EDICTO

Ciudad: SAN LORENZO

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA E INSTRUCCIÓN PENAL DE SAN LORENZO


2da. PUBLICACCION DE EDICTO JUZGADO PUBLICO, CIVIL COMERCIAL, DE FAMILIA, DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA E INSTRUCCIÓN CAUTELAR 1° DE SAN LORENZO JUEZ: DRA. TERESA J. TORREZ TORREZ SECRETARIA: DRA ADELA CISNEROS GONZALES SIGUE: MINISTERIO PÚBLICO IMPUTADO: EUSTAQUIO CARDOZO TELLEZ VICTIMA: RILMA CARDOZO PADILLA DELITO. VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA OBJETO: NOTIFICAR AL IMPUTADO EUSTAQUIO CARDOZO TELLEZ. RELACION DE LOS HECHOS.- El 14 de febrero de 2023, en horas de la noche tras llegar la señora RILDA CARDOZO PADILLA con sus dos hijos a su domicilio ubicado en la comunidad de Santa Barbara, Barrio 22 de agosto, cuando se disponía a descansar, escuchó que la señora FLORINDA VEGA SALAZAR (pareja de su padre) y su papá el señor EUSTAQUIO CARDOZO TELLEZ, ingresaron a su domicilio gritando que es una una puta, una ranfla, que no descansarían hasta verla muerta, en un cajón y recién estarían tranquilos; al escuchar ello la victima abrió su puerta y les pidió que se callaran, ya que sus hijos se encontraban descansando, sin embargo lejos de hacerle caso su padre EUSTAQUIO CARDOZO TELOLEZ le propinó un garrotazo con un palo, logrando observar en ese momento además que se encontraban allí su vecino Nelson y su pareja; entre tres la alzaron y la llevaron a la casa de su padre (que se encuentra ubicada a lado) ahí le dijeron que iba a pagar todo y entre las cuatro personas la golpearon: su padre la propinó golpes con un palo en la cabeza, su estómago la espalda, la señora FLORINDA VEGA SALAZAR agarró una botella y con la misma le propinó golpes en su cara; momentos después la señora RILDA CARDOZO PADILLA logró quitarle el palo. a su padre, hasta que los mismos encausados llamaran a la policía indicando que la víctima les estaba agrediendo a ellos; cuando finalmente la soltaron y ella estaba por ingresar a su casa la vieron sus vecinos Daniel y Tomasa, quienes percibiendo la lesiones que tenía igual llamaron a la policía, luego de unos minutos llegó el personal policial quienes la trasladaron a un centro médico y arrestaron a su padre. FORMALIZA IMPUTACION FORMAL. - Del análisis de los antecedentes, recabados en la investigación de acuerdo a la imputación y previsto por el Art. 225 IMPUTA FORMALMENTE a EUSTAQUIO CARDOZO TELLEZ por la presunta comisión del delito de “VIOENCIA FAMILIAR O DOMESTICA”, tipificado y sancionado por el Art. 272 bis del C.P ., SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES. – DE MOMENTO NO SE REQUIERE LA APLICACIÓN DE LAS MISMAS. RESOLUCIÓN JUDIACIAL DE FS. 11 VTA. DE OBRADOS CODIGO 605102072300067 RESOLUCION DE FS 59 VTA. San Lorenzo, 12 de octubre de 2023 Se tiene presente, por lo que registrese en el libro de control jurisdiccional la IMPUTACIÓN FORMAL realizada por la representante del Ministerio Público a denuncia de RILMA CARDOZO TELLEZ en contra de EUSTAQUIO CARDOZO TELLEZ, por el presunto delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA, previsto en el Art. 272 del C.P., debiendo notificarse al imputado con la imputación formal, personal o celulariamente en su domicilio real de conformidad con el Art. 160 y 163 del C.P..P., a partir de dicha notificación COMPUTE la señora secretaria el plazo máximo de duración de la etapa preparatoria previsto en al art. 134 del C.P.P., debiendo informar de oficio, si no existe requerimiento conclusivo bajo su responsabilidad con las formalidades de ley.- RESOLUCIÓN JUDIACIAL DE FS. 13 VTA. DE OBRADOS CODIGO 605102072300067 RESOLUCION DE FS 61 VTA. San Lorenzo, 10 de mayo de 2024 CODIGO. 605102072300008 Se tiene presente la representación de la Sra. oficial de diligencias, por lo que para continuar la secuencia procesal y ante la imprecisión del domicilio real del imputado y la victima, en cumplimiento del debido proceso notifíquese al imputado EUSTAQUIO CARDOZO TELLEZ con la imputación formal por EDICTO de conformidad al art. 165 del C.P.P., la Sra, secretaria del juzgado emita FORMATO DE EDICTO por el sistema HERMES, otorgando al imputado 10 días para que asuma su defensa, con las formalidades de ley.- Al vencimiento del plazo otorgado la Sra. secretaria informe e ingrese a despacho para resolver lo que en corresponde con las formalidades de ley. FDO. JUEZ TERESA TORREZ TORREZ ANTE MI SECRETARIA ABOGADA ADELA CISNERO GONZALES.


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