EDICTO

Ciudad: VILLA TUNARI

Juzgado: TRIBUNAL DE SENTENCIA PRIMERO EN MATERIA PENAL DE VILLA TUNARI


ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA ÓRGANO JUDICIAL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL N° 1 DE VILLA TUNARI E D I C T O Para: EDWIN GONZALES CONDORI DRA. INDIRA ELIZABETH MALDONADO EQUILEA – PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA N° 1 DE VILLA TUNARI. Por el presente edicto pone en conocimiento y notifica a EDWIN GONZALES CONDORI con ACTA DE AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL DE FECHA 23 DE MAYO DE 2024. Dentro del proceso seguido por el Ministerio Público contra EDWIN GONZALES CONDORI por la presunta comisión del delito de Violación con agravante, previsto y sancionado por el Art. 308 y 310 inc. l) del Código Penal, a cuyo fin se transcribe el siguiente actuado: ACTA DE AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL DE FECHA 23 DE MAYO DE 2024.- ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL – SUSPENDIDA.- Lugar y fecha: Villa Tunari, 23 de mayo de 2024.- Hora de inicio: 09:00 a.m.- PRESIDENTE: Dra. Indira Elizabeth Maldonado Equilea.- Presente.- JUEZ TÉCNICO: MSc. Wilber Marcial Cruz Arancibia.- Presente.- JUEZ TÉCNICO: Dra. María Cristina Terrazas Lujan.- Ausente.- SECRETARIA ABOGADA: Karolina Andrade Grageda.- Presente.- P A R T E S.- MINISTERIO PÚBLICO: Dra. María Eugenia Chungara Viracochea.- Ausente.- DENUNCIANTE: Genaro Vela.- Ausente.- DEFENSORIA DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA: Herculiano Iscayrramani.- Presente.- IMPUTADO: EDWIN GONZALES.- Ausente.- ABOGADO DEFENSOR: Dr. Edson Paz Vargas.- Presente.- DELITO: Violación con agravante (art. 308 y art. 310 inc. l) del Código Penal).- Desarrollo de la audiencia: Constituidos en el salón de audiencias del Tribunal de Sentencia Penal N° 1 de Villa Tunari los miembros del Tribunal, la Sra. Presidenta del Tribunal ordena que por secretaría se informe el cumplimiento de las formalidades de ley y la presencia de los sujetos procesales en la audiencia señalada.- Informe de la Secretaria – Abogada: La presente audiencia es para llevar a cabo la celebración de juicio oral dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Publico contra Edwin Gonzales, por la presunta comisión del delito incurso en el art. 308 y art. 310 inc. l) del Código Penal. En audiencia se encuentran presentes el representante de la Defensoría de la niñez y adolescencia de Villa Tunari y el abogado de SEPDEP, ausentes la representante del Ministerio Público, denunciante e imputado pese a su legal notificación, asimismo, informar la ausencia de la tercera Juez Técnico Dra. María Cristina Terrazas Lujan, quien se encuentra con baja médica, es cuanto informo.- La Sra. Presidenta pasa a dictar el siguiente DECRETO.- En merito al informe emitido por la secretaria de este despacho judicial, se tiene que se han cumplido las formalidades de Ley, sin embargo se tiene la inconcurrencia de la tercera juez técnico Dra. María Cristina Terrazas Lujan, en este sentido de acuerdo al art. 52 del CPP el Tribunal está compuesto por tres jueces técnicos los cuales hacen quórum a efectos de sustanciar el juicio oral, por lo que ante la inasistencia de la tercera juez técnico por baja médica justificada, imposibilita instalar el presente acto procesal razón por la cual se señala nueva fecha de audiencia de juicio oral para el día MIÉRCOLES 24 DE JULIO DE 2024 A HORAS 09:45 A.M, y siguientes, a llevarse a cabo en el salón de audiencias del Tribunal de Sentencia Penal N° 1 de Villa Tunari, habiéndose realizado el señalamiento fuera de los plazos procesales se dispone la suspensión de los plazos procesales conforme establece el art. 130 parte in fine del CPP; asimismo los sujetos procesales deberán recabar por secretaría sus correspondientes mandamientos de comparendos para hacer presentes a sus testigos y/o peritos si lo hubiesen ofrecido en su momento procesal oportuno, dejándose establecido que cualquier solicitud de suspensión debe estar en el marco de lo establecido por el art. 335 del CPP, asimismo, se dispone la notificación del imputado Edwin Gonzales Condori mediante edictos a publicarse por el sistema Hermes, conforme prevé el art. 165 del CPP, en relación a la inasistencia de la representante del Ministerio Público, se dispone la notificación de la misma con el presente señalamiento, con el advertido de su inasistencia en una futura audiencia se dará conocimiento de la Fiscalía Departamental, de igual manera notifíquese a la denunciante con el nuevo señalamiento de audiencia. En previsión del art. 160 del CPP los sujetos procesales quedan legalmente notificados con la presente resolución con su pronunciamiento.- Con lo que concluyó el acto a Hrs. 09:15 a.m., firmando las partes presentes y los miembros del Tribunal en señal de conformidad, doy fe.- Fdo. Ilegible.- Dra. Indira Maldonado Equilea – Presidenta del Tribunal de Sentencia Penal N° 1 de Villa Tunari.- Fdo. Ilegible.- MSc. Wilber Marcial Cruz Arancibia – Juez Técnico del Tribunal de Sentencia Penal N° 1 de Villa Tunari.- Fdo. Ilegible.- Karolina Andrade Grageda – Secretaria Abogada.-Tribunal de Sentencia Penal N° 1 de Villa Tunari.- Fdo. Ilegible.- Herculiano Iscayrramani.- RESP. DEFENSORIA DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA G.A.M. VILLA TUNARI.- Fdo. Ilegible.- Edson Paz Vargas.- SEPDEP.----------------------------------------------- NOTA.- DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 165 DEL CPP. EL PRESENTE EDICTO DEBERÁ SER PUBLICADO A TRAVÉS DEL SISTEMA DE NOTIFICACIONES ELECTRONICAS JUDICIALES DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA. Villa Tunari, 27 de Mayo de 2024.


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