EDICTO

Ciudad: ORURO

Juzgado: TRIBUNAL DE SENTENCIA TERCERO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


EDICTO LA Dra. MÓNICA J. CAMACHO TOCO (PRESIDENTE), LA Dra. ELY CAQUEGUA MAMANI y EL Dr. FIDEL ALAVIA ARTEGA JUECES TECNICOS DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL No. 3 DE LA CAPITAL ORURO – BOLIVIA, POR CUANTO LA LEY No. 1970 DE 25 DE MARZO DE 1999 (LEY DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL) LES FACULTAN: POR EL PRESENTE EDICTO se notifica a los acusados: JHONNY ZEGARRA QUISPE con C.I. N° 5276649 de nacionalidad—boliviano , YOSELIN YASIMA LAZO SOTO CON C.I 11385313 Y GUALBERTO SOTO CORDOVA CON C.I 444315 a objeto de que tenga conocimiento de la acusación fiscal y radicatoria previsto en el art,340 del código de procedimiento penal y se apersonen al TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL NO.3 DE LA CAPITAL (ORURO – BOLIVIA), tras la publicación del presente edicto, dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público en contra de JHONNY ZEGARRA QUISPE, YOSELIN YASMINA LAZO SOTO Y GUALBERTO SOTO CORDOVA , por la presunta comisión del delito DE “ LEGITIMACION DE GANANCIAS ILICITAS ” previsto y sancionado por el art 185 del código penal modificado por la ley 004y por la ley 262de 30 de julio de 2012 en las modalidades de poseer dolosamente , transportar entregara, y realizar transacciones a cualquier título en grado de autor (art. 20 del código penal ) a tal efecto se transcribe el siguiente actuado de ley. --------------------------------------------------------------------------------------------------------- SEÑOR JUEZ DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL N°6 DE LA CIUDAD DE ORURO ORU/CUD: 401502012202691. FORMULA ACUSACIÓN. Intr.: LGI04/2020. DELITO: Legitimación de Ganancias Ilícitas. Abog. Alexander R. Casanova Arias, mayor de edad, hábil por derecho, con domicilio procesal en la calle Camacho esquina Junín, Edif. de la Fiscalía Departamental de la ciudad de Oruro, en el ejercicio actual del cargo de Fiscal de Materia de la fiscalía ESPECIALIZADA EN LEGITIMACIÓN DE GANANCIAS ¡LICITAS. En representación de la Sociedad, dentro la investigación penal seguida a INTERVENCIÓN POLICIAL PREVENTIVA en contra de JULIO ZEGARRA OUISPE. LIDIA SOTO CORDOVA, JHONNY ZEGARRA OUISPE, YOSELIN YASMINA LAZO SOTO, MARLENE LAZO SOTO. CARLOS MANUEL DE ANTONI y GUAI-BERTO SOTO CORDOVA por la comisión del delito de LEGITIMACIÓN DE GANANCL4S 'LICITAS, tipo penal previsto y sancionado por el Art. 185 Bis. del Código Penal, en relación al Art. 20 del ya citado Código Penal, ante su autoridad con el debido respeto expongo y solicito: En cumplimiento con lo establecido en el Art. 342 del Código de Procedimiento Penal y habiendo concluido la investigación en etapa preparatoria dentro el *presenté calo :formulo ACUSACIÓN conforme sigue: 1.- DATOS GENERALES DE LAS PARTES: IDENTIFICACION: Nombre y apellido; JULIO ZEGARRA QUISPE Cedula de identidad; 4294924 exp en la paz Fecha de nacimiento; 7 de febrero de 1962 Edad; 61 años Profesión u ocupación: chofer y peluquero Domicilio real: calle pacheco entre tomas frías plena esquina Cochabamba Cliza Género: masculino Estado civil: concubino con lidia soto Córdova, hace tres años atrás , sin hijos Nacionalidad: boliviana Situación jurídica: a la fecha, detenido preventivamente en el penal de san pedro Oruro Abogado defensor; miguel trigo rocha y Sergio esteban Saavedra huallpa Domicilio procesal; la plata entre Ayacucho Junín edif Álvarez 3cer piso Celular; 7764739 Digital: 3589262 Nombre y Apellido : LIDIA SOTO CORDOVA Cedula de Identidad : 3814674 Exp. en Oruro Fecha de Nacimiento : 27 de marzo de 1971 Edad : 51 años Profesión u ocupación : Labores de casa Domicilio Real : Pucapampa Cliza Cochabamba Género : Femenino Estado civil : Soltera Nacionalidad : Boliviana Situación jurídica : A la fecha, detenida preventivamente en el Recinto Penitenciario de San Sebastián Mujeres de Cochabamba Abogado defensor : Jon A. Rioja Guzmán Domicilio procesal : Calle Clementes Blanco N°0110 Celular : 71093538 Ciudadanía digital : No registra el abogado, sin embargo la investigada registra 5900749 Nombre y Apellido : JHONNY ZEGARRA QUISPE Cedula de Identidad : 5276649 Fecha de Nacimiento : 19 de septiembre de 1985 Edad : 38 años Profesión u ocupación : Estudiante Domicilio Real : Zona plan 3000 Avenida La Campana Género : Masculino Estado civil : Soltero Nacionalidad : Boliviana Situación jurídica : Citado por edicto fiscal, por ser genérico su domicilio Abogado defensor : Defensor Público de Turno del SEPDEP Nombre y Apellido : YOSELIN YASMINA LAZO SOTO cedula de identidad ; 11385313 fecha de nacimiento : 24 de septiembre de 2003 edad:49 profesión u ocupación: estudiante domicilio real .calle luis calvo sin numero . zona temporal de Cochabamba genero:femenino estado civil: soltera nacionalidad:boliviana situación jurídica: citada por edicto fiscal abogado defensor: defensor publico de turno del sepdep nombre y apellido: MARLENE LAZO SOTO cedula de identidad: 11385317 fecha de nacimiento: 22 de noviembre de 1993 edad: 29 años ocupación : Tejidos y clases en biblias domicilio real: Celda II del Penal de la Merced de Oruro genero: Femenino estado civil:Casada nacionalidad: Boliviana y con otra identidad de Argentina DNI 95342972 situación jurídica: Citada por edicto fiscal situación jurídica: Detenida preventivamente en el Penal de la Merced por tráfico de sustancias controladas abogado defensor : Minia Clara Aguilar Montaño domicilio procesal: Junín entre Soria Galvano Edf. Aldeor, piso 3 celular: 72722550 ciudadanía digital: 2300237 Nombre y Apellido : LIDIA SOTO CORDOVA Cedula de Identidad : 3814674 Ex. en Oruro Fecha de Nacimiento : 27 de marzo de 1971 Edad : 51 años Profesión u ocupación : Labores de casa Domicilio Real : Pucapampa Cliza Cochabamba Género : Femenino Estado civil : Soltera Nacionalidad : Boliviana Situación jurídica : A la fecha, detenida preventivamente en el Recinto Penitenciario de San Sebastián Mujeres de Cochabamba Abogado defensor : Jon A. Rioja Guzmán Domicilio procesal : Calle Clementes Blanco N°0110 Celular : 71093538 ciudadanía digital: no registra abogado , sin embargo la investigada registra 5900749 Nombre y Apellido CARLOS MANUEL DE ANTONI Cedula de Identidad DNI 39050307 Fecha de Nacimiento 24 DE MAYO DE 1995 Edad 28 AÑOS Profesión u ocupación FUTBOLISTA Domicilio Real : Escuela 4 de la cuarta sección del Penal de San Pedro de Oruro Género : Masculino Estado civil : Casado Nacionalidad : Argentino Situación jurídica : Privado preventivamente por tráfico de sustancias controladas Abogado defensor : Minia Clara Aguilar Montaño Domicilio procesal : Junín entre Soria Galvano Edf. Aldeor, piso 3 Celular : 72722550 Ciudadanía digital : 2300237 Nombre y Apellido : GUALBERTO SOTO CORDOVA Cedilla de Identidad : 4141315 Fecha de Nacimiento : 12 de julio 1973 Edad : 50 años Profesión u ocupación : Agricultor Domicilio Real : Calle Avaroa y Sucre No. 0031 en Cliza Cochabamba Género : Masculino Estado civil : Casado Nacionalidad : Boliviana Situación jurídica : Citado por edicto fiscal Abogado defensor : Defensor Público de Turo del SEPDEP DATOS DEL DENUNCIANTE.- ÍNTER VENCIÓ!'! POLICIAL PREVENTIVA PRECEPTOS JURÍDICOS APLICABLES: La presente acusación tiene como fundamentos legales: Párrafo II del Art. 225 de la Constitución Política del Estado. Art. 342 del Código de Procedimiento Penal. Núm. 21 del Art. 40 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley 260). Arts. 185 Bis. del Código Penal. IV. DESCRIPCIÓN DEL HECHO FÁCTICO: De los antecedentes que hacen al presente cuaderno de investigaciones se tiene que en fecha 18 de Diciembre de 2020 JULIO ZEGARRA OUISPE y LIDIA SOTO CORDOVA, residieron en el Departamento de Cochabamba en calidad de convivientes. JIIONNY ZEGARRA OUISPE, sería hijo de JULIO ZEGARRA OUISPE, 'tambié el 18 de Diciembre de 2020, en el departamento de Santa Cruz de la Sierra. Por otra parte LIDIA SOTO CORDOVA tuvo con su ex esposo 'cínife/ Lazo Sánchez,. cuatro hijos de nombres CEOLI LAZO SOTO, MARLENE LAZO SOTO, ii7LBER LAZO SOTO y YOSELIN YASMINA LAZO SOTO, esta última tiene 19 años de edad. Bajo aquel preámbulo, en relación a JULIO ZEGARRA OUISPE, con residencia en la ciudad de Cochabamba y sin contar con alguna actividad económica. conocida, 91,29 de Diciembre de 2021, cancelando en efectivo, compró en Cochabamba. una camioneta de Color rojo, modelo 2019, con placa de control 5310-ELA, a un precio de Su, 18.500. con dineros de origen desconocido. Así mismo el 8 de Enero de 2020, en Cochabamba, le vendió a un tercero :Sutilidad Loza Velasco una camioneta Toyota Hilux, modelo 2018 de color blanco perla.con placa so-DNN, a un precio de Sus. 40.000; vehículo de origen desconocido y figurando actualmente a nombre de Juan Antonio Araoz Torrico. Por otro lado el 10 de Marzo de 2021 años, JULIO ZEGARRA OUISPE, compro de la empresa Imcruz, una camioneta Duster Oroch, modelo 2021 de color gris con,piktica 5573-NUN, a un precio de Sus. 20.800, con dineros de origen desconocido. Asimismo, compró una motocicleta Pegasus de color guindo, con placa 3694-GFY. con dineros de origen desconocido. De la misma manera, el 21 de Febrero y el 20 de Noviembre de 2017. am como el Septiembre de 2018, en Santa Cruz de la Sierra, realizó inspección técnica vehicular de_ una vagoneta Toyota de color verde, con placa 212-DCB; vehículo de origen desconocido. Así mismo el 17 de Enero y el 29 de Diciembre de 2020, así corno el 27 de Enero de 2022., en Cochabamba, realizó inspección técnica vehicular de un Automóvil Toyota -de color negro, con placa 938-XYL vehículo de origen desconocido. Finalmente, desde el 24 de Agosto de 2015, registró conexión de energía eléctrica con Código Fijo 732459, en el bien inmueble ubicado en el Barrio Villa Viana de la ciudad de Santa Cruz; bien inmueble poseído o comprado con dineros de origen desconocido. – Asimismo, desde el 15 de Octubre de 2014, registró conexión de energía eléctrica con Código Fijo 710549, en el bien inmueble ubicado en la localidad de Paurito de la ciudad de Santa Cruz; bien inmueble poseído o comprado con dineros de origen desconocido. En relación a los movimientos financieros; JULIO ZEGARRA OUSIPE, registró envíos en la gestión 2019 de remesas considerables a Perú, mediante la entidad Western Unión; asimismo, por la misma entidad financiera en la gestión 2019 registró beneficios de pagos de remesas de terceras personas y desde el país origen de Brasil y Perú, por sumas de cantidad de dineros desconocidos; también registró en la entidad financiera Banco Ganadero Latín Express, beneficios de remesas por la gestión 2020 y 2021. de terceras personas y por sumas o monedas extranjeras considerables; y finalmente, desde el 2019 y 2021 registró y se benefició mediante la entidad financiera More Bolivia S.A.. de operaciones de remesas desde el país de origen Argentina. Asimismo. JULIO ZEGARRA OU1SPE registró en la entidad bancaria prodem. una caja de ahorro y una operación crediticia en la gestión 2009 en la entidad financiera Banco Sol. Con relación a LIDIA SOTO CORDOVA, con residencia en la ciudad de Cochabamba y sin contar con alguna actividad económica conocida, el 14 de Febrero de 2022. en Cochabamba, compró un bien inmueble Chalet ubicado en la zona Queru Queru Alto. definido como Vivienda A, con una superficie de terreno de 247.64 m1s2 y superficie construida de 313.15 mts2, registrado en Derechos Reales con matricula 3011020092571. a un precio total de Sus. 200.000. cancelando en efectivo la mitad del precio convenido y con origen desconocido; bien inmueble que figura en registro de Derechos Reales a nombre de Marcelo Arancibia Alba. El 22 de Diciembre de 2021. En Cochabamba. También compró otro bien inmueble Chalet. Ubicado en la vana Queru Queru Alto, definido como Vivienda A, con una superficie de terreno de 218.71 mts2 y superficie construida de 313.15 mts2, registrado en Derechos Reales con matrícula 3011020033242, a un precio total de Sus. 200.000, cancelando en efectivo la mitad del precio convenido y la otra mitad a un mes computable de la suscripción de dicho documento privado; cancelado con dineros de origen desconocido. El 9 de Noviembre y el 5 de Diciembre de 2022, una de las hijas de LIDIA SOTO CORDOVA, canceló en efectivo y en dos oportunidades. La suma de Sus. 15.000. A la empresa constructora ROCACONST. Por concepto de compra de tres bienes inmuebles registrados en Derechos Reales con matrículas 3011020072473 (Un departamento tipo A con una superficie ideal 26.83 mts2), 3011020072492 (Un garaje N° 12), 301 1020072498 Una Baulera N° 1), todos los bienes inmuebles ubicados en el Edificio Puerto Vallarta. Zona Queru Queru Calle Pedro Blanco 245 esquina Pasaje H. de Cochabamba. El 2 de agosto de 2022, en Cochabamba, la otra hija de 19 años de edad de 'LIDIA SOTO CORDOVA, canceló en dos oportunidades y en efectivo la suma de $us. 100.000, a la empresa constructora ROCACONST, por concepto de compra de un bien inmueble registrado en Derechos Reales con matrículas 3011020092572; bien inmueble que figura en Derechos Reales a nombre de Marcelo Arancibia Alba. Por otra parte, registra como propietaria de una vagoneta Ford de color azul, modelo 2019. con placa 4763-KUF, comprando con dineros de origen desconocido. Finalmente, junto a los investigados JULIO ZEGARRA QUISPE y JIIONN Y ZEGARRA OUISPE, la investigada LIDIA SOTO CORDOVA, fue encontrada el 21 de Octubre de 2022 en la localidad de Challapata en la altura de Peaje, en el .interior del vehículo tipo camioneta Toyota Tacoma de color verde con placa 5748-CYD, que el mismo se encuentra registrado como propietario a nombre de su hija Yoselin Yasmina Lazo Soto- vehículo que fue comprado con dineros de origen desconocido. Por otra parte, la investigada LIDIA SOTO CORDOVA, registró, envíos en la gestora 14.'11.2019 de remesas considerables a Perú, mediante la entidad Western Unión; asimismo, por la misma entidad financiera en la gestión 2019 y 2020, registró beneficios de pagos de remesas de terceras personas y desde el país origen de Brasil y Perú, por sumas de Cantidad de dineros desconocidos; también registró en la entidad financiera Banco Ganadero aun1. Express, beneficios de remesas por la gestión 2020 y 2021. De. Terceras, personas. Por sumas o monedas extranjeras considerables; y finalmente, desde el 2019 y 2021 registro y se benefició mediante la entidad financiera More Bolivia S.A., de operaciones de remesas Desde el país de origen Argentina. En relación al investigado JHONNY ZEGARRA QUISPE, quien con residencia en la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra y sin contar con alguna actividad .económica conocida. Registró en Montero y Porongo Ayacucho, como propietario de tres motocicletas, el primero una moto Súper Haoyim Brozz de color negro modelo 2014, con placa 31:4 - RI31:: .1a segunda una moto trabajo de color blanco, modelo 2021. con. Placa 5531 - Z/NFIt'S, la última, una moto semi pistera Honda, color rojo modelo 292-1. .con placa :;8;; DAE; todas compradas con dineros de origen desconocido. Por otra parte, el 8 de Febrero de 2017, en Santa Cruz de• la Sierra, realizó inspección técnica de un vehículo con placa de control 3991 - GED; vehículo de origen desconocido. Asimismo, el 28 de Noviembre de 2017 y el 5 de Septiembre de 2018. en la Avenida 1 res Pasos al Frente y Av. 16 de Julio Esq. Calle 13 del surtidor Zona V i ffit .19) de Una Baulera N° 1), todos los bienes inmuebles ubicados en el Edificio Puerto Vallarta. zona Queru Queru Calle Pedro Blanco 245 esquina Pasaje H. de Cochabamba. El 2 de agosto de 2022, en Cochabamba, la otra hija de 19 años de edad de 'LIDIA SOTO CORDOVA, canceló en dos oportunidades y en efectivo la suma de $us. 100.000, a la empresa constructora ROCACONST, por concepto de compra de un bien inmueble registrado en Derechos Reales con matrículas 3011020092572; bien inmueble que figura en Derechos Reales a nombre de Marcelo Arancibia Alba. Por otra parte, registra como propietaria de una vagoneta Ford de color azul, modelo 2019. con placa 4763-KUF, comprando con dineros de origen desconocido. Finalmente, junto a los investigados JULIO ZEGARRA