EDICTO

Ciudad: SUCRE

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEGUNDO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


EDICTO No.130/2024 EL Dr. FARID NASSAR DONOSO JUEZ DE SENTENCIA No. 2 EN LO PENAL DE LA CAPITAL. Sucre-Bolivia MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO HACE SABER: a los ACUSADOS: Lidia Puma Sandoval, Zelva Esther Zavala Argandoña, Brayhan Quiñones Gonzales, Limberth Henry Sullkani Siles, Elio Katari Llanos y Samuel Villarroel Peralta, dentro del proceso penal signado con NUREJ 1039185 seguido por el MINISTERIO PUBLICO a instancia de Clementina Quispe Bautista, Betty Ayala Torihunano, Fernando Quispe Duran, Crispin Parada Luna, Zenón Mamani Quiroz, Marlene Espada, Daniela Yupari Ayma, Francisco Mamani Paino, Flora Espada Hinojosa, Martha Espada Hinojosa y Marco Antonio Copa Quecaño, contra Lidia Puma Sandoval, Alberto Quispe Montoya, Giovanna Quispe Montoya, Selva Esther Zavala Argandoña, Brayan Parada, Brayhan Quiñones Gonzales, Juan Carlos Cruzes, Julio Trujillo, Adolfo Puma Sandoval, Jesús Gonzales Chambi, Limberth Henry Sullkani Siles, Elio Katari Llanos, Felicidad Córdova Paco y Samuel Villarroel Peralta por la presunta comisión del delito de ASOCIACION DEFECTUOSA Y ESTAFA AGRAVADA, previsto en el código penal, se dictó la siguiente pieza procesal. Certifico. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO JUEZ DE SENTENCIA PENAL No. 2 DR. JOSE EMILIO PINTO ACUSADOR FISCAL DRA. VIANEY MENDEZ VICTIMA(S) MARTHA ESPADA- FLORA ESPADA- MARLENE ESPADA CLEMENTINA QUISPE- DANIELA YUPARI - ABOGADO JHONNY SÁNCHEZ VARGAS CRISPIN PARADA- BETTY AYALA T.-ZENON MAMANI- DANIELA AYUPARI- FRANCISCO MAMANI- MARLENE ESPADA MARCO ANTONIO COPA QUECAÑO- ACUSADO(S) ALBERTO QUISPE MONTOYA GYOVANA QUISPE MONTOYA FELICIDAD CORDOVA PACO LIDIA PUMA SANDOVAL SELVA ESTHER ZAVALA BRAYHAN QUIÑONES GONZALES LIMBERT HENRY SULLKANI ELIOS KATARI LLANOS SAMUEL VILLARROEL PERALTA BRAYHAN PARADA JUAN CARLOS CRUZES JULIO TRUJILLO ADOLFO PUMA SANDOVAL JESUS GONZALES CHAMBI ABOGADO(S) DR. CARLOS ORTEGA (ALBERTO Q, GYOVANA Q, FELICIDAD C) DELITO ASOCIACION DELICTUOSA Y ESTAFA AGRAVADA SECRETARIO GERMAN HUARITA BAUTISTA FECHA LUNES 13 DE MAYO DE 2024 HORA DE INICIO 15:00 HORA DE FINALIZACIÓN 15:06 Constituido en el despacho Judicial del Juzgado de Sentencia Penal No. 2 de la Capital, a horas quince con cero minutos, del día lunes trece de mayo del año dos mil veinticuatro, el señor Juez dijo: 1°. Por secretaría procédase a la verificación de la concurrencia de las partes todo lo pertinente. Secretaria: Por Secretaría se informó los siguientes aspectos: 1. El cuaderno procesal se encuentra corriente; están notificadas todas las partes. 2. En audiencia se encuentran: a. Presente el representante del Ministerio Público, Dra. Vianey Mendez. b. Presentes la víctima Marlene Espada, ausente su abogado el Dr. Jhony Sánchez, ausente Flora Espada, Martha Espada, Clementina Quispe, Daniela Yupari. c. Presente la co acusada Giovanna Quispe Montoya, presente Alberto Quispe Montoya, presente Felicidad Córdova Paco, ausente su abogado Carlos Ortega Sivila. d. Ausentes coacusados Lidia Puma Sandoval, Zelva Esther Zavala Argandoña, Brayan Quiñones Gonzales Chambi, Limbert Henry Sullkani Siles, Elio Katari Llanos y Samuel Villaroel Peralta (declarados rebeldes). El señor Juez dijo: En mérito al informe del señor secretario y la presencia de las partes, se instala la audiencia y se dispone su prosecución. La intervención del suscrito se debe a que el Juez de la causa, está cumpliendo determinaciones de régimen disciplinario del Órgano Judicial; en ese sentido, me voy a limitar a señalar una nueva audiencia de juicio, por el estado de la causa. Seguidamente, el señor Juez dictó el siguiente proveído. Sucre, 13 de mayo del 2024. En atención a los fundamentos referidos, se dispone la suspensión y se señala audiencia de prosecución de juicio, para el día lunes 26 de agosto del 2024 a horas 09:00; señalamiento que se realiza para esa oportunidad con la permisión del Art. 130 del CPP, el cual indica que en casos de fuerza mayor se pueden suspender plazos; esa fuerza mayor, se encuentra acreditada con el rol de audiencias de juicio que permite establecer que por la carga procesal no puede señalarse audiencia para una fecha anterior, se dispone la suspensión de plazos. Audiencia que se llevara a cabo de manera presencial en instalaciones del TDJ-CH, en este Juzgado de Sentencia Penal No. 2 de la Capital. Expídase los comparendos para la prueba de descargo. Quedan citadas y notificadas las partes presentes para la siguiente audiencia, notifíquese a los ausentes. Con lo que terminó la presente audiencia, firmando en constancia el señor Juez y el suscrito secretario CERTIFICA. FDO.------------JUEZ----------------FDO.---------------SECRETARIO. -------------------EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE, CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX D. S. O.


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