EDICTO
Ciudad: LA PAZ
Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PENAL DÉCIMO SEXTO DE LA CAPITAL
JUZGADO DE SENTENCIA 16 VO DE LA CAPITAL EN EL PROCESO CARATULADO MINISTERIO PUBLICO
CONTRA CARRASCO NATTES MIGUEL LEONEL CON CUD . 201102012302109 PARA SU LEGAL NOTIFICACION DE LA LA VICTIMA ABEL MARCELO GANON DIAZ
SEÑOR JUEZ DE INSTRUCCIÓN PENAL CAUTELAR NOVENO DEL
DEPARTAMENTAL TRIBUNAL DEP DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE LA PAZ
CODIGO UNICO: 201102012302109
ANTE AUTO DE CONMINATORIA PRESENTA ACUSACION FORMAL
OTROSIES. SU Contenido.
Abg. Oda lis Leonor Peñaranda Salgado, fiscal de Materia asignada a la fiscalía especializda de delitos Patrimoniales, de la fiscalía departamental de la Paz-Zona Central, una vez concluida la etapa preparatoria, caso signado FISCALÍA: 201102012302109, seguida por Ministerio Público a instancias de ARNOLD JEFERSON CALDERON ARCE Y ABEL MARCELO GAMON DIAZ contra MIGUEL LEONEL CARRASCO NATTES par la comisión de los delitos de ESTAFA descrito en el tipo penal de los Art. 335 del C.P., en representación de la sociedad conforme previenen los Art. 124 y 125 de la Constitución Política del Estado, con relación a los Art $12.38. 40 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, y en aplicación de los Arts. 16. 52. 70.72 277, 278 y 323 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal, me permito presentar y formular el presente requerimiento de ACUSACION FORMAL en contra de los ciudadanos cuya identificación se detalla en los puntos siguientes, pretensión que es sustentada conforme la siguiente relación de antecedentes y consideraciones de
orden legal:
ACUSACION O.L.P.S. No. 10/2023.
1. DATOS DE IDENTIFICACIÓN. DATOS GENERALES DE LOS ACUSADOS.
NOMBRE Y APELLIDOS MIGUEL LEONEL CARRASCO NATTES
CEDULA DE IDENTIDAD 387966 LP.
DOMICILIO REAL C/CLAUDIO SANJINEZ 2/14 DE SEPTIEMBRE
ABOG. DEFENSOR EFRAIN MILTON ORDONEZ ZEBALLOS
DOMICILIO PROCESAL C. SUCRE 1136 ?.2 ??.2
DATOS GENERALES DEL DENUNCIANTE:
NOMBRE Y APELLIDOS ARNOLD JEFERSON CALDERON ARCE
CEDULA DE IDENTIDAD 92294314
DOMICILIO REAL PASAJE LAS CASAS Nº 1344
OCUPACION ESTUDIANTE
ESTADO CIVIL SOLTERO
NOMBRE Y APELLIDOS ABEL MARCELO GAMON DIAZ
CEDULA DE IDENTIDAD 5283876 CBBA
DOMICILIO REAL AV. CAPITAN USTARIS S/N ZONA CENTRAL CBBA
OCUPACION ESTUDIANTE
ESTADO CIVIL SOLTERO
2. RELACIÓN PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DEL HECHO. -
Del Informe Policial Preventivo de Acción Directa de lecha 15 de marzo de 2021
realizada por el Sglo 2do Jhonny Surco se tiene que en la referida fecha a horas
18:30 en la colle Claudio Sonjines N°1663 de la Zona Miraflores se apersonaron
los señores ARNOLD JEFERSON CALDERON ARCE Y ABEL MARCELO
GAMON DIAZ, quienes refirieron ser víctimas de estala por MIGUEL LEONEL
CARRASCO NATTES, motivo por el cual procedieron a la aprehensión por
Particulares.
