EDICTO

Ciudad: MONTERO

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO MIXTO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y DE SENTENCIA PENAL DE MONTERO


EDICTO: PARA: LAURA MARIOLY ORTIZ VACA (DENUNCIANTE) PERSONA DE SEXO FEMENINO. A REYNOLDS E. JUEZ PUBLICO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y SENTENCIA PENAL 1° DE MONTERO – PROVINCIA OBISPO SANTISTEVAN. DISTRITO JUDICIAL DE SANTA CRUZ, POR EL PRESENTE EDICTO, HACE SABER QUE DENTRO DEL PROCESO DE: LESIONES GRAVES Y LEVES EXP. 14/2023, NUREJ 710102092202247 CASO: FELCC MONTERO 533/2022 CONTRA: AURA LORENA ARAOZ TERRAZAS. _______________________________________________________________________________________ EXP. 014/2023 NUREJ: 710102092202247 FELCC MONTERO 533/2022 LESIONES GRAVES Y LEVES AUTO DE APERTURA DE JUICIO Nº 098/2024 Montero, 07 de marzo de 2024 VISTOS: La Acusación presentada por el Ministerio Público, los antecedentes procesales y los de la materia: CONSIDERANDO: Que, el Ministerio Público presentó Acusación en contra de a AURA LORENA ARAOZ TERRAZAS CI 7674479 SC de la presunta comisión del delito de LESIONES GRAVES Y LEVES consignando como victima en la acusación al ciudadano/a PABLO DANIEL DAZA ORTIZ de 15 años al momento de los hechos representado por LAURA MARIOLY ORTIZ VACA progenitora conforme el art. 76 del CPP. Que, la victima no presenta acusación particular ni adhesión a la fiscal pese a su legal notificación mediante Edictos en el Sistema HERMES al no existir domicilio preciso, conforme lo previene el art. 165 del CPP en fecha 18/06/2023. Que, el imputado AURA LORENA ARAOZ TERRAZAS CI 7674479 SC no presentan prueba de descargo pese a su legal notificación en medio electrónico señalado al no existir domicilio real preciso en fecha 01/02/2024. Que, a la fecha el plazo previsto por el art. 340 del CPP, ha sido excedido por el imputado, para la presentación de prueba de DESCARGO, Que, de la revisión de antecedentes del proceso, se verifica que encontrándose cumplidos los requisitos formales pertinentes, de acuerdo con lo establecido por el Art. 340 del Código de Procedimiento Peral, se dispone la APERTURA DE JUICIO en contra de AURA LORENA ARAOZ TERRAZAS CI 7674479 SC con domicilio en Puente Caimanes de la Presunta comisión del delito de LESIONES GRAVES Y LEVES previstos y sancionados por el art. 271 del Código Penal. Con estos antecedentes, y en consideración al COLAPSO DE LA AGENDA DE ÉSTE DESPACHO, con la facultad prevista en el Art. 130 del CPP, se Señala Audiencia de juicio a verificarse los días JUEVES 16 DE MAYO DEL PRESENTE A HORAS 10:00 en adelante previa legal notificación de Partes. Por secretaria se expedirán todos los mandamientos de ley, Advirtiéndose a la parte que se dará estricto cumplimiento a lo dispuesto Por los Arts. 334 y 343 del Código de Procedimiento Penal, por lo que las Partes deberán tomar las previsiones del caso El presente Auto, sin ingresar en otras consideraciones formales, Específicamente dispone la apertura de juicio en contra del nombrado Acusado en base a la relación de hechos descritas en con la acusación particular. Fundamentación fáctica en base a la que se califica el hecho y se Acusa por La probable comisión del delito de “LESIONES GRAVES Y LEVES previstos y sancionados por el art. 271 del Código Penal.”, el ofrecimiento de los elementos probatorios del acusador y la defensa, los cuales deberán sustentar en juicio sus aseveraciones. El presente auto no es recurrible, según lo establecido por el penúltimo párrafo del Art. 342 siempre del Procedimiento Penal. A efecto de garantizar la defensa técnica de los acusados se les Designa Defensa Pública, para tal fin ofíciese y notifíquese con las piezas pertinentes. Se encomienda a la Secretaria Garantizar cualquier acto para materializar este Actuado procesal, líbrese las diligencias necesarias; asimismo se advierte a las partes procesales garantizar la producción de su prueba toda vez que la audiencia señalada no podrá ser suspendida salvo las previsiones de ley y en los plazos correspondientes. Regístrese.-


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