EDICTO

Ciudad: SUCRE

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO DÉCIMO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL


EDICTO LA DRA. JANNETE R. CALVO MUÑOZ-------------------------------------JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º --------------------------------------------------SUCRE – BOLIVIA ------------------------- POR EL PRESENTE EDICTO, se cita y se hace conocer a MARTIN OSA SEÑA a objeto de asumir defensa y tomar conocimiento del estado de la demanda, dentro del proceso PRELIMINAR –RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBRICAS seguido por GREGORIO PUITA PEÑARANDA contra MARTIN OSA SEÑA , para cuyo fin se transcriben a continuación las siguientes piezas procesales ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- AUTO QUE LE CORRESPONDE AL MEMORIAL DE FS. 20---------------------------------------------------- Sucre, 23 de abril de 2024------------VISTOS: De la revisión del expediente y en consideración al memorial que antecede, se tiene que el llamado a reconocer sus firmas señor MARTIN OSA SEÑA fue debidamente citado mediante la publicación de edictos, conforme sale a fs. 18 y 19 del expediente, en fechas 11 y 19 de marzo ce 2024.Que, a la fecha desde su legal citación con la publicación del primer Edicto Judicial que contuvo la demanda, admisión y demás actuados, ha transcurrido un mes y 12 días, desde que se le diere la posibilidad de apersonarse a este despacho judicial a reconocer y/o negar la firma estampada a fs. 1 y vlta. de obrados sin que el emplazado hubiere comparecido al Juzgado hasta la fecha a cumplir con dicho actuado procesal. Que, el Código Procesal Civil concede a la parte contra la que se inicia una diligencia preparatoria la facultad de oponerse a la misma dentro del plazo de 5 días de su legal notificación, facultad que no fue ejercitada por EL citado y emplazado dentro de ese plazo –ver art. 308 del Código Procesal Civil-, en consecuencia habiendo transcurrido y vencido el plazo otorgado para su comparecencia (1 mes y 12 días), de conformidad con el inc. b) del numeral 2 del parágrafo I del art. 306 de la Ley No. 439/2013 de 19 de noviembre, se da POR RECONOCIDA la firma y rúbrica de MARTIN OSA SEÑA, estampada en el documento de fs. 1 y vlta. de obrados; en su mérito se declara la efectividad del mismo. Notifíquese con la presente resolución al señor MARTIN OSA SEÑA, em la misma forma en la que fue citado. ------------REGÍSTRESE.- ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ACTA DE AUDIENCIA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO------------------ En la ciudad de Sucre, Capital del Estado Plurinacional de Bolivia, a horas ocho, del veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro años, el suscrito Secretario – Abogado del Juzgado Publico Civil y Comercial Decimo de la Capital, Lic. Sergio Enrique Tavera Sandoval, se constituyó en audiencia pública de JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO, dentro del proceso PRELIMINAR – RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBRICAS incoado por GREGORIO PUITA PEÑARANDA en contra de MARTIN OSA SEÑA. ----------Acto Seguido se hizo presente en este despacho judicial el Sr. GREGORIO PUITA PEÑARANDA con C.I. Nº 1317063, mayor de edad, hábil por Ley quien previo juramento de Ley dijo---------- “Desconocer el domicilio del Sr. Martin Osa Seña” ----------Con lo que termino su juramento, leída que le fue, persistió en su tenor, firmando en constancia de lo obrado conjuntamente el suscrito Secretario – Abogado que certifica: ----------GREGORIO PUITA PEÑARANDA------------------------------------------------------------ EDICTO LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO---------------------------------------------------------------------------------------------------- D. S. O. FDO.- DRA JANNETE R. CALVO MUÑOZ LIC. SERGIO ENRIQUE TAVERA SANDOVAL JUEZ PÚBLICO CIVIL y COMERCIAL 10º SECRETARIO JUZGADO PÚBLICO y COMERCIAL


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