EDICTO

Ciudad: SANTA CRUZ DE LA SIERRA

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA DÉCIMO NOVENO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


EDICTO DE PRENSA PARA: GABRIEL ORELLANA ROMERO (DENUNCIANTE Y/O VICTIMA)--------------------------------------- La Dra. Maria Fernanda Moreno Roca, auxiliar del Juzgado de sentencia penal n° 19 distrito 8-plan 3000, HACE SABER a la opinión pública, que en el Juzgado de Sentencia Penal 19 del Distrito Municipal N° 8 del Plan 3000, conformado por el Juez Dr. Andrés Ademar Rueda Esquivel y la Secretaria Dra. Tania Valeria Flores Guzmán, radica el proceso penal que sigue el ministerio público a denuncia de GABRIEL ORELLANA ROMERO, contra: DE RUDY JIMY SAAVEDRA ROCABADO por la presunta comisión del delito de ACOSO SEXUAL. Con Exp: 06/23 Nurej: 701102042202224 dentro del cual se han ordenado notificación por edicto de prensa al denunciante GABRIEL ORELLANA ROMERO con todo lo que se transcribe: --------------------------------------------------- ACTA DE SUSPENSION DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL CUADERNO PROCESAL Nº 06/23 NUREJ Nº 701102042202224 En Santa Cruz de la Sierra a horas 14:00 P.M. del día lunes 06 de mayo del año Dos Mil Veinticuatro, se reunió el Juzgado de Sentencia Penal N° 19 ubicado en el Distrito Municipal N° 8 – Plan 3.000, conformado por el suscrito Juez Dr. Ademar Rueda Esquivel y la suscrita secretaria Dra. Tania V. Flores Guzmán, a objeto de llevar a cabo la audiencia de JUICIO ORAL dentro del proceso penal que sigue el MINISTERIO PÚBLICO a denuncia de GABRIEL ORELLANA ROMERO contra el acusado RUDY JIMMY SAAVEDRA ROCABADO por el supuesto delito de ACOSO SEXUAL. Seguidamente la suscrita secretaria de este juzgado informa, que las partes procesales fueron legalmente notificadas, de la presencia de las partes en audiencia informo lo siguiente: No se encuentra presente: EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO, DRA. ANGELICA VALLEJOS. No se encuentra presente: La víctima. Se encuentran presente: el acusado, en compañía de su abogado defensor, Dr. TITO GUIDO VACA DAZA. Se encuentra presente el representante del Ministerio de Educación del Estado Plurinacional de Bolivia, Dr. German Ruddy Sánchez Coronado. Acto seguido el señor juez Andrés Ademar Rueda, resolvió lo siguiente: En atención al informe emitido por la secretaria de este juzgado, se evidencia un memorial presentando por la Fiscal, Angelica Vallejos el cual en suma indica: ¨Solicita Suspensión de Audiencia¨, y de revisado que ha sido el cuaderno procesal se tiene que en una anterior audiencia la doctora Jessica Chávez fue quien solicitó la suspensión indicando que es necesario la presencia de la víctima y también en dicha audiencia se indico que seria la ultima vez que se iba a suspender ya que nos encontramos en etapa de juicio oral y suspender audiencias significa perjuicio y dilación al proceso, entonces, que se puede hacer al respecto, primero una fiscal asiste pidiendo suspensión y ahora otra fiscal pide suspensión nuevamente. REPRESENTANTE DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, DR. GERMAN RUDDY SÁNCHEZ CORONADO por la VICTIMA.- Señor juez, la palabra. JUEZ, ANDRES ADEMAR RUEDA ESQUIVEL. - Tiene el uso de la palabra. REPRESENTANTE DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, DR. GERMAN RUDDY SÁNCHEZ CORONADO por la VICTIMA.- Señor juez, no es la primera audiencia que se suspende y el articulo 23 es claro respecto a las causales que tiene el Ministerio Publico y la forma en la que se debe proceder y entre ello es conminar para que el fiscal Departamental designe un fiscal de materia para la presente causa y en caso de reincidencia disponer la remisión de antecedentes ante el mismo Ministerio Publico o ante el régimen disciplinario y este reglamento tiene concordancia con el articulo 213 del Código Procesal Penal, el cual establece que el director funcional debe evitar las dilaciones indebida y adoptar todas las medidas necesarias para que se lleva las audiencias con normalidad y bajo ese marco señor juez, solicito que se conmina nuevamente y se advierta que en caso de seguir con ese accionar se remitirá los antecedentes al Régimen Disciplinario o donde corresponda, eso es todo señor juez. ACUSADO (RUDY JIMMY SAAVEDRA ROCABADO) ABG. SILVIA MONICA MEJIAS CLAROS. Señor juez, respecto al Ministerio Publico solicitarle que lo conmine para que se haga presente en la próxima audiencia o caso contrario conforme lo establece la ley pueda designarse a un nuevo fiscal litigante en la presente causa, ya que si bien es cierto la fiscalía tiene fiscales litigantes designado a cada distrito, sin embargo, vemos la necesidad que venga uno aquí ya que la fiscal no se hace presente, y solicitar que se ponga en conocimiento al Fiscal Departamental para que lo pueda sancionar ya que no se instala el juicio por la inasistencia de la fiscal, asimismo, solicito que se notifique nuevamente a la victima y/o denunciante y que se haga presente en audiencia porque son parte principal de este proceso y solicitar también nueva fecha de audiencia, eso es todo señor juez. JUEZ, ANDRES ADEMAR RUEDA ESQUIVEL.- escuchado que ha sido lo manifestado por los sujetos procesales, se tiene presente, asimismo, de revisado que ha sido el cuaderno procesal no se tiene certeza quien es la fiscal asignada en este proceso, como bien lo dije anteriormente se hizo presente la fiscal Jessica Chávez pero la litigante presente un memorial, en consecuencia, por secretaria póngase en conocimiento mediante oficio al Fiscal del Distrito asigne un nuevo fiscal, debiendo notificarse a ambas fiscales, tanto a la Fiscal Jessica Chávez como a la fiscal Angelica Vallejos, debiendo hacerse presente a la próxima audiencia. Se señala nueva fecha y hora de audiencia de JUICIO ORAL para el DIA LUNES 20 DE MAYO DE 2024 A HORAS 14:00 P.M. debiendo notificarse a los sujetos procesales ausentes en audiencia. HA CONCLUIDO EL PRESENTE ACTO PROCESAL, FIRMANDO EN CONSTANCIA EL SEÑOR JUEZ Y LA SUSCRITA SECRETARIA. ------------------------------------------------------------------------------------------------ ES TODO CUANTO SE HACE SABER AL DENUNCIANTE GABRIEL ORELLANA ROMERO , LA OPINION PÚBLICA; A LOS FINES CONSIGUIENTES DE LEY-------------------------, EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA, A LOS 09 DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO 2.024-------------------------------------------------------------------------------------------------------


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