QUISPE y JIIONN Y ZEGARRA OUISPE, la investigada LIDIA SOTO CORDOVA, fue encontrada el 21 de Octubre de 2022 en la localidad de Challapata en la altura de Peaje, en el .interior del vehículo camioneta Toyota Tacoma de color verde con placa 5748-CYD, que el mismo se encuentra registra como propietario a nombre de su hija Yoselin Yasmina Lazo Soto- vehículo que fue comprado con dineros de origen desconocido otra parte, la investigada LIDIA SOTO CORDOVA, registró ,envíos en la gesta 14.'11.2019 de remesas considerables a Perú, mediante la entidad Western Unión; asimismo, por la misma entidad financiera en la gestión 2019 y 2020, registró beneficios de pagos de remesas de terceras personas y desde el país origen de Brasil y Perú, por sumas de Cantidad de dineros desconocidos; también registró en la entidad financiera Banco Ganadero aun1.Express, beneficios de remesas por la gestión 2020 y 2021. De. Terceras, personas. Por sumas o monedas extranjeras considerables; y finalmente, desde el 2019 y 2021 registro y se benefició mediante la entidad financiera More Bolivia S.A., de operaciones de remesas Desde el país de origen Argentina. En relación al investigado JHONNY ZEGARRA QUISPE, quien con residencia en la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra y sin contar con alguna actividad .económica conocida. Registró en Montero y Porongo Ayacucho, como propietario de tres motocicletas, el primero una moto Súper Haoyim Brozz de color negro modelo 2014, con placa 31:4 - RI31:: .1a segunda una moto trabajo Baja Bóxer de color blanco, modelo 2021. con. Placa 5531 - Z/NFIt'S, la última, una moto semi pistera Honda, color rojo modelo 292-1. .con placa :8;; DAE; todas compradas con dineros de origen desconocido. Por otra parte, el 8 de Febrero de 2017, en Santa Cruz de• la Sierra, realizó inspección técnica de un vehículo con placa de control 3991 - GED; vehículo de origen desconocido. Asimismo, el 28 de Noviembre de 2017 y el 5 de Septiembre de 2018. En la Avenida 1 res Pasos al Frente y Av. 16 de Julio Esq. Calle 13 del surtidor Zona V i ffit .19) de siete paquetes de tipo ladrillo y ocho paquetes de ladrillo, que sometido a prueba de campo dio positivo para cocaína con un peso de 7.185 gramos y 8.440 gramos de cocaína, con un peso total de 15.625 gramos de cocaína; iv) el 21 de octubre de 2022. en la carretera Oruro Potosí, a la altura del peaje de la localidad de Challapata, conjuntamente con otras personas fue encontrada en el vehículo con placa 5748-CYD, en ese momento, se aproximaron otros vehículos disparando en contra de la humanidad de los policías, dándose a la fuga, motivo por el cual fue trasladado el vehículo intervenido a las oficinas de la FELCN de Oruro, para precintar y realizar la técnica de micro aspirado, que dio positivo para cocaína.Por estos antecedentes, la investigada desde el 4 de noviembre de 2022. fue detenida preventivamente en el Recinto Penitenciario de San Sebastián Mujeres de Cochabamba. En relación al delito precedente de JHONNY ZEGARRA OUISPE: el 14 de abril de 2022, en el control fronterizo de la carretera Villazón y Tupiza altura Reten Vía Rol Cuartos, junto a otras personas fue encontrado en el interior del vehículo con placa de control 5573-NON y realizado el micro aspirado en las aberturas dela parte de la carrozaría laterales derecho e izquierdo (macaco), se encontró partículas de sustancias controladas de cocaína; ii) el 21 de octubre de 2022, en la carretera Oruro Potosí, a la altura del peaje de la localidad de Challapata, conjuntamente con otras personas fue encontrado en el vehículo con placa 5748-CYD, en ese momento, se aproximaron veinte cuatros .disparraiidó. en contra de la humanidad de los policías, dándose a la fina, motivo por el cual fueras.trasladado el vehículo intervenido a las oficinas de la FELCN de Oruro, para precintar y realizar la técnica de micro aspirado, que dio positivo para cocaína.En relación a YOSELIN YASMINA LAZO SOTO sin registrar algún negocio o actividad comercial legal conocida y con 19 años de edad, el 3 de Marzo de. 2022en la ciudad de Cochabamba, compró con dineros de origen desconocido un bien inmueble "Chalet signado con la letra B, que tuvo una superficie de 151.07 mts2, superficie construida de 293.23 mts2, con una división en propiedad horizontal, a un precio total Sus. 200.000.. que fue cancerado en su totalidad, haciendo figurar en la escritura pública N° 394/.2022 otro monto de Bs. 791,127; que el mismo estaba en proceso de registro en oficinas de Derechos Reales con matrícula 3011020092572.De la misma manera, compró con dineros de origen desconocido un vehículo motorizado Camioneta Toyota Tacoma de color verde modelo 2021, con placa 5748 - CYD. con radicatoría en Cochabamba. En relación a MARLENE LAZO SOTO y CARLOS MANUEL DE ANTONI. casados recientemente entre sí en Buenos Aires Argentina, sin registrar algún negocio licito conocido y con dineros de origen desconocidos, el 9 de Noviembre y el 5 de Diciembre de 2022 en Cochabamba, MARLENE LAZO SOTO, compró un departamento tipo A, piso 6 con una superficie de 130.42 mts2. registrado en Derechos Reales con matrícula 3011020072473, en donde, además, ya estaba en posesión conjuntamente con su esposo CARLOS MANUEL DE ANTONI. También compraron en la misma fecha un garaje signado como N° 12. ubicado en el mismo lugar del bien inmueble, registrado en Derechos Reales con matrícula 3011020072492 y una baulera signada como N° 1 registrado en Derechos Reales con matricula 3011020072498. De la misma manera, poseyeron un vehículo motorizado Audi. modelo 2013 con molé:. C6W061259, chasis WAUBGC4G7DN096471, de color negro, con placa extranjera MMJ060, el cual fue trasladado de Argentina el 15 de agosto de 2022 hasta la ciudad de Cochabamba. A tal efecto, acordaron la venta de los tres bienes inmuebles en la suma de Sus. 15;000, cancelando en efectivo y por adelantado la suma de Sus. 15.000, donde estuvieron en posesión los mismos investigados, así como en el bien inmueble "Chalet" de propiedad horizontal signada con la letra 13. Por otra parte, los investigados en plena convivencia tuvieron previsto un es cilio de boda de lujo para el 10 de Diciembre de 2022 en la ciudad de Cochabamba contratando para ese evento a la Orquesta los Hermanos Rodríguez. por un monto de Sus. 1.800; asimismo, para el mismo evento o fiesta de lujo se contrató al grupo electrónico Maroyu por la suma de Sus. 4,700, haciendo efectivo el pago el padrastro JULIO ZEGARRA OU1SPE. Asimismo MARLENE LAZO SOTO, registra una cuenta de caja de ahorro en la entidad financiera Banco Ganadero Con relación a GUALBERTO SOTO CORDOVA, sin registrar o tener ningún negocio conocido poseyó desde la gestión 2022 un bien inmueble ubicado en la calle Marea Clima de Cochabamba, pagando con normalidad a la fecha los servicios básicos de Útil y. gas. Asimismo, registró en Dirección Departamental de Transito Transporte y Seguridad Vial. un vehículo motorizado con placa 1883 - EGH, vagoneta Toyota Corolla de color blanco, modelo 1991 con radicatoría en Cochabamba que también fue comprado con dineros de origen desconocido, también registra en seguros y reaseguros Univida y Credinfonn. Otro vehículo con placa 2683 - XTE, marca Toyota. Vagoneta de color blanco,. que 'be adquirido con dineros de origen desconocido ahorro en el banco unión, otra cuenta de caja de ahorro en el banco prodem, donde también realizó operaciones de depósitos a terceros también registró otra cuenta de caja de ahorro en el banco sol.Por otra parte, también registró seguros de vida y de accidente en la entidad financiera Credo Seguro S.A. y en Santa Cruz Vida y Salud, así como en seguros LBC. Con relación al delito precedente o subyacente, las investigadas YOSELIN YASMINA LAZO SOTO y MARLENE LAZO SOTO, fueron descendientes e hijas de LIDIA SOTO CORDOVA por otra, el investigado GUALBERTO SOTO CORDOVA. fue hermano de LIDL4 SOTO CORDOVA, al registrar los mismos padres de nombres Fermín Soto Vela y Liborio Cordada Rivero. Entre estos investigados tuvieron un vínculo de parentesco, en donde la madre y hermana de los investigados LIDIA SOTO CORDOVA tuvo cuatro antecedentes por actividad ilícita de tráfico de sustancias controladas: i) el 12 de marzo de 2007 junto a otras personas fue aprehendida con 60 paquetes con un peo de 44.97 gramos de cocaína, cuando se estaba realizando revisión en la empresa de transporte Trans Velase() de San Mafias: ji) el 14 de abril de (2022) en el control fronterizo de la carretera Villazón y Tupiza altura Reten Vías Bolivia Cuartos, junto a otras personas fue, encontrada en el interior del vehículo con placa de control 5573-NUN, donde realizado el micro aspirado en • las aberturas de la parte de la carrozaría laterales derecho e izquierdo. Se encontró parte las de sustancias controladas de cocaína: iii) el 2 de noviembre de 2022, en inmediaciones de la zona sud de Cochabamba del mercado Santa Bárbara, conjuntamente con otras personas fue encontrada en el vehicula con placa 5310 - ELA y 938-YXI. trasladando y en posesión de siete paquetes de tipo ladrillo y ocho paquetes de ladrillo, que sometido a prueba de campo dio positivo para cocaína con un peso de 7.185 gramos y 8,440 gramos de cocaína, con un peso total de 15.625 gramos de cocaína: iv) el 21 de octubre de 2022, en In carretera Oruro Potosí, a la altura del peaje de la localidad de Challapata, conjuntamente con otras personas fue encontrada en el vehículo con placa 5748 - CYD, en ese momento, se aproximaron otros vehículos disparando en contra de la humanidad de los policías, dándose a la fuga. Motivo por el cual fue trasladado el vehículo intervenido a las oficinas de la FELCN de Oruro, para precintar y realizar la técnica de micro aspirado, que dio positivo para cocaína.. Por otra parte. YOSELIN YASMINA LAZO SOTO. MARLENE ,LAZO SOTO y GUALBERTO SOTO CORDOVA, registraron antecedente; penales por otra actividad ilícita de tráfico de sustancias controladas Finamente, estos mismos investigados tuvieron un vínculo con JULIO ZEGARRA OUISPE en calidad de padrastro de los hijos de LIDIA SOTO CORDOIA, donde el .21 de Octubre de 2022, en la carretera Oruro Potosí en la altura del.. Peaje de la localidad Siendo además que los mismos transitaron constantemente desde la gestión 2017 a la gestión 2022. Con ruta internacional Argentina, registrando en algunas veces el ingreso y en algunas veces sin registrar el ingreso, así como las salidas. V. FUNDAMENTACIÓN LEGAL DE LA ACUSACIÓN: La autoría de JULIO ZEGARRA OUISPE. LIDIA SOTO CORD01:1, JIIONNY ZEGARRA OUISPE. YOSELIN YASMINA LAZO SOTO. MARLENE LIZO SOTO, CARLOS MANUEL DE ANTONI y GUALBERTO SOTO CORDOVA en la comisión del delito que se acusa, se encuentra plenamente fundamentada a través de los siguientes elementos de convicción recolectados en la etapa preparatoria: EN RELACIÓN A JULIO ZEGARRA OUISPE: Que. Julio Zegarra Quispe con C.I. 4294924, de nacionalidad boliviano, nacido el 07 de febrero de 1962 en el Departamento de La Paz, Provincia Nor Yungas. Localidad Coroico, de 62 años de edad, es hijo de Ascencio Zegarra y Alejandra Quispe, Casado con Betty Quispe Mamani, con quien registra como descendencia a Lizbeth Zegarra Quispe y Johnny legara Quispe este último relacionado a delitos inmersos a la ley 1008 y al presente proceso de Legitimación de Ganancias Ilícitas. Registra como domicilio en la Calle Tomás Pacheco municipio de Coroico del departamento de La Paz, sin embargo. Cursa certificación del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba en el cual el investigado declara como domicilio en el Barrio Internacional, Calle 2 S/N, Zona Plan 3000. . Que, en relación a los Antecedentes inmersos en la Ley 1008 Julio Zegarra Quispe registra cuatro antecedentes relacionados a hechos ilícitos de narcotráfico Transpone de Sustancias Controladas, tráfico Ilícito de SS.CC., dentro los casos: CASO 9-597/00 en fecha 30/08/2000 en este caso habría sido recluido en el centro penitenciario Palmasola - Santa Cruz de la Sierra; CASO Z-501/04 en fecha 06/04/2004, en este caso habría sido recluido en el centro penitenciario Palmasola - Santa Cruz de la Sierra; CASO PT-Z-51/2022 en fecha 14 de abril de 2022 ilion suscitado en el departamento de Potosí; CASO OR-X-333/22 en fecha 2110 2022 en este caso habría sido recluido en el Centro Penitenciario San Pedro de la Ciudad entro, hasta la fecha del presente informe y conforme a certificaciones el imputado guarda detención preventiva por el delito de Tráfico de SS.CC en el Centro Penitenciario "San Pedro" de la ciudad de Oruro. Así mismo registra antecedente relacionados a hechos de tránsito, Triple Colisión en fecha 6! 1 1'2015 número de caso 514/2015, no registra antecedente penal referido a sentencia condenatoria ejecutoriada, declaratoria de rebeldía o suspensión condicional del proceso. Que, en relación a flujo migratorio Julio Zegarra Quispe registra una salida como flujo migratorio a los 57 años de edad, el 27 de noviembre del año 2019. Como ruta de salida Villalón Argentina, posterior a ello no registra flujo migratorio alguno. .Que. en relación a la Actividad económica Julio Zegarra Quien NO registra actividad económica alguna que le genere ingresos que puedan sustentar la adquisición de patrimonio, sin embargo, se tiene mediante certificación de gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba registra como ocupación Chófer. ello no fue acreditado por el imputado de igual manera no se pudo evidencia físicamente. ni documentalmente con relación a estos ingresos, es más se pueda evidenciar que el imputado refirió habitar en alquiler erogando un gasto de Bs. 200 mensualmente, de igual manera en el año 2022 eroga un gasto por la contratación de, ser Y lejos-de conjunto musical por la suma de Sus.- 4.700.Que, durante la investigación se pudo determinar que el imputado julio .Zegarra Quispe, durante el periodo de análisis adquiere bienes muebles e inmuebles a su nombre y a nombre de terceros, erogando un gasto de Sus.- 123322 t Ciento veintitrés mil quinientos veintidós dólares americanos) en vehículos., un ,bienes inmuebles erogo un gasto de Sus.- 670.963,66. Ascendiendo un 'total: de Sus.-671.087,182, aproximadamente. Que, en cuanto al Perfil Financiero se puede evidenciar que el imputado Julio Zegarra Quispe si registra movimientos financieros en cuanto a la apertura de cap. de ahorro a los 57 años de edad apertura una cuenta banco prodem él cual durante tres -años hasta los 60 años realiza movimiento financiero por un 'total de SuS.-29.819,08.- actualmente registra saldo Sus.- 98.04.-; de igual manera 'registra • un considerable movimiento financiero en cuanto a Giros y remesas de dinero por un monto aproximado de Sus. 36.650,92, en el año 2009 que a los 47 años de edad adquiere un Crédito bancario Banco Sol por Sus.- 3.000.- del: cual refiere corno solvencia Servicio de Transporte automotor cancelada el año 2018 a los 56 años de edad, préstamo que habría sido otorgado por el lapso de 9 años.Que, en relación a bienes inmuebles Julio Zegarra Quispe según certificación no registra ningún tipo de bien inmueble a su nombre, conforme a las declaraciones de los testigos Gustavo Edmar Soto Hidalgo, Grover David José Rocabado Claras. quienes entran en contradicción refieren haber realizado transacciones de inmuebles con el imputado y su conyugue Lidia Soto Córdova y la hija de esta Marlene Lazo Soto, del cual se puede llegar a establecer que Julio Zegarra Quispe a través de Lidia Soto Córdova y esta a su vez utilizando testaferros en el grado complicidad a de Marlene Lazo Soto y Yasmina Lazo Soto adquieren bienes inmuebles ubicados los mismos EN LA ZONA NORTE DE COCHABAMBA, CALLE LUIS CALVO Y VALERIANA, ZONA QUERU QUERU denominado (1-A) registrado en DD.RR. de Cochabamba con la matricula Nro. 3.01.1.02.0092571 por la suma de Sus. 200.000.