EDICTO

Ciudad: TRINIDAD

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEGUNDO EN MATERIA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CAPITAL


En nombre de la ley: Dra. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES – JUEZ DE SENTENCIA DE VIOLENCIA HACIA LA MUJER 2 PARA: EDMUNDO MOLINA PINTO OBJETO: ACTOS PREPARATORIOS DE JUICIO PROCESO: ABUSO SEXUAL ACUSADO: ADALBERTO TEMO FERNANDEZ. PROCESO: 801102012300324 Se cita y emplaza a objeto que comparezca ante este despacho judicial. TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA BENI - JUZGADO DE SENTENCIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER 2 PROCEDIMIENTO: ABUSO SEXUAL (MODIFICADO POR LA LEY 348) EXPEDIENTE: 801102012300324 ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PÚBLICO En TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA BENI - JUZGADO DE SENTENCIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER 2, en fecha 22-04-2024 09:34 Los comparecientes lo hacen al objeto de celebrar la Audiencia de JUICIO ORAL PUBLICO que viene convocada para el día de hoy. En ejercicio de su autoridad se consulta a las partes y se acuerda que se proceda a accionar los mecanismos de grabación de la imagen y el sonido, y en concreto, los sistemas de grabación digital, del que dispone este órgano jurisdiccional. Ante su autoridad, CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES, con mi asistencia como secretario judicial, estando legalmente notificadas las partes, comparecen: FISCAL: OLGA LIDIA JULIO CORDOVA DNNA: MARY SELVA CHAVEZ DNNA: MAYRA MENESES PACHECHO ACUSADO: ADALBERTO TEMO FERNANDEZ ABOGADO ACUSADO: ROLANDO VARGAS AÑEZ No se encuentra presente el denunciante estando legalmente notificado en anterior audiencia. JUEZ: CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: Se tiene presente el informe del secretario, estando todas las partes legalmente notificadas, se instala la audiencia con el objeto de continuar con el juicio oral, habiéndonos quedado en la reproducción de cámara Gesell. ACTO SEGUIDO SE REALIZA LA PRODUCCION DE PRUEBA MATERIAL DE CAMARA GESELL. FISCAL: OLGA LIDIA JULIO CORDOVA: Señora juez el ministerio público, tiene a bien ofrecer al testigo Gary Juaniquina Perez. ACTO SEGUIDO SE REALIZO EL JURAMENTO DEL TESTIGO DE CARGO DEL MINISTERIO PUBLICO, GARY JUANIQUINA PEREZ, QUIEN JURA DECIR TODA LA VERDAD. DATOS DE LA TESTIGO NOMBRE: GARY JUANIQUINA PEREZ. PROFESION: MEDICO FORENSE CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: Hecho el juramento correspondiente y habiéndole explicado las recomendaciones y reglas básicas, vamos a comenzar por quien ha solicitado la testifical, tiene la palabra el ministerio público. FISCAL: OLGA LIDIA JULIO CORDOVA: ¿Qué fue lo que le manifestó la víctima, al momento de realizar su valoración médico forense? TESTIGO: GARY JUANIQUINA PEREZ: En el momento que se hace la evaluación médico forense, se toma como antecedentes, cuando, donde, quien fue el agresor, donde sucedió, cuando sucedió, entonces a ella se le hizo la valoración, la fecha ella no recordaba, pero si recordaba que había sido en las horas de la mañana y que el señor Adalberto le habría realizado toques impúdicos en sus partes íntimas y que la había amenazado, esos fueron los antecedentes doctora. FISCAL: OLGA LIDIA JULIO CORDOVA: ¿Algún dato relevante con relación a esta valoración que se realizó? TESTIGO: GARY JUANIQUINA PEREZ: Esos fueron los antecedentes, no me dijo la fecha, pero fue el año pasado, que el señor la habría amenazado por decir la verdad, eso fue lo que me manifestó la niña y después se hizo lo que corresponde al examen médico forense, el examen físico, como ya era de data antigua, de un año, no había lesiones, ahí en conclusiones está bien claro, nos vamos a los antecedentes, se encontró un himen integro labiado y todo normal, en otras palabras solamente los antecedentes que ella manifestó de los toques impúdicos que el señor Adalberto le provoco a la víctima. FISCAL: OLGA LIDIA JULIO CORDOVA: No más preguntas señora juez. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: Se tiene presente, tiene la palabra la defensoría de la niñez y adolescencia. DNNA: MARY SELVA CHAVEZ: Ninguna pregunta señora juez. DNNA: MAYRA MENESES PACHECHO: Ninguna pregunta señora juez. