictivo investigado y de aspectos relevantes relacionados al mismo. C) PERICIA PARA SER DESARROLLADA EN JUICIO.- Conforme lo dispuesto por el Art. 204 y 349 C.P.P, se propone la siguiente prueba pericial a realizarse en juicio. a) PERICIA EN PSICOLOGIA, se ofrece como Perito en psicologia,al perito del IDIF, que por turno corresponda, u otro especiartsta que designe el tribunal a momento de juicio, para que su Autoridad proceda a la toma de juramento y realice pericia,bajo los siguientes puntos de pericia: 1.- Establezca si la victima presenta daño psicológico, secuelas o estrés postraumático, producto del hecho denunciado. VI.-PETITORIO En mérito a la explicación fáctica y a los fundamentos contenidos en la presente acusación, solicito a su autoridad lo siguiente: I. Se tenga por presentada la Acusación Formal en contra de CANDIDO VASQUEZ, por la comisión dolosa del delito de Violencia Familiar o Doméstica. 2. Se remitan los antecedentes de la causa para su sorteo conforme lo establece el Art. 325 del Código de Procedimiento Penal, para que la autoridad competente radique la misrna y aplique el trámite correspondiente en virtud a los Arts. 56 bis numeral 2, 340 y 343 del mismo cuerpo legal, debiéndose señalar fecha y hora para la celebración de la Audiencia de Juicio Oral. 3. Una vez celebrada la Audiencia de Juicio Oral y realizada la valoración de las pruebas de cargo, se dicte Sentencia Condenatoria sancionando a CANDIDOVASQUEZ con la pena máxima prevista para el delito por el cual se le acusa. 4.Se imponga al acusado el pago de daños y perjuicios a favor victima y costas procesales a favor del Ministerio Público, en razón de gastos de tramitación del FISCALÍA DEPARTAMENTAL DE TARIJA proceso como ser material de escritorio, transporte y otros, conforme está previsto Otrosi 10.-En atención a los Arts. 98 parte in fine ylOO del C.P.P., adjunto copia de la declaración informativa del acusado. Otrosi 20.- Insto a que en el momento oportuno se dé estricta aplicación al Art. 56 Bis numeral 2 del Código de Procedimiento Penal. Otrosi 30.- Protesto presentar la prueba documental ofrecida cuando la autoridad competente asi lo disponga. N O 1 ciudad de Yacuiba. Otrosi 40.- Señalo domicilio procesal en oficinas del Ministerio Público ubicadas en la EPI Yacuiba, 16 de febrero de 20024. ------------------------------------------------------------------ Yacuiba 8 de marzo de 2024 NUREJ 603102022201190 CAUSA 36/2024 1.- Se radica en el Juzgado de Sentencia anticorrupción y violencia hacia la mujer 1 de Yacuiba la causa seguida por el Ministerio Publico contra CANDIDO VASQUEZ en la victima E.R.G.L. por delito de violencia familiar o domestica previsto en el art. 272 bis del c.p. Bajo responsabilidad del Juzgado remitente en el retraso del envió de la misma. 2.- Notifique al M.P. para que en 24 horas materialice la prueba de cargo. 3.-Vencido el plazo notifique a la víctima con la acusación fiscal y prueba de cargo para que en 10 días presente acusación particular y prueba de cargo. Su no presentación no impide ejerza sus derechos como víctima a lo largo del proceso. 4.-Vencido el plazo notifique el acusado con la acusación fiscal, particular, prueba de cargo ofrecida-materializada para que en 10 días ofrezca descargos. VENCIDO EL PLAZO REINGRESE PARA EMITIR AUTO DE APERTURA DE JUICIO. CONTROL DE PLAZOS A CARGO DE SECRETARIA. ------------------------------------------------------------------------------------------ ACTA DE ENSOBRAMIENTO DE PRUEBA DE CARGO DEL MINISTERIO PUBLICO ACUSADO: CANDIDO VASQUEZ DELITO: VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA NUREJ: 603102022201190 En la ciudad de Yacuiba, capital de la Región Autónoma del Gran Chaco del Departamento de Tarija, siendo horas 18:25 PM DEL DIA JUEVES 21 DE MARZO DE 2024 la Secretaria del Juzgado de Sentencia Anticorrupción y contra la violencia hacia la Mujer Primero de Yacuiba Rossana del Carmen Quispe Romero realiza el Acta de Ensobramiento de Prueba. PRUEBA DOCUMENTAL. - MP-1.- Denuncia por delito de Violencia familiar de fecha 03/10/2022; fotocopia de cédula de identidad de Erlinda Rosaura Girón López; Croquis domiciliario de Erlinda Girón López. (Fs. 6). MP-2.- Informe preliminar de fecha 27/10/2022; Actas de notificaciòn 06/02/2023. (Fs. 4). MP-3.- Acta de seguimiento de victima en situación de violencia de fecha 21 de Octubre. (Fs. 1). MP-4.- Informe social de fecha 28/10/2022. (Fs. 3). MP-5.- Informe psicológico de fecha 10/10/2022. (Fs. 3). MP-6.- Certificado de registro de domicilio electoral. (Fs. 1). MP-7.- Tarjeta de SEGIP de Cándido Vásquez. (Fs. 1). MP-8.- Certificación de Servicio de Registro Cívico de fecha 01/06/2023. (Fs. 1). MP-9.- Oficio Cite Jef. Div. Com. Nº 278/2023 Respuesta a Requerimiento fiscal de fecha 31/05/2023; Requerimiento fiscal de fecha 23/05/2023. (Fs. 3). .MP-10.- Certificación de Plataforma del Organo Judicial Asiento Yacuiba de fecha 12/06/2023. (Fs. 3). MP-11.- Memorial remite informe de seguimiento de fecha 14/08/2023; Informe de seguimiento de fecha 14/08/2023; Actas de notificación. (Fs. 2). MP-12.- Informe de verificación de medidas de protección de fecha 15/11/2023; Actas de notificación. (Fs. 2). MP-13.- Oficio ANH 16290 DCHA 0986/2023 de fecha 16/06/2023; Detalle de consumo de fecha 16/06/2023. (Fs. 2). Con lo que concluyó el presente acto firmando en constancia la secretaria abogada que certifica. Yacuiba, 21 de Marzo de 2024. +++++++++++++++++++++++++++++++QUEDA USTED NOTIFICADO++++++++++++++++++++++++++++++


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