- (Doscientos mil 00/100 dólares americanos), extrañamente este inmueble registra a nombre de la imputada Marlene Lazo Soto quien hasta la presentación del presente informe no acreditó solvencia económica en Bolivia. Que, de la misma forma adquieren otro bien inmueble ubicado EN LA ZONA NORTE DE COCHABAMBA, CALLE LUIS CALVO Y VALERIANA, ZONA QUERU QUERU denominado (1-B) registrado en DD.RR. de Cochabamba con la matricula Nro. 3.01.1.02.0092572, bien inmueble registrado a nombre de Voselin Yasmina Lazo Soto conforme al análisis realizado, adquiere en el año 2022 a los 19 años de edad, la misma no registra actividad económico que pueda solventar estos gastos. Que, de la misma manera se tiene un bien inmueble ubicado en el interior del EDIFICIO PUERTO VALLARTA ZONA NORTE DE LA CIUDAD 1W COCHABAMBA, DEPARTAMENTO 6-A con MATRÍCULA 1' N 1)1).1212. CBBA. 3.01.1.02.0072473, BAULERA NRO. I REGIS'l 11 ) CON MATRÍCULA EN DD.RR CBBA. NRO. 3.01.1.02.0072498, PARQt NRO. REGISTRADO CON MATRÍCULA EN DD.RR. CBBA. NRO. 3.01.1.02.0072492, durante la investigación se pudo determinar conforme al informe de cumplimiento a orden de allanamiento de fecha 07 de diciembre de 2022 elaborado por el Sr. Sgto. 'ro. Fernando Quispe Saucedo Investigador del G101:-Occidente, en el cual relata que en fecha 07 de diciembre de 2022 en el inmueble ubicado en la Zona Norte, en el interior del Edificio Puerto Vallarla Piso 6epartamento 6-A, habrían secuestrado documentación variada a nombre de Julio Zegarra Quispe, entre otros, refiere también que habrían logrado identificar un ambiente en el cual habitaba Julio Zegarra Quispe quien habría sido aprehendido saliendo del inmueble.Que, se tiene la atestación de fecha 20 de enero de 2023, emitida por la Sr. Nitta Diez Canseco Ruiz con C.I. 45130056 Exp. Cbba. Realizada en la ciudad de Cochabamba, quien refiere ser la presidente del directorio del edificio Puerto Vallarla, con relación a Dpto. 6-A, refiere desconocer quién seria el propietario del inmueble Dpto. 6-A, sin embargo, si conoce a Julio Zegarra Quispe el mismo que vivía en el mismo piso 6 del edificio, refirió también que el departamento cuenta con Un Parqueo Nro. 12 y Una Baulera Nro. 1 ubicado en el sótano del Edificio Puerto Vallarta. Que, mediante certificación de fecha 21 de febrero de 2024 emiticia por Diez Canseco Ruiz presidenta del Directorio del Edificio "Puerto Vallarla". se puede advertir que en la copia simple de registro de libro de registro de ingreso se evidencia que en fechas 11, 12, 14 de noviembre de 2022 ingresa departamento 6¬A personal de limpieza, en fecha 13 de noviembre de 2022 ingresan al departamento 6-A dos personas denominados cargadores, Argote Orellana Encargado,•en fecha 18 de noviembre de 2022 ingresa al departamento 6-A el señor Raúl Minando; Pintor, en fecha 20 de noviembre de 2022 ingresa al departamento 6-A "ingresaron los nuevos inquilinos". En fecha 24 de noviembre del año 2022 a horas.11:28-ingresa el Sr. Carlos Manuel al departamento 6-A como nuevo inquilino, hora de salida 11:42. En fecha 24/11/22, a horas 11:28 ingresa el Sr. Julio Zegarra Quispe ,con.3980625 LP., y Jonny Zegarra Quispe al departamento 6-A (trabajador. nuevo inquilino) con hora de salida 11:42. En fecha 28 de noviembre de 2(122 ilwe,it al departamento 6-A el señor Raúl Armando Roque Gutiérrez "Trabajador": Que, Jorge Humberto Veizaga lsmael habría ofrecido en calidad de venta del. bien inmueble consistente en un Dpto. 6- A en el interior del Edificio Puerto Vallarla - por el precio de Sus.- 115.000.- como intermediario señala 2 Grover David José Rocabado Claros quien habría tomado contacto con la imputada Marlene Lazo Soto quien le habría propuesto comprarle el Dpto.. sin embargo no tenia el total del dinero, llegando a "un acuerdo verbal para una posible venta"- esta: le adelanta 15.000 Sus. en dos oportunidades mediante recibos emanados de la Constructora ROCACONST en ambos recibos se divisa el nombre del vendedor>' ten, el primero una firma y el segundo ninguna firma de la compradora supuestamente se habría comprometiendo a cancelar la suma de Sus. 100.000.- en un plazo de dos semanas posterior al acuerdo en fecha 09 de noviembre de 2022, extrañamente este le hace los recibos añadiendo la Baulera y Parqueo por el mismo precio del costo del Dpto. siendo que estos dos bienes registran otras matrículas, sin documento alguno, este le entrega las llaves a la imputada Marlene Lazo Soto, teniendo en cuenta desde noviembre 9 de 2022 dos semanas posterior al acuerdo el inmueble se tendría que cancelar en su totalidad aproximadamente el 25 de noviembre de 2022, en tal sentido Marlene Lazo Soto ya se encontraba en posesión del bien inmueble desde el 9 de noviembre del año 2022, pero la imputada en ningún momento registra ingresos al departamento es más en la declaración testifical de fecha 26 de enero de 2023 refiere no conocer al propietario empero manifestó que en diciembre del año 2022 fue a visitarlo al Sr. Julio Zegarra Quispe ya que tenía conocimiento que habitaba en ese inmueble, sin embargo Jorge Veizaga Ismael desconoce estos aspectos tomando en cuenta que el primer allanamiento fue realizado en fecha 07 de diciembre de 2022, tenía 27.días para verificar el estado actual de su bien inmueble. Cabe decir que el poseedor y tenedor del bien inmueble es Julio Zegarra Quispe quien utiliza a terceras personas comúnmente denominadas como testaferros y/o presta nombres con la finalidad de ocultar y encubrir la verdadera naturaleza. procedencia y origen del bien ilícitamente obtenidos, en complicidad con Grover David José Rocabado Claros, Lidia Soto Córdova esta última utiliza como cómplice a Marlene Lazo Soto quien señala desconocer la adquisición de los bienes inmuebles, empero según certificaciones el imputado Carlos Manuel De Antoni Conyugue de la Imputada Marlene Lazo Soto, registra ingreso como inquilino al bien inmueble. Que, los aspectos que han sido descritos del numeral I) al numeral 12) nos hace entender que sobre la tipología del lavador para encubrir la ilicitud del bien inmueble, diversificación u ocultamiento una de las fases en la cual los comúnmente conocidos como lavadores de activos tiene la intención de dificultar a las autoridades el rastreo documentado, la fuente y la propiedad de los fondos, es decir, busca imprecisar la transacción original por ello, hacen operaciones en cuantías mínimas en reiteradas oportunidades, sin documentación legal para evadir los controles, de igual manera este tipo de hechos se asemeja a la tipología del lavado de dinero, utilizar a terceras personas comúnmente conocidas como testaferros y/o prestanombres con la finalidad de ocultar y encubrir la verdadera naturaleza, procedencia y origen de los bienes ilícitamente obtenidos, para aparentar la licitud de una compra venta de los bienes inmuebles los realizan sin documentación de por medio, en su sano juicio nadie puede entregar una llave de un inmueble a terceros desconocidos sin haber firmado un simple documento de anticipo y/o compra venta de inmuebles entre el titular del bien y los posibles propietarios, es más, que el titular del bien inmueble no tenga control de supervisión de quienes habitan o habitaban en el inmueble UBICADO EN LA URBANIZACIÓN VII.I.A V LANA. DE LA CIUDAD DE SANTA CRUZ, ENTRE CALLES INNOMINADAS, EN COORDENADAS 17°52'23.6" S, 63°03'20.8" W, este inmueble actualmente no registra derecho propietario a nombre del imputado Julio Zegarra Quispe sin embargo registra conexión de energía eléctrica. Código Fijo 732459, desde el 24 de agosto de 2015. ubicado en el Barrio Villa Viana, de la ciudad de Santa (.1"t1/. del cual en el avaluó comercial se tiene como precio Sus.- 24.607,59, extrañamente en fecha 02 de abril del año 2024 aparece una "titular" reclamando el bien inmueble arguyendo ser de su propiedad, siendo que el bien inmueble se encuentra Incautado desde el 12 de mayo del año 2023 y allanado desde el 06 de octubre del año 2023. habiendo transcurrido más de seis meses de allanando y once. meses de incautado el bien inmueble, pese a que se notificó a la señora Sintia Sonco, Flores hermana.de la supuesta propietaria del inmueble con el mandamiento de Allanamiento. la señora . . Felipa Carmen Sonco Flores con C.I. 6217810 SC., se aparece a reclamar el bien inmueble Incautado como propietaria:. extrañamente en la documentación que adjunta al memorial de fecha 02 de abril del año 2024. se puede evidenciar que el bien inmueble Ubicado en el Ex Fundo Viana Cantón Paurito Manzano 3, Lote 9 con una superficie de 401.19 metro, registrado en derechos Reales bajo la matrícula Nro. 7.01.2.02.0028101 inmueble cuyas características y ubicación corresponden al bien inmueble incautado en el presente proceso, en el asiento Número 1 es registrado a nombre de Felipa Carmen Sonco flores con Nro. Cl. 6217810. recién el 26 de marzo del año 2024, a sabiendas que el bien inmueble se encuentra Allanado, Secuestrado e Incautado el 12 de mayo del Año 2023, la impetrante del memorial intenta recuperar el bien inmueble realizando la inscripción a su nombre. Que, estos actos dan a entender que JULIO ZEGARRA QUISPE imputado en el presente proceso utiliza a terceras personas comúnmente denominadas 'como testaferros y/o presta nombres con la finalidad de ocultar y encubrir la verdadera naturaleza, procedencia y origen del bien ilícitamente obtenido: tomando en cuenta el alto prontuario delictivo inmersos en la ley 1008 con la que cuenta el imputado solvencia Servicio de Transporte automotor cancelada el año 2018 a los 56 años de edad, préstamo que habría sido otorgado por el lapso de 9 años.Que, en relación a bienes inmuebles Julio Zegarra Quispe según certificación no registra ningún tipo de bien inmueble a su nombre, conforme a las declaraciones de los testigos Gustavo Edmar Soto Hidalgo, Grover David José Rocabado Claras. quienes entran en contradicción refieren haber realizado transacciones de inmuebles con el imputado y su conyugue Lidia Soto Córdova y la hija de esta Marlene Lazo Soto, del cual se puede llegar a establecer que Julio Zegara Quispe a través de Lidia Soto Córdova y esta a su vez utilizando testaferros en el grado complicidad a de Marlene Lazo Soto y Yasmina Lazo Soto adquieren bienes inmuebles ubicados los mismos EN LA ZONA NORTE DE COCHABAMBA, CALLE LUIS CALVO Y VALERIANA, ZONA QUERU QUERU denominado (1-A) registrado en DD.RR. de Cochabamba con la matricula Nro. 3.01.1.02.0092571 por la suma de Sus. 200.000.- (Doscientos mil 00/100 dólares americanos), extrañamente este inmueble registra a nombre de la imputada Marlene Lazo Soto quien hasta la presentación del presente informe no acreditó solvencia económica en Bolivia.Que, de la misma forma adquieren otro bien inmueble ubicado EN LA ZONA NORTE DE COCHABAMBA, CALLE LUIS CALVO Y VALERIANA, ZONA QUERU QUERU denominado (1-B) registrado en DD.RR. de Cochabamba con la matricula Nro. 3.01.1.02.0092572, bien inmueble registrado a nombre de Voselin Yasmina Lazo Soto conforme al análisis realizado, adquiere en el año 2022 a los 19 años de edad, la misma no registra actividad económico que pueda solventar estos gastos.Que, de la misma manera se tiene un bien inmueble ubicado en el interior del EDIFICIO PUERTO VALLARTA ZONA NORTE DE LA CIUDAD COCHABAMBA, DEPARTAMENTO 6-A con MATRÍCULA 1' N 1)1).1212. CBBA. 3.01.1.02.0072473, BAULERA NRO. I REGIS'l 11 ) CON MATRÍCULA EN DD.RR CBBA. NRO. 3.01.1.02.0072498, PARQt NRO.REGISTRADO CON MATRÍCULA EN DD.RR. CBBA. NRO. 3.01.1.02.0072492, durante la investigación se pudo determinar conforme al informe de cumplimiento a orden de allanamiento de fecha 07 de diciembre de 2022 elaborado por el Sr. Sgto. 'ro. Fernando Quispe Saucedo Investigador del G101:-Occidente, en el cual relata que en fecha 07 de diciembre de 2022 en el inmueble ubicado en la Zona Norte, en el interior del Edificio Puerto Vallarla Piso 6Departamento 6-A, habrían secuestrado documentación variada a nombre de Julio Zegarra Quispe, entre otros, refiere también que habrían logrado identificar un ambiente en el cual habitaba Julio Zegarra Quispe quien habría sido aprehendido saliendo del inmueble. Que, se tiene la atestación de fecha 20 de enero de 2023, emitida por la Sr. Nitta Diez Canseco Ruiz con C.I. 45130056 Exp. Cbba. Realizada en la ciudad de Cochabamba, quien refiere ser la presidente del directorio del edificio Puerto Vallarla, con relación a Dpto. 6-A, refiere desconocer quién seria el propietario del inmueble Dpto. 6-A, sin embargo, si conoce a Julio Zegarra Quispe el mismo que vivía en el mismo piso 6 del edificio, refirió también que el departamento cuenta con Un Parqueo Nro. 12 y Una Baulera Nro. 1 ubicado en el sótano del Edificio Puerto Vallarta. Que, mediante certificación de fecha 21 de febrero de 2024 emiticia por liciudadaria Nita Diez Canseco Ruiz presidenta del Directorio del Edificio "Puerto Vallarla". se puede advertir que en la copia simple de registro de libro de registro de ingreso se evidencia que en fechas 11, 12, 14 de noviembre de 2022 ingresa a departamento 6¬A personal de limpieza, en fecha 13 de noviembre de 2022 ingresan al departamento 6-A dos personas denominados cargadores, Argote Orellana Encargado,•en fecha 18 de noviembre de 2022 ingresa al departamento 6-A el señor Raúl Minando; Pintor, en fecha 20 de noviembre de 2022 ingresa al departamento 6-A "ingresaron los nuevos inquilinos". En fecha 24 de noviembre del año 2022 a horas.11:28-ingresa el Sr. Carlos Manuel al departamento 6-A como nuevo inquilino, hora de salida 11:42. En fecha 24/11/22, a horas 11:28 ingresa el Sr. Julio Zegarra Quispe ,con.3980625 LP., y Jonny Zegarra Quispe al departamento 6-A (trabajador. nuevo inquilino) con hora de salida 11:42. En fecha 28 de noviembre de 2(122 ilwe,it al departamento 6-A el señor Raúl Armando Roque Gutiérrez "Trabajador": Que, Jorge Humberto Veizaga lsmael habría ofrecido en calidad de venta del. bien inmueble consistente en un Dpto. 6- A en el interior del Edificio Puerto Vallarla - por el precio de Sus.- 115.000.- como intermediario señala 2 Grover David José Rocabado Claros quien habría tomado contacto con la imputada Marlene Lazo Soto quien le habría propuesto comprarle el Dpto.. sin embargo no tenia el total del dinero, llegando a "un acuerdo verbal para una posible venta"- esta: le adelanta 15.000 Sus. en dos oportunidades mediante recibos emanados de la Constructora ROCACONST en ambos recibos se divisa el nombre del vendedor>' ten, el primero solo una firma y el segundo ninguna firma de la compradora:: supuestamente se habría comprometiendo a cancelar la suma de Sus. 100.000.- en un plazo de dos semanas posterior al acuerdo en fecha 09 de noviembre de 2022, extrañamente este le hace los recibos añadiendo la Baulera y Parqueo por el mismo precio del costo del Dpto. siendo que estos dos bienes registran otras matrículas, sin documento alguno, este le entrega las llaves a la imputada Marlene Lazo Soto, teniendo en cuenta desde noviembre 9 de 2022 dos semanas posterior al acuerdo el inmueble se tendría que cancelar en su totalidad aproximadamente el 25 de noviembre de 2022, en tal sentido Marlene Lazo Soto ya se encontraba en posesión del bien inmueble desde el 9 de noviembre del año 2022, pero la imputada en ningún momento registra ingresos al departamento es más en la declaración testifical de fecha 26 de enero de 2023 refiere no conocer al propietario empero manifestó que en diciembre del año 2022 fue a visitarlo al Sr. Julio Zegarra Quispe ya que tenía conocimiento que habitaba en ese inmueble, sin embargo Jorge Veizaga Ismael desconoce estos aspectos tomando en cuenta que el primer allanamiento fue realizado en fecha 07 de diciembre de 2022, tenía 27.días para verificar el estado actual de su bien inmueble. Cabe decir que el poseedor y tenedor del bien inmueble es Julio Zegarra Quispe quien utiliza a terceras personas comúnmente denominadas como testaferros y/o presta nombres con la finalidad de ocultar y encubrir la verdadera naturaleza. procedencia y origen del bien ilícitamente obtenidos, en complicidad con Grover David José Rocabado Claros, Lidia Soto Córdova esta última utiliza como cómplice a Marlene Lazo Soto quien señala desconocer la adquisición de los bienes inmuebles, empero según certificaciones el imputado Carlos Manuel De Antoni Conyugue de la Imputada Marlene Lazo Soto, registra ingreso como inquilino al bien inmueble. Que, los aspectos que han sido descritos del numeral I) al numeral 12) nos hace entender que sobre la tipología del lavador para encubrir la ilicitud del bien inmueble, diversificación u ocultamiento una de las fases en la cual los comúnmente conocidos como lavadores de activos tiene la intención de dificultar a las autoridades el rastreo documentado, la fuente y la propiedad de los fondos, es decir, busca imprecisar la transacción original por ello, hacen operaciones en cuantías mínimas en reiteradas oportunidades, sin documentación legal para evadir los controles, de igual manera este tipo de hechos se asemeja a la tipología del lavado de dinero, utilizar a terceras personas comúnmente conocidas como testaferros y/o prestanombres con la finalidad de ocultar y encubrir la verdadera naturaleza, procedencia y origen de los bienes ilícitamente obtenidos, para aparentar la licitud de una compra venta de los bienes inmuebles los realizan sin documentación de por medio, en su sano juicio nadie puede entregar una llave de un inmueble a terceros desconocidos sin haber firmado un simple documento de anticipo y/o compra venta de inmuebles entre el titular del bien y los posibles propietarios, es más, que el titular del bien inmueble no tenga control de supervisión de quienes habitan o habitaban en el inmueble UBICADO EN LA URBANIZACIÓN VII.I.A V LANA. DE LA CIUDAD DE SANTA CRUZ, ENTRE CALLES INNOMINADAS, EN COORDENADAS 17°52'23.6" S, 63°03'20.8" W, este inmueble actualmente no registra derecho propietario a nombre del imputado Julio Zegarra Quispe sin embargo registra conexión de energía eléctrica. Código Fijo 732459, desde el 24 de agosto de 2015. ubicado en el Barrio Villa Viana, de la ciudad de Santa (.1"t1/. del cual en el avaluó comercial se tiene como precio Sus.