EDICTO

Ciudad: ORURO

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEXTO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


Para: JOSE LUIS ANDIA MACHICADO LA DRA. EVE CARMEN MAMANI ROLDAN JUEZ DE SENTENCIA PENAL N° 6 DE LA CAPITAL (ORURO – BOLIVIA), POR CUANTO LA LEY LE FACULTA: ------------------------------------------------------------------------ Por el presente EDICTO DE LEY, se notifica al señor: Jose Luis Andia Machicado conforme al Artículo 165 del Código de Procedimiento Penal, dentro del proceso penal por el delito de: FALSEDAD MATERIAL Y OTRO, seguido por el MINISTERIO PUBLICO en contra de: JOSE LUIS ANDIA MACHICADO, para que tenga conocimiento, se apersone a la causa y asuma defensa, a cuyo efecto se transcribe el siguiente actuado de Ley. DECRETO DE FECHA 03 DE MAYO DE 2024. – Habiendo sido legalmente notificado con providencia de fecha 26 de abril de 2024 emitido por la Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, para asumir la suplencia legal del Juzgado de Sentencia Penal N°6 en la presente fecha; y tratándose el presente del desarrollo de Juicio Oral, se debe considerar que el art. 120 de la Constitución Política del Estado, que consagra el debido proceso como un derecho fundamental, constitucional y naturalmente como uno de sus elementos constitutivos y esenciales el derecho al Juez natural, competente, independiente e imparcial, el cual además constituye un derecho humano fundamental consagrado y proclamado por el Sistema Internacional de Derechos Humanos y por nuestro sistema constitucional. Lo que implica que al haber ya tomado conocimiento para el desarrollo del juicio oral la autoridad judicial titular de este despacho judicial es quien se constituye en juez natural para el presente caso y es quien debe llevar la continuación del juicio oral, a efectos de no vulnerar los derechos al debido proceso. Por lo que se dispone la reprogramación de la audiencia señalada por auto de apertura de 21 de marzo de 2024 de obrados. En ese entendido SE REPROGRAMA LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA FECHA 17 DE JULIO DE 2024 A HORAS 14:30 Y SIGUIENTES A DESARROLLARSE EN AMBIENTES DEL JUZGADO DE SENTENCIA PENAL N° 6. Notifíquese a las partes conforme lo establecido en el Art. 163 del Código de Procedimiento Penal. Firma en constancia la señora Juez y la señora secretaria. - EL PRESENTE EDICTO DE LEY ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------


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