EDICTO

Ciudad: SUCRE

Juzgado: TRIBUNAL DE SENTENCIA SEGUNDO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


XSD TRIBUNAL DE SENTENCIA SEGUNDO EN LO PENAL DE LA CAPITAL SUCRE - BOLIVIA CU/NUREJ: 101103072300203 PARTES: MINISTERIO PUBLICO Y OTRO C/ JUAN PABLO BEJARANO PEREZ NUMERO EDICTO: 27/2024 JUZGADO: TRIBUNAL DE SENTENCIA SEGUNDO EN LO PENAL DE LA CAPITAL FECHA DE EDICTO: 30/04/2024 EDICTO Nº 027/2024 POR EL PRESENTE EDICTO SE NOTIFICA AL ACUSADO JUAN PABLO BEJARANO PEREZ, DENTRO DEL PROCESO SEGUIDO POR EL MINISTERIO PUBLICO Y OTRO CONTRA JUAN PABLO BEJARANO PEREZ por la presunta comisión del delito VIOLACION, proceso penal signado al CU 101103072300203, con la actuación procesal dictada cuyo tenor y contenido literal es el siguiente: ---- Sucre, Abril 5 de 2024--------------------------------------------------------------------------------------- VISTOS: El Ministerio Público en su acusación alega que :---------------------------------------- El 03 de Agosto de 2023 aproximadamente a las 10:30 en un lavado de vehículo ubicado en la calle Pocoata de la zona Alto Aranjuez de la ciudad de Sucre, se encontraba Blanca Fuentes Candi de León trabajando, momento en el cual se acercó Juan Pablo Bejarano Pérez vociferando "¡Señora Blanca voy a matar a toda tu familia uno por uno!", a su vez se acercó de frente agarrado de un cuchillo de mesa con mango negro intentando lesionar en la humanidad de la misma quien se fue a un lado para esquivar el apuñalamiento por Juan Pablo Bejarano Pérez. Los perros del inmueble empezaron a ladrar Juan Pablo Bejarano Pérez corrió a quererlos matarlos, salió su hijo Iván Jenrry León Fuentes, diciendo "que les estás haciendo a mi mamá", Juan Pablo Bejarano Pérez seguía gritando que recién salió de la cárcel que era el "Sapito", al llegar los efectivos policiales este boto el cuchillo posteriormente lo trasladaron a instalaciones de la FELC-C.------------------------------------------------------------------------------------------------------- Consiguientemente en base a lo descrito en la acusación fiscal y los elementos de prueba acumulados durante la etapa investigativa por el Ministerio Público, se dicta AUTO DE APERTURA DE JUICIO en contra de JUAN PABLO BEJARANO PEREZ, mayor de edad, soltero, estudiante, con C.I. 7516436, con fecha de nacimiento el 10 de Septiembre de 1998, en Sucre, Provincia Oropeza del Departamento de Chuquisaca, con domicilio real en calle Miguel de Rodas N° 73-B Zona Max Toledo, de nacionalidad boliviana, a quien se le acusa la presunta comisión del delito de Homicidio en Grado de Tentativa previsto en el Art. 251 con relación al Art. 8 ambos del Código Penal en grado de autoría.--- En observancia, a lo normado por el art. 343 del CPP, se señala audiencia de inicio de juicio oral a celebrarse a partir del día 2 de Mayo de 2024 a Hrs. 17:00 p.m. debiendo para el efecto, por Secretaría librarse las órdenes y mandamientos de comparendos para asegurar la comparecencia de los testigos de cargo y descargo, peritos, etc. etc. debiendo el Sr. Secretario dar cumplimiento a lo establecido en el art. 343 párrafo segundo del Código de Procedimiento Penal. Asimismo se previene a las partes que las audiencias se sustanciarán de manera continua todos los días hasta su conclusión, con la advertencia, que en caso de incomparecencia de testigos y peritos se continuará con el proceso con la prueba ya aportada conforme prevé el Art. 336 del CPP. En sujeción al art. 342 párrafo cuarto del CPP, la presente resolución no es recurrible. Notifíquese a las partes en sus domicilios señalados, en forma personal, cédula o mediante edictos y/o por los medios electrónicos autorizados por Ley. Regístrese. --------------- ---Fdo.- Dr. Esteban Monzón Miranda---Dr. Héctor Andia Colque---Dra. Fabiola Claros Flores---Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Nº 2 en lo Penal de la Capital---Ante mí: Lic. Ernesto Cuellar Machaca---Secretario-Abogado.---EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE, CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ****************************************************************************************** Lic. Ernesto Cuellar Machaca SECRETARIO TRIBUNAL DE SENTENCIA Nº 2 EN LO PENAL DE LA CAPITAL


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