EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEGUNDO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL (ZONA SUR)


EDICTO Dr. DAVID NORBERTO VELASCO CHAMBI JUEZ DE SENTENCIA PENAL SEGUNDO DE LA ZONA SUR DE LA CIUDAD DE LA PAZ POR EL PRESENTE EDICTO NOTIFICA A LUIS ALBERTO IRIARTE ALEGRIA, PARA QUE ASUMA DEFENSA, DENTRO DEL PROCESO PENAL PRIVADO, SEGUIDO POR LUIS MARTIN DIAZ SURCO C.I. 2314209, CUYO TENOR LITERAL DE LAS PIEZAS PRINCIPALES ES COMO SIGUE A CONTINUACIÓN: ----------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&ACTA SUSPENDIDA Y AUTO DE FECHA 23 DE ENERO DE 2024 . ----------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& JUZGADO DE SENTENCIA PENAL 1ro. ZONA SUR----------- ACTA DE AUDIENCIA DE CONCILIACION ---------------------------CELEBRADO ANTE: Dr. Ernesto Macuchapi Laguna (Juez)------- Dr. Marcelo Miranda Ramírez (Secretario)---- LUGAR Y FECHA: Ciudad de La Paz Zona Sur, 23 de enero de 2024------ HORA: 12:30 P.M. --------------------------------------------------------- PROCESO: LUIS MARTIN DIAZ SURCO EN CONTRA DE---------- LUIS ALBERTO IRIARTE ALEGRIA------------------------ DELITO: CHEQUE EN DESCUBIERTO------------------------------- JUEZ. - Se instala la presente audiencia, por Secretaria del Juzgado informe de las notificaciones practicadas a las partes y la presencia de las mismas en sala virtual.------------------------------------------------------------------------------------------------- SECRETARIO. – La palabra Sr. Juez, informar a su autoridad que para el presente acto procesal las partes no fueron legalmente notificadas, encontrándose presentes y conectados en la sala virtual: ------------------------------ ACUSACION PARTICULAR: Luis Martin Diaz Surco (Presente) ABOGADO ACUSACION PARTICULAR: Dr. Kevin de la Torre (Presente) ACUSADA: Luis Alberto Iriarte Alegría (Ausente) ABOGADO DEFENSA: (Ausente) JUEZ. - Se tiene presente, con lo informado por Secretaria de Juzgado y conforme al estado de la causa se señaló audiencia de conciliación, sin embargo, no se encuentra presente la parte acusada ni su abogado patrocinante, con lo manifestado tiene la palabra el abogado de la acusación particular al respecto. ABOGADO ACUSACION PARTICULAR. – La palabra Sr. Juez, con lo informado solicitamos conforme el Art. 377 del C.P.P., se dé continuidad con la presente causa y se prosiga con el trámite correspondiente. -------------------------- JUEZ. - Se tiene presente, VISTOS. – En el presente caso las partes fueron legalmente notificadas para la presente audiencia de conciliación, sin embargo, no se encuentra presente la parte acusada ni su abogado patrocinante siendo inviable la presente audiencia entendiéndose que la parte acusada no tiene la intención de conciliar siendo que es de forma voluntaria empero las partes pueden llegar a un acuerdo conciliatorio conforme el Art. 327 del C.P.P., hasta antes de dictarse la Sentencia, es por ello que en aplicación del Art. 379 del C.P.P., corresponde imprimir el trámite correspondiente hasta el Auto de Apertura de juicio oral, público y contradictorio y se dispone nuevamente la notificación mediante edictos judiciales a la parte acusada tiene 10 días para presentar pruebas de descargo y se imprimirá el trámite correspondiente de la presente causa, con el presente Auto se notifica a la acusación particular, debiéndose notificar a la parte acusada mediante edictos judiciales por cuanto no se apersono el mismo a la presente causa y para tal efecto la acusación particular debe hacer el seguimiento correspondiente para imprimir el trámite que corresponda, sin nada más que tratar se suspende la presente audiencia pueden retirarse y desconectarse. ----------------------------------------------------------------------- Con lo que termino el acto, firmando el Sr. Juez, de lo que certifico. ---------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&DECRETO DE FECHA 06 DE MARZO DE 2024.