EDICTO

Ciudad: SUCRE

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO DÉCIMO EN MATERIA FAMILIAR DE LA CAPITAL


EDICTO N°16 EL DR. MARCO ANTONIO GARECA VELASQUEZ JUEZ DEL JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA Nº 10 DE LA CAPITAL------------------------------------------------------SUCRE-BOLIVIA--------- POR EL PRESENTE EDICTO, Se hace saber y notifica al Señor IRINEO FLORS ROJAS, Dentro del proceso de HOMOLOGACION DE ASISTENCIA FAMILIAR, con Numero de NUREJ 10153538, Seguido a instancias de CIRILA MAMANI GONZALES contra IRINEO FLORES ROJAS,---- con MEMORIAL de fecha 26 de febrero de 2024 cursante a Fs. 13 Y 13 VTA. de obrados----SEÑOR JUEZ DECIMO PÚBLICO DE FAMILIAR DE LA CAPITAL----NUREJ: 10153538-----I.Presenta Planilla De Liquidación.----OTROSÍ.----CIRILA MAMANI GONZALES, mayor de edad, con C.I. N°1346989, vecina de esta ciudad, con domicilio en Av. Evo morales s/n Zona Molle Molle, hábil por derecho, dentro del fenecido proceso de HOMOLOGACIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, instaurado por mi persona y el señor IRINEO FLORES ROJAS, apersonándome ante su autoridad con las debidas consideraciones de respeto, expongo y pido:----I.Presenta planilla de Liquidación----Señor Juez, constando en obrados que el señor IRIENO FLORES ROJAS padre de mi hijo JUAN NEYMAR FLORES MAMANI, no ha cumplido con el suministro de la Asistencia Familiar que se estableció, por lo cual me veo en la necesidad de acudir a esta instancia para exigir su cumplimiento, por lo que en virtud a ello y en atención al Art. 415 de la Ley N° 603 Código de las Familias y del Proceso Familiar remito a su despacho Planilla de Liquidación Actualizada de pago de Asistencia Familiar, adjunto a fojas 1, el cual solicito se ponga en conocimiento del OBLIGADO IRINEO FLORES ROJAS por el termino de ley.----PETICIÓN----Por lo indicado, a vuestra señoría, expresamente solicito y pido que mediante resolución debidamente motivada expresamente se pronuncie sobre:---1. Se tenga por presentada la liquidación de Asistencia Familiar para su aprobación. 2. A efectos del incumplimiento de la Asistencia Familiar solicito en aplicación de los artículos 220, 126, 283, 284, 285 del Código de las Familias y del Proceso Familiar se OFICIE a la ASFI, para que ordene en el SISTEMA FINANCIERO, de las cuentas bancarias del obligado o en favor del Obligado IRINEO FLORES ROJAS, con C.I. Nro. N° 12642901 se RETENGA Y REMITAN la suma de Bs. 2.832,00.- (DOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS 00/100 Bolivianos), por concepto de Asistencia Familiar, siendo que las mismas gozan de un cobro privilegiado, si existen.----3. Luego del trámite correspondiente y aprobado la liquidación, se ordene el pago dentro del tercer día, bajo conminatoria de ley.---4. Solicito en aplicación de los artículos 127 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, en caso de incumplimiento se disponga el embargo de los bienes del obligado sin perjuicio de expedirse mandamiento de apremio contra el obligado-----SERÁ JUSTICIA.-----Otrosí1.- Para efectos de notificación al obligado IRINEO FLORES ROJAS, mayor de edad con C.I. N° 12642901 y hábil por derecho, hábil por derecho, de quien declaro desconocer su domicilio por lo que al amparo del artículo 308 del código de las Familias y del Proceso Familiar solicito se lo notifique mediante edictos, sea previa las formalidades de ley, es decir se oficie a SERECI y SEGIP para establecer su domicilio.----Otrosí 2.- adjunto en fojas 1 la planilla de liquidación de asistencia familiar, a fojas 2 adjunto extracto bancario.----Otrosí 3.- En cuanto a honorarios profesionales, la abogada que suscribe es funcionaria del Servicio Legal Integral Municipal que ofrece servicio gratuito.