EDICTO

Ciudad: CAMIRI

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA EN MATERIA PENAL DE CAMIRI


EDICTO DE PRENSA PARA FAMILIAR DE LA VICTIMA: DE INICIALES S.R.B. JUSTINA BAYO GONZALES (MADRE DE LA VITIMA). EL DR. JOSE MANCILLA ANAJIA JUEZ DEL JUZGADO DE SENTENCIA PENAL PRIMERO DE CAMIRI, POR INTERMEDIO DEL PRESENTE EDICTO HACER SABER QUE DENTRO DEL PROCESO PENAL SEGUIDO POR EL MINISTERIO PUBLICO A DENUNCIA DE CARMEN DELCI MEJIA CALSADILLA (DNA - CABEZAS) EN CONTRA DE ARIEL MALDONADO COSSIO POR LA SUPUESTA COMISION DEL DELITO DE ABUSO SEXUAL CON AGRAVANTE. EXP.12/2024 CON NUREJ: 70495467. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AUTO DE APERTURA DE JUICIO Lugar y Fecha : Camiri, 06 de Mayo de 2024 NUREJ N° : 70495467 Expediente: : 12/2024 Caso FELCC : 86/2023 Juzgado de Sentencia Penal 1° de Camiri - Santa Cruz IMPUTADO : Ariel Maldonado Cossio DENUNCIANTE : Carmen Delci Mejia Calsadilla VICTIMA : S.R.B.(13 años) ACUSADOR : Ministerio Publico VISTOS: La acusación planteada por el representante del Ministerio Público, mediante la cual acusa penal y formalmente al ciudadano Ariel Maldonado Cossío bajo el cargo de abuso sexual con agravante, delito previsto y sancionado por los artículos 312 y 310 inc. g) del Código Penal con las modificaciones de la Ley 348. CONSIDERANDO: En la providencia de fecha 01 de Abril de 202 cursante a fs. 194, se radica la causa en este Juzgado de Sentencia Penal 1 de Camiri. Con la acusación fiscal, pruebas de cargo y radicatoria se notifica a la Defensoría del Municipio de Cabezas y a los familiares de la víctima mediante edicto de prensa, ello consta a fs. 195 y 197 a 198 y vlta., sin embargo los mismos dejan vencer el termino y no presentan ninguna acusación ni adhesión. El acusado Ariel Maldonado Cossio fue notificado con la acusación, pruebas de cargo y radicatoria en fecha 18 de Abril de 2024 como consta a fs. 194, sin embargo, el mismo que deja vencer el termino y no presenta ninguna prueba de descargo, en consecuencia cumplidas las formalidades establecidas por los artículos 340 y 341 del Código de Procedimiento Penal, este Tribunal considera que existen las condiciones objetivas y subjetivas de que se está ante una acusación que debe ser resuelta conforme lo previene el Código de Procedimiento Penal, por lo que es procedente la apertura de juicio oral público en contra del imputado por el cargo citado en la acusación formal deducida por el representante del Ministerio Público.- POR TANTO: El Juzgado de Sentencia Penal 1° de Camiri, considerados y presentes los fundamentos de la acusación fiscal, de conformidad a lo establecido y previsto por el Art. 340 del Código de Procedimiento Penal, a instancia del Ministerio Público, dispone la apertura de juicio penal en contra del imputado ARIEL MALDONADO COSSIO por el cargo de la comisión del delito de: abuso sexual con agravante, delito previsto y sancionado en el art. 310 y 312 inc. g) del Código Penal con las modificaciones de la Ley 348. Se señala audiencia de juicio oral para el día viernes 31 de Mayo de 2024 horas 09:00 a.m., la misma que se celebrara en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz "Palmasola", lugar donde deben acudir las partes, debiendo la Abog. Secretaria solicitar al Director de Palmasola el espacio para que se desarrolle el juicio oral y solicitar los permisos correspondientes. Por secretaría del Tribunal procédase a la notificación oportuna de las partes, para que estos presenten sus pruebas, testigos y peritos ofrecidos, conforme a procedimiento y tómese los recaudos necesarios para la celebración del juicio de conformidad a lo previsto por el art. 343 del Código de Procedimiento Panal Regístrese y hágase conocer.


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