EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO DE EJECUCIÓN SEGUNDO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


EDICTO NUREJ: 200606709 EL JUEZ JOSE LUIS CAYOJA CHOQUE, JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN PENAL EN SUPLENCIA LEGAL DEL JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN PENAL DEL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE LA PAZ HACE SABER LO SIGUIENTE: --------------------------------------------------------------------Por el presente Edicto Judicial se notifica a la parte victima/denunciante: VILLEGAS CHAVEZ ABRAHAM Y AURORA GISBERT DE VILLEGAS para su pronunciamiento y asuma defensa conforme a procedimiento en el plazo de 10 días hábiles a partir de la publicación, dentro del proceso que se está tramitando caratulado Ministerio en contra de JAVIER WILFREDO SOLARES CONDE, por el delito de ASESINATO signado con NUREJ: 200606709, del cual se tiene ordenado en decreto de fecha 23 de mayo de 2024, Para tal efecto se trascribe a continuación las correspondientes piezas del cuaderno procesal: ---------------------------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& TRANSCRIPCIÓN DEL INFORME DE TRABAJO SOCIAL DE FECHA 07/03/2024 A FS. 95 DE OBRADOS --INFORME DTS/FRM/IS-ES NRO. 134/2024.---------------------------------------------------------------------------- A: Dr. José Luis Cayoja. ----------------------------------------------------------------------------------------------------JUEZ DE EJECUCIÓN PENAL 1ro. -----------------------------------------------------------------------------------------TRIBUNAL DEPTAL. DE JUSTICIA LA PAZ-BOLIVIA-------------------------------------------------------------------- (EN SUPLENCIA LEGAL) ----------------------------------------------------------------------------------------------------VIA: Dra. Cinthia María Mamani Ibarra. -------------------------------------------------------------------------------JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN PENAL---------------------------------------------------------------------------------TRIBUNAL DEPTAL. DE JUDICIAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA. -----------------------------------------------DE: Lic. Facunda Ruiz M. ---------------------------------------------------------------------------------------------------TRABAJADORA SOCIAL - JUZGADO DE EJECUCIÓN PENAL 2do. DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA. --------------------------------------------------------------------------------------------------------Ref.: INFORME DE VERIFICACIÓN DE DOMICILIO REAL Y FUENTE LABORAL----------------------------------CASO: JAVIER WILFREDO SOLARES CONDE. --------------------------------------------------------------------------EXHORTO SUPLICATORIO: 70488973.- ---------------------------------------------------------------------------------Fecha: Santa Cruz 27, marzo de 2024. ---------------------------------------------------------------------------------1.- REFERENCIA SOCIAL.- --------------------------------------------------------------------------------------------------El presente Informe Social fue elaborado: por un lado, en virtud al proveído de fechas 05 de marzo de 2024 (fs. 38) que instruye realizar "…, verificación de domicilio real y fuente laboral del beneficiado, …” JAVIER WILFREDO SOLARES CONDE. Y, por otro lado, se elabora el presente informe en función a instrumentos y técnicas como visita domiciliaria, entrevista estructurada, entrevista no estructurada, observación directa y cuestionario (llenado de ficha de verificación domiciliaria). -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------2. DATOS GENERALES: -----------------------------------------------------------------------------------------------------Nombres y Apellidos: JAVIER WILFREDO SOLARES CONDE. ------------------------------------------------------Edad: 67 años. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------Fecha de Nacimiento: 21 de febrero de 1957. -----------------------------------------------------------------------Lugar de Nacimiento: Depto. de La Paz, Provincia Murillo, Ciudad. --------------------------------------------Nivel de instrucción: Secundaria. ---------------------------------------------------------------------------------------Estado Civil: Soltero. -------------------------------------------------------------------------------------------------------Fuente: Revisión de documento de identidad Nro. 2338335 - LP y legajo del caso. -----------------------3.