La victima Arnold Jelersson Calderón Arce, refiere que en lecha 15 de marzo de
2023 horas 16:00 aprox, el imputado le habría pedido la suma de 500 Sus para
entregarle en anticrético una habitación ubicado en la calle Claudio Sanjines No-
1063 zona Miraflores. cuando ya no podría pedirle más dineros de lo que ya
habían acordado por el curarlo es anticrético, todo vez que ya le habría entregado la suma de 1200 Sus en el mes de Maye de 2022 empero: ante el incumplimiento de la entrega del cuarto en anticrético le devuelve la suma de $us: 500 (Quimentos 00/100 Dólares Americanos).. prometiendo devolver el mes entrante el saldo de Sus 700. empero, a la lecha no le devuelve el dinero y tampoco le hace la entrega del cuarto motivo de anticresis; es así que en ese momento se aparece el señor Abel Gamon Díaz quien en su presencia le cobra la suma de 200 Sus mas 300 Bs, al ahora acusado quien tendría que devolverle dineros por el mismo cuarto que le ha ofrecido en anticrético a la víctima Jefferson, siendo el modus operandi e sonsacar dineros a las víctimas con la promesa de dar en anticrético un cuarto de su bien inmueble, obteniendo para si un beneficio mediante engaños en desmedro de su patrimonio, a quienes a la lecha no se les hace la entrega del cuarto y menos la devolución de los dineros.
3.- FUNDAMENTACION DEL DERECHO
De acuerdo a las investigaciones realizados en la etapa preliminar y preparatoriamente respectivamente y los elementos de convicción elementos de convicción acumulados se tiene los suficientes elementos de convicción acumulada tanto en la preparatoria etapa preliminar como en la etapa
preparatoria, se pudo evidenciar que el delito de ESTAFA si ha existido y se tienen al ciudadano correspondiente nombre de: MIGUEL LEONEL CARRASCO NATTES es autor, de lo previsto y sancionado en el Articulo 335 del Código
Penal por los siguientes fundamentos:
Primero. Teniéndose claramente establecido el delito de ESTAFA, a objeto de
realizar una Valoración Objetiva de los elementos de convicción Arrimadas al
cuaderno de Investigaciones estableciendo el tiempo y Espacio de la comisión
delictiva, a ello se tiene, que los denunciantes conforme señalan de las
declaraciones y los elementos de convicción que:
De la revisión exhaustiva del cuaderno de investigación se tiene en antecedentes
que se atribuye a MIGUEL LEONEL CARRASCO NATTES la comisión del delito
de Estafa previsto por el artículo 335 del Código Penal, debido a que, el presunto
autor MIGUEL LEONEL CARRASCO NATTES mediante engaños y promesas ha hecho incurrir en error a las víctimas, haciendo que estas dispongan de su
patrimonio hecho que se sustenta en los siguientes elementos.
Se tiene el CONTRATO DE ANTICRETICO suscrito entre MIGUEL CARRASCO
NATTES, con Cl 387066 LP., mayor de edad, hábil por derecho, con domicilio en calle Claudio Sanjinés 1663, el mismo que se denominara, El. (PROPIETARIO), y El Señor Arnold Jeferson Calderón Arce que se denominarán, el (ANTICRESISTA) de fecha 07 de Mayo de 2022 donde se puede establecer el hecho ilícito, toda vez que desde la suscripción de este documento a la fecha no se le hace la entrega del cuarto y menos la devolución de los dineros, posteriormente y a sabiendas de que este cuarto ya lo había dado en anticrético, estaba pidiendo otro monto de dinero al señor Abel Gamón Díaz para el anticrético del mismo cuarto, asimismo, cursa en obrados otro documento CONTRATO DE ANTICRETICO siendo el propietario el ahora imputado y la anticresista Muyli Pizarro Coronel de lecha 26- de enero de 2023,
demostrándose el modus operandi del imputado utilizando un cuarto de su
propiedad para sonsacar dineros a las víctimas en adelantos de diferentes montos de dineros.
Segundo. Tal es así con lo mencionada ut supra, que el ciudadano
MIGUEL LEONEL CARRASCO NATTES, mediante el ofrecimiento de un cuarto en
anticrético capta víctimas para pedirles adelantos le dinero bajo la promesa de
hacerles la entrega del cuarto, siendo este un modus operandi por lo cual se tiene dos victimas
Cuarto. Así se tiene que la conducta del ahora acusado MIGUEL LEONEL
CARRASCO NATTES se adecua al tipo penal de ESTAFA previsto y sancionado
por el Art. 335 del Código Penal, el cual señala .