----Otrosí 4.- Señalo domicilio procesal en oficinas del SLIM D - 5 ubicado en la calle Raúl Otero s/n esquina Vaca Guzmán, y el celular.---Sucre, 23 de febrero de 2024-----Impetrante-------- AUTO DE FECHA 27 DE FEBRERO DE 202, cursante a fs. de obrados-----“Sucre, 27 de febrero de 2024-----Con la planilla de liquidación, se corre TRASLADO al obligado por el término de 3 días, debiendo notificarle en su domicilio real, a efectos de no vulnerar el derecho a la defensa y evitar futuras nulidades.----Al otrosí 1.- En aplicación del Art. 308-III de la Ley 603, OFICIESE al SERECI y por Secretaria de juzgado de la base de datos proporcionados por el SEGIP, informe sobre el domicilio del obligado Señor IRINEO FLORES ROJAS y la remisión a este despacho judicial.-----Al otrosí 2.- Por adjuntado.----Al otrosí 3.-Se tiene presente.----Al otrosí 4.- Por señalado, debiendo en lo posterior estarse a lo determinado por el Art. 314 parágrafo I de la Ley 603.----------Fdo.- Juez Dr. MARCO ANTONIO GARECA VELASQUEZ Juez Público Decimo de Familia de la Capital. SUCRE- BOLIVIA-ANTE MI----Fdo.- Lic.- EDSON MARTINEZ CHOQUE. Secretario.----MEMORIAL DE FECHA 20 DE MARZO DE 2024 cursante a fojas 24 de obrados----JUZGADO PUBLICO DECIMO DE FAMILIA DE LA CAPITAL.-----SOLICITA NOTIFICACIÓN POR EDICTO-----NUREJ: 10153538----OTROSI. -----CIRILA MAMANI GONZALES, de generales ya expresadas, dentro del proceso fenecido de homologación de asistencia familiar, instaurado por mi persona y el señor Sr. IRINEO LFORES ROJAS; compareciendo respetuosamente ante usted y como en derecho corresponde, expongo y pido:----Señor juez en atención a los certificados emitidos por el SEGIP y SERECI para que certifiquen cual es el último domicilio del demandado, siendo que de la documental remitida por dichas instituciones a su despacho, se tiene que el domicilio del demandado, es impreciso es decir no se tiene una referencia exacta del lugar donde vive el demandado, dado que se consignan en las certificaciones Barrio Babilonia, Zona Lajastambo, teniendo en cuenta que dicho Barrio y Zona son extensas y no cuentan hasta la actualidad con ninguna denominación de las calles mucho menos cuenta con la numeración de las viviendas, lo que hace dificil su notificación con la liquidación de Asistencia Familiar. Por lo que solicito se le notifique mediante edictos en el sistema Hermes en base al art. 308 de la Ley 603, toda vez que mi persona es de escasos recursos económicos.----Sera Justicia. -----Otrosí 1.- Conoceré providencias en secretaria de su despacho----Otrosi 2.-Señalo domicilio procesal en Zona Villa Armonía de la ciudad de Sucre (EPI DE VILLA ARMONIA) dependencias del S.L.I.M. D-6.----Otrosí 3.- En cuanto a honorarios profesionales, el profesional que suscribe es funcionario del Servicio Legal Integral Municipal de Sucre que ofrece servicio gratuito.----Sucre, 19 de marzo de 2024----Impetrante-----DECRETO DE FECHA 21 DE MARZO DE 2024 cursante a fojas 25 de obrados----“Sucre, 21 de marzo de 2024-----De conformidad a lo previsto por los Arts. 308 y siguientes de la Ley 603, notifíquese al demandado mediante Edictos a ser publicados en el sistema Hermes.-----Al otrosí 1.- Señalado.-----Al otrosí 2.- Señalado.----Al otrosí 3.- Se tiene presente. Fdo.- Juez Dr. MARCO ANTONIO GARECA VELASQUEZ Juez Público Decimo de Familia de la Capital. SUCRE- BOLIVIA-ANTE MI----Fdo.- Lic.- EDSON MARTINEZ CHOQUE. Secretario.--------------Librándose el presente EDICTO en la ciudad de Sucre, Capital del Estado Plurinacional de Bolivia, a los diez días del mes de mayo de dos mil veinticuatro años.---------------------------------------------------------------------------- D. S. O.


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