- VERIFICACIÓN DE DOMICILIO DEL SENTENCIADO.- Es menester señalar que para la realización de la verificación domiciliaria la Suscrita fue conducida al lugar por el mismo Referido en horas de la mañana de fecha 19 de marzo de 2024. Asimismo, en el lugar el Referido exhibiendo su cédula de identidad 2338335- LP afirmó haber suscrito con la Señora Roxana Calatayud Rojas un Contrato de Renovación de Anticresis por la suma de 10.000 $us. en fecha 28 de diciembre de 2023, documento que según el mismo- fue adjuntado al expediente. ------------------------------------------------3.1.- DIRECCIÓN DE DOMICILIO REAL Y FUENTE LABORAL.- ------------------------------------------------------En éste sentido, realizada la verificación domiciliaria a través de la observación, entrevista y visita domiciliaria se establece que el inmueble señalado por el Referido como domicilio real y fuente laboral verificado por la suscrita se encuentra ubicado en el en el Municipio de Montero, Distrito 14 UV 004 - Mza 0025 - L s/n; Zona la Floresta, Calle Ezequiel Hurtado (conocida como Calle o Paseo Universitario) Nro. 665 (ACERA ESTE), entre Calle La Paz y Calle 9 de Abril; con código de medidor del servicio de electricidad en la pilastra del Inmueble número 24330/4 y número de celular 71991077- 78773654-78425601-71398323 (pertenecientes al Referido y a su hijo menor). Asimismo, entre las referencias que permiten arribar al domicilio verificado se tiene: 1.- La Casa edificada pintada de color mostaza, puertas de ingreso y garaje de color café, con letreros que señalan “toque timbre" (letrero permanente) en la puerta de ingreso y banner que señala "PICOLECERÍA NICOLAS" colgado en la puerta de garaje. El inmueble es el segundo a partir de la Calle La Paz. 2.- El inmueble queda ubicado a dos cuadras hacia el Este a partir de la Avenida 1er. Anillo. 3.- Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos días. 4.- Motel Sheratón. 5.- Escuela Simón Bolivar. 6.- Universidad UNO Moreno y en frente la Unidad Educativa La Floresta. --------------3.2.- CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE.- En el domicilio verificado la Suscrita fue atendida por el Referido y su hijo menor Herlan Yasir Solares Sembler. Paralelamente, los entrevistados exhibieron sus cédulas de identidad, certificado de nacimiento del hijo entrevistado, documentos que establecen relación familiar entre ambos. También exhibieron dos fotocopias de contrato de anticresis, el primero de fecha 01-12-2021 y el segundo de fecha 28-12-2023, siendo éste último la renovación de contrato. ---------------------------------------------------------------------------------------------------Cabe señalar que en fotocopias de Contrato de Anticresis se observa que el Referido suscribió contrato de anticresis con la señora Roxana Calatayud Rojas (quien no fue vista en el momento de la verificación). No obstante, el Referido exhibió fotocopia de documento de propiedad del inmueble con fecha de emisión de fecha 18-02-2022. Documento que en el que se observa el nombre de la señora Roxana Calatayud Rojas con cédula de identidad 4474250-CBB. -------------------A esto se suma, también, que en el momento de la verificación el Referido exhibió el aviso de cobranza del servicio de electricidad del inmueble. Documento en el que se observó el nombre del Jaime Wilfredo Solares Conde y, al respecto, el Referido explicó que éste documento fue registrado en su nombre con el objeto de acceder a la rebaja solidaria de consumo del servicio de electricidad. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------En ésta línea, al interior de la propiedad se observó cinco ambientes de medias aguas, ubicadas en la parte e izquierda de la propiedad. Además, se observó que de estos ambientes tres son dormitorios, una cocina, un baño, lavandería y un patio amplio de piso de tierra. Es menester informar que los ambientes en su totalidad tienen un acabado en obra fina y se encuentran en condiciones de habitabilidad. --------------------------------------------------------------------------------------------Del mismo modo, tras observación se establece que entre los vivientes del inmueble están: el Referido de 67 años de edad que es persona de la tercera edad, Luis Alberto Solares Sembler de 38 años de ocupación policía en grado de capitán (hijo mayor del Referido) y Herlan Yasir Solares Sembler de 36 años de ocupación Estudiante de Derecho (hijo menor del Referido). --------------------3.3-VERIFICACIÓN LABORAL DEL SENTENCIADO.