4.- TIPIFICACIÓN DE LA CONDUCTA DE LOS ACUSADOS. Código Penal. -
ART. 335 (ESTAFA). ;El que con la intención de obtener para sí o un tercero un
beneficio económico indebido, mediante engaños o artificios provoque o fortalezca error en otro que motive la realización de un acto de disposición patrimonial en perjuicio del sujeto en error o de un tercero, será sancionado con reclusión de uno (1) a cinco (5) años y con mulla de sesenta (60) a doscientos (200) días
Código Penal. ; Art. 14 (DOLO).- Actúa dolosamente el que realiza un hecho
previsto en un tipo penal como conocimiento y voluntad. Para ello es suficiente
que el autor considere seriamente posible su realización y acepte esta
posibilidad.;.
Código Penal Art. 20 (AUTORES). - quienes realizan el hecho por si solos
conjuntamente, por medio de otro a los que dolosamente presten una cooperación de tal naturaleza, sin la cual no habría podido cometerse el hecho antijurídico doloso .
5. OFRECIMIENTO DE ELEMENTOS DE PRUEBA
A objeto de que su autoridad tome conocimiento de elementos de prueba
obtenidos y acumuladas al cuidemos de investigación, de conformidad a la última
parte del Art. 323 del Código de Procedimiento Penal, a los efectos del
cumplimiento de la norma legal prevista por el Art 393 ter, de la Ley No. 007 sobre modificaciones al Código da Procedimiento Penal, remito las actuaciones y evidencias acumuladas en la etapa preparatoria, que son las siguientes
6. ACTO A REALIZAR EN AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Inspección Técnica Ocular conforme el Art. 179 del C.P.P.
PRUEBA DOCUMENTAL.
MPD 1.- INFORME DE INTERVENCION POLICIAL DE ACCION DIRECIA DE
FECHA 15 DE MARZO DE 2023
MPD 2.- APREHENSION POR PARTICULARES DE FECHA IS DE MARZO DE
2023
MPD 3.- ACTA DE REQUISA PERSONAL Y COLECCIÓN DE INDICIOS
MATERIALES DE FECHA 15 DE MARZO DE 2023.
MPD 4.- DOCUMENTO PRIVADO DE PRE CONTRATO DE ANTICRETICO
ENTRE LAS PARTES MIGUEL CARRASCO NATTES (PROPIETARIO), Y MAYTI IVETH PIZARRO CORONEL EN CALIDAD DE (ANTICRESISTAJ DE FECHA 26 DE ENERO DE 2023.
MPD 5.- DOCUMENTO PRIVADO DE CONTRATO DE ANTICRETICO ENTRE
LAS PARTES MIGUEL CARRASCO NATTES (PROPIETARIO). Y ARNOLD
JEFERSON CALDERON ARCE EN CALIDAD DE (ANTICRESISTA) DE FECHA
07 DE MAYO DE 2023.
MPD 6.- DOCUMENTO PRIVADO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA ENTRE
LAS PARTES MIGUEL CARRASCO NAITES (PROPIETARIO), Y ARNOLD
JEFERSON CALDERON ARCE EN CALIDAD DE (ANTICRESISTA) POR EL
MONTO DE $US. - 1.200 (MIL DOCIENTOS DOLARES AMERICANOS) DE
FECHA 10 DE JUNIO DE 2023, CON RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y
RUBRICAS.
MPD 7.- ESCRITURA PUBLICA DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA CON
RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBRICAS DE FECHA 10 DE JUNIO DE
2022-
PRUEBA TESTIFICAL
MPT 1.- ABEL MARCELO GAMON DIAZ con C.J. 5283876 LP., MAYOR DE
EDAD HABIEL POR DERECHO, CON DOMICILIO EN ESTA CIUDAD.
MART 2- ARNOLD JEFERSON CALDERON ARCE CON C1, 9229434 LP.
