EDICTO

Ciudad: POTOSI

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO TERCERO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL


EDICTO DEMANDANTE: JOSE ANTONIO PLAZA LOMAR DEMANDADO: EPIFANA CHOQUE UÑO NUREJ: 50145187 PROCESO: RECONOCIMIENTO DE FIRMAS EL DOCTOR JUAN VILLAPANDO RODRIGUEZ, JUEZ PÚBLICO CIVIL COMERCIAL N°3 DE LA CAPITAL Y PROVINCIA FRIAS DEL DEPARTAMENTO DE POTOSÍ.-- **************************************************************************************************** Por el presente Edicto, hace saber a EPIFANA CHOQUE UÑO que dentro el PROCESO PRELIMINAR DE RECONOCIMIENTO DE FIRMAS, seguido por JOSE ANTONIO PLAZA LOMAR en contra de EPIFANA CHOQUE UÑO, se está procediendo a la citación y emplazamiento para que comparezcan en despacho judicial a asumir defensa reconociendo o negando su firma, caso contrario se continuara el proceso, asimismo se advierte que toda persona tiene el deber de comunicar a la autoridad judicial el paradero del emplazado, a cuyo efecto se transcribe la demanda y auto de admisión: SEÑOR JUEZ PÚBLICO DE TURNO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL En la Vía Preliminar Solicita Reconocimiento de Firmas.- Otrosíes.- JOSE ANTONIO PLAZA LOMAR, mayor de edad y hábil por ley, con C.I. N° 4088568, de ocupación estudiante, con domicilio real en calle Pocoata S/N, zona bajo Aranjuez de esta ciudad, presentándome ante las consideraciones de su autoridad con todo respeto expongo y pido: I.- DE LOS HECHOS.- En fecha 27 de junio de 2018, suscribí un contrato privado de anticresis con la señora Epifania Choque Uño con C.I. Nº 3683239 Pts., en el cual, en su cláusula segunda, se declara que me da en anticrético una tienda ubicada en la calle La Paz N° 1195 esquina con calle Hoyos, misma que consta de un ambiente más su mezanine y un baño en la planta baja por la suma de Bs. 175.000 (CIENTO SETENTA Y CINCO MIL 00/100 BOLIVIANOS) por concepto de Anticresis, el cual debía devolverme el 28 de junio de 2019, pero hasta la fecha no me hizo la devolución del dinero de anticrético, pese a las reiteradas solicitudes hechas a través de llamadas, al final la señora Epifanía decidió dejar de contestarme el teléfono, con la única intención de no devolverme mi dinero. II.- EN LA VÍA PRELIMINAR SOLICITO RECONOCIMIENTO DE FIRMAS.- Por lo expuesto señor Juez en la vía preliminar y conforme a procedimiento solicito se convoque a la señora EPIFANIA CHOQUE UÑO con C.I. No. 3683239 Pt., a reconocer su firma en el contrato privado de anticresis de fecha 27 de junio de 2018, solicitud hecha al amparo del Art. 306.2 del Código Procesal Civil. Anunciando que de conformidad al Art, 307.I del Código Procesal Civil, la diligencia preparatoria de reconocimiento de firmas de contrato privado de anticresis de fecha 27 de junio de 2018, tiene la finalidad de instaurar un Proceso ordinario de cumplimiento de contrato y devolución de capital de anticrético, conforme al Código Procesal Civil, dirigida en contra de la señora Epifania Choque Uño. Es en justicia que de su despacho espero alcanzar. Otrosí.-. La convocada a reconocer las firmas de contrato privado de anticresis es la señora EPIFANIA CHOQUE UÑO, con C.I. N° 3683239 Pts., quien tiene su domicilio real en calle Padilla N° 9 de esta ciudad, lugar donde podrá ser citada. Adjunto croquis de su domicilio. Otrosí 1.- Pongo a conocimiento de su autoridad que la convocada a reconocer su firma en el contrato privado de anticresis, tiene diferentes domicilios, por lo que a efectos de evitar perjuicios al momento de citar a la convoca, solicito se oficie al SERECI y SEGIP a efectos que certifiquen el último domicilio de la señora Epifania Choque Uño con C.I. 3683239 Pts. Otrosí 2.- En calidad de prueba literal adjunto la siguiente: 1. Adjunto documento privado de anticresis de fecha 27 de junio de 2018, en original. Otrosí 3.- DOMICILIO PROCESAL.- Señalo como domicilio procesal electrónico el correo xcallahuara1313@gmail.com y el celular No. 75776509, conforme al Art. 72 inciso 2) del Código Procesal Civil, a efectos de poder recibir notificaciones y emplazamientos. Potosí, 14 de marzo de 2024. Fdo. Abg. Limbert Joel Cayo y el Sr. José Antonio Plaza Lomar. A CONTINUACION SE TRANSCRIBE AUTO DE ADMISION DE DEMANDA QUE SALE A FS. 5 Y ES COMO SIGUE: Potosí, 18 de marzo de 2024. VISTOS: Se admite la Diligencia Preparatoria de Reconocimiento de firmas interpuesta por el señor JOSE ANTONIO PLAZA LOMAR, todo en cuanto haya lugar en derecho. En aplicación del Art. 306 parágrafo I numeral 2 inc. a ) del Cód. Procesal Civil, cítese y emplácese a la señora EPIFANIA CHOQUE UÑO para que al 5º día hábil de su legal citación y a hrs. 18:00, comparezca ante éste Despacho Judicial a reconocer o negar su firma estampada en la Minuta de Anticresis de fecha 27 de junio de 2018, todo bajo conminatoria de declararse por reconocida. Al Otrosí 1.- Conforme dispone el Art. 78 parágrafo I del Cód. Procesal Civil para conocer datos sobre el domicilio real de la demandada EPIFANIA CHOQUE UÑO con C.I. No. 3683239 Pt. ofíciese al SERECI POTOSI; asimismo de acuerdo al Instructivo T.D.J. No, 31/2019 de fecha 9 de abril de 2019 recábese información del sistema de SEGIP Al Otrosí 2.- Se tiene presente únicamente para fines de la presente diligencia preparatoria Al Otrosí 3.- Por señalado, en lo demás se tiene presente. Anótese. Fdo., Juan Villalpando Rodríguez.--JUEZ.— Doy fe: Lourdes Cari Gómez.--SECRETARIA.--- A FS. 24 cursa memorial de solicitud de edictos en el sistema Hermes, a fs. 24 VTA. cursa providencia donde se acepta la publicación previo juramento de paradero desconocido mediante sistema HERMES y a fs. 26 cursa acta de juramento de paradero desconocido.************************************************************************************** ***************************************************************************************************


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