- ------------------------------------------------------------------De igual manera, al interior del mismo inmueble también se procedió a la verificación de la fuente laboral del Referido, ACTIVIDAD QUE SE CONCRETA EN LA "VENTA DE HELADOS" CONOCIDOS COMO "PICOLES". Para este efecto, según observación de documentos y referencias se establece que el Referido suscribió contrato verbal en el mes de agosto de 2023 con la señora María Viviana Guzman Cuellar, a quien identificó como representante legal y propietaria de la Picolería "NICOLAS". Asimismo, el Referido explicó que la señora María Viviana Guzman Cuellar con C. I. 6325873-SC es la proveedora de helados en el Municipio de Montero y que él junto a su hijo (Herland Yasir Solares Sembler) son clientes fijos con capital para la compra y venta de helados hace aproximadamente seis meses. ------------------------------------------------------------------------------------En éste sentido, al interior del inmueble, verificado e identificado como domicilio real, se observó que el Referido cuenta con una heladera que según el mismo- le fue facilitado por la proveedora de helados para la conservación y venta de éste producto. Por otro lado, también se observó que la proveedora le facilitó un banner que señala (textual) Picolería "NICOLAS", banner que se diariamente es colgado en la puerta de garaje para promoción del producto. Además, para la comodidad de la clientela -el Referido- cuenta con cinco juegos de mesas con sus respectivas sillas, mismas que son ubicadas en el espacio del paseo y al interior del garaje del inmueble. -----------------El Referido afirma que el capital destinado para la compra de helados asciende a 500 Bs. por semana y que de éste monto obtiene una ganancia -sujeto a la venta total del producto- de 500 Bs. por semana. Igualmente, el Referido afirma que su actividad laboral se inicia a partir de horas 09:00 y se prolonga hasta horas 23:00, esto sujeto a la temperatura del medio ambiente. El Referido puntualizó que los ingresos obtenidos son destinados para satisfacer necesidades primarias de él y su hijo, además añadió que su hijo mayor también le brinda su apoyo económico de manera permanente. --------------------------------------------------------------------------------------------------Finalmente, el Referido afirmó que eventualmente tiene solicitudes de helados de Establecimientos Educativos y familias en fechas festivas, cuyas ganancias -según referencia- son inmediatas. Para este efecto, el Referido exhibió en diferentes ambientes del inmueble (dormitorio y patio del inmueble) diez conservadoras de plastaformo de diversos tamaños (entre grandes y pequeños). --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------3.4.- TRANSPORTE PÚBLICO.- Respecto al transporte público, por referencias se establece que entre las movilidades públicas que permiten arribar al inmueble verificado son todas las líneas interprovinciales, movilidades que pueden ser abordadas de la Avenida 2do. Anillo y Avenida 4to Anillo para descender en el Municipio a la altura de su parada. En el Municipio de Montero se sugiere abordar un Mototaxi considerando la dirección señalada para descender al inicio del Paseo Universitario. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------4.- DOCUMENTACIÓN PRESENTADA.- La entrevistada exhibió fotocopias de: ------------------------------Cédulas de Identidad (del Referido y sus dos hijos) ----------------------------------------------------------------Certificado de Nacimiento del hijo menor del Referido. ----------------------------------------------------------1er. Documento de anticresis de fecha 01-12-2021. ---------------------------------------------------------------2do. Documento de anticresis de fecha 01-12-2021. --------------------------------------------------------------Documento de propiedad. ------------------------------------------------------------------------------------------------Certificado de trabajo ------------------------------------------------------------------------------------------------------E imágenes impresas del inmueble -------------------------------------------------------------------------------------7.