MAYOR DE EDAD HABIEL POR DERECHO, CON DOMICILIO EN ESTA CIUDAD
MPT 3. SGTO IRO. JHONNY DEYNOR SURCO JIMENEZ FUNCIONARIO
POLICIAL QUE REALIZO LA ACCION DIRECTA FELCC
MPT 4-INVESTIGADOR ASIGNADO AL CASO SOF SUP FABIAN FERNANDEZ
QUE FUNCIONARIO POLICIAL DE LA FELCC,
7.-PETITORIO. -
Por tanto, existiendo el delito, el bien jurídico dañado , el actor el Suscrito FISCAL
DE LA FISCALIA ESPECIALIZADA EN DELIOS PATRIMONIALES como representante del Ministerio Público y la sociedad, haciendo una valoración
objetiva del hecho, ACUSA FORMALMENTE MIGUEL LEONEL CARRASCO
NATTES, de las generales ya descritas, de ser AUTOR y haber adecuado su
conducta a la comisión del delito de ESTAFA descrito en el tipo penal de los Art
335 del Código Penal, Debiendo su autoridad, en complimiento al art. 340 y
siguientes del Código de Procedimiento Penal y de conformidad a la Ley 586 de 30 de octubre de 2014. que modifica el Al Art. 325 de la Ley 1970, solicito a su autoridad se sirva remitir obrados a la autoridad competente para el desarrollo del juicio oral público y contradictorio y sea con las formalidades de ley.
Otrosí 1.- Señala domicilio procesal en la Calle Polos No. 944, Piso 3 de la Fiscalía Departamental de La Paz, ciudadanía digital 5999451, numero de celular 76827281.
La Paz 27 de septiembre de 2023
CUD:201102012302109
La Paz, 29 de septiembre de 2023
Habiéndose subsanado téngase por remitido el REQUERIMIENTO CONCLUSIVO DE ACUSACIÓN FISCAL, conforme al art.12 de Ley 1173 “Ley de Abreviación procesal penal y de fortalecimiento de la lucha integral contra la violencia a niñas, niños adolescente y mujeres, que modifica el Art.325 del C.P.P., determinando en su parágrafo I que “PRESENTADO EL REQUERIMIENTO CONCLUSIVO DE ACUSACION LA O EL JUEZ DE INSTRUCCIÓN DENTRO DEL PLAZO DE 24 HORAS, PREVIO SORTEO A TRAVES DEL SISTEMA INFORMATICO DE GESTION DE CAUSAS POR LA OFICINA GESTORA DE PROCESOS , REMITIRA LOS ANTECEDENTES A LA JUEZA O JUEZ O TRIBUNAL DE SENTENCIA….” En consecuencia, SE DISPONE QUE POR LA SECRETARIA ABOGADA DE ESTE DESPACHO JUDICIAL, EN EL PLAZO ESTABLECIDO PROCEDA CON EL INMEDIATO SORTEO DE LA PRESENTE CAUSA A JUEZ O TRIBUNAL DE SENTENCIA QUE CORRESPONDA, HECHO LO CUAL EN EL INDICADO PLAZO REMITA OBRADOS ANTE LA INSTANCIA QUE CORRESPONDA. Asimismo, en cuanto a las pruebas que hubieren sido entregadas a este despacho para su custodia temporal, procédase a la inmediata remisión, el incumplimiento del presente decreto dará responsabilidad disciplinaria para la funcionaria negligente.
AL OTROSI 1.- Por señalado el domicilio procesal a los fines del art. 162 del C.P.P. y téngase presente para las notificaciones electrónicas
JUZGADO DE SENTENCIA PENAL, 16 CAPITAL
RESOLUCIÓN N° 87/2023
RADICATORIA
La Paz, 04 de octubre de 2023
VISTOS: En atención a los antecedentes se dispone la RADICATORIA del caso de autos, seguido por el MINISTERIO PUBLICO Y ACUSACION PARTICULAR contra CARRASCO NATTES MIGUEL LEONEL por el Delito de ESTAFA, con número NUREJ: 201102012302109 y sea con las formalidades de Ley.
