EDICTO

Ciudad: COCHABAMBA

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO SEGUNDO EN MATERIA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CAPITAL


E D I C T O Primera Publicacion PARA: WILSON CORNEJO WIRAPUCA Y JHENNY SERNA LA DRA. SILVIA KARINA MELGAREJO DE LAFUENTE, JUEZA DEL JUZGADO PUBLICO EN MATERIA DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA N°2 DE LA CAPITAL DEL DEPARTAMENTO DE COCHABAMBA, POR EL PRESENTE EDICTO DISPONE LA NOTIFICACION A LOS SRES. WILSON CORNEJO WIRAPUCA Y JHENNY SERNA CON LA SENTENCIA DE FECHA 29 DE ABRIL DE 2024, DENTRO DEL PROCESO DE EXTINCION DE AUTORIDAD PATERNA Y MATERNA PLANTEADO POR LA DEFENSORÍA DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, EN CONTRA DE WILSON CORNEJO WIRAPUCA Y JHENNY SERNA, A FIN DE QUE ESTE A DERECHO, A CUYO FIN SE TRANSCRIBE LO QUE SIGUE: (RESGUARDANDO LA IDENTIDAD DE LA NIÑA INVOLUCRADA EN EL PRESENTE PROCESO ART. 144 PARÁGRAFO 3 DEL CODIGO. NIÑA, NIÑO Y ADOLESCENTE).- POR TANTO.- La suscrita Jueza del Juzgado Publico en materia de Niñez y Adolescencia N° 2 de la Capital, con base a la jurisdicción y competencia que por ley ejerce, administrando justicia en representación del Estado Plurinacional de Bolivia, con lo opinado por la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, así también la ITDPS, los informes psicosociales elaborados por el equipo interdisciplinario de este juzgado, FALLA declarando PROBADA la demanda de EXTINCIÓN DE AUTORIDAD PATERNA y MATERNA interpuesta por la Dra. VERONICA PEREZ SANCA en calidad de abogada de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Jefatura, de fecha 17 de noviembre de 2022, saliente de Fs. 14 a 15 y Vlta. de obrados, contra los Sres. WILSON CORNEJO WIRAPUCA y JHENNY SERNA, disponiendo lo siguiente:.- 1) La extinción de Autoridad Materna y Paterna de los Sres. WILSON CORNEJO WIRAPUCA y JHENNY SERNA, de sus generales conocidas en la demanda, consecuentemente quedan extinguidos sus derechos y obligaciones con relación a su hija MISHEL DARLYN CORNEJO SERNA.- 2) Consecuentemente la niña NN, deberán continuar en el centro de acogida SALOMON KLEIN, bajo la Tutela Extraordinaria del Estado, continuando la Instancia Técnica Departamental de Política Social, como TUTOR EXTRAORDINARIO de la citada niña, bajo su estricta responsabilidad.- 3) Una vez que la sentencia sea ejecutoriada se dispone que, por secretaria de este juzgado, en el plazo máximo de 48 Hrs. registre a la niña NN en el Sistema RUANI, bajo responsabilidad funcionaria.- 4) Se dispone que el equipo técnico del Centro de acogida, continúe apoyando a NN, en todas las áreas que requieran. 5) Por último, se dispone la notificación con la presente resolución a los demandados, conforme fueron citados, debiendo por secretaria faccionarse los Edictos correspondientes en el día, bajo responsabilidad funcionaria. Esta sentencia, de la que se tomara razón donde corresponde, es fundada con base a los Art. 8, 9, 12 Incs. a) y b) de la Ley 548, Art. 47 parágrafo III Inc. d) de la Ley 548 modificada por ley 1168, Art. 3 y 12 de la convención internacional de los derechos del niño y Art. 60 de la Constitución Política del Estado y es pronunciada en la ciudad de Cochabamba, a los 29 días del mes de abril de 2024.- Quedando notificados los presentes en audiencia por su lectura, oportunidad en la que la parte demandante, la abogada de DEMUNA Imparcial e ITDPS, renuncian a apelar de esta resolución, teniéndose presente su renuncia. Estando a la espera de la notificación con la sentencia a los demandados, para posteriormente la suscrita determine lo que fuere de Ley. REGÍSTRESE. CON LO QUE CONCLUYE EL ACTO, FIRMAN EN CONSTANCIA SOLO LA SRA. JUEZ Y EL SR. SECRETARIO, POR SER UNA AUDIENCIA VIRTUAL.Firma Ilegible.- Dra. Silvia K. Melgarejo De Lafuente Jueza del Juzgado Público en Materia de Niñez y Adolescencia Nº 2 de la Capital.- Firma Ilegible.- Ricardo R. Vargas Balderrama Secretario del Juzgado Público en Materia de Niñez y Adolescencia Nº 2.- Cochabamba – Bolivia.- -------------------------------------------------------------------------- ES LO QUE SE TIENE TRANSCRITO A LOS FINES CONSIGUIENTES DE LEY.-------------------------------------- Cochabamba, 29 de abril de 2024 FDO Ilegible.- Silvia K. Melgarejo de la Fuente Juez del Juzgado Publico en Materia de Niñez y Adolescecnia Nro 2 de la Capital Cochabamba - Bolivia FDO Ilegible.- Ricardo R Vargas Balderrama.- Secretario Abogado Juzgado Publico en Materia de Niñez y Adolescecnia Nro 2 Cochabamba - Bolivia


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