- 24.607,59, extrañamente en fecha 02 de abril del año 2024 aparece una "titular" reclamando el bien inmueble arguyendo ser de su propiedad, siendo que el bien inmueble se encuentra Incautado desde el 12 de mayo del año 2023 y allanado desde el 06 de octubre del año 2023. habiendo transcurrido más de seis meses de allanando y once. meses de incautado el bien inmueble, pese a que se notificó a la señora Sintia Sonco, Flores hermana.de la supuesta propietaria del inmueble con el mandamiento de Allanamiento. la señor Felipa Carmen Sonco Flores con C.I. 6217810 SC., se aparece pmendiendo reclamar el bien inmueble Incautado como propietaria:. extrañamente en la documentación que adjunta al memorial de fecha 02 de abril del año 2024. se puede evidenciar que el bien inmueble Ubicado en el Ex Fundo Viana Cantón Paurito Manzano 3, Lote 9 con una superficie de 401.19 metro, registrado en derechos Reales bajo la matrícula Nro. 7.01.2.02.0028101 inmueble cuyas características y ubicación corresponden al bien inmueble incautado en el presente proceso, en el asiento Número 1 es registrado a nombre de Felipa Carmen Sonco Iflorss con Nro. Cl. 6217810. recién el 26 de marzo del año 2024, a sabiendas que el bien inmueble se encuentra Allanado, Secuestrado e Incautado el 12 de mayo del Año 2023, la impetrante del memorial intenta recuperar el bien inmueble realizando la inscripción a su nombre. Que, estos actos dan a entender que JULIO ZEGARRA QUISPE imputado en el presente proceso utiliza a terceras personas comúnmente denominadas 'como testaferros y/o presta nombres con la finalidad de ocultar y encubrir la verdadera naturaleza, procedencia y origen del bien ilícitamente obtenido: tomando en cuenta el alto prontuario delictivo inmersos en la ley 1008 con la que cuenta el imputado en este caso la ciudadana FELIPA CARMEN SONCO FLORES quien a sabiendas que el bien inmueble se encuentra incautado y allanado evade este hecho y registra el bien inmueble a su nombre, este acto da a entender que estaría prestando su nombre para ocultar el ilícito en la adquisición de bien inmueble. y así tratar de recuperar el bien inmueble que desde el año 2015 registra con servicios básicos a nombre del imputado JULIO ZEGARRA QUISPE Que, en cuanto al INMUEBLE UBICADO EN EL BARRIO VILLA HERMOSO DE LA CIUDAD DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA, ENTRE CALLES INNOMINADAS, EN COORDENADAS 17° 50' 57.6" S 63°02' 26.0" W este inmueble actualmente no registra derecho propietario a nombre del imputado JULIO ZEGARRA QUISPE sin embargo registra conexión de energía eléctrica Código Fijo 710549, desde el 15 de octubre de 2014. ubicado en la localidad de Paurito, de la ciudad de Santa Cruz_ cabe aclarar que no se pudo evidenciar con las conexiones de energía eléctrica en virtud a que el mismo se encontraba sin medidor de energía eléctrica un inmueble abandonado.Que, en relación a la adquisición de vehículos motorizados se puede evidenciar que el imputado JULIO ZEGARRA QUISPE registra a su nombre tres vehículos motorizados con placas de control 5573-NUN, 5310-ELA, 3694-GFY. de los cuales el vehículo con placa de control 5573-NUN habría sido adquirido en el año 2021 por la suma de Bs.- 144,768.00 (Ciento cuarenta y cuatro mil setecientos sesenta y ocho bolivianos) vehículo involucrado dentro el CASO PT-Z-51/2022. Que, de igual manera se puede evidenciar que el investigado no registra motorizados a su nombre sin embargo realiza trámites de inspecciones vehiculares, carguío de combustibles siete vehículos motorizados que registran a nombré de terceras personas, comúnmente llamadas testaferros o prestanombres con placa de control 2812-DCB, 938-XYI (Involucrado en delitos inmersos en la Ley 1008 Caso INT. CB-CH-12/2022 CUD 301102052200188). 1707-CHY, 1173-G01, 845- REK. 3848-IAR, desde la gestión 2013 hasta la gestión 2022. Que, se puede establecer que el vehículo motorizado con placa de control 5848-CYD se encontraba en posesión del investigado junto a Lidia Soto. Córdova y Johnny Zegarra Quispe, motorizado involucrado dentro el caso OR-X-333/2022 se logró establecer que el motorizado registra a nombre de Yoselin Yasmina Lazo Soto (hiia de Lidia Soto Córdova imputadas en el presente proceso); de igual manera se establece que el motorizado es abastecido de combustible por .Jonny Zegarra Quispe Imputado en el presente proceso y quienes constantemente realizan estos movimientos no evidenciando que la titular del bien Voselin Yasmina Lazo Soto estaría en posesión del vehículo motorizado. Conductas típicas del delito de lavado de dinero utilizando a terceras personas para poder aparentar su adquisición legal, comúnmente conocidas como testaferros o prestanombres.. Que, estos actos dan a entender que JULIO ZEGARR.A Q1.1ISPE imputado en el presente proceso utiliza a terceras personas comúnmente denominadas como testaferros y/o presta nombres con la finalidad de ocultar' y encubrir la verdadera naturaleza, procedencia y origen del bien ilícitamente obtenido, tomando en cuenta el alto prontuario delictivo inmersos en la ley 1008 con la que cuenta el imputado. EN RELACIÓN A JHONNY ZEGARRA OU1SPE: Que, Jonny Zegarra Quispe con C.I. 5276649, natural de Bolivia. Departamento de Cochabamba, Provincia Cercado, Localidad Cochabamba, nacido el 19 de septiembre de 1985 de 37 años de edad, domiciliado en la. Zona Plan, 3000 Avenida La Campana, hijo de Julio Zegarra Quispe (Registra antecedentes relacionado» a la ley 1008) y Betty Quispe Mamani. no registra descendencia.Que, Johnny Zegarra Quispe registra dos antecedentes relacionados la le) 1008. en fecha 14/04/2022 CASO PT-Z-51/2022 y en fecha 21/109022 dentro el, CASO OR-X-333/22 registra antecedentes relacionados a hechos de tránsito en la ciudad de Santa Cruz, NO registra antecedente penal referido a sentencia condenatoria ejecutoriada, declaratoria de rebeldía o suspensión condicional del proceso. NO registra notificación a nivel internacional NO cuentan con registro de. solicitud a la fecha en 1NTERPOL. NO registra movimiento migratorio, actualmente se encuentra evadiendo a la justicia.Que, en relación a la Actividad Económica. Jonny Zegarra Quispe, N9 registra actividad económica alguna que le genere ingresos que puedan sustentar la adquisición de bienes muebles e inmuebles. Sin embargó, registra actividad comercial por la venta de licores conforme a certificación de. entidad financiera en el cual se puede evidenciar que Jonny Zegarra Quispe señala como domicilio en la Calle Ecuador Nro. 4, Plan 3000, entre Av. Transcontinental y Av. Arroyo i, de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, como fuente laboral, sin embargo verificada la dirección señalada por el imputado en la certificación de la entidad .financiera esta no fue habida físicamente Que, Jonny Zegarra Quispe realiza gastos durante el periodo de análisis los cuales no justifican con los ingresos que le puedan generar en la adquisición de bienes estos ascienden aproximadamente por un total de Sus.- 118.702 (ciento dieciocho mil setecientos dos dólares americanos).Que, Jonny Zegarra Quispe, NO registra la adquisición de bienes inmuebles, con relación a la adquisición de bienes muebles vehículos motorizados, registra a su nombre tres vehículos motorizados con placa de control 3504-RBF, 5531-ZNN, 5833-DAE, de igual manera registra inspección vehicular en los vehículos motorizados con placa de control 3991-GED; 2910-FDS, así mismo asegura tres vehículos motorizados con placa de control 2723-DEB; 1288-EYD; 3848-IAR, estos vehículos ingresan en el periodo de análisis de los cuales el imputado no registra a su nombre mismos que se encuentran registrados a nombre de terceras personas.Que, en la actualidad Jonny Zegarra Quispe registra tres vehículos a su nombre: UNA MOTO, SUPER HAOYIM, BROZZ 250, NEGRO, 2014, Placa de Control 3504-1FtBF, precio avalúo Sus.- 895,00.- OTRA MOTOCICLETA. TRABAJO, BAJA& BÓXER 150, BLANCO COMBINADO, 2021, Placa de Control 5531-ZNN, precio avalúo Sus.- 718,75.- UNA MOTOCICLETA,. SEMIPISTERA., HONDA, CB16F, ROJO, 2022, Placa de Control 5833-DAE, precio avalúo Sus.-739,25.Que, en relación al movimiento financiero se puede evidenciar que registra movimiento financiero en cuanto a caja de ahorros, movimientos de remesas, JHONNY ZEGARRA QUISPE registra depósitos a nombre de terceras personas desde el 2018 hasta el 2023 realizó depósito de Bs 16.500.- desconociendo el origen de este dinero. De igual manera el imputado recibe giros (ingresos) de dinero por un total de Bs.- 10.440,00. Asimismo, registra egresos en cuanto a giros al exterior en moneda extranjera Sus.- 836,21 (Ochocientos treinta y seis con veintiún dólar americano) y en moneda nacional por Bs. 5.820,00 (Cinco mil ochocientos bolivianos). EN RELACIÓN A LIDIA SOTO CÓRDOVA: . Que, Lidia Soto Córdova con Cl. 3814674, de nacionalidad boliviana, nacida el 27 de marzo de 1971 en el Departamento de Santa Cruz, Provincia Ichilo. Localidad Yapacaní de 52 años de edad, estado civil soltera domiciliada en la Calle 10 de Junio y Cochabamba N° 726, registra descendencia de cuatro hijos Ceoli, Marlene Yasmina, Wilber todos de apellido Lazo Soto, cuyo padre es el señor Ángel Lazo Soto.Que, Lidia Soto Córdova registra cuatro antecedentes relacionados al Tráfico Ilícito de Sustancias Controladas relacionadas a la ley 1008. en fecha 12 de Marzo del año 2007 CASO P408/07, recluida en el Centro de rehabilitación Pálmasela. En fecha 14 de abril del año 2022 CASO 1PT-2-51/2022, en fecha 02 de noviembre del año 2022 CASO CB-CH-412/22. en fecha 21 de octubre del año 2022 CASO OR-X-333/22. NO registra antecedente penal referido a Sentencia condenatoria ejecutoriada, declaratoria de rebeldía o suspensión condicional del proceso, dentro los procesos se encuentran involucrados vehículos motorizados con placa de control 5748-CYD (registrada a nombre de Yoselin Yasmina Lazo Soto Imputada en el presente proceso hija de la imputada) vehículo motorizado que habría sido encontrada en posesión de Julio Zegarra Quispe, Jonny Zegarra Quispe Imputados en el presente proceso y con amplio antecedente inmersos en la ley 1008, este último habría realizado el abastecimiento del motorizado en diferentes ocasiones. Vehículo con placa de control 5573-NUN (registra a nombre de Julio Zegarra Quispe), vehículo con placa de control 938-XYI (Vehículo registrado en inspección vehicular a nombre de Julio Zegarra Quispe). Lidia Soto Córdova NO registra notificación a nivel internacional NO cuentan con registro de .solicitud a la fecha en INTERPOL. Se encuentra recluida en el Centro Penitenciario San Sebastián Mujeres de la ciudad de Cochabamba por el delito de Tráfico de Sustancias Controladas, fue recluida purgando una condena en la República del Perú por el delito Tráfico Ilícito de Drogas, misma que fue trasladada del Estado de Perú al Establecimiento Penitenciario San Sebastián Mujeres de Cochabamba para cumplir su condena de 10 privación de libertad, ingresó el 26 de abril de 2018.Que, Lidia Soto Córdova registra movimiento migratorio en las gestiones 2918) 2019 ingresos a Bolivia de los países de Perú y Argentina, salida en. el 2019 a .1a República de la Argentina.Que, Lidia Soto Córdova NO registra actividad económica alguna conocida. que le genere ingresos, sin embargo, registra a su nombre un vehículo motorizado con placa de control 4763-KUF, asegura vehículos con placa de control .5573-NI N. N() registra bienes inmueble ni propiedades tampoco registra servicios básicos. se puede advertir que la Imputada Lidia Soto Córdova registra bienes inmuebles adquiriendo mediante documentos de transferencia de inmuebles en primera instancia. para posterior registrar a nombre de terceras personas comúnmente conocidas como testaferros y/o presta nombres con la finalidad de ocultar y encubrir la verdadera naturaleza, procedencia y origen del bien ilícitamente obtenido, en este caso registra dos bienes inmuebles nombre de sus hijas Marlene Lazo Soto, Yoselin Yasmina Lazo Soto, quienes habrían prestado su nombre para aparentar la procedencia lícita de su dinero obtenido de manera ilícita, conductas típicas en el delito de lavado de dinero, con el fin de ocultar la verdadera naturaleza y origen del. producto de estos bienes adquiridos, adecuándose su conducta a la legitimación de ganancias ilícitas ya que a sabiendas, convierte y transfiere bienes, recursos o derechos, vinculados al delito de tráfico ilícito de sustancias controladas, con la finalidad de ocultar o encubrir su origen ilícito disimulando la verdadera naturaleza, fuente, ubicación. disposición, movimiento, titularidad o derechos de tales bienes.Que, en cuanto al movimiento financiero Lidia Soto Córdova registra operaciones de remesas en total de remesas recibidas desde la gestión 2020 hasta la gestión 2021 asciende a un total de Sus. 11.900,48. En cuanto a gastos de envío de remesas asciende un total aproximado de Sus. 10.076, por consiguiente durante el periodo de análisis registra como egresos de Bs.- 602.209,34. EN RELACIÓN A MARLENE LAZO SOTO: Que, Marlene Lazo Soto con C.I. 11385317, Boliviana, nacida en la ciudad Cochabamba, Provincia Cercado, el 22 de noviembre de 1993, de 29 años de edad. con domicilio en la Calle Nuestra Señora De I.urdes Nro. 208, Barrio Don Rosco Cochabamba, sin embargo se pudo evidenciar que desde el año 2013 radica en la República de Argentina de ocupación Comerciante, actualmente se dedica a realizar tejidos y clases de la Biblia en el centro penitenciarios para mujeres "La Merced". sin embargo en la República de Argentina trabajaba como cuidadora de una persona de la tercera edad, tenía un taller de calzado juntamente con su esposo Carlos Manuel De Antoni, ubicado en la Villa Celina de Argentina, de igual manera en ese país se dedicaba al comercio de papelería y plásticos desde la gestión 2020. Casada con el ciudadano Argentino Carlos Manuel De Antoni, hija de Lidia Soto Córdova y Ángel Lazo Sánchez. Que, registra antecedentes de reclusión en el Centro penitenciario "La Merced" de la ciudad de Oruro, desde el 12 de diciembre del año 2022 en calidad de detenida preventiva por el presunto delito de Tráfico de Sustancias Controladas código único 401502012202299. No registra antecedente penal referido a sentencia condenatoria ejecutoriada, declaratoria de rebeldía o suspensión condicional del proceso. Registra flujo migratorio desde el 2017 hasta la gestión 2022 cuyo destino resalta en la República de Argentina.Que, Marlene Lazo Soto NO registra actividad económica, ni licencia de funcionamiento que puedan sustentar la adquisición de patrimonio. Registra gastos de inversión de más Sus. de 300.000.