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: Se tiene presente, tiene la palabra la defensa del acusado. ABOGADO ACUSADO: ROLANDO VARGAS AÑEZ: ¿Me puede aclarar sobre este hecho, que dice que paso hace un año? TESTIGO: GARY JUANIQUINA PEREZ: Como le comente, en ese entonces ella refirió haber sido víctima de toques impúdicos en fecha que no recuerda pero dice más o menos en la mañana por un sujeto de nombre Adalberto, eso fue lo que manifesté en antecedentes, la menor refiere que Adalberto le toco sus partes íntimas, porque nosotros tomamos en cuenta lo que la paciente manifiesta como antecedentes para corroborar en el examen físico. ABOGADO ACUSADO: ROLANDO VARGAS AÑEZ: No más preguntas. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: Se tiene presente, por mi parte no tengo ninguna pregunta, muchas gracias por su participación, puede retirarse. ACTO SEGUIDO SE REALIZO EL JURAMENTO DEL TESTIGO DE CARGO DEL MINISTERIO PUBLICO, RAUL CARTAGENA HUALLAMPA, QUIEN JURA DECIR TODA LA VERDAD. DATOS DE LA TESTIGO NOMBRE: RAUL CARTAGENA HUALLAMPA. PROFESION: PSICOLOGO FORENSE JUEZ: CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: Hecho el juramento correspondiente y habiéndole explicado las recomendaciones y reglas básicas, vamos a comenzar por quien ha solicitado la testifical, tiene la palabra el ministerio público. FISCAL: OLGA LIDIA JULIO CORDOVA: ¿Cuál fue el motivo por el cual realizo esta pericia? TESTIGO: RAUL CARTAGENA HUALLAMPA: Como ustedes sabrán, nosotros como peritos del IDIF, realizamos pericias a requerimiento, ya sea fiscal o judicial, es decir, el suscrito no tiene la intención de re victimizar, sino simplemente realiza la solicitud al requerimiento fiscal en ese momento. FISCAL: OLGA LIDIA JULIO CORDOVA: ¿Cuál fue el dictamen de esa pericia con respecto a la credibilidad de esta victima? TESTIGO: RAUL CARTAGENA HUALLAMPA: Luego del análisis de las entrevistas con los actuados dentro del cuaderno de investigaciones y los protocolos que se han utilizado para la credibilidad, se ha llegado a la conclusión que, el relato es creíble. FISCAL: OLGA LIDIA JULIO CORDOVA: No más preguntas señora juez. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: Se tiene presente, tiene la palabra la defensoría de la niñez y adolescencia. DNNA: MARY SELVA CHAVEZ: Ninguna pregunta señora juez. DNNA: MAYRA MENESES PACHECHO: Ninguna pregunta señora juez. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: Se tiene presente, tiene la palabra la defensa del acusado. ABOGADO ACUSADO: ROLANDO VARGAS AÑEZ: ¿Qué me sea claro con relación a las conclusiones que realizo a la menor de edad? FISCAL: OLGA LIDIA JULIO CORDOVA: Objeción señora juez, el psicólogo ya manifestó que el relato que le da la menor es creíble. JUEZ: CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: Ha lugar la objeción, reiterativa, reformule. ABOGADO ACUSADO: ROLANDO VARGAS AÑEZ: ¿Pudo evidenciar si la menor de edad se acuerda la fecha exacta de lo acontecido? TESTIGO: RAUL CARTAGENA HUALLAMPA: Como fecha exacta no, la persona no ha referido una fecha exacta. ABOGADO ACUSADO: ROLANDO VARGAS AÑEZ: No más preguntas. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: Se tiene presente, ¿Se aplicó estos instrumentos a una entrevista ya dada o vuelve a realizar la entrevista? TESTIGO: RAUL CARTAGENA HUALLAMPA: En este caso, nosotros específicamente para poder determinar la presencia de daño en las personas que estamos evaluando, si o si, necesitamos realizar una entrevista al momento de la evaluación, es decir que, al momento que he evaluado, se ha hecho las preguntas correspondientes para poder evaluar si existe o no daño psicológico, así mismo la aplicación de varias pruebas psicológicas para determinar si la persona tenia sintomatología compatible con lo que podría ser escena post traumático o razón similar al hecho denunciado y después de todo el análisis, se ha llegado a la conclusión que la evaluada no presenta sintomatología compatible con daño. