EDICTO

Ciudad: SUCRE

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PRIMERO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


JUZGADO DE SENTENCIA Nº 1 EN LO PENAL DE LA CAPITAL SUCRE-BOLIVIA Edicto Nº 223/2024 EL DOCTOR LUIS BENJAMIN ROJAS LATORRE JUEZ DE SENTENCIA Nº 1 EN LO PENAL DE LA CAPITAL Sucre – Bolivia MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO HACE SABER: A LA ACUSADA TOMASA LIMACHI AGUIVAR que dentro del proceso penal que sigue EL MINISTERIO PUBLICO A DENUNCIA DE GESTORA PUBLICA DE SEGURIDAD SOCIAL A LARGO PLAZO en contra TOMASA LIMACHI AGUIVAR por la comisión del delito de USO DE INSTRUMENTO FALSIFICADO previsto y sancionado por el Código Penal, signado con NUREJ: 101102012201473 en aplicación del Art.165 del C.P.P, se ha dispuesto que se notifique con: MEMORIAL DE FECHA DE 8 DE MAYO DE 2024 Y DECRETO DE FECHA DE 10 DE MAYO DE 2024. a cuyo fin adjunto la siguiente pieza procesal cuyo contenido y tenor es el siguiente -------------------------------------------------------------------------------- MEMORIAL DE FECHA DE 8 DE MAYO DE 2024 Y DECRETO DE FECHA DE 10 DE MAYO DE 2024. SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE SENTENCIA N° 1 EN LO PENAL DE LA CAPITAL CUD: 101102012201473 EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR MUERTE DE LA QUERELLADA TOMASA LIMACHI EGUIVAR OTROSÍ 1.- SE OFICIE OTROSÍ 2.- SE ADJUNTA OTROSÍ 3.- NOTIFICACIONES GESTORA PUBLICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LARGO PLAZO representada legalmente por la Abg. Marta Leiva Cachi en mérito al Testimonio Poder Especial, Amplio y Suficiente N° 170/2023 de fecha 18/01/2023 otorgado a mi favor por el Señor Gerente General de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, Jaime Duran Chuquimia, en el proceso penal que investiga el MINISTERIO PUBLICO a instancias de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo contra TOMASA LIMACHI EGUIVAR, por el delito de uso de instrumento falsificado, tipo penal previsto en el artículo 203 del Código Penal; ante las consideraciones a su autoridad con respeto expongo y pido: I. FALLECIMIENTO DE NICOLASA FLORES CORONADO Sr. Juez, cabe indicar que la querellada TOMASA LIMACHI EGUIVAR se encuentra a la fecha fallecida; esta aseveración se tiene demostrada por la certificación obtenida recientemente de fecha 25 de abril de 2024; certificación emitida por la funcionaria Lic. Mariela Soto Duran Administrativo II Archivo SERECI - Chuquisaca, Tribunal Supremo Electoral, que asevera lo siguiente: "Se evidencia la Partida de DEFUNCIÓN correspondiente a TOMASA LIMACHI EGUIVAR, con cédula de identidad No. 6608821, fallecida en fecha 19 de diciembre de 2023, misma que se halla vigente y válida con los datos alli consignados". A su vez se tiene que LA QUERELLADA TOMASA LIMACHI EGUIVAR CON C.I. N° 6608821 nacida el 26/01/1951 en Yapi Cucho Chayanta Potosí; y. TOMASA LIMACHI EGUIVAR CON C.I. 4114240 con nacimiento el 13/10/1932 en el lugar denominado en Sucre, provincia Oropeza, Chuquisaca, SE TRATABAN DE LA MISMA PERSONA, conforme el DICTAMEN PERICIAL RUP 1007836/20 de fecha 18/01/2021 emitido por el perito Sof. Sup. DAP. DAMASO QUIROZ QUISPE, en el numeral VII. CONCLUSIONES, afirma lo siguiente: "Las impresiones dactilares cuestionadas a nombre de TOMAS LIMACHI EGUIVAR con C.I. 4114240 Ch. ENROLADA 1, SI CORRESPONDEN a las impresiones dactilares de comparación de TOMASA LIMACHI EGUIVAR con C.I. 6608821 Pt. ENROLADA 2, asimismo al presente se adjunta fotocopia de las cédulas de identidad usadas por la acusada en su momento. Asimismo, la Certificación SERECI CHUQ-CERT- N° 111287-443/2022 de 28/11/2022 refiere lo siguiente: "2- Del (La) ciudadano (a) TOMASA LIMACHI EGUIVAR C.I. 4114240, NO REPORTA registro en la base de datos del Padrón Electoral Biométrico. Se requiere datos complementarios que pueda proporcionar el (la) solicitante, para realizar una nueva búsqueda exacta del registro". Conforme la documentación descrita, se tiene el fallecimiento de TOMASA LIMACHI EGUIVAR, con cédula de identidad No. 6608821, fallecida en fecha 19 de diciembre de 2023; en consecuencia, en aplicación a lo dispuesto por el Código de Procedimiento Penal: "articulo 27°- (Motivos de extinción). La acción penal, se extingue: 1. Por muerte del imputado", por lo que se PIDE PROCEDER CON LA APLICACIÓN DE LA NORMATIVA ADJETIVA PENAL citada. OTROSI 1.- A los efectos de corroborar el fallecimiento de la acusada, cuya audiencia de celebración de juicio oral estaba prevista para el viernes 24 de mayo a horas 09:00 a.m., su autoridad oficie en su caso al SERECI a los efectos de corroborar lo descrito, para que puedan remitir a su autoridad la Partida del fallecimiento en fotocopia legalizada. OTROSÍ 2.- Se adjunta documentación que demuestra lo expuesto a fojas 11. OTROSÍ 3.- PARA NOTIFICACIONES con las respectivas resoluciones emitidas en el presente caso, señala como domicilio procesal y dirección las OFICINAS DE RENTA DIGNIDAD UBICADA EN LA CALLE AYACUCHO N° 699 ENTRE LAS CALLES LOA Y JUNIN PLANTA BAJA, (EDIFICIO DE LA AUTORIDAD DE IMPUGNACIÓN TRIBUTARIA) EX CORREOS; Abg. Marta Leiva Cachi, martha.leiva@gestora.bo-Cel. 74269910. "Será Justicia" Sucre, 08 de mayo de 2024 A, 10 de mayo de 2024 A consideración del Ministerio Público, por el lapso de 48 horas de su legal notificación; con o sin respuesta, pase nuevamente a despacho para a la determinación que corresponda. Al otrosí 1. Ofíciese como se pide; Al otrosí 2. Por adjuntada; Al otrosí 3. Por señalado. FDO. JUEZ LUIS BENJAMÍN ROJAS LATORRE……………………..……... FDO. SECRETARIA - ABOGADA – MARIA S. GORENA CAMACHO…...… EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE, CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA A LOS 13 DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO…………………………………………………………………………… D. S. O.


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