- esto debido a que Julio Zegarra Quispe .1 través de Lidia Soto Córdova utilizan en calidad como cómplice testaferro a Marlene Lazo Soto para la adquisición de bienes y gastos de inversión. Que, en cuanto al movimiento financiero, Marlene Lazo Soto de conformidad a certificaciones emitidas por las diferentes entidades financieras reguladas por la ASFI, realiza diferentes movimientos financieros en cuanto a cajas de ahorro, de las cuales no refleja un cuantioso movimiento para la adquisición de patrimonio.Que, en cuanto a la Adquisición de bienes muebles e inmuebles Marlene Lazo Soto, registra a su nombre un bien inmueble ubicado en la Calle Valeriana Esquina Luis Calvo Bloque "A" valuado en Sus. 217.266.32, de igual manera existen recibos por cancelación de la adquisición de un departamento. Baulera y Parqueo ubicado en el interior del Edificio "Puerto Vallarla" de la ciudad de Cochabamba valuado en Sus. 151.796.56. llama la atención sobre estos bienes inmuebles el primero la imputada refiere que fue adquirido producto de su trabajo e ingresos en la República de Argentina, sin embargo, no acreditó con documentación fehaciente este hecho tampoco registra actividad económica que acredita la adquisición de este bien inmueble, en virtud a que Lidia Soto Córdova adquiere el bien inmueble a su nombre mediante contrato de compra venta de inmueble, para posterior figurar a nombre de su hija ahora imputada, con relación al segundo bien inmueble existen contradicciones por parte de la imputada, testigos y titular del bien inmueble en cuanto a la adquisición del mismo, tomando cuenta .que la documentación obtenida en el desarrollo de la investigación se puede establecer que Julio Zegarra Quispe quien registra un amplio antecedente penal relacionado al delito de narcotráfico en este caso por estar vinculado al delito de tráfico de sustancias controladas y asociación delictuosa, que dichos bienes los adquiere junto a .0 hilo Jonny Zegarra Quispe y Lidia Soto mediante la utilización de cómplices y o testaferros en este caso MARLENE LAZO SOTO, para aparentar la procedencia licita de su dinero obtenido de manera ilícita, conductas típicas en el delito de lavado de dinero, con el fin de ocultar la verdadera naturaleza y origen del producto de estos bienes adquiridos, adecuándose su conducta a la legitimación de ganancias ilícitas ya que a sabiendas, conviene y transfiere bienes, recursos, o , derechos. vinculados al delito de tráfico ilícito de sustancias controladas. con la finalidad de ocultar o encubrir su origen ilícito disimulando la verdadera naturaleza, fuente, ubicación, disposición, movimiento, titularidad o derechos de tales bienes. EN RELACIÓN A YOSELIN YASMINA LAZO SOTO:Que. Yoselin Yasmina Lazo Soto con C.I. 11385313, Boliviana, nacida en el Departamento de Santa Cruz, Provincia Andrés Ibáñez, Localidad Santa Cruz de La Sierra, el 24 de Septiembre de 2003, de 19 años de edad, de ocupación estudiante, domiciliada en la Calle Luis Calvo S/N, Zona Temporal de la Ciudad de Cochabamba NO registra antecedente penal. referido a sentencia condenatoria ejecutoriada, declaratoria de rebeldía o suspensión condicional del proceso. NO registra antecedentes relacionados a la Ley 1008. Registra flujo migratorio desde el 2020 hasta la gestión 2022 cuyo destino resalta la República de Argentina.Que, en relación a los ingresos y actividad económica. conforme a certificaciones de las entidades llamadas por ley, la imputada NO registra ninguna actividad económica que le generen ingresos para la adquisición de bienes inmuebles.Que, en relación al movimiento Financiero conforme a certificaciones emitidas por las entidades reguladas por la ASFI, Yoselin Yasmina Lazo Soto. NO registra operaciones financieras, sin embargo. registra gastos que asciende los Bs.- 55.921 durante el periodo de análisis.Que, en relación a la adquisición de bienes muebles e inmuebles se puede establecer mediante la documentación obtenida en la investigación. que Yoselin Yasmina Lazo Soto a los 19 años de edad sin registrar ingresos económicos. registra a su nombre un bien inmueble Tipo Chalet Ubicado en la Zona Quena Quera Alto, Distrito 2Manzano Acto. 031, lote signado con el Nro. 5 con una extensión superficial de 151.07 m2. definido como vivienda "B", con matrícula Nro. 3.01.1.02.0092572 valuado en Sus. 301.900.78, de igual manera registra a su nombre un vehículo motorizado tipo Camioneta con Placa de Control 5748-CYD del cual se establece que la imputada no estaba en posesión en ningún momento del vehículo, es más el motorizado se encuentra involucrado dentro el caso OR-X-333/2022 en posesión de Julio Zegarra Quispe, Lidia ,Soto Córdova, Jonny Zegarra Quispe, generalmente los carguíos de combustible los realiza Julio Zegarra Quispe. En tal sentido se puede establecer que Julio Zegarra Quispe quien registra un amplio antecedente penal relacionado al delito de narcotráfico en este caso por estar vinculado al delito de Tráfico de Sustancias Controladas y Asociación Delictuosa. adquiere junto a su hijo Jonny Zegarra Quispe y Lidia Soto Córdova mediante la utilización de cómplices y/o testaferros en este caso Yoselin Yasmina Lato Soto, para aparentar la procedencia lícita de su dinero obtenido de manera ilícita, conductas típicas en el delito de lavado de dinero, con el fin de ocultar la verdadera naturaleza y origen del producto de estos bienes adquiridos. adecuándose su conducta a la legitimación de ganancias ilícitas ya que a sabiendas. convierte y. transfiere bienes, recursos o derechos, vinculados al delito de tráfico ilícito de sustancias controladas, con la finalidad de ocultar o encubrir su origen ilícito disimulando la verdadera naturaleza, fuente, ubicación. disposición. movimiento, titularidad o derechos de tales bienes.EN RELACIÓN A CARLOS MANUEL DE ANTONI Que, Carlos Manuel De Antoni con DNI 39050307, de nacionalidad argentina. nacido en el Departamento de Buenos Aires, el 24 de marzo de 1995 de 29 años de edad, casado con Marlene Lazo Soto, de ocupación Conductor. domiciliado en Rondeu 3966 Argentina.Que, Carlos Manuel De Antoni se encuentra recluido en el Centena .Penitenciario San Pedro de la ciudad de Oruro desde el 11 de diciembre de. 2022 en calidad de detenido preventiva por el presunto delito de Tráfico de. Sustancias Controladas código único 401502012202299, registra flujo migratorio desde el año 2017 basta la gestión 2022 entre Yacuiba, Villazón y Argentina. Que, en cuanto a la Actividad Económica, conforme a certificaciones emitidas por las entidades llamas por ley, el imputado NO registra actividad económica. que _le genere ingresos en Bolivia. Que, en relación al perfil financiero se tiene conforme a certificaciones de entidades financieras reguladas por la ASFI, que el imputado NO registra movimiento financiero desproporcional. Que, en relación a la adquisición de bienes muebles e inmuebles., conforme a la documentación acumulada en la presente investigación se puede evidenciar que el imputado registra como salida y admisión temporal de un vehículo. motorizado AUDI con placa MMJ060, registra carguío de combustible en el y chic:tilo motorizado con placa de control 5310-ELA de propiedad d5 Julio ,Zegarra pulsee. durante la investigación se logró acumular documentación del cual se puede establecer que Carlos Manuel De Antoni NO registra bienes inmuebles y' o patrimonio registrado a su nombre, por consiguiente no se evidenció patrimonio alguno que investigar producto de la actividad ilícita en contra del imputado. EN RELACIÓN A GUALBERTO SOTO CÓRDOBA: Que. Gualberto Soto Córdoba con C. 1. 4444315, boliviano, nacido en el Departamento de Santa Cruz. Provincia 'chao. Localidad San Juan de Yapacaní. el 12 de julio de 1973 de 50 años de edad, casado con Andrea Bautista Carballo con quien registra tres descendientes Jhanet, Alex y Williams, registra como domicilio en la Calle Avaroa y Sucre Nro. 0031 del Municipio de Cliza del Departamento de Cochabamba, de ocupación Agricultor.Que, Gualberto Soto Córdoba registra antecedentes relacionados a la ley 1008 dentro el caso PT-Z-51/22, junto con su hermana Lidia Soto Córdova y Jonny Zegarra Quispe, NO registra antecedente penal, referido a sentencia condenatoria ejecutoriada, declaratoria de rebeldía o suspensión condicional del proceso. Registra Movimiento migratorio como salida a la república de Argentina el 16 de abril de 2022.Que, en relación al perfil económico, conforme a la documentación acumulada durante la investigación se puede establecer que Gualberto Soto Córdova NO registra actividad económica alguna que le generen ingresos, sin embargo. registra en inscripción del SEGIP como agricultor. Que, en relación al perfil financiero, durante la investigación se logró acumular documentación en cuanto certificaciones de entidades financieras reguladas por la ASFI, en el cual se puede establecer que Gualberto Soto Córdova registra operaciones financieras en cuanto a la apertura de caja de ahorros. Que, en relación a la adquisición de bienes muebles e inmuebles se puede establecer que Gualberto Soto Córdova registra dos bienes inmuebles en la Provincia de Cliza del departamento de Cochabamba Calle Avaroa Nro. 0031 (A-29), actualmente se encuentra bajo la administración de DIRCABI Regional Cochabamba desde el 26 de enero del año 2023 dentro el caso OR-X-333122. De igual manera se encuentra registrado mediante Resolución Administrativa RA-SS N°0218/2021 del 30 de abril de 2021 de dos inmuebles catalogadas corno pequeñas propiedades ubicadas en el Departamento de Cochabamba. Municipio Villa Tunari. y Municipio Tolata provincia Chapare, del cual hasta la fecha no se pudo identificar. Que, se establece que el imputado registra un vehículo motorizado con placa de control 1883-EGH valuado en Sus. 5.825., registra como asegurado del SOAT a un vehículo motorizado con placa de control 2683-XTE. Ahora bien en el caso concreto, del análisis de los perfiles descritos precedentemente que se constituyen en elementos de prueba físicos, materiales y verificables. se tiene que de los informes y certificaciones emitidas por el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba y Santa Cruz de la Sierra, se concluye que JULIO ZEGARRA QUISPE, LIDIA SOTO CORDOVA y JHONNY ZEGARRA QUISPE, no tener. ninguna actividad comercial conocida, desde el 18 de diciembre de 2020 que residieron en ese departamento. Sin embargo, de acuerdo a la certificación de antecedentes emitida por la FELCN,- el investigado JULIO ZEGARRA QUISPE, registra desde la gestión 1000 hasta '2021; cuatro antecedentes por una actividad ilícita de tráfico de sustancias controladoras: LIDIA SOTO CORDOVA, también registra desde la gestión 2007 hasta 2022 cuatro antecedentes por una actividad ilícita de tráfico de sustancias controladas y JHONNY ZEGARRA QUISPE, registra en la gestión 2022, dos antecedentes por una actividad ilícita de tráfico de sustancias controladas. Esta actividad ilícita, por simple lógica se infiere razonadamente que tiene la capacidad de generar grandes cantidades de recursos econ6inkos. De manera que, concluimos que los investigados, han exteriorizado una conducta" liainana prohibida por el Art. 185 bis del Código Penal, al haber convenido y transferido bienes con dineros de origen de una actividad ilícita de tráfico de sustancias controladas. dedicánlosea esa actividad desde la gestión 2000 inclusive, con la única finalidad de dar apariencia de legalidad, conociendo que no tenía un ingreso económico licito, sino, sabiendo que:él dinero era producto de tráfico de sustancias controladas que tiene :capacidad de generar recursos económicos como para adquirir bienes de lujo. ' En relación a la investigada YOSELIN YASMINA LAZO SOTO, quien iegistratcortio propietaria de un bien inmueble "Chalet" con una división en propiedad horizontal 'que asciende aproximadamente a un precio total Sus. 200.000 en proceso da-matriculación. también registra otro vehículo motorizado Camioneta Toyotal Tacoma de color verde modelo 2021. con placa 5748 - CYD. Por otra parte, no registra alguna actividad económica comercial o alguna profesión conocida: sin embargo, a sus 19 años, ya registra su propio patrimonio: por otra lado. extrañamente su madre LIDIA SOTO CORDOVA registro cuatro antecedentes por actividad Ilícita de mítico de sustancias controladas y en una oportunidad ha sido encontrado-en la ;localidad-1 de Challapata con el mismo vehículo con placa 5748-CYD que es de su propiedad, que realizado la pericia de microaspirado dio resultado positivo para cocaína.Entonces, a partir de estos indicios plurales se infiere que la investigada registra un patrimonio sospechoso que ni siquiera coincide con la edad que tiene la Investigada, además, su propio vehículo motorizado estaba siendo utilizado como instrumento para transportar sustancias controladas.En relación a la investigada MARLENE LAZO SOTO, casada con el Argentino CARLOS MANUEL DE ANTONI, adquirió un departamento de lujo tipo A. del piso 6: también adquirió un garaje signado como N° 12 y una baulera signada como N° I que asciende a la suma de Sus. 115.000: asimismo, estaban en posesión de un vehículo motorizado Audi de color negro. con placa extranjera MM.1060: además. estaban planificando un evento de otra boda de lujo. contratando orquestas y grupos electrónicos de lujo. Por otra parte. estas personas no registran en nuestro Estado ningún negocio conocido a alguna profesión que genere suficientes ingresos económicos como para adquirir bienes a su favor: sin embargo, durante las investigaciones se estableció que la esposa del Argentino tuso un vinculo de hijos con la imputada LIDIA SOTO CORDOVA, que tiene cuatro antecedentes penales por una actividad ilícita de tráfico de sustancias controladas. A partir de estos indicios plurales se infiere que la investigada registra un patrimonio sospechoso.Ahora, con relación al investigado GUALBERTO SOTO CORDOVA. tampoco registra algún negocio conocido, empero. estaba en posesión de un bien inmueble ubicado en la calle Avaroa Cliza de Cochabamba; asimismo, registra como propietario de un vehículo motorizado con placa 1883-EGH vagoneta Toyota corolla de color blanco. Se infiere la sospecha, precisamente por tener un antecedente penal por una actividad ilícita de tráfico de sustancias controladas y al ser hermano de la imputada LIDIA SOTO COltDOVA. que también tiene cuatro antecedentes penales por una actividad ilícita de tráfico de sustancias controladas. Entiéndase que este delito es de carácter autónomo, no se requiere una sentencia condenatoria. sino simples antecedentes al tener esta actividad la gran capacidad de generar recursos económicos como para adquirir bienes de lujo, como ocurre en el caso. A partir de esa inferencia deducida, se entiende que dichas conductas se adecuan al tipo penal de legitimación de ganancias ilícitas en su modalidad de convertir, al haber adquirido bienes. sin importar a nombre de quienes, sino desde la lógica de convivencia marital y familiar se deduce que todos los acusados al formar una sola familia, sabían y eran participes del negocio familiar, por lo que los mismos tenían dominio absoluto del proceso de lavado de activos. siendo por ello dolosa dicha conducta en grado de autoria conjunta.. por lo que a la 111/ del /1.5. 