EDICTO

Ciudad: TRINIDAD

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEGUNDO EN MATERIA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CAPITAL


En nombre de la ley: Dra. CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES – JUEZ DE SENTENCIA DE VIOLENCIA HACIA LA MUJER 2 PARA: VICTOR ALFONSO AGUILERA GONZALES CI: 14029478 OBJETO: ACTOS PREPARATORIOS DE JUICIO, 340 - III PROCESO: ABUSO SEXUAL DENUNCIANTE: DE OFICIO. PROCESO: 8080082 Se cita y emplaza a objeto que comparezca ante este despacho judicial. PRESENTA REQUERIMIENTO CONCLUSIVO DE ACUSAC ION FORMAL Abg. JHEFFERSSONN BALBOA CESPEDES, Fiscal de Materia asignado a Ministerio Publico en contra de Victor: AcoLF0 AGUILERA GONZALES presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL, previsto y sancionado en el Art. 312 del C.P., ante su autoridad expongo y pido: Su señoria, es menester informar que en el inicio de investigación y en la imputación formal, se consignó datos erróneos del imputado consignando el nombre VICTOR AGUILERA NOLVANI, cuando su nombre correcto es el de VICTOR ADOLFO AGUilerlA GONZALES., por io que suiiciku a eurrect;i6n uunkurrie ei Mil. 8.3 deiC.F- .P 1. UA I Ub UtL ALUJAUU. (Met% tLUt Nombre y Apellido: VICTOR Anry Fn Anwi FRA nntv.AIRs_ Cedula de Identidad: 14029478. Lugar y Fecha de Nacimiento: 03104;1088 Trinidad Boni. Nacionalidad: Boliviano. 7iS:4111;-• Fnt Can"; . h di< 1 NI" 1 rigi ::;:m e int u-si:it e Abogado Defensor Juan Pablo Suarez Suarez P-cee !Jcir.tcr -1 N Teléfono: 74700583 r,A733 DE •,...As synCTIMAS. 1.- N o rnt .A.pc Uttlo: n.14.R. .AgyNCi Cedula de Identidad: 14029279. nrNi iNciaNTr: rit.iNi _ c,r! ignacic rice Lleven° are A neroie ni- 1 nr, VIOLA. Ino.• OJO • Un- O- 1 O- V* 1 V orJ Que, en el ano 2020 aprox., cuando la víctima menor de edad de iniciales U.N.R. ro/n.4 We 5....•1•14 U 151¼) tu. Go ro.a. 1_U 5.2 5.14 It n....rtn.• IOCao..”-o %., o %oto • U5.J,U un....ito lirn.ono.n..) uno./ U a_ pana oirnt %o...Corota re el Sr. VICT011 ADOLro AGUILERA GONZALES. aprovechando de que la violín-la ingresa al baño para hacer sus necesidades VICTOR ADOLFO AGUILERA GONZALES procede a tocar sus partes íntimas, posteriormente a inicios del año 2022 cuando la víctima ingresa al baño para hacer sus necesidades, VICTOR ADOLFO AGUiLERA GONZALES I1ItWItd itpud, Ldb pi:nitro iniinids Lie id vitáinid di innial ue riocuociirin ni halar-in cid chnrf Anclorinrmonto on ni 23 rio ni-miembro dei 7022 prnr Ario a escribirle y entregarle cartas a la vIctima menor de edad de iniciales DNI!? y otras ri,das en fecha 25 de enero del 2023 en donde le manifiesta su gusto y sentimientos hacia la victima D.N.R. Art. 312 del C.P. (ABUSO SEXUAL) cuando en la misma las mismas • eiccuristarnrkirS pzr s'os Med 'nra., ..ao taray a5 6 vi kir) 3C..10 y 30::: Se s'e 4357.6 ;te 7; actos sexuales no constitutivos da penetración o acceso cama/ la pena será de seis (t) a die7 (10) años de privación de libertad Se aplicarán :as aarayantes previstas en el articulo 310. y si la víctima es niña. niño o adolescente la pena privativa de libertad es de diez (10) a quince (15) años Ahora bien. iuez. se tiene Glat C! Calt :ara &le 1' daten:Pina que adecua su conducta a este ilícito la persona que realice actos sexuales no constitutivos en penetración o acceso carnal, del informe psicológico emitido por la Lic. Emilse Nalema Yubanure Psicóloga de la Defensoría de la Niñez y Atioiesk..eilLid de id tfritaidti de 3411 ig I Icit.it-/, at Litult que id oteeutur Ue iItiL.iditb D.R.S. isa abrirnos-a usa iza dudan; tia. Cr :a ?uva e en y %Ha 7 ruso lyna rrn micflMflflylflhutn fi le cuando fui 2! baño hacer m12 ag rro hacer e! dos, entro mi tío Victor y me !t'uzo mis partes y yo Sali llorando y salió mi tía su mujer y ellos discutieron, y mi tia nunca le dijo ami madre, porque sabia que mi madre me iba a pegar, y ella nunca