EDICTO

Ciudad: COCHABAMBA

Juzgado: SALA CIVIL SEGUNDA


EDICTO ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Sala Civil Segunda – Tribunal Departamental de Justicia PARA: PRESUNTOS HEREDEROS DE JOSÉ SAMUEL POZO CAERO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - LA SALA CIVIL SEGUNDA DEL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE COCHABAMBA, COMPUESTA POR LOS VOCALES WINDER VELASCO CANELAS Y ANGELICA SCARLETT GALLEGOS ARTEAGA: Por el presente EDICTO notifica a: PRESUNTOS HEREDEROS DE JOSÉ SAMUEL POZO CAERO, con AUTO DE VISTA de fecha 20 de Diciembre de 2.023, a cuyo fin se transcribe el mismo: AUTO DE VISTA Cochabamba, 20 de Diciembre de 2.023 VISTOS: En grado de apelación la SENTENCIA de 5 de Noviembre de 2019 cursante de fs. 239 a 252 del expediente original, pronunciada por la Jueza Público en lo Civil y Comercial N° 3 de la Capital, dentro del proceso Ordinario de Nulidad de Escritura Pública por efecto de la simulación seguido por Liezel Suarez vda. de Pozo, Samuel Gerlim, José Antonio y Pura Katia Pozo Suarez contra Julio Iván Bustamante Rondal, los antecedentes del proceso; y; los antecedentes del proceso; y CONSIDERANDOS I y II. POR TANTO: La Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, resolviendo en grado de apelación, CONFIRMA la Sentencia de fecha 5 de Noviembre de 2019 cursante de fs. 239 a 252 de obrados, en virtud a los argumentos expuestos en la presente resolución; con costas y costos a los apelantes de conformidad a lo previsto por el art. 223.IV núm. 2) del Código Procesal Civil. Siendo la presente resolución recurrible de casación, se insta a las partes a observar el plazo previsto por el art. 273 de la Ley N° 439. Regístrese, notifíquese y devuélvase. Vocal Relator: Juan Edgar Balderrama Balderrama. Fdo.- Dr. Winder Velasco Canelas.- Vocal – Presidente de la Sala Civil Segunda.- Tribunal Departamental de Justicia.- Cochabamba – Bolivia.- Fdo.- Dr. Juan Edgar Balderrama Balderrama.- Vocal de la Sala Civil Segunda.- Tribunal Departamental de Justicia.- Cochabamba – Bolivia.- Ante mi.- Fdo.- Dra. Jhoseline Rosario Dávila Villegas.- Secretaria de Cámara de la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia.- Cochabamba – Bolivia. ES CONFORME - - - - - - - ES LO QUE SE TIENE ORDENADO PARA FINES CONSIGUIENTES DE LEY. Cochabamba, 09 de Mayo de 2.024


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