1255/2022-RRC la misma que refiere que los insestigados hayan participado en el hecho ilícito precedente, pudiendo ser legitimadores de forma indirecta; menos se requiere demostrar el tiempo, forma y modo del hecho precedente, sino el registró de antecedentes es suficiente para considerar que existe lavado de activos. Que el Art. 185 bis del Código Penal, modificado por la Ley 004 y por la Ley 262 de 30 de julio de 2012 con el nombre jurídico de Legitimación de Ganancias Ilícitas. establece el siguiente presupuesto básico de tipicidad "...El que a sabiendas, convierta o transfiera bienes, recursos o derechos, vinculados a delitos de: tráfico ilícito de sustancias controladas (…) con la finalidad de ocultar o encubrir su origen licito o colaborar con quien estuviere involucrado en estos delitos; o el que a sabiendas oculte o disimule la verdadera naturaleza, fuente, ubicación, disposición, movimiento, titularidad o derechos de tales bienes recursos o derechos que provienen de la comisión de los delitos citados: o el que adquiera, posea o utilice estos bienes recursos o derechos, a sabiendas, en el momento de su recepción que son producto de los delitos señalados (J. Se ratifica que el delito de lo legitimación de ganancia ilícitas es autónomo y será investigado, enjuiciado y sentenciado sin necesidad de sentencia condenatoria previa, respecto a los delitos mencionados en el primer En cuanto a la antijuridicidad, más allá de ser contraía la conducta de los imputados a la normativa penal prohibitiva, pues esa conducta típica de convertir una, cosa, iIicita, resulta ser dañoso y lesivo al orden socio económico del Estado. boliviano, por, eso se considera una conducta de peligro concreto para la sociedad; por !o que, la conducta de los imputados es típica y antijuridica, debidamente acreditado con los elementos que han sido precisados precedentemente. Dejando constancia que durante el desarrollo de la etapa preparatoria, no ha sido posible advenir las causas, de justificación cuino eximentes de responsabilidad penal, por tanto, no concurren las .causales de, exención de responsabilidad penal previstas en el Art. 11 y 12 del Código Penal. En cuanto a la culpabilidad y punibilidad, al haber sido imputados JULIO ZEGARRA OUISPE, LIDIA SOTO CORDOVA. JHONNY ZEGARRA .OUISPE, YOSELIN YASMINA LAZO SOTO, MARLENE LAZO SOTO, CARLOS MANUEL DE ANTONI y GUALBERTO SOTO CORDOVA, y los mismos al haber convenid los ingresos percibidos de origen ilícito traducido en varios bienes y dando la apariencia de legalidad adquiriendo bienes inmuebles, vehículos. disfrazando omesclando en movimientos financieros con ayuda o colaboración entre toda la familia:se deduce que los mismos tuvieron plena capacidad psíquica y mental para poder comprender lo que estaban realizando; si esto es así, se concluye que los imputados nopadecen de anomalía psíquica o una grave alteración de la conciencia o de percepción alguna, sino, los sujetos activos tuvieron esa capacidad de comprender el hecho de lavar activos percibidos de una actividad de tráfico de sustancias controladas. Hechos probados con indicios concurrentes. Por otra parte, se puede deducir que los imputados conocían y sabían que el hecho estaba prohibido por la normativa legal de nuestro Estado, por el simple hecho de ser de cumplimiento obligatorio la Ley desde el momento de su publicación; de manera que. por simple lógica se entiende que no es admisible este hecho ilícito por nuestra sociedad, sino es plenamente reprochable. teniendo en cuenta que los imputados estaban conscientes de sus actos y de su comportamiento que podía traer consecuencias de reproche penal. Ahora, durante la etapa investigativa tampoco ha sido posible advertir que los imputados sean menores de edad, ni las causales de exclusión de responsabilidad penal previstas en el Art. l numeral 2 del Código Penal o la concurrencia de semi imputabilidad. Por tanto, al ser la conducta exteriorizada por los imputados típica y antijuridica, es plenamente imputable, además punible al ser reprochable esa conducta con una sanción de privación de libertad. En cuanto a la fijación de la pena para aplicar la penalidad, debe considerar la personalidad, la mayor gravedad del hecho y las circunstancias y las consecuencias del delito. En este caso, en relación al imputado JULIO ZEGARRA OUISPE, LIDIA SOTO CORDOVA, JHONNY ZEGARRA OUISPE, YOSELIN YASMINA. LAZO SOTO, MARLENE LAZO SOTO, CARLOS MANUEL DE ANTONI y GUALBERTO SOTO CORDOVA. se debe considerar la conducta precedente. traducido en la capacidad que tuvo de exteriorizar la conducta de captar o percibir bienes inmuebles producto de una actividad de tráfico de sustancias controladas, realizando y convirtiendo hábilmente el dinero ilícito, disfrazando en el tráfico jurídico de compra y venta de bienes inmuebles, considerablemente desproporciona]. Estos elementos se encuentran corroborados con todos los indicios recolectados en etapa de investigación debidamente sometida a análisis de los perfiles social, económico, financiero y patrimonial. A partir de la jurisprudencia nacional y extranjera. se debe considerar tres indicadores para fundar la condena de los imputados: "I) El patrimonio injustificado; esto es, que PIO pueda aplicarse razonablemente su origen legal; 2) la realización d operaciones mercantiles y/o económicas irregulares; por ejemplo, la creación y extinción sucesiva de personas jurídicas el manejo de inusuales cantidades de dinero en efectivo; y, 3) la existencia de vínculos con personas o grupos criminales". En este caso, ha sido identificado adecuadamente la adquisición de bienes inusual y sospechosa, así como del incremento patrimonial anómalo e injustificado que han realizado los imputados conjuntamente por ser todos familia, deduciéndose que provienen de la actividad de tráfico de sustancias controladas, por haber y estar el imputado vinculado a dicho ilícito, VI. CALIFICACIÓN Y PRECEPTOS JURÍDICOS APLICABLES: De conformidad al mandato Constitucional del Art. 225 CPE, con relación al Art. 3). 6), 40. 2). 3) y 21) de la Ley Orgánica del Ministerio Público, Ans. 323 inc. 1), 341 y 342 del Código de Procedimiento Penal al, el suscrito FISCAL DE MATERIA en representación de la SOCIEDAD formula ACUSACIÓN en contra de JULIO ZEGARRA OUISPE. LIDIA SOTO CORDO VA. JHONNY ZEGARRA OUISPE. YOSELIN YASMINA LAZO SOTO, MARLENE LAZO SOTO. CARLOS MANUEL DE Antoni GUALBERTO SOTO CORDOVA, como AUTORES de forma conjunta del delito de LEGITIMACIÓN DE GANANCIAS ILIICTAS, tipo penal previsto y sancionado por el Art. I 85 bis 'del Código Penal, modificado por la Ley 004 y por la Ley 262 de 30 de julio de 2012 y todos en relación al Art. 20 del ya citado Código Penal.A cuyo efecto su autoridad se sirva remitir la presente acusación ante el Tribunal de Sentencia de Turno de la capital, a objeto de la radicatoría de la presente causa y de conformidad a lo determinado en el Art. 340 y siguientes del Código do Procedimiento Penal, se disponga la apertura y celebración de JUICIO ORAL, respectivamente, en cuyos actos solemnes el MINISTERIO PUBLICO acreditará la concurrencia de los elementos.constitutivos del tipo penal acusado y previo desfile de los medios de prueba pertinentes, se dicte sentencia condenatoria imponiendo la sanción que corresponda en contra de los ahora acusados con imposición de costas y daños civiles. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS TESTIFICALES GUSTAVO EDMAR SOTO HIDALGO, mayor de edad, vecino de la ciudad de Oruro, quien relatan sobre los hechos que el mismo conoce en relación al presente caso. GRO VER DAVID JOSÉ ROCABADO CLAROS, mayor de edad, vecino de la ciudad de Oruro, quien relatara sobre los hechos que el mismo conoce en relación al presente caso. SGTO. ¡RO. FERNANDO OUISPE SAUCEDO, Investigador del GIOE-Occidente, mayor de edad, vecino de la ciudad de Oruro, quien relatara sobre los hechos que el mismo conoce en relación al presente caso. NIT7'A DIEZ CANSECO RUIZ, mayor de edad, vecino de la ciudad de Ortiz», quien relatara sobre los hechos que el mismo conoce en relación al presente caso. SGTO. MI'. JAVIER MARCO SAMO ZARSU. investigador asignado al caso. mayor de edad, vecino de la ciudad de Oruro, quien relatara sobre los hechos que el mismo conoce en relación al presente caso. ADAMO ESCOBAR FERNÁNDEZ, mayor de edad, hábil por ley. quien. en calidad de testigo declarará y corroborará el trabajo técnico de análisis de los perfiles sobre el patrimonio de los imputados. SGTO. DIONISIO FERNANDO ARUOUIPA NINA, mayor de edad, vecino, de la ciudad de Oruro. quien relatara sobre los hechos que el mismo conoce en relación al presente caso. PERICIALES:Al amparo del Art. 349 del CPP, ofrezco prueba pericial en auditoria forense de contabilidad financiera, a ser designados sin necesidad de juramento a los peritos del !DIE sin perjuicio de poder designarse a los auditores financieros de GIAEF, en este caso al Lic. ADAMO ESCOBAR FERNANDEla objeto de que realicen los siguientes puntos periciales a ser definidos en audiencia: Determinar los activos, pasivos e ingresos y egresos durante el periodo únicamente como un parámetro de diez años antes de 2023, asimismo el patrimonio de los involucrados JULIO ZEGARR,4 OUISPE, LIDIA SOTO CORDOVA, JHONNY ZEGARRA OUISPE, YOSELIN YASMINA LAZO SOTO, MARLENE LAZO SOTO, CARLOS MANUEL DE ANTONI y GUALBERTO SOTO CORDOVA. Determinar el origen patrimonial de los involucrados JULIO ZEGARRA OUISPE, LIDIA SOTO CORDOVA. JHONNY ZEG'ARRA OUISPE, YOSELIN YASMINA LIZO SOTO, MARLENE LAZO SOTO. CARLOS MANUEL DE ANTOIVI y GUALBERTO SOTO CORDOVA, desde el inicio de actividades que generan ingresos propio de la o las actividades declaradas.Determinar si el patrimonio con el que cuentan los involucrados JULIO ZEGARRA OUISPE, LIDIA SOTO CORDOVA, JHONNY ZEGARRA OUISPE, YOSELIN YASMINA LAZO SOTO, MARLENE LAZO SOTO. CARLOS MANUEL DE ANTONI GUALBERTO SOTO CORDOVA, es producto de sus actividades propias, medio de subsistencia o profesión y si este patrimonio guarda relación con los ingresos obtenidos por las actividades antes mencionadas. 3. Determinar los ingresos percibidos procedentes del ejercicio de actividades 4. consideradas normales por la legislación vigente y si los mismos justifican el incremento de su patrimonio. 5. Evidenciar si el aumento del patrimonio de los involucrados JULIO ZEGARRA OUISPE, LIDIA SOTO CORDOVA, JHONNY ZEGARRA QU/SPE, YÓSELEV YASMINA LAZO SOTO, MARLENE LAZO SOTO, CARLOS MANUEL DE ANIDA"! y GUALBERTO SOTO CORDOVA, corresponde y son emergentes del ejercicio de .sus actividades laborales, medio de subsistencia, comerciales u otras recapacitado consideradas habituales. Fundamentado en los resultados obtenidos en los puntos de pericia anteriores, determinar si el patrimonio de los involucrados JULIO ZEGARRA OeISPE,c É.IDIA: SOTO CORDOVA. JHONNY ZEGARRA OUISPE, YOSELIN YÁSMINA .1.5120 " SOTO; MARLENE LAZO SOTO, CARLOS MANUEL DE ANTONI y GUALBER70 SOTO CORDOVA, es producto de su actividad propia, medio de subsistencia .osprolesiún Y si patrimonio tiene relación con los ingresos obtenidos por las actividades declaradas. DOCUMENTALES: Certificación de fecha 29/05/2023, en el cual se puede evidenciar el histórico de registro de domicilio electoral de Julio Zegarra Quispe con C.I. 4294924, en el cual se señala como domicilio declarado en Temporal Humando Siles calle 7 y 11. Cochabamba. Certificación N° Cite 080/2022 de fecha 15 de diciembre de 2022. eit el cuál ;1151.10 ZEGARRA QUISPE C.I. 4294924, registra cuatro antecedentes relacionados la ley 1008. 1. Certificación del Centro de Rehabilitación "Santa Cruz Pálmasela". del cual se puede evidenciar los ingresos que Julio Zegarra Quispe, en calidad de detenido. siendo que el mismo ingreso en dos oportunidades. 4. Certificación SC-2512537 de fecha 16/12/2022 emitida por la Cap. Elisabeth Elsa Vallarte Alcázar Director Departamental, quien refiere que JULIO ZEGARRA QUISPE Cl. 4294924, registra 5 antecedentes. 5. Certificación OJ-CM-4401099202300168 en el cual señalan que el señor Julio Zegarra Quispe con Cl. 4294924 NO registra antecedente penal referido a sentencia condenatoria ejecutoriada, declaratoria de rebeldía o suspensión condicional del proceso. 6. Certificación Cite No. 0858/2022 de fecha 15 de diciembre de 2022, e Informe Nro. 774/2022 elaborado por la Sgto. Vanessa Quispe Jauría Encargada Diva. Registros y Antecedentes INTERPOL-Oruro, en el cual refiere que revisando el Sistema 1-24/7. el señor Julio Zegarra Quispe CI. 4294924, NO registra ninguna notificación a nivel internacional a la fecha, de igual manera NO cuenta con registro de solicitud .a la fecha en INTERPOL. Certificación de la Dirección General de Migración N° 347/2023 de fecha 19 de enero de 2023, del cual se evidencia que JULIO ZEGARRA QU1SPE Cl. 4294924, registra movimiento migratorio. Oficio Cite N° 0059/STR1A-0035/2023, Cite N° 001/2023, de fecha 03 de enero de 2023, de los cuales se detallan los antecedentes de reclusión del imputado Julio Zegarra Quispe C.I. 4294924: Se encuentra recluido en el Centro penitenciario San pedro de la ciudad de Oruro desde el 11/12/202Z por el delito de Tráfico de Sustancias Controladas. Caso Código único 401502012202299. BANCO PRODEM se tiene una certificación N° 8054/2022, registrado como titular de la Caja de Ahorro N° 409-2-2-03189-2 en moneda extranjera Sus. - del 18 de septiembre de 2019 al 23 de diciembre de 2022 actualmente estado inactivo. Dura. nte el periodo de movimiento financiero 18-09-2019 hasta el 30-11-2022 realiza movimiento bancario de Sus.- 29.819,08 (veintinueve mil ochocientos diecinueve 08/100 dólares americanos), actualmente registraría un saldo total de Sus.- 98.04 (noventa y ocho con cuatro centésimas de dólares americanos).0.BANCO SOL se tiene una Certificación CITE: N° 001439/2022, en la cual se puede evidenciar en el año 2009 que a los 47 años de edad adquiere un préstamo bancario Banco Sol por Sus.- 3.000.- del cual refiere como solvencia Servicio de Transporte automotor cancelada el año 2018 a los 56 años de edad, préstamo que habría sido otorgado por el lapso de 9 años. .EMPRESA DE GIRO Y REMESAS DE DINERO COMPAÑÍA INTERAMERICANA DE SERVICIOS CIS S.R.L.- Certifica qué se registran movimientos financieros a nombre de Julio Zegarra Quispe quien recibe remesas del exterior por un total de $us.- 4.850,92 a los 57 años de edad. y eroga un gasto por Sus.-600,00.-, quedando como patrimonio Sus.- 4.250.92 desconociendo los fondos provenientes del depósito a favor del imputado.12.ADMINISTRADORA DEL EDIFICIO PUERTO VALLARTA se tiene una Certificación de fecha Cochabamba 20 de enero de 2023 emitida por la ciudadana Nita Diez Canseco Ruiz presidenta del Directorio del Edificio "Puerto Vallarla- con relación al Departamento 6-A del Piso 6, donde refiere que en el inmueble no habita nadie, que según Registro de ingreso y salida del edificio, se puede advertir que en fecha 24 de noviembre del año 2022 a horas 11:28 ingresa el Sr. Carlos Manuel al departamento 6¬A como nuevo inquilino, hora de salida 11:42 y que en fecha 24/11/n, a horas 11:28 ingresa el Sr. Julio Zegarra al departamento 6-A (trabajador. nuevo inquilino) con horade salida 11:42. 13. INSTITUTO NACIONAL DE REFORMA AGRARIA — INRA se tiene un certificación N° 626/2023, DNHRE N°2527/2023 adjunto al mismo el Informe UGST-INF-SANN° 70/2023, refieren que NO existe ningún proceso de *saneamiento a nombre de Julio Zegarra Quispe C.I. 429492924. 14. CONSEJO DE LA MAGISTRATURA se tiene una Certificación Cite, Nal. DDRR.N°012012023 de fecha 31.01.2023, de la Dirección Nacional de DD,R.1.. por medio dela cual se puede evidenciar que Julio Zegarra Quispe Cl. 429492924, NO registra propiedad a Nivel Nacional. 15. BANCO GANADERO con una Certificación Cite SO/25316/2022. Promedio del cual se puede establecer que el señor Julio Zegarra Quispe registra operaciones en dicha institución. 16. M0FtE BOLIVIA S.A. una Certificación Cite: MB/CL/126.3/2022. en la cual sc Refiere que Julio Zegarra Quispe registra operaciones en dicha institución., 17.Certificación de la Aduana Nacional, mediante la cual se evidencia que JI LIO ZEGARRA OUISPE, NO registra declaración jurada de importación y/, o, exportación de divisas. 18.Cooutrati% a Rural de Electrificación R.L. (CRE) con una -.Certificación GCA/1621/22, del cual se puede evidenciar que JULIO ZEGARRA QUISPE, registra a su nombre conexiones de energía eléctrica bajo el Código Fijo 732459, desde el-24 de agosto de 2015, ubicado en el Barrio Villa Viana, de la ciudad de Santa Cruz. Código Fijo 710549, desde el 15 de octubre de 2014, ubicado en la localidad de Paurito. de la ciudad de Santa Cruz 19. Certificación del G.A.M La Paz, G.A.M. Oruro, G.A.M. Cochabamba G.A.M. Santa Cruz, DD.RR. Santa Cruz, Instituto Geográfico Militar, refieren que Julio Zegarra Quispe CL 429492924 NO registra inmuebles, ni propiedades. 20.Dirección Departamental De Tránsito, Transpone y Secundad Vial - Oruro se tiene una certificación N° 4580/301253, en el cual se puede evidenciar que JULIO ZEGARRA QUISPE registra motorizados a su nombre bajo las placas de control 5573-NUN, 5310-ELA, 3694-GFY. 21.Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz se tiene que mediante certificación Nro. FI 823/2022, se logra establecer que JULIO ZEGARRA QUISPE con C.I. 4294924, SI registra un vehículo a su nombre, bajo la placa de control 3694 — GFY. 22.GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE COCHABAMBA se Certifica que JULIO ZEGARRA QUISPE registra un vehículo motorizado, bajo la placa de control 5573— NUN. 23.Dirección Departamental Fiscalización v Recaudaciones de la Policía Boliviana se tiene una Certificación N° 296/2022-82/2022 del Dpto. de tecnología de lainformación y comunicación, en el cual se evidencia que JULIO ZEGARRA QUISPE con C. I. 4294924, realizó las siguientes inspecciones de vehículos en las gestiones 2016,2017,2018,2019,2020,2021 y 2022 y correspondientes a las siguientes placas de control 2812-DCB, 938-XYI, 5573-NUN, 2812-DCB, 938-XYI, 5573-NUN y 5310-ELA. 24.Seguros y Reaseguros UNIVIDA se tiene una certificación N° 014/2023. en el cual mencionan que JULIO ZEGARRA QUISPE, cuenta con registros de SOAT de. los vehículos con placa de control 28I2-DCB. 3694-GFY. 25.Certificación Cite: FRUIF 06/2022 emitido por Seguros y Reaseguros CREDINFOFtM, se tiene que JULIO ZEGARRA QUISPE SI registra SOAT por los vehículos con placas de control Vagoneta, Toyota Corolla, Placa 1707-CIIY, Automóvil, Toyota, Corolla, Placa: 1173-GDI, Vagoneta, Toyota, Placa: 845-RFK, Vagoneta, Placa 1707-CHY, Vagoneta. Placa 1707-CHY. 26.Mencia Nacional de Hidrocarburos — ANH mediante ' Certificación ANH40383D0R2895/2023, de fecha 19 de Diciembre de 2023, se tiene JULIO ZEGARRA QUISPE, registra carguíos de combustible de los siguientes vehículos 3848 1AR, 2812- DCB, 5573- NUN, 5310— ELA. 27.INFORME TÉCNICO DE AVALÚO DE VEHÍCULO bajo el código DAN N de fecha 13 de diciembre de 2023. elaborado por el Sr. Sgto.1 ro. Mg.Sc. Dionisio Fernando Aruquipa Nina Lic. Mecánico del GIAEF-FELCN, en el cual refiere haber el Método de Comparación de Mercado del vehículo motorizado Clase Vagoneta, Marca FORD, con placa de control 5310 - ELA, promedio cotizado del Valor real de mercado expresado en dólares americanos Sus.- 21.075,00. 28.DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL DE TRÁNSITO, TRANSPORTE I' SEGURIDAD VIAL una certificación extendido por la División Registro de Vehículos Santa Cruz, de fecha 19 de junio de 2023, en el cual señalan que el vehículo motorizado con placa de control 5310-ELA, fue ANOTADO PREVENTIVAMENTE. 29.Informe de cumplimiento a orden de allanamiento de fecha 07 de diciembre de 2022 elaborado por el Sr. Sgto. 1 ro. Fernando Quispe Saucedo Investigador del GIOE-Occidente, en el cual relata que en fecha 07 de diciembre de 2022 en el inmueble ubicado en la Zona Norte, en el interior del Edificio Puerto Vallarta Piso 6 Departamento 6-A, habrían secuestrado documentación variada, entre ellas Factura a nombre de Julio Zegarra Quispe Nro. 4913 del vehículo con placa 5573-NUN. 30.IMCRUZ una certificación 21/2023, en el cual se puede evidenciar que JULIO ZEGARRA QUISPE con C. I. 4294924, adquirió mediante pago al contado el vehículo Marca Renault, Modelo 2021, Chasis 93Y9SR5B6Mr1760904.. Color Gris Cassiope, Motor Nro. F4RE412C203645, Placa: 5573-NUN. 31. tiro VIDA seguros v Rease Euros una Certificación UN1/GR/SO/C Nzl.l2812023. en el cual se evidencia que el motorizado con placa de control A573-5NUN ,registra la adquisición de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito en la gestión 2022. a favor de la persona de apellido Soto C.I. 3814674. siendo esta persona, identificada como Lidia Soto Córdova. 32.Departamento Nacional del CITESC Copias Legalizadas del Dictamen Técnico Pericia' No. LP-540/2022, elaborado por Lic. Marianela Justina Gutiérrez, Valdivia QUÍMICA FORENSE CITESC-FELCN, en el cual se puede evidenciar.que dentro el Caso PT-X-22, habría realizado el proceso de micro aspirado en el- vehículo tipo Camioneta, Marca DUSTER, Color Gris con placa de control 5573-NUN. de las conclusiones refiere que en el interior del motorizado se encontró sustancias controladas "Cocaína". 33.Investizador del Caso P1'-Z-51/2022 un Informe de fecha Villazón, 09 de enero de 2024 elaborado por el Sr. Sgto. My. Armando Coarite Cahuaya. en el .eoat refiere çliic el caso se encuentra con imputación formal por el delito de tráfico de SSI.C. en contra de JULIO ZEGARRA QUISPE, quien se encontraba en posesión del vehículo Tipo,: Camioneta, Marca Renault Duster Oroch, Color: Gris Placa de Control 5,573-NUN, que de la pericia a micro aspirado dio como resultado positivo para Cocaína. INFORME TÉCNICO DE AVALÚO DE VEHÍCULO, Informe DAN N°33 de fecha 13 de diciembre de 2023, elaborado por el Sr. Sgto.) rp. Mg. Sc. Dionisio . . Fernando Aruquipa Nina Lic. Mecánico del GIAEF-FELCN, en el cual refiere haber realizado el Método de Comparación de Mercado del vehículo motorizado, Clase Automóvil, Marca TOYOTA, con placa de control 938-YXI. UNI VIDA Seguros y Reaseguros Certificación UN1/GR/SO/C N° 323/2023, In el cual se evidencia que el motorizado con placa de control 1707-CUY registra la adquisición de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito en la gestión 2017. 2918. 2019. 2020. 2021, 2022 y 2023. DIPROVE- Dirección Dntal. de Prevención e Investigación de robo de Vehículos, Certificación STRIA. GRAL. 217/2023 e Informe de fecha 22/05/2023.elaborado por el Sgto.1 ro. Claudio Luby López, en el cual se puede evidenciar extracto del sistema RUAT. , Seguros y Reaseguros CREDINFORM, certificación Cite: FRUIF 04/2022, en el cual se puede evidenciar que el imputado Julio Zegarra Quispe realiza operaciones de seguros del SOAT. . INFORME TÉCNICO DE AVALÚO DE VEHÍCULO, Informe DAN N°33 de fecha 13 de diciembre de 2023, elaborado por el Sr. Sgto.1 ro. Mg.Sc. Dionisio Femando Aruquipa Nina UNIVIDA Seguros v Reaseguros, Certificación UNI/GR/SO/C N° 323/2023, en el cual se evidencia que el motorizado con placa de control 1173-GDI registra la adquisición de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito en la gestión 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023, Seguros v Reaseguros CREDINFORM. Certificación Cite: FRUIF 06/2022, en el cual se puede evidenciar que el imputado Julio Zegarra Quispe realiza operaciones de seguros del SOAT .Informe Técnico de Avalúo De Vehículo, Informe DAN N°33 de fecha 13 de diciembre de 2023, elaborado por el Sr. Sgto. 'ro. Mg.Sc. Dionisio Fernando Aruquipa Nina Lic. Mecánico del GIAEF-FELCN.Seguros y Reaseguros CREDINF'ORM, certificación Cite: FRUIF 06/2022, en el cual se puede evidenciar que el imputado Julio Zegarra Quispe realizo operaciones de seguros del SOAT.Informe Técnico de Avalúo de Vehículo, Informe DAN N°33 de fecha 13 de diciembre de 2023, elaborado por el Sr. Sgto.lro. Mg.Sc. Dionisio Fernando AruquipaNina Lic. Mecánico del GIAEF-FELCN.Servicio de Registro Cívico Oruro, un certificación SERECI N° 122357-418/2023, con relación al registro de domicilio electoral del imputado. FUERZA ESPECIAL DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO (F.E, L.C.N.-ORUROI, Certificación N° Cite 080/2022 de fecha 15 de diciembre de 2022. se puede evidenciar que el investigado JHONNY ZEGARRA QUISPE Cl. 5276649, registra antecedente. DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL DE SERVICIOS TÉCNICOS AUXILIARES (SLNA.R.A.P.-ORURO), Certificación Código SC-2512539, de fecha 16/12/2022 emitida por la Cap. Elisabeth Elsa Vallarte Alcázar director Departamental, se puede evidenciar que el investigado JHONNY ZEGARRA QUISPE Cl. 5276649, registra antecedentes. DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL INTERPOL-ORURO, Certificación Seria. Cite No. 0858/2022 de fecha 15 de diciembre de 2022, e Informe Nro. 774/2022 elaborado por la Sgto. Vanessa Quispe Jauría Encargada Div. Registros y Antecedentes INTERPOL-Oruro. Certificaciones emitidas por las diferentes entidades financieras reguladas por la Autoridad de Supervisión de entidades Financieras A.S.F.I., en las cuales, el imputado JHONNY ZEGARRA QUISPE registra movimiento financiero. INSTITUTO NACIONAL DE REFORMA AGRARIA-INRA: Certificación y refieren que NO existe ningún proceso de saneamiento a nombre Jonny Zegarra Quispe Cl. 5276649.CONSEJO DE LA MAGISTRATURA: Certificación Cite Nal. DD.RR. N" 0120/2023 de fecha 31 de enero de 2023, de la Dirección Nacional de DD.RR. se evidencia que Johnny Zegarra Quispe Cl. 5276649, NO registra propiedad a Nivel Nacional. INFORME G.A.M La Paz, G.A.M. Oruro, G.A.M. Cochabamba G.A.M. Santa Cruz. DD.RR. Santa Cruz, Instituto Geográfico Militar, refieren que Jonny Zegarra Quispe CL 5276649 NO registran inmuebles, ni propiedades a su nombre.Dirección Departamental De Tránsito, Transporte Y Seguridad Vial-Oruro, certificación N° 3377///9646 donde se evidencia registro de propiedad de vehículos a nombre de Jhon ny Zegarra Quispe Cl. 5276649 SC. Dirección Departamental Fiscalización v Recaudaciones de la Policía Boliviana, Certificación N° 296/2022-82/2022 del Dpto. de tecnología de la informa.c. ion y comunicación, en el cual se evidencia que Jonny Zegarra Quispe con 9. 5276649. realizó inspecciones de vehículos en las gestiones 2017,2018,2019,2020,2021 y 2022.Gobierno Autónomo Municipal de Porongo, Certificación de la Dirección Municipal de Recaudaciones en el cual refiere que Jonny Zegarra Quispe con Cl. 5276649, registra motorizados.Certificación Cite N° GNJ/SP/006/2022; Cite; GNJ/SP/007/2022 emitido. por La Boliviana Caires Seguros Personales S.A. informan que el acusado Johnny Zegarra Quispe, registra seguros contratados. Certificación Cite: FRUIF 06/2022 emitido por Seguros y reaseguros CRE DIN 1.0RM, certifican que Johnny Zegarra Quispe SI registran SOAT: Agencia Nacional de Hidrocarburos ANII: Certificación ANH40371D0R2893/2023, de fecha 19 de diciembre de 2023, del cual se puede evidenciar que el acusado Johnny Zegarra Quispe CI.5276649, registra erguidos de combustible. Informe Técnico De Avalúo De Vehículo: Informe DAN N33 de fecha 13 de diciembre de 2023. Elaborado por el Sr. Sgto.lro. Mg.Sc. Dionisio Feruando Aruquipa Nina Lic. Mecánico del G1AEF-FELCN, en el cual refiere haber realizado el Método de Comparación de Mercado del vehículo motorizado Clase Moto. Marca Súper I laos con placa de control 3504-RBF. Promedio cotizado del Valor real de mercado expresado en dólares americanos Sus.- 895,00. Dirección Departamental de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial: Certificación de la División Registro de Vehículos Santa Cruz-Porongo, de fecha 19 de junio de2023, en el cual señalan que el vehículo motorizado Motocicleta con placa de control 5531-ZNN, procedieron a la ANOTACIÓN PREVENTIVA Informe Técnico de Avalúo de Vehículo: Informe DAN N°33 de fecha 13 de diciembre de 2023, elaborado por el Sr. Sgto.lro. Mg. Sc. Dionisio Fernando Aruquipa Nina Lic. Mecánico del GIAEF-FELCN, en el cual refiere haber realizado el Método de Comparación de Mercado del vehículo motorizado Clase Moto, Marca Bajaj, con placa de control 5531-ZNN, promedio cotizado del Valor real de mercado expresado en dólares americanos Sus. - 718,75.Dirección Departamental de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial: Certificación de la División Registro de Vehículos Santa Cruz-Porongo, de fecha 19 de junio de 2023, en el cual señalan que el vehículo motorizado Motocicleta con placa de control 5833-DAE, procedieron a la ANOTACIÓN PREVENTIVA. Dirección Departamental de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial: Certificación de la División Registro de Vehículos Santa Cruz-Porongo, de fecha 19 de junio de 2023, en el cual señalan que el vehículo motorizado Motocicleta con placa de control 5833-DAE, procedieron a la ANOTACIÓN PREVENTIVA. Informe Técnico De Avalúo De Vehículo: Informe DAN N°33 de fecha .13 de diciembre de 2023, elaborado por el Sr. Sgto.lro. Mg. Sc. Dionisio Fernando Aruquipa Nina Lic. Mecánico del GIAEF-FELCN, en el cual refiere haber realizado el Método de Comparación de Mercado del vehículo motorizado Clase Motocicleta. Marca HONDO. con placa de control 5833-DAE, promedio cotizado del Valor real de mercado expresado en dólares americanos Sus. - 739,25. UNIVIDA Seguros y Reaseguros: Certificación UN1/GR/SO/C No. 32]/2023. en él cual se evidencia que el motorizado con placa de control 3991-GED registra la adquisición de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito en la gestión 2017, 2018. 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023. Dirección Departamental de Fiscalización y Recaudaciones: Certificación N' 296/2022-82/2022 del Dpto. de tecnología de la información y comunicación, en el cual se evidencia que Jonny Zegarra Quispe con Cl. 5276649, realizó inspecciones de vehículos en las gestiones 2017. 2018, 2019.2020.2021 y 2022. Seguros y Reaseguros CREDINFOFtM: Certificación Cite: FRUIF 06/2022. en el cual se puede evidenciar que el imputado Jonny Zegarra Quispe realiza operaciones de seguros del SOAT. Informe Técnico De Avalúo De Vehículo: Informe DAN N°33 de fecha .13 de diciembre de 2023, elaborado por el Sr. Sgto.lro. Mg. Sc. Dionisio Fernando Aruquipa Nina Lic. Mecánico del GIAEF-FELCN, en el cual refiere haber realizado el Método de Comparación de Mercado del vehículo motorizado Clase Bus, Marca TOYOTA. con placa de control 3991-GED, promedio cotizado del Valor real de mercado expresado en dólares americanos Sus. - 49.625,00.Dirección Departamental de Fiscalización y Recaudaciones: Certificación N° 296/2022-82/2022 del Dpto. de tecnología de la información y comunicación, en el cual se evidencia que Jonny Zegarra Quispe con Cl. 5276649. realizó inspecciones de vehículos en las gestiones 2017, 2018, 2019, 2020,2021 y 2022.Informe Técnico de Avalúo De Vehículo: Informe DAN N°33 de fecha 13 de diciembre de 2023, elaborado por el Sr. Sgto.lro. Mg. Sc. Dionisio Fernando Aruquipa Nina Lic. Mecánico del GIAEF-FELCN, en el cual refiere haber realizado el Método de Comparación de Mercado del vehículo motorizado Clase Vagoneta, Marca TOYOTA. con placa de control 2910-FDS, promedio cotizado del Valor real de mercado expresado en dólares americanos Sus.- 14.200,00.Compañía De Seguros y Reaseguros y Reaseguros ALIANZA: Certificación N° 05/2023, se evidencia que Hondijo Zegarra Quispe Cl. 5276649 SI registra pólizas.Seguros y Reaseguros CREDINFORM: Certificación Cite: FRU1F 06/2022. ,n fi cual se puede evidenciar que el imputado Johnny Zegarra Quispe realiza operaciones de seguros del SOAT.Informe Técnico de Avalúo de Vehículo: Informe DAN N°33 de fecha 13 de diciembre de 2023, elaborado por el Sr. Sgto.lro. Mg. Sc. Dionisio Fernando Aruquipa Nina Lic. Mecánico del GIAEF-FELCN, en el cual refiere haber realizado el Método de Comparación de Mercado del vehículo motorizado Clase MICRO. Marca TOYOTA, Placa de control 1288-EYD, promedio cotizado del Valor real de mercad expresado en dólares americanos Sus. — 24.750,00. 86. Compañía de Seguros y Reaseguros ALIANZA: Certificación N° 95/2023, donde ‘puede evidenciar que Johnny Zegarra Quispe Cl. 5276649 SI registra pólizas. Informe Técnico De Avalúo De Vehículo: Informe DAN N°33 de fecha 13 de diciembre de 2023, elaborado por el Sr. Sgto.lro. Mg.Sc. Dionisio Femando AruquipaNina Lic. Mecánico del GIAEF-FELCN, en el cual refiere haber realizado el Método de Comparación de Mercado del vehículo motorizado Clase Vagoneta, Marca TOYOIA. Placa de control 2723-DEB, promedio cotizado del Valor Real de mercado expresado en dólares americanos Sus. —12.15000.Seguros y Reaseguros CREDINFORM: Certificación Cite: FRUIF .06/2022. en el cual se evidencia que el imputado Johnny Zegarra Quispe realiza operaciones de seguros del SOAT:Informe Técnico de Avalúo de Vehículo: Informe DAN N°33 de fecha 13diciembre de 2023, elaborado por el Sr. Sgto.lro. Mg.Sc. Dionisio Fernando Aruquipa Nina Lic. Mecánico del GIAEF-FELCN, refiere haber realizado el Método de Comparación de Mercado del vehículo motorizado Clase Camioneta. Marca GAC GONOW, Placa de control 3848-IAR, promedio cotizado del Valor real de mercado expresado en dólares americanos Sus. — 15.625,00.FUERZA ESPECIAL DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO (F, E.L.C.N.