EDICTO

Ciudad: BERMEJO

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PRIMERO EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Y DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE BERMEJO


EDICTO Nº 15/2024 PROCESO: VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA SIGUE : MINISTERIO PÚBLICO ACUSADO: CRISTOBAL VELA MONTAÑO SE HACE SABER A CRISTOBAL VELA MONTAÑO, QUE POR EL PRESENTE EDICTO SE LE CITA PARA QUE COMPAREZCA A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL CON LA ADVERTENCIA DE SER DECLARADO REBELDE. ACTA DE SUSPENSION DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL. En Bermejo, Capital de la Segunda Sección de la Provincia Arce del Departamento de Tarija, siendo horas 16:00 del día jueves 25 de abril de 2024, el Juzgado de Sentencia Anticorrupción, Contra la Violencia hacia la Mujer 1º de Bermejo compuesto por el Señor Juez Omar Viscarra Ríos y la suscrita Secretaria abogada Andrea Rita Cazon Anagua, se constituyeron en audiencia pública de juicio oral público y contradictorio dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Zelma Norma Gareca contra Cristóbal Vela Montaño por el delito de Violencia Familiar o Domestica. INFORME DE SECRETARIA: Por Secretaría se informa que se han cumplido con las formalidades establecidas por ley para el verificativo de la audiencia de juicio, haciendo constar la inconcurrencia del representante del Ministerio Público, del asesor legal del Servicio Legal Municipal, de la víctima, del acusado y del abogado defensor. RESOLUCION JURISDICCIONAL: Acto seguido el Sr. Juez pronuncia la siguiente resolución: I. En mérito al informe de secretaria y la verdad material que se exhibe en sala es que el Ministerio Público titular de la acción penal no se encuentra presente en sala virtual. El art. 344 del CPP establece que para la instalación de juicio todas las partes deben estar presentes, instalar la presente audiencia sin presencia de todas las partes, seria transgredir los principios que hacen al debido proceso. II. El debido proceso está consagrado como garantía constitucional por el art. 115-II de la Constitución Política del Estado Plurinacional comprende el derecho que tiene toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por las disposiciones jurídicas, comprende también el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier acto que pueda afectar sus derechos. III. En resguardo de los principios que hacen al debido proceso, el Juzgado de Sentencia Anticorrupción y Violencia contra la Mujer Primero de Bermejo RESUELVE:1. Diferir la presente audiencia y señalar nueva fecha de audiencia de juicio oral para el día miércoles 17 de julio de 2024 a horas 15:30, acto procesal que se llevará a cabo de manera presencial en el piso 2 del edificio judicial ubicado en calle Luis de Fuentes esq. Pando de esta ciudad. 2. Designar defensor de oficio a la profesional abogada Ana Noelia Rodríguez Lenis. 3. Notificar al Ministerio Publico, Servicio Legal Integral Municipal, la víctima y acusado en sus domicilios procesales con el nuevo señalamiento. 4. Expedir por secretaria nuevos mandamientos de comparendo para los testigos de cargo y descargo. 5. Encomendar todas las diligencias que sean necesarias a la Sra. Secretaria del Juzgado para que se cumplan las actuaciones pendientes para que el día y hora que se ha señalado se realice efectivamente la audiencia. Con lo que termino el presente acto firmando en constancia el Sr. juez y la suscrita Secretaria que certifica. - Fdo. y Sellado. – Omar Viscarra Rios Juez Ante mí. - Andrea Rita Cazon Anagua Secretaria Abogada del Juzgado de Sentencia Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer. ES CUANTO SE HACE SABER AL ACUSADO PARA FINES DE LEY CONSIGUIENTES. BERMEJO, 30 DE MAYO DE 2024


Volver |  Reporte