-CONCLUSIONES.- Realizada la verificación domiciliaria señalada por se arriba a las siguientes conclusiones: -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------El inmueble verificado como domicilio real y fuente laboral del Referido, según referencias y revisión de documentación, se establece que es de propiedad de la señora Roxana Calatayud Rojas, con quien el Referido suscribió renovación de contrato de anticresis en fecha 28-12-2024. ------------Se evidenció que el inmueble señalado por el Interno como domicilio real y fuente laboral con verificación realizada por la Suscrita se encuentra ubicado en el Municipio de Montero, Distrito 14 UV 004 - Mza 0025 - L s/n; Zona la Floresta, Calle Ezequiel Hurtado (conocida como Calle o Paseo Universitario) Nro. 665 (acera Este), entre Calle La Paz y Calle 9 de Abril; con código de medidor del servicio de electricidad en la pilastra del Inmueble número 24330/4 y número de celular 71991077- 78773654- 78425601- 71398323 (pertenecientes al Referido y a su hijo menor). -------------------------En el inmueble se observó como únicos vivientes al Referido y sus dos hijos, quienes ocupan todos los ambientes como dormitorios, cocina, patio, lavandería, baño y ducha. Observándose que todos estos ambientes se encuentran amoblados. -------------------------------------------------------------------------Por otro lado, el Referido junto a su hijo menor se dedican a la venta de helados, cuya proveedora es la señora María Viviana Guzman Cuellar. -------------------------------------------------------------------------Los recursos que el Referido logra captar de su fuente laboral es invertido para la satisfacción de sus necesidades básicas. --------------------------------------------------------------------------------------------------Además, señalar que existe movilidades públicas que nos acercan al domicilio. ---------------------------Y, finalmente, para mayor referencia se adjunta QR, croquis de domicilio, link de domicilio y fotocopias de cédulas de Identidad (del Referido y sus dos hijos), certificado de Nacimiento del hijo menor del Referido, 1er. Documento de anticresis de fecha 01-12-2021, 2do. Documento de anticresis de fecha 01-12-2021, Documento de propiedad del inmueble, Certificado de trabajo e imágenes impresas del inmueble y la fuente laboral. --------------------------------------------------------------Es cuanto se informa para fines consiguientes de Ley: ------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: LIC. FACUNDA RUIZ M. – TRABAJADORA SOCIAL DEL JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN – SANTA CRUZ – BOLIVIA ---------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& SE TRANSCRIBE DECRETO DE FECHA 23 DE MAYO DE FECHA 2024 CURSANTE A FS. 1166 DE OBRADOS ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------LA PAZ, A 23 DE MAYO DE 2024 -----------------------------------------------------------------------------------------Se tiene presente la representación de notificación, en consecuencia, siendo que de la revisión exhaustiva de los antecedentes no se tiene registro de cedulas de identidad ni datos de la parte victima VILLEGAS CHAVEZ ABRAHAM Y AURORA GISBERT DE VILLEGAS en ese entendido a los fines de no dejar en la indefensión a la parte víctima, por secretaria de juzgado procédase a la notificación mediante edicto judicial por el portal digital de Sistema Hermes del Órgano Judicial. ---FIRMA Y SELLO: DR. JOSE LUIS CAYOJA CHOQUE – JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN PENAL EN SUPLENCIA LEGAL DEL JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN EN LO PENAL DE LA CIUDAD DE LA PAZ -FIRMA Y SELLO: ANTE MI: IRMA CATORCENO MENESES – SECRETARIA ABOGADA DE JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION PENAL----------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&EL PRESENTE EDICTO JUDICIAL ES LABRADO POR SECRETARIA EN FECHA VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS. ----------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


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