-ORURO). Certificación N° Che 080/2022 de fecha 15 de diciembre de 2022, en el cual refiere que LIDIA LAZO CÓRDOVA registra 4 Procesos penales. DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL DE SERVICIOS TÉCNICOS AUXILIARES fSLNA.R.A.P.-ORUR0). - Certificación SC-2512538, de fecha 16/12/2022 emitida por la Cap. Elisabeth Elsa Vallarte Alcázar director Departamental, donde se puede evidenciar que la Imputada Lidia Soto Córdova, registra antecedentes. DIRECCIÓN GENERAL DEL RÉGIMEN PENITENCIARIO.- Oficio Cite N° 0059/STRIA-0035/2023, Cite N° 001/2023, de fecha 03 de enero de 2023, Lidia Soto Córdova Cl. 3814674 se encuentra recluida en el Centro Penitenciario San Sebastián Mujeres de la ciudad de Cochabamba desde el 04'11/2022. por el delito de 1 Mico desustancias Controladas. Certificaciones emitidas por las diferentes entidades financieras reguladas por la Autoridad de Supervisión de entidades Financieras A.S.F.I., desglosar en el cual la imputada Lidia Soto Córdova realizaba movimientos financieros. Instituto Nacional de Reforma Agraria-INRA: Certificación N° 626/204 DNI1RE N°2527/2023 adjunto al mismo el Informe DGST-INF-SANN° 70/2023, refieren que NO existe ningún proceso de saneamiento a nombre de Lidia Soto Córdoba .CL3814674.Consejo de la Magistratura: Mediante Certificación Cite Nal. DD.RR. N.° 0120/2023 de fecha 31.01.2023. de la Dirección Nacional de DD.RR. se evidencia que la señora Lidia Soto Córdova Cl. 3814674, NO registra propiedad a Nivel Nacional. 'De igual manera el G.A.M La Paz, G.A.M. Oruro. G.A.M. Cochabamba G.A.M. Santa Cruz, DD.RR. Santa Cruz. Instituto Geográfico Militar, refieren que Lidia Sólo Córdova Cl. 3814674 NO registran inmuebles, ni propiedades. Documentación secuestrada dentro el caso OR-X-333/22, referente a .documento privado de compra venta del bien inmueble, la investigada LIDIA SOTO ORDOVA CI. 3814674 adquiere el bien inmueble al señor Marcelo Arancibia Alba con Cl. 4414082, por la suma Sus. - 200.000.- (Doscientos mil 00/100 dólares americanos). Dirección Departamental De Tránsito, Transporte y Seguridad Vial-Oruro: Se Certificación N.° 4580///301253, del cual se puede evidenciar que la investigada Lidia Soto Córdova registra vehículo de La Paz el vehículo con placa de control 4763-KUF, refiere que registra pago de impuesto en el año 2020, trasferencia de compra y venta mediante minuta de fecha 23/08/2021 de Gro ver Calani Gabriel con Cl. 3056371 a favor de Lidia Soto Córdova.. No registra gravámenes según su sistema RUAT NET. Seguros y reaseeuros:Se tiene mediante requerimiento fiscal, certificación de Seguros y Reaseguros UNIVIDA N° 014/2023. en el cual mencionan que Lidia Soto Córdova, cuentan con registros de SOAT.Fuerza Especial de Lucha Contra El Narcotráfico (F.E.L.C.N.-Oruro). Certificación N° Cite 032/2023 de fecha 04 de agosto de 2023, que la imputada Marlene Lazo Soto a 11385317, registra antecedentes relacionados a la ley 1008. en virtud a que en fecha 07 de diciembre de 2022 personal del (10E-Occidente en cumplimiento a Ejecución de mandamiento de allanamiento. en virtud que habrían encontrado sustancia controlada en el inmueble donde habitaba, caso signado corno OR-X-333/22Dirección General del Régimen Penitenciario: Certificación Nro.238/2023 de fecha 04 de agosto de 2023, en el cual se puede evidenciar que la señora Marlene Lazo Soto con C.I. 11385317, se encuentra recluida en el centro penitenciario La Merced de la ciudad de oruro desde el 12 de diciembre de 2022 en calidad de detenida preventiva por el presunto delito de Tráfico de Sustancias Controladas código único 401502012202299.Certificación del SI.NA.R.A.P. SC-2513374 Servicio Técnicos Auxiliares en el cual refieren que Marlene Lazo Soto registra antecedentes dentro el caso OR-X-333/22 por los delitos inmersos en la Ley 1008.través de redes sociales y llamadas telefónicas de números extranjero Marlene Lazo Soto habrían cumplido en realizar el evento de cumpleaños de Ceoli ,Lazo Soto realizado en el Salón de eventos "Dermis" en fecha 08 de mayo de 2022. Posteriormente en fecha 20 de noviembre de 2022, suscribieron un contrato por Sus.-1.800.- de los cuales habría cancelado Sus. 300.- para amenizar una boda en fecha 10 de diciembre de 2022 en el local "La Rivera" de la Ciudad de Cochabamba, el mismo no habría sido concretado por razones familiares de la imputada, quedando a fecha de reprogramación Se tiene mediante Requerimiento Fiscal, Certificaciones emitidas por las diferentes entidades financieras reguladas por la Autoridad de Supervisión de entidades Financieras A.S.F.I., desglosando en el cual la imputada Marlene Lazo Soto realiza Movimiento financiero. Derechos Reales de Cochabamba: Certificación de fecha 20 de septiembre de 2023, del cual se puede evidenciar que Marlene Lazo Soto, con C.I. 11385317, SI registra un bien inmueble. Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba Dpto. Contribuyente: Certificación Nro. 866/2023 de fecha 04 de septiembre de 2023, en el cual se puede evidenciar registro de derecho propietario a nombre de Marlene Lazo Soto con C.1.11385317.Certificación de fecha 24 de noviembre de 2023. Emitido por el Ing. gro ver David José Recabado Claros con Cl. 850078 Abba., quien relata la cronología de la compra y venta del bien Inmueble departamento consignado como 6-A, ubicado en el interior del Edificio Puerto Vallarta. MOVIMIENTO MIGRATORIO: Certificación de Boliviana de Aviación la Imputada Yoselin Yasmina Lazo Soto. Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba: Certificación Nro. 698/2023. de fecha 23 de agosto de 2023, del cual se puede evidenciar que Yoselin Yasmina Lazo Soto con Cl. 11385313 NO registra Licencia de funcionamiento, por consiguiente. no cuenta con actividad económica. Certificación de IMPUESTOS NACIONALES SEPREC. Refieren que la imputada Yoselin Yasmina Lazo Soto NO se encuentra registrada en el padrón nacional de contribuyentes, ni registra vinculación comercial. Certificaciones emitidas por las diferentes entidades financieras reguladas por la Autoridad de Supervisión de entidades Financieras A.S.F.I., conforme al análisis realizado se puede evidenciar que la imputada Yoselin Yasmina Lazo Soto NO registra movimiento financiero en cuanto a préstamos, créditos, cuenta caja de ahorros, giros y remesas. Derechos Reales de Cochabamba: Certificación de fecha 20 de septiembre de 2023, del cual se puede evidenciar que Yoselin Yasmina Lazo Soto: con C.I. 11385313, SI registra un bien inmueble bajo la siguiente matricula: 3.01.1.02.0092572.Notaría de Fe Pública Nro. 8 de la ciudad de Cochabamba: Informe de lecha 01 de diciembre de 2023 y anexos en copias legalizadas, emanado por la Abg. Lourdes Lima Araoz Andia NOTARIA, en el cual señala sobre la existencia de una Transferencia y entrega de un Bien Inmueble realizado entre los ciudadanos Sr. Marcelo Arancibia Alba en calidad de vendedor propietario y Sra. YOSEL1N YASMINA LAZO SOTO en calidad de compradora de fecha 04 de mayo de 2022.Contraloría General del Estado: Certificado que Yoselin Yasmina Lazo Soto con C.I. 11385313, NO cuenta con ningún registro en el sistema WEIR. Certificación de la Dirección Departamental De Tránsito, Transporte Y Seguridad Vial-Oruro N° 6167///3254/23 se tiene registro de propiedad de vehículo de ,Yoselin Yasmina Lazo Soto C.I. 11385313:certificación N° 135/2023 del CITESC-DGFELCN, adjunta en copias legalizadas el Dictamen Técnico Pericial Nro. LP-1230/2022 elaborado por la Dra. Amara Leith Sosa Alfaro Perito Bioquímica Forense del CITESC-FELCN, del caso OR-X-33312022 realizado al vehículo motorizado Tipo: Camioneta, Marca Toyota. Alúdelo: Tíceme. Placa: 5748-CYD, Color: Verde Pacay, en las conclusiones de referido informe refiere que "de las muestras obtenidas.., las muestras M-4 Corresponde a "Cocaína,' Sustancia Controlada, sancionada dentro de la ley 1008v la ley 913..."Certificación ANH29794D0R 2303/2022, en el cual adjunta detalle .de consumo de combustible del vehículo motorizado, del cual se analiza y se evidencia el inicio del carguío y ultimas 10 fecha antes del hecho de la placa de control 5748-CFuerza Especial De Lucha Contra El Narcotráfico (F.E.L.C.N.-9RUR01. - Certificación N° Cite 032/2023 de fecha 04 de agosto de 2023, que el imputado, Carlos Manuel De Antoni con DNI. 39050307, registra antecedentes relacionados a .1a ley 1008,Dirección General del Régimen Penitenciario.- Certificación en el cual se puede evidenciar que el investigado Carlos Manuel De Antoni con DNI. 39050307 de nacionalidad argentina, se encuentra recluido en el Centro penitenciario San Pedro de la ciudad de Oruro desde el 11 de diciembre de 2022 en calidad de detenido preventiva por el presunto delito de Tráfico de Sustancias Controladas código único401502012202299. ratificado del SLNA.FLA.P. SC-25133745 Servicio Técnicos Auxiliares en el cual refieren que Carlos Manuel De Antoni registra antecedentes dentro el caso OR-X-333/22, delito inmerso en la ley 1008. MOVIMIENTO MIGRATORIO. Certificación de la Dirección General de Migración N°4480/2023, del cual informa que el imputado tiene salidas del país: Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba: Certificación Nro. 698/2023, de fecha 23 de agosto de 2023, del cual se puede evidenciar que Carlos Manuel De Antoni con DNI. 39050307 NO registra Licencia de funcionamiento, por consiguiente, no cuenta con actividad económica en Bolivia. Certificación de IMPUESTOS NACIONALES, SEPREC, refieren que el señor Carlos Manuel De Antoni NO se encuentra registrado en el padrón nacional de contribuyentes NI REGISTRA NINGUNA VINCULACIÓN COMERCIAL. Certificaciones emitidas por las diferentes entidades financieras reguladas por la Autoridad de Supervisión de entidades Financieras A.S.F.I., el imputado Carlos Manuel De Antoni NO registra movimiento financiero. INFORME.- Carlos Manuel De Antoni con DNI 39050307 Argentina No registran vehículos motorizados, sin embargo, en fecha 12 de enero del año 2023 la Sgto. 2do. Elizabeth Ayala Condori secuestró un documento de traslado de vehículo motorizado con Placa de Control MMJ060, en base a certificación N° 130/2023 de la Aduana Nacional de Bolivia-Oruro se tiene lo siguiente: Fuerza Especial De Lucha Contra El Narcotráfico (F.E.L.C.N.-ORUR01. - En fecha 14 de abril de 2022 Gualberto Soto Córdoba juntamente con Lidia Soto Córdova Cl. 3814674 SC.. Johnny Zegarra Quispe Cl. 5276649, Gualberto Soto Córdova CI 4444315 SC., del resultado de Micro aspirado al motorizado dio como resultado la presencia de sustancias controladas. CASO PT-Z-51/2022.Dirección Departamental De Servicios Técnicos Auxiliares (SLNA.R.A.P.-ORUR01. —Certificación SC-2513377 Servicio Técnicos Auxiliares en el cual refieren que Gualberto Soto Córdova registra antecedentes dentro el caso P1'-Z-51/22 por los delitos inmersos en la ley 1008.MOVIMIENTO MIGRATORIO: Certificación de la Dirección General de Migración N° 4480/2023.Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba: Certificación Nro. 6982023. de fecha 23 de agosto de 2023, del cual se puede evidenciar que Gualberto Soto Córdova Cl. 4444315 Cubano registra Licencia de funcionamiento por consiguiente, NO cuenta con actividad económica. Certificación de IMPUESTOS NACIONALES, Septo, refieren que el ciudadano Gualberto Soto Córdoba NO se encuentra registrado en el padrón nacional de contribuyentes, tampoco registra ninguna vinculación comercial. . ! Contraloría General del Estado: Certifica que Gualberto Soto Córdova con C.1. 4444315, NO cuenta con ningún registro en el sistema DJBR .Certificaciones emitidas por las diferentes entidades financieras reguladas por id Autoridad de Supervisión de entidades Financieras A.S.F.I., conforme.Sub Registrador de Derechos Reales de Punata Cochabamba, Gualberto Soto Córdoba con Cl. 4444315 SI registra derecho propietario bajo el registro de DD.RR. Punata con Matricula Nro. 3080300001623 y 3081010002537.Certificación del Distrito de Redes de Gas Cochabamba-YPFB, ene 1218 2023.en el Sr. Gualberto Soto Córdova con Cl. 4444315 es usuario de redes. , Instituto Nacional De Reforma Agraria-INRA: Certificación Cite Nro. 909/2023. Oficio Cite 4958/2023 referente a la complementación de información II.CdC.011.1(.0`las propiedades a nombre de Gualberto Soto Córdova con C.I. 4444315 C13.Dirección Departamental De Tránsito, Transporte Y Seguridad Vial-Oruro: Certificación N° 6I67///3254/23 se tiene registro de propiedad de vehículos de Gualberto Soto Córdova C.I. 4444315 CBBA .Dejando constancia que me adhiero a toda la prueba documental, testifical, :material y pericial que sea ofrecida por la acusación particular, si hubiere y los ahora acusados, siempre y cuando sean de utilidad y beneficio del Ministerio Publico; •Otrosí 1.- En aplicación del Art. 53 de la Ley 913 se DISPONGA EN SENTENCIA, la sanción definitiva de confiscación de los siguientes bienes muebles e inrinieIks 'que ban sido incautados durante la etapa preparatoria: CÓRDOVA. JHONNY ZEGARRA OUISPE, YOSELIN YASMINA LAZO SOTO, MARLENE LAZO SOTO, CARLOS MANUEL DE ANTONI y GUALBERTO SOTO CORDOVA, dejando constancia que los originales de los mismos han sido objeto de remisión junto a las imputaciones formales del caso que nos ocupa. Otrosí 2.- Se propone conforme al Art. 179 del Código de Procedimiento Penal. INSPECCIÓN OCULAR de todos los lugares donde se encuentran ubicados los bienes a confiscar Otrosí 3.- De conformidad al Art. 323 del Código de Procedimiento Penal, la presente acusación sea remitida ante el Tribunal de Sentencia de turno correspondiente providencia PE RADICATORIA Oruro, 15 de abril de 2024 Que, el presente proceso penal seguido a instancia del MINISTERIO PÚBLICO contra JULIO ZEGARRA QUISPE, JHONNY ZEGARRA QUISPE, LIDIA SOTO CORDOVA, MARLENE LAZO SOTO, CARLOS MANUEL DE ANTONI, GUALBERTO SOTO CORDOVA y YOSELIN YASMINA LAZO SOTO, por la presunta comisión del delito de LEGITIMACIÓN DE GANANCIAS ILÍCITAS, ingresó a este despacho judicial el día lunes 15 de abril de 2024 a horas 16:43 p.m., por remisión del Juzgado de Instrucción Penal No. 6 de la capital Oruro-Bolivia. En consecuencia, en aplicación al art. 340 del Código de Procedimiento Penal, modificado por Ley No. 586 se dispone la RADICATORIA del presente caso y:La notificación al Ministerio Público para la presentación física de las pruebas ofrecidas, dentro de las 24 horas siguientes. Alternativamente de conformidad al art. 340 III del Código de Procedimiento Penal, modificado por el art. 8 de la Ley No. 586 se dispone notificación con la acusación fiscal y pruebas ofrecidas a los acusados JULIO ZEGARRA QUISPE, JHONNY ZEGARRA QUISPE, LIDIA SOTO CORDOVA, MARLENE LAZO SOTO, CARLOS MANUEL DE ANTON1, GUALBERTO SOTO CORDOVA y YOSELIN YASMINA LAZO SOTO, para que dentro de los diez días posteriores a su notificación ofrezcan y presenten físicamente sus pruebas de descargo Con la presente providencia, notifíquese a las partes intervinientes en su domicilio procesal constituido dentro el presente proceso penal. Asimismo, en vía de previsión a objeto de precautelar los derechos y garantías de los acusados, notifíquese a la Defensora de Oficio asignado a éste Órgano Jurisdiccional Dra. Remedios Romero Blanco. Al amparo de la previsión legal contenida en el parágrafo segundo del art. 5 de la Ley N° 586, se designa en calidad de Presidente del Tribunal de Sentencia Penal No. 3, para el presente proceso penal a la Dra. Mónica Jazmín Camacho Toco FDO. Y SELLO DE DRA. MÓNICA CAMACHO TOCO PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL No. 3. ------------------------------------------------------- FDO. Y SELLO DE DRA. ELY CAQUEGUA MAMANI JUEZ TÉCNICO DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL No. 3. ------------------------------------------------------- FDO. Y SELLO DE DR. FIDEL ALAVIA ARTEAGA JUEZ TÉCNICO DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL No. 3. -------------------------------------------------------FDO. Y SELLO DE Dra. ALEIDA E. LUCAS CHOQUE SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL No. 3. ------------------------------------------------------EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO A LOS DOS DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS. ------------------------------


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