-----------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& NUREJ 201102032000712---------------------------------------------------------------------- MP - CENTELLAS c/ SIÑANI--------------------------------------------------------------------La Paz, 06 de marzo de 2024. ----------------------------------------------------------------- Por RADICADO el actual proceso penal derivado del procedimiento de redistribución de causas con el Juzgado 1° de Sentencia Penal de la Zona Sur, conforme dispuesto por decreto de fecha 06 de febrero de 2024, pronunciado por la Vocal de la Sala Penal Segunda y Coordinadora del Área Penal, ello por la reciente creación del Juzgado de Sentencia Penal 2° de la Zona Sur. Consiguientemente, comuníquese a los sujetos procesales la presente determinación, a los fines de la sustanciación del proceso hasta su culminación.- Finalmente, de OFICIO se dispone la facción de oficios dirigidos al SERECI La Paz, a los fines de que esta institución informe sobre la existencia de registro de defunción y el último domicilio real inscrito correspondiente al acusado: LUIS ALBERTO IRIARTE ALEGRIA con CI.2314209 CH, sea en el plazo razonable de cinco(5) días de su legal conocimiento, diligencia que deberá ser coadyubada por la parte interesada querellante. -----------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&MEMORIAL DE FECHA 23 DE ABRIL DE 2024.---------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&SEÑOR JUEZ DE SENTENCIA PENAL SEGUNDO DE LA CIUDAD DE LA PAZ – ZONA SUR----------------------------------------------------------------------------------------NUREJ: 204039029-------------------------------------------------------------------------------SOLICITO PROSECUCION DE LA CAUSA------------------------------------------------OTROSI.SU CONTENIDO. ---------------------------------------------------------------------LUIS MARTIN DIAZ SURCO, mayor de edad, hábil por derecho de generales de ley ya conocidas, dentro del presento proceso caratulado seguido en contra del Sr. Luis Alberto Iriarte Alegria, me presento ante su autoridad, expongo y pido:--Señor Juez, tal como consta en el expediente su autoridad podrá apreciar que, inicialmente la presente causa se encontraba en el Juzgado de Sentencia Penal zona sur, y que dicho juzgado mediante el juez determino que se cite mediante edicto al querellado con la apertura de juicio oral, posteriormente dicho proceso se sorteó a su juzgado, a la fecha lamentablemente no se está dando cumplimiento a lo manifestado por el juzgado de sentencia primero, ya que su autoridad de oficio solicito que se oficie ante las oficinas de SERECI de esta ciudad para que dicha institución informe el ultimo domicilio y si existiera el acta de defunción del querellado; a pesar de que se dio cumplimiento a lo manifestado por su autoridad lamentablemente SERECI señala en su respuesta que no puede ser posible que se brinde esa información por que el petitorio no se encuentra claro, cabe recalcar que dentro del expediente consta ya un informe emitido por el SERECI en cual informa el domicilio del querellado. ---------------------------------Es por esa situación que SOLICITO CON TODO RESPETO A SU AUTORIDAD SE DE CUMPLIMIENTO A LO YA ANTES MANIFESTADO Y SE CUMPLA CON LA NOTIFICACION CON EL EDICTO CORRESPONDIENTE PARA EL QUERELLADO, tomando en cuenta los principios de celeridad y debido proceso, todo esto al amparo del art. 24, 115.ll, 178 de la CPE. ----------------------------------OTROSI 1.- Señalo como domicilio procesal la secretaria de su digno despacho, correo electrónico kevindelatorre_25@hotmail.com, cel.: 76297873, ciudadanía digital: 9095166. ------------------------------------------------------------------------------Proceder con lo impetrado será acto de justicia. ------------------------------------------La Paz, 22 de abril de 2024. --------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&DECRETO DE FECHA 24 DE MARZO DE 2024.-----------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&La Paz, 24 de abril de 2024. --------------------------------------------------------------------Siendo que por Auto de fecha 23 de enero de 2024, se dispuso la notificación por edicto del acusado Luis Alberto Iriarte Alegria, por secretaria cúmplase la misma en la manera instruida. -----------------------------------------------------------------AL OTROSÍ 1°. - Se tiene presente y por señalado. -------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA PAZ, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


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