supo, porque nadie le dijo nada, ni yo y despues me empezando ei zuzz cuando empezaron las ciasesVO Me fui e! baño, á! me esteta mirando cuando yo esta.be haciende- 5-7153 necesidades el entro y ya nomás me intento manosear todo el cuerno y también mis partes intimas y sacarme bien bien mi short y también intentaba besarme en la boca, y yo ahi grite y salio mi tia su mujer ella dijo que fue y yo le dije que el entro al !Jai-1u y qutuia Jdi..421111tt 1111 bIllUI y bes quejas tot e ah; tilbta(4lt11 IVU tJild YCL, PtritJ 1111 lid 111111144 ;Si t :4 MI flitritill4. y $41U11.14 yzas gis LaY 1:1111:411, :aun :a ....e vis en mimen *az-die111M 111.4 M1/4::4 casa y !e dije a mi madre para sentirme mas tranquila y por sacar todo eso, corno !o estoy haciendo aurita sin miedo, como antes tenia miedo porque pensaba que me iba a pegar, ahora que a mi tio Victor se fue, yo no quiero ya quedarme ahí, ni vivir por las mismas criticas que me nacen mis primos, y mi madre dice si no nos salimos de ani es Todos estos actos realizacios por VICTOR AiieittO AUUILtNA GOnia-ALES ttnnnenn nra.^ ',nen^ fin enticé...4n~ ei Andino-, doler int n renten," •-én iinewnninn Mon Inc derechos de la menor a! presente la menor se encuentra afectada emocionalmente, adecuando su conducta al tipo penal de ABUSO SEXUAL AGRAVADA previsto en el art. 312 del C.P. V. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS: A. PRUBA DOCUMENTAL: M P n 2 ENTREVISTA PSICOt OGICA A LA MENOR riANIFI A ROCA ROSSEI I M.P.D. 3 Informe Social de fecha 11 de agosto del 2023 realizado a la menor de edad D.R.R. 4 Anticipo de Prueba en Camara Gesset de fecna 17/08/2023 realizado a rnnnew rin nr4nr4 ri.p.O. ni ni 1-3! en °n'ira, ea a ronwiitnnirin PRUEBAB. TceTnevu M.P.T. 1 Gabriela Rossel Nolyani con CI 7633314 (madre de la víctima). M.P.T. 2 Lic. Emilse Nalema Yubanera, psicóloga de la DNNA-SLIM de San Ignacio de Moxos. PERTINENCIA DE LA PRUEBA. La prueba ofrecida establecerá en lo fundamental la existencia del hecho. La nbilidad acusack- (en 6: grado die autor). #t, siimisrna, O' lviii 0010? Rl w 00 reserva el derecho de producir prueba extraordinaria. roí los tundamentos ae contenido ampliamente expuestos, ce contormidad a lo Público ACUSA A: VICTOR ADOLFO AC'JILERA CONZALES. on calidad do AUTOR. por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL previsto y sancionado en el Art. 312 del C.P. Asimismo, el Ministerio Público solicita se dicte sentencia condenatoria en contra del acusado, correspondiente a 15 años de privación de libertad, por la naturaleza del hecho y por la situación de vulnerabilidad y minoridad de la yictima. Otrosí 1.- adjunto declaración del acusado. San Ignacio de Moxos, 11 de marzo del 2024. JUZGADO DE SENTENCIA CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER Y GENERNO N°2 NUREJ: 8080082 Trinidad, 23 de abril de 2024 Se tiene presente el informe de Sr. Secretario. Dentro de los actos preparatorios para juicio, corresponde aplicar el Art 340 en su párrafo III del código de procedimiento penal, Vencido el plazo otorgado a la víctima o querellante. Se pondrá a conocimiento de la o el imputado la acusación fiscal, en su caso del querellante y las pruebas de cargo ofrecidas. Para que dentro de los diez (10) días siguientes a su cargo de notificación ofrezca y presente físicamente sus pruebas de descargo. Sr. VICTOR ALFONSO AGUILERA GONZALES, debe presentar su prueba de descargo, para su defensa en el plazo señalado. Notifique por Servidor de la Gestora a todos los sujetos procesales FDO Y SELLADO DRA CLAUDIA NATALIA PINTO GONZALES JUEZ DE SENTENCIA CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER 2 DE CAPITAL ANTE MÍ: EDGAR DANIEL GARNICA SALVATIERRA SECRETARIO DE JUZGADO DE SENTENCIA CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER 2 DE CAPITAL


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