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: ¿Se puede hacer dictamen pericial sin que exista la re victimización con la entrevista? TESTIGO: RAUL CARTAGENA HUALLAMPA: Sí, nosotros manejamos un concepto diferente a lo que se suele manejar en el tema de re victimización, la re victimización es el no creer a la víctima o hacerles preguntas inadecuadas dentro de lo que la menor le está diciendo en el hecho, cuando a nosotros se nos pide hacer eso, nosotros no re victimizamos, porque nosotros no somos la persona que no está creyendo, nosotros solamente estamos haciendo la valoración nada más, se re victimiza cuando no se cree a la víctima, el hecho que la víctima, de su relato, 4, 5 o 6 veces para nosotros no es re victimizar, porque el hecho que la persona pueda narrar le sirve como elemento catártico y le sirve como terapéutico, siempre y cuando este procedimiento se haga de manera adecuada, una forma de re victimizar, seria a la niña decirle que porque no se ha defendido, es decir, estoy cuestionando a la niña por lo que no hubiera hecho, si solamente escucho a la niña y las preguntas que hago son solamente para esclarecer y no para juzgar el comportamiento de la menor, no estoy re victimizando, solamente estoy pidiendo que la menor narre y me cuente lo que ha dicho, muchas veces el hecho de narrar y contar lo sucedido, sin llegar a juzgar a la persona, es catártico, es decir, libera a la persona de una situación que le pudiera generar ansiedad, por eso dentro del ámbito forense somos bastantes cuidadosos y no va encontrar dentro del dictamen preguntas que sean re victimizantes o preguntas que pongan en tela de juicio el testimonio de la menor, solamente preguntas aclaratorias con relación a que explique de mejor manera lo que hubiese ocurrido. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: ¿Ansiedad y depresión es lo mismo? TESTIGO: RAUL CARTAGENA HUALLAMPA: En el dictamen, dice que no se ha encontrado indicadores de sintomatología, es decir que la niña al momento de la evaluación estaba tranquila, se ha visto que no estaba ni ansiosa, ni tímida, más allá de lo que suele ser normal para una persona de la edad, es decir que no se ha encontrado indicadores y cuando se da la entrevista de como ella se desenvuelve dentro del medio social, familiar, también indica que está bien, que no tiene ningún tipo de problemas, en cuanto a las emociones que ella presenta, de la misma manera el papá refiere lo mismo que la menor, ella estaba bien al momento de la evaluación. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: No más preguntas, muchas gracias por su participación, puede retirarse. ACTO SEGUIDO SE REALIZO EL JURAMENTO DE LA TESTIGO DE CARGO DEL MINISTERIO PUBLICO, ELIANA CHAVEZ COCA, QUIEN JURA DECIR TODA LA VERDAD. DATOS DE LA TESTIGO NOMBRE: ELIANA CHAVEZ COCA. PROFESION: POLICIA INVESTIGADORA JUEZ: CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: Hecho el juramento correspondiente y habiéndole explicado las recomendaciones y reglas básicas, vamos a comenzar por quien ha solicitado la testifical, tiene la palabra el ministerio público. FISCAL: OLGA LIDIA JULIO CORDOVA: ¿Usted fue a la comunidad Poza Honda? TESTIGO: ELIANA CHAVEZ COCA: Mi persona se ha trasladado unas 3 veces hasta dicha comunidad, tomando contacto con la víctima, denunciante y corregidora de la comunidad de Poza Honda. JUEZ: CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: ¿Qué nos puede manifestar de la investigación que realizo? TESTIGO: ELIANA CHAVEZ COCA: En las veces que acudí a la comunidad, pude ver la desesperación de la niña, que aun a mi parecer se encontraba con miedo, por la situación que ha vivido anteriormente, siempre la niña asustada, tal vez recordaba los momentos que habría pasado, no sabría con exactitud, veía ese temor de la niña, se ponía a llorar. FISCAL: OLGA LIDIA JULIO CORDOVA: No más preguntas señora juez. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: Se tiene presente, tiene la palabra la defensoría de la niñez y adolescencia. DNNA: MARY SELVA CHAVEZ: Ninguna pregunta señora juez. DNNA: MAYRA MENESES PACHECHO: ¿Qué le dijo la corregidora referente al caso? TESTIGO: ELIANA CHAVEZ COCA: En primera instancia nos felicitaron por asistir a ese lugar porque es alejado, de igual manera si hubiese un caso de relevancia nos iban a decir y que estaban apoyando a la familia de la víctima. DNNA: MAYRA MENESES PACHECHO: No más pregunta señora juez. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: Se tiene presente, tiene la palabra la defensa del acusado. ABOGADO ACUSADO: ROLANDO VARGAS AÑEZ: Ninguna pregunta señora juez. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: Se tiene presente, ¿Ingreso al domicilio de la menor? TESTIGO: ELIANA CHAVEZ COCA: Mi persona ingreso a verificar el domicilio de la menor. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: Me puede describir el domicilio de la menor por favor. TESTIGO: ELIANA CHAVEZ COCA: Es una casa que se encuentra en medio de la comunidad, tiene varias plantas alrededor, es una casa de madera con cerco de alambres, es una calle de tierra, es una casa humilde, afuera tienen su mesa de madera donde tal vez ellos almuerzan. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: ¿Cómo es el interior de la casa? TESTIGO: ELIANA CHAVEZ COCA: Hay unos cuartos, la cama, es un espacio pequeño, no es tan grande podría decir, creo que son unos 3 espacios, no recuerdo muy bien. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: No más preguntas, gracias por su participación, tenga buenos días, tiene la palabra el ministerio público. FISCAL: OLGA LIDIA JULIO CORDOVA: El ministerio público, hacemos renuncia de la testifical del licenciado Olmos, se ha concluido con la proposición de prueba. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: Se tiene presente, se hace el cierre de la proposición de prueba del ministerio público, vamos a conceder la palabra a la defensoría de la niñez y adolescencia. DNNA: MARY SELVA CHAVEZ: De igual manera nos hemos adherido a la prueba documental y testifical del ministerio público, por lo que hacemos renuncia al último testigo, el psicólogo de la DNA de San Andrés. DNNA: MAYRA MENESES PACHECHO: De la misma manera, hacemos renuncia de la testifical, habiéndonos adherido a la prueba del ministerio público. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: Se tiene presente, se hace el cierre de la parte acusadora e ingresamos a la prueba de descargo del señor Adalberto Temo. ABOGADO ACUSADO: ROLANDO VARGAS AÑEZ: Ratificarme in extenso a las pruebas presentadas y ofrecidas en el juicio como prueba de descargo que hemos presentado. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: Se tiene presente, corremos en traslado las pruebas de descargo presentadas por el acusado. FISCAL: OLGA LIDIA JULIO CORDOVA: El ministerio público, no tiene ninguna observación, toda vez que son documentos públicos. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: Se tiene presente, tiene la palabra la defensoría de la niñez y adolescencia. DNNA: MARY SELVA CHAVEZ: Ninguna observación señora juez. DNNA: MAYRA MENESES PACHECHO: Ninguna observación señora juez. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: Se tiene presente, no habiendo exclusión probatoria, quedan judicializadas las pruebas de descargo del acusado. ACTO SEGUIDO SE PROCEDIO A LA LECTURA Y EXHIBICION DE LA PRUEBA DE DESCARGO DEL ACUSADO DESDE PD 1 A PD 5, QUEDANDO JUDICIALIZADAS E INGRESANDO LAS MISMAS AL JUICIO. ABOGADO ACUSADO: ROLANDO VARGAS AÑEZ: Solicito a su autoridad de acuerdo al 335 CPP, en virtud a que traer a los testigos es un gasto que en estos momentos no tenemos, por lo que voy a solicitar a su autoridad, me puedan extender los comparendos para una próxima audiencia señora juez. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES: Se tiene presente, al 335 numeral 1, de lo manifestado por el abogado, se da curso a la misma, se va señalar audiencia para el día viernes 17 de mayo a horas 09:30 de la mañana, en virtud del artículo 130 CPP, por fuerza mayor se va concluir el presente proceso, los comparendos mediante secretaria, todos notificados en audiencia. LA AUDIENCIA FINALIZO EN FECHA 22-04-2024 A HRS. 10:56 FDO Y SELLADO DRA CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES JUEZ DE SENTENCIA CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER 2 DE CAPITAL ANTE MÍ: EDGAR DANIEL GARNICA SALVATIERRA SECRETARIO DE JUZGADO DE SENTENCIA CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER 2 DE CAPITAL


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