Teniéndose por presentada la Acusación Fiscal, así como las Pruebas de cargo que se tiene por ofrecidas, mismas que serán consideradas en el momento procesal correspondiente; y en estricta sujeción del Art. 340 de la ley 1173 notifíquese a la Acusación fiscal a objeto de que presente las pruebas ofrecidas físicamente, sea bajo responsabilidad en el plazo de 24 horas.
REMITE PRUEBAS QUE FUERON MENCIONADAS EN RESOLUCIÓN DE
ACUSACIÓN. Otrosí.- Su Contenido Otrosí 1.- domicilio LA
FISCALIA ESPECIALIZADA DE DELITOS PATRIMONIALES DE LA CIUDAD DE
LA PAZ, en el proceso de investigación que sigue el MINISTERIO PUBLICO a
instancias de MIGUEL LEONEL CARRASCO NATTES en contra de ARNOLD
JEFERSON CALDERON ARCE Y ABEL MARCELO GAMON DIAZ presunta
comisión del delito de Estafa, Art.335 Y por la Estelionato, Art.337 previsto y
sancionado del Código Penal, me presento ante Ud. expongo y pido: 37 Señor
Juez, habiendo presentado la Resolución de Acusación en fecha 16 de MARZO de 2022 ante su juzgado de su autoridad, tengo a bien a remitir las pruebas que
fundamentan la dicha Resolución:
REMISION DE PRUEBAS DOCUMENTALES DEL M.P., QUE SE TIENE COMO
OFRECIDAS EN LA RESOLUCIÓN DE ACUSACION FORMAL, QUE SON LAS
SIGUIENTES: FOJAS ORIGINALES
MPD 1- INFORME DE INTERVENCION POLICIAL DE ACCION DIRECTA DE
FECHA 15 DE MARZO DE 2023. 1.FS. ORIGINAL
MPD 2. ACTA DE APREHENSION POR PARTICULARES DE FCHA 15 DE
MARZO DE 2023 1.FS. ORIGINAL
MPD 3 ACTA DE REQUISA PERSONAL Y COLECCIÓN DE INDICIOS
MATERIALES DE FECHA 15 DE MARZO DE 2023. 1.FS. ORIGINAL
MPD 4. DOCUMENTO PRIVADO DE PRE-CONTRATO DE ANTICRETICO
ENTRE LAS PARTES MIGUEL CARRASCO NATTES (PROPIEATARIO) Y
ARNOLD JEFFERSON CALDERON ARCE EN CALIDAD DE (ANTICRECISTA)
DE FECHA 07 DE MAYO DE 2023. 1.FS. ORIGINAL
MPD 5. DOCUMENTO PRIVADO DE CONTRATO DE ACTICRETICO ENTRE
LAS PARTES MIGUEL CARRASCO NATTES (PROPIETARIO) Y ARNOLD
JEFESON 1 CALDERON ARCE EN CALIDAD DE ANTICRECISTA DE FECHA 07 DE MAYO DE 2023. 1.FS. ORIGINAL
MPD 6. . DOCUMENTO PRIVADO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA ENTRE
LAS PARTES MIGUEL CARRASCO NATTES (PROPIATRIO) Y ARNOLD
JEFERSON CALDERON ARCE EN CALIDAD DE ACTICRECISTA POR EL MONTO DE $US.-1200 (MIL DOCIENTOS DOLARES AMERICANOS) DE
FECHA 10 DE JUNIO DE 2023 CON RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y
RUBRICAS 1.FS. ORIGINAL
MPD 7 ESCRITURA PÚBLICA DE RECONOCIMINETO DE DEUDA
CON RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBIRCAS DE FECHA 10 DE JUNIO
DE 2022. 1.FS. ORIGINAL
Es por lo QUE PIDO SE TENGA POR PRESENTADA LAS P DOCUMENTALES
señaladas.
OTROSI 1.- Para conocer providencias señalo como domicilio las de la Fiscalía
especializada de Delitos patrimoniales ubicado potosí, edificio del ministerio
público, piso 3, de ciudad de la paz CIUDADANIA DIGITAL:5999451 WHASSAP
75827281
